Hola:
Quería saber si hay alguien en una situación parecida a la mía para aclarar una duda.
Estoy dada de alta como autónoma en España desde hace muchos años y hace un año me mudé a Alemania. Todos mis clientes son empresas españolas y tengo vivienda en propiedad allí (sin alquilar) y en Alemania alquilada.
Generalmente se aplica la lógica de que uno tributa donde reside la mayor parte del año (en este caso, Alemania), pero en "el Convenio entre la República Federal de Alemania y el Reino de España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio" hay un supuesto al que creo que puedo acogerme.
"Se la considerará residente exclusivamente del Estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición; si tuviera una vivienda permanente a su disposición en ambos Estados, se la considerará residente exclusivamente del Estado con el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de intereses vitales)"
Creo que mi caso encaja en este supuesto puesto que mi centro de intereses económicos está allí (aunque mi familia está aquí conmigo), ¿hay alguien que esté en una situación parecida? Y, en ese caso, ¿sabe alguien si hay que comunicar algo de todas maneras al Finanzamt?
¡Muchas gracias!