Asistencia sanitaria en España para residentes en el extranjero 

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Publicado el 2021-06-18 a las 12:13 por Expat.com team
Si trabaja y cotiza en el extanajero y tiene pensado volver a España de manera temporal, por vacaciones o para visitar a la familia, sepa que puede acudir, en el caso de que sea necesario, a los centros de salud de la Seguridad Social. 

Para poder recibir asistencia sanitaria en España se debe estar afiliado a la seguridad social. Aquellos trabajadores que se desplacen de manera temporal, enviados por la empresa para la que trabajan y que continúen recibiendo su salario en España (por lo tanto continúan cotizanado a la seguridad social) no pierden sus derechos.De igual manera para aquellos autónomos que se desplazan para prestar sus servicios de manera temporal al extrajero, pero que continúan pagando sus cuotas e impuestos en España, tampoco ven alterados sus derechos en materia de asistencia sanitaria. 

En cambio los residentes españoles en el extranjero que trabajan para una empresa en su país de acogida y que por lo tanto reciben su salario y contribuyen a la caja de la seguridad social de dicho país, deben solicitar asistencia sanitaria en su país de residencia. Esto se aplica a autónomos y empresarios residentes y contribuyentes en el extranjero. De manere ganeral han perdido sus derechos en materia de cobertura social en España. Sin embargo, una reciente ley reconoció ciertos derechos sociales, entre ellos el acceso a los servicios sanitarios en sus desplazamientos a España. 

¿Puedo recibir asistencia sanitaria cuando viaje de manera puntual a España?

La respuesta es sí, y es que según el artículo 17 de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre reconoce el derecho a la protección de la salud para los residentes en el exterior. Los pensionistas y los trabajadores españoles residentes en el extranejero, en sus desplazamientos temporales a España, pueden solicitar asistencia sanitaria siempre que no tengan prevista esta cobertura de acuerdo con las disposiciones de la legislación de Seguridad Social española, las del Estado de procedencia o de las normas o Convenios Internacionales de Seguridad Social establecidos al efecto.

Se especifica que los beneficiarios de la prestación por razón de necesidad tienen derecho a la cobertura de la contingencia de asistencia sanitaria cuando carezcan de ella en el país de residencia o cuando su contenido y alcance fueran insuficientes. El objetivo es velar por las necesidades básicas a los españoles residentes en el extranjero que se encuentran en una situación de precariedad.

Requisitos

En el caso de los desplazamientos puntuales a España, la documentación requerida es la siguiente:

  • Documento que acredite la nacionalidad española de origen
  • Certificado de inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero
  • Documento oficial que acredite la condición de pensionista o trabajador por cuenta propia o ajena del país de procedencia.
  • Libro de Familia o certificado de inscripción del matrimonio o de la pareja de hecho o de nacimiento, en el caso de que acompañen familiares al trabajador o pensionista durante su estancia en España
  • Certificado de reconocimiento del grado de discapacidad (si se padeciera)

¿Cómo solicitar asistencia sanitaria en mi próximo viaje a España? 

Asistencia sanitaria por razón de necesidad y en los desplazamientos temporales a España. Portal para la Ciudadanía Española en el Exterior. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Conozca sus derechos

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Normativa que regula la condición de asegurado y beneficiario en el Sistema Nacional de Salud (Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud).

Normativa sobre la asistencia sanitaria para personas que no sean asegurados o beneficiarios.

Resolución sobre la asistencia sanitaria para españoles retornados.

Normativa que regula la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

Cobertura de la seguridad social: tus derechos en el extranjero como ciudadano europeo.