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Visa En 18 Dias Se Vence

Último actividad 18 Abril 2018 por marquesdevelez

Nueva conversación

Edwinomarpr

Hola la pregunta es sencilla soy puertorriqueño y ciudadano americano, estoy en quito visitando a mi novia! leei que solo puedo estar 90 dias y puedo hacer una prorroga de 90 dias mas, pero la realidad no tengo el dinero y pienso quedarme 2 meses mas con mi pareja que vive aqui y es venezolana, la pregunta exacta es despues de los 90 dias estaria ilegal aqui eso lo se, pero estando 2 meses al salir a estados unidos que es donde vivo, me diran algo ? no me dejaran entrar mas ? me dan una multa ? y si no puedo pagarla ? me dejaran ir a mi pais de origen ?  por favor soy nuevo en este foro y me gustaria que me ayudaran!! Gracias Y Saludos A Todos.

marquesdevelez

Edwinomarpr escribió:

Hola la pregunta es sencilla soy puertorriqueño y ciudadano americano, estoy en quito visitando a mi novia! leei que solo puedo estar 90 dias y puedo hacer una prorroga de 90 dias mas, pero la realidad no tengo el dinero y pienso quedarme 2 meses mas con mi pareja que vive aqui y es venezolana, la pregunta exacta es despues de los 90 dias estaria ilegal aqui eso lo se, pero estando 2 meses al salir a estados unidos que es donde vivo, me diran algo ? no me dejaran entrar mas ? me dan una multa ? y si no puedo pagarla ? me dejaran ir a mi pais de origen ?  por favor soy nuevo en este foro y me gustaria que me ayudaran!! Gracias Y Saludos A Todos.


Hola:

1.- Si quiere permanecer legalmente, puede solicitar la prórroga de estancia como turista por 90 días más. Debe hacerlo antes de que finalice el plazo de estancia  de 90 días como visitante temporal ( turista) . La tarifa a pagarse por la prórroga es la tercera parte del salario básico unificado ( art. 132 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana). Para el presente año 2108 el salario básico unificado en Ecuador es de 386 dólares : calcule la tercera parte de esa cantidad y obtendrá la cantidad que deberá pagar para realizar la prórroga de estancia turística. Es competencia de la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Intedior.

2.- Si una vez que haya vencido el plazo de permanencia autorizado se queda en Ecuador por más de 30 días y en ese tiempo no regulariza su situación en el país ( lo cual sólo podrá hacerse mediante la solicitud de una visa), incurrirá en una falta migratoria sancionada con MULTA de DOS SALARIOS BÁSICOS UNIFICADOS ( art. 176.2 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana).  Es decir, quedarse en Ecuador en situación irregular por el tiempo que usted dice que se quiere quedar le acarreará la imposición de una multa de 772 dólares de los Estados Unidos de América. Si no los paga, no podrá regresar al Ecuador hasta que hayan transcurrido dos años desde la fecha de salida del Ecuador (art. 146, letra a, del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana). Debe valorar esta consecuencia jurídica de no poder volver al país en el tiempo indicado, especialmente si usted tiene intereses en Ecuador, sea porque tenga familiares en el país a los que quiera visitar o porque deba viajar por trabajo, motivos profesionales, negocios, etc. .  Dos años de no poder ingresar en Ecuador para quien tiene intereses de cualquier tipo en el país y necesita viajar con frecuencia al Ecuador sí que puede significar una seria molestia.

Creo que más barato le saldrá solicitar la prórroga de su estancia como turista por 90 días más. Más barato y menos engorroso y problemático para usted.

Un cordial saludo.

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