Trabajar y vivir en ecuador

hola quisiera saber cuales son los requisitos para poder trabajr y vivir en ecuador
que papeles necesito y si entro como turista despues ayay puedo tramitar la recidencia?

Hola yoselin,

Bienvenida a Expat.com :)

Hola Yoselin, creo que es importante que visites el país como turista al principio...... puedes quedarte 6 meses, y en ese tiempo verías si te gusta para trabajar y vivir. No es muy difícil hacer los tramites de visa, tienen su burocracia previa, como en todo el mundo, y posiblemente se demora un poco.... aproximadamente  un año , pero asesorada con un abogado puedes hacerlo tranquila.
Suerte
Graciela

hola a todos ...recien encontre este blog y me parecio muy util!! Soy mexicana tengo 18 años y estudi 2do semestre en ing en distemas de la computacion, ademas tengo mi bachillerato de tecnico e informatica y cuento con un certificado expedido por Microsoft  en el relacion al manejo y elaboracion de documentos electronico (excel, power point, word) y tngo cierto manejo de ingles , me dijeron que sto me ayudaria, la cuestion es esta: quiero irme a ecuador dado que la situacion en seguridad economia y politica de mi pais esta muy mal y eso se ve reflejado en cualquier ciudad de mi pais ...quisiera saber si ustedes que piensan me convienen terminar mi carrera aqui? O creen qe tngo oportunidad de obtener un trabajo aya decente y asi posteriormente independizarme aya? De antemano gracias, cualquier comentario sirve :D

Hola.

En general, puedo decirle que, en el contexto de Ecuador, se valora mucho las titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero; en ese sentido, le convendría llegar con una carrera universitaria ya terminada. Existe un procedimiento de reconocimiento de títulos universitarios extranjeros en la SENESCYT (Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología). Puede consultarlo en la página web correspondiente.

Si, finalmente, desea continuar con sus estudios en Ecuador, tiene que llevar las certificaciones académicas de todos sus cursos universitarios aprobados, junto con su título de bachiller, escoger la universidad en la que desea estudiar y solicitar el reconocimiento de sus créditos o cursos aprobados (esto puede variar de una universidad a otra, porque cada universidad tiene programas diferentes), la asignación de plaza en la universidad y la formalización y pago de la matrícula.

Estos trámites podría empezar a hacerlos a distancia, poniéndose en contacto con la universidad ecuatoriana a la que desee acceder; esto es importante, ya que, si va a estudiar, debe tramitar una visa de NO INMIGRANTE, del tipo 12-V, en el Consulado del Ecuador de su domicilio actual.

Es importante que sepa que, para obtener este tipo de visa, requiere, por un lado, haber sido aceptada o estar matriculada en la universidad en la que va a proseguir sus estudios; los estudios deben durar más de 6 meses y tiene que acreditar disponibilidad de medios económicos en una cuenta bancaria, sea de banco ecuatoriano o extranjero domiciliado en el Ecuador, de al menos, 1000 dólares de los Estados Unidos de América POR MES que vaya a permanecer en el país. Y algo importante: en esta calidad y categoría migratoria,NO PUEDE DESARROLLAR ACTIVIDADES LUCRATIVAS, excepto las relativas a la PRÁCTICA PROFESIONAL y de servicios sociales, relacionadas con sus estudios.

La visa de no inmigrante, categoría 12-V, tiene una vigencia anual, renovable siempre que se solicite dentro de los 30 días anteriores a su caducidad, se acredite que se ha superado los estudios y que se continuará con ellos y que se cuenta con medios económicos suficientes, como ya se ha indicado líneas arriba.

Otras cuestiones importantes:

- Como en todos los casos de visa de NO INMIGRANTE, no tendrá derecho a obtener cédula de identidad ecuatoriana.

- Debe registrar su visa en la Dirección General de Extranjería del Ministerio del Interior, dentro de los 30 días siguientes a su ingreso en el Ecuador.

NOTA.- En la ciudad de Guayaquil, dicho registro debe efectuarse en la Subdirección de Extranjería del Litoral, que funciona en el Palacio de la Gobernación de la provincia del Guayas.

- En el caso de que el estudiante suspenda o repruebe el curso lectivo, no será procedente la renovación de la visa. Queda, con todo, a salvo la posibilidad de solicitar una modificación de calidad y /o categoría migratoria.

Lo que suelen hacer muchos estudiantes extranjeros, luego de cursar el primer curso de su carrera o incluso durante su transcurso, si llegan a hallarse en las condiciones exigidas por la normativa para ello, es cambiar su visa de inmigrante tipo 12-V por una visa de inmigrante, de cualquiera de las categorías enumeradas en el art. 9 de la Ley de Extranjería (generalmente, a la 9-IV, 9-V o 9-VII). Con visa de inmigrante de cualquiera de las categorías mencionadas, deberá realizar luego el Censo de Migración y obtener la cédula de identidad ecuatoriana y podrá trabajar sin problemas.

Si entra con visa de no inmigrante de estudiante, le termina saliendo a cuenta cambiar de visa luego, sobre todo, para poder trabajar sin limitaciones y porque muchas universidades ecuatorianas, tienen establecidos costes de matrículas y mensualidades diferenciados para estudiantes extranjeros, según sean titulares de una visa de no inmigrante o de inmigrante, desde luego, para los que tienen visa de inmigrante, se les equipara los costes a los estudiantes nacionales.

Un cordial saludo.

quisiera regresar ami paiz y trabajar como chofer tengo experiencia y tengo todos los carnes para poder llebar trailer muchas gracias

bueno...hola , el tema es que ya estoy n ecuador llevo seis meses or locual ya excedi el tiempo permitido para un visitante en modo turista...la cosa es que tengo pareja aqui por lo cual no me quisiera i, quisiera estudiar una carrera universitaria ya que en mi pais estaba estudiando ing. en sistemas computacionales...pero la verdad no se como empezar a hacer mi tramite ni que visa solicitar quisiera un poco de ayuda en ese tema...o como pudiera hacer en caso de querer contrar matrimonio que documentos necesito el costo los requisitos etc.
De antemano muchas gracias.

Hola, soy licenciada en enfermeria, venezolana, estoy estudiando la posibilidad de irme a ecuador a trabajar, quisiera saber si puedo ejercer mi profesion alla? tengo 2 hijos y mi esposo. alguien que me pueda instruir sobre lo que debo hacer. gracias.

yobarfa escribió:

Hola, soy licenciada en enfermeria, venezolana, estoy estudiando la posibilidad de irme a ecuador a trabajar, quisiera saber si puedo ejercer mi profesion alla? tengo 2 hijos y mi esposo. alguien que me pueda instruir sobre lo que debo hacer. gracias.


Hola.

Si tiene título universitario de licenciada en Enfermería, puede solicitar el reconocimiento de su título universitario en la SENESCYT y luego, solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal. Con la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, a la vez, puede amparar a su cónyuge e hijos, a quienes les corresponderá una visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar.

Luego, debe solicitar la habilitación profesional en el Ministerio de Salud Pública. Para hacerlo, se requiere la acreditación de haber cumplido el año de práctica rural en Ecuador o si se ha sido ejerciente en el país de procedencia, acreditar que en ese país se realizó un período de prácticas similar al exigido por la normativa vigente en Ecuador y que la persona está habilitada para el ejercicio profesional en ese país.

Lo anterior es, grosso modo, lo que procedería. Los detalles, puede encontrarlos consultando el foro.

Un cordial saludo.

ŽMuchas gracias, y en que sitio puedo buscar toda esa informacion

HOLA tengo 17 años este año cumplo 18 y.... Quisiera saber q' trámites debo hacer en mi país y cuanto tiempo llevan para estudiar y trabajar en Ecuador-Guayaquil, soy de Bolivia y es mi último año en colegio, deseo sacar mi nacionalidad ecuatoriana, empezar la universidad allá y por lo otro q' me lleva a querer vivir en Ecuador es porque me quiero casar con mi pareja q' vive allá y establecerme en ese lindo país. gracias, espero una respuesta lo más pronto posible.
Mi cumple es el 7 Diciembre, nací en 1995

YESENKA escribió:

HOLA tengo 17 años este año cumplo 18 y.... Quisiera saber q' trámites debo hacer en mi país y cuanto tiempo llevan para estudiar y trabajar en Ecuador-Guayaquil, soy de Bolivia y es mi último año en colegio, deseo sacar mi nacionalidad ecuatoriana, empezar la universidad allá y por lo otro q' me lleva a querer vivir en Ecuador es porque me quiero casar con mi pareja q' vive allá y establecerme en ese lindo país. gracias, espero una respuesta lo más pronto posible.
Mi cumple es el 7 Diciembre, nací en 1995


Hola.

Siendo de nacionalidad boliviana, en Ecuador puede entrar solo con el documento de identidad de su país. Pero, si lo que quiere es quedarse a vivir, sí debe contar con pasaporte válido y en vigor.

En cuanto a permanencia en Ecuador: debe solicitar el tipo de visa que más se ajuste a su situación y necesidades.

El bachillerato es reconocido automáticamente, por el Ministerio de Educación de Ecuador, de acuerdo con lo previsto en el Convenio Andrés Bello.

Para acceder a la universidad, dependiendo de su va a asistir a una pública o privada, pueden variar los requisitos. La pública realiza una prueba de acceso a nivel nacional, para la cual hay que inscribirse en la página web de la SENESCYT y rendirla en las fechas indicadas y de su superación dependerá el acceso. La universidad pública es gratuita.

Las universidades privadas, tienen sus propios procedimientos y exigencias de acceso, que en todo caso, en lo fundamental, deben respetar la legislación del Estado.

Si tiene como plan casarse con su pareja de Ecuador, el camino más rápido y práctico para obtener la visa que le permita residir y trabajar sin problemas en Ecuador es contraer matrimonio con él, para que obtenga la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar. Pero, para contraer matrimonio en Ecuador, los extranjeros que no sean residentes en el país, necesitan cumplir con los siguientes requisitos:

- Entrar en Ecuador con una visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX u obtenerla dentro del país.

- Permanecer de manera continuada en Ecuador durante 75 días.

Cumplido lo anterior, puede celebrarse la boda en la oficina central del Registro Civil de Quito o de Guayaquil.

Después de celebrado el matrimonio, deberá solicitar la modificación a la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar.

Siendo extranjera, la nacionalidad ecuatoriana, solo la podrá adquirir por naturalización, por alguna de las siguientes vías:

A) Por matrimonio o unión de hecho con persona de nacionalidad ecuatoriana.- Debe haber residido en Ecuador, al menos, tres años, contados desde la fecha de expedición de la cédula de identidad ecuatoriana. Si se hubieran casado fuera de Ecuador, el matrimonio debe estar reconocido en Ecuador e inscrito en el Registro Civil. Y si el matrimonio se celebró con una antigüedad de, al menos, 3 años, también puede solicitarse la nacionalidad, aunque nunca se haya residido en Ecuador (pero, en todo caso, siempre será necesario que el matrimonio esté reconocido e inscrito en el Registro Civil de Ecuador).

Cuando se trate de unión de hecho, debe haber sido formalizada en Ecuador, de la forma establecida en el Código Civil. Si fue formalizada en el extranjero, cumpliendo los mismos requisitos y formalidades exigidas por la normativa ecuatoriana, debe levantarse acta notarial ecuatoriana a partir de los documentos extranjeros, a efecto de que pueda acreditarse tanto la existencia de la unión de hecho, como su antigüedad, que en todo caso, debe ser equivalente a la exigida por el ordenamiento jurídico ecuatoriano (más de dos años). Para solicitar la nacionalidad, la unión de hecho debe haber sido constituida con una antigüedad de, al menos, tres años.

En ambos casos, sea por matrimonio o por unión de hecho, estaremos ante un procedimiento reglado y su resolución es más expedita.

B)Mediante solicitud de Carta de Naturalización.- Para poderla solicitar, es requisito necesario haber residido en Ecuador, de manera continuada, durante, al menos, tres años, contados desde la fecha de expedición de la cédula de identidad ecuatoriana (por tanto, solo pueden solicitarla los titulares de visa de INMIGRANTE, de cualquier categoría). Cuando el solicitante tenga hijos de nacionalidad ecuatoriana, bastarán dos años de residencia.

Este procedimiento, en cambio, es de naturaleza discrecional y puede demorar un poco más, porque la potestad discrecional del órgano competente de  la Administración Pública Central (Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana) es mayor.


En el caso de que usted fuera hija, nieta, bisnieta o tataranieta de persona nacida en Ecuador, de acuerdo con el texto de la actual Constitución, sería ecuatoriana por nacimiento, aunque hubiera nacido fuera de Ecuador. Si estuviera en esta situación, debe solicitar el reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana por nacimiento en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y luego la inscripción de su nacimiento en el Registro Civil, para a continuación, solicitar la expedición de la cédula de identidad y ciudadanía y el pasaporte ecuatoriano.

Un cordial saludo.

hola soy ecuatoriana casada con español con dos hijos hace 10 años no voy a ecuador, me dicen que han cambia leyes y que el país esta en crecimiento, mi esposo y yo viajaremos a ecuador en enero 2014,pero tiene dudas de ir a guayaquil, por la delincuencia así que aun no sabemos a que ciudad podemos ir y vivir mas seguros para criar a nuestros niños, nos podrían orientar por favor muchas gracias.

¡Hola! A finales de agosto viajo a Quito como turista, tres meses, con la idea de pasar más tiempo allí, conocer la ciudad y buscar trabajo. Soy valenciana (España), licenciada en comunicación audiovisual y he trabajado en los ámbitos de gestión cultural y divulgación en organismos públicos (centro de investigación y universidad). 

Me gustaría conocer la experiencia de otras personas, ¿cuánto tiempo os costó encontrar trabajo?, ¿qué debería saber a la hora de postular?, ¿algún consejo?

Por otra parte, como extranjera-turista, ¿podría presentarme a convocatorias para trabajar en organismos públicos o debo ser residente? Por lo que he visto muchas de las ofertas (museos, centros culturales) se canalizan a través del servicio de empleo estatal.

Muchísimas gracias

mayi navarrete escribió:

hola soy ecuatoriana casada con español con dos hijos hace 10 años no voy a ecuador, me dicen que han cambia leyes y que el país esta en crecimiento, mi esposo y yo viajaremos a ecuador en enero 2014,pero tiene dudas de ir a guayaquil, por la delincuencia así que aun no sabemos a que ciudad podemos ir y vivir mas seguros para criar a nuestros niños, nos podrían orientar por favor muchas gracias.


Hola. Respecto de la delincuencia, es cierto que se ha incrementado. Pero, en realidad, quien es de Guayaquil o ha vivido ahí, sabe muy bien medir la dimensión real de la inseguridad en la ciudad: no es absolutamente tierra de nadie, porque están la Policía Nacional, la Policía Metropolitana y la Comisión de Tránsito del Ecuador (antigua Comisión de Tránsito de la provincia del Guayas), que en el marco de sus competencias, efectúan sus rondas y patrullan la ciudad y hacen redadas con frecuencia en zonas consideradas de alta peligrosidad(por tanto, no puede decirse que es tierra de nadie, donde impera la ley de la selva). En Ecuador existen leyes penales, muy estrictas, que sorprenden muchas veces a los propios ecuatorianos, por la dureza que tienen (especialmente, para delitos relacionados con la tenencia y tráfico de drogas). La pena máxima de privación de libertad contemplada en las leyes penales de Ecuador, es de 25 años de reclusión mayor extraordinaria, para reos de asesinato y también para el narcotráfico. Y si se es víctima de algún delito, siempre puede presentarse la denuncia en el Ministerio Público (hay un fiscal de turno durante las noches-madrugadas y durante los fines de semana) y hay Juzgados y Tribunales Penales para procesar e imponer sanciones a los presuntos delincuentes (también hay Juzgado Penal de turno, durante las noches-madrugadas y fines de semana, que trabaja en coordinación con el fiscal de turno).

Pero también es cierto que en Guayaquil hay zonas o barrios que a partir de cierta hora, es más conveniente evitar, por prudencia, del mismo modo que, el propio sentido común, como en cualquier gran ciudad, aconseja no deambular sin compañía por zonas desoladas o con escasa iluminación; no tomar taxis que no tengan la debida certificación de la Comisión de Tránsito del Ecuador; no llevar encima fuertes sumas de dinero, ni joyas, relojes, ni nada que sea especialmente llamativo, tampoco hacer pública exhibición de grandes cantidades de dinero o pública ostentación de los mencionados objetos o de aparatos de última tecnología. Y si se circula en coche, evitar pasar por calles o avenidas que atraviesan sectores o barrios son tenidos públicamente en concepto de "zona roja".


En relación con su establecimiento: si quiere tranquilidad y calma, Guayaquil no es precisamente el lugar más adecuado, pues al ser la ciudad más grande y más poblada del Ecuador y el puerto principal, lo que abunda es el ritmo acelerado, el estrés, la falta de tiempo para todo, gente que siempre tiene prisa, etc. . Y a eso, se une la contaminación y el coste de la vida más alto que en otras ciudades de Ecuador. Quito tiene un poco mejor calidad de vida, pero también ha crecido mucho y al fin y al cabo, aunque su ritmo es más lento que el de Guayaquil, estamos hablando de una gran ciudad, con todo lo que comporta: caos de circulación, estrés, contaminación ambiental, etc. .

Las ciudades de vida más tranquila en Ecuador son: Cuenca (aunque está creciendo mucho y cada vez se acelera más); Loja (tranquilísima); Ibarra ( muy tranquila); Guaranda (¡ demasiado tranquila, es el extremo opuesto !), Azogues (esta, a pesar de ser capital de provincia, es casi una ciudad dormitorio de Cuenca)y Latacunga. Ciudades otrora tranquilas, pero que han incrementado su ritmo, por el crecimiento y aumento de actividades productivas: Riobamba y Ambato. En la Costa, tiene como ciudades tranquilas, en Manabí, Bahía de Caráquez o en Esmeraldas, las localidades cercanas a la capital de la provincia (como Súa o Atacames, aunque esa tranquilidad de va en los meses de junio a septiembre, cuando es temporada de playa para la gente de la Sierra). Salinas, ha crecido mucho (mucha gente de Guayaquil se ha mudado a vivir en Salinas) y ya no es tranquila como antes, incluso, la delincuencia ha aumentado. Manta y Machala, tienen un ritmo similar al de Guayaquil, solo que son más pequeñas, pero aun a su escala, son ciudades aceleradas.

Lo ideal, por clima agradable, es vivir en alguna ciudad pequeña-mediana de la Sierra, como Loja o Ibarra, que son capitales de provincia y en ese sentido, tienen todos los servicios burocráticos a la mano y buenos colegios y al mismo tiempo, al ser pequeñas, tienen un ritmo más relajado. Y tienen también centros comerciales, supermercados, hospitales, clínicas y todas las comodidades de la vida moderna, solo que con la tranquilidad y el clima primaveral de los Andes. Y la delincuencia en ellas es menor que en las ciudades grandes.

Si tiene interés, puede también intentar instalarse en las islas Galápagos, donde se puede tener una buena calidad de vida. Pero, para vivir en Galápagos, es necesario contar con una autorización especial para ello, que se fundamente en contar con un contrato de trabajo para Galápagos o abrir un negocio o ejercer alguna profesión el Galápagos. Si tiene hijos pequeños, crecer en Galápagos puede ser una excelente experiencia para ellos.

FORMALIDADES DE ESTABLECIMIENTO.- Si se casó en España y no ha regresado al Ecuador desde entonces, es necesario que solicite el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador. Es indispensable, porque a partir de ahí, derivarán derechos para su cónyuge. Este procedimiento, EXCLUSIVAMENTE, puede llevarse a cabo en la sede central de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, en la ciudad de Quito:

REPÚBLICA DEL ECUADOR

DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN

Avenida Amazonas N37-61 Y Naciones Unidas,esquina.
Quito - Ecuador

TROLEBÚS: ESTADIO.

Teléfono:(5932) 381-4290.



Una vez inscrito el matrimonio, usted deberá cambiar su cédula de identidad y ciudadanía, por una nueva cédula que indique su estado civil de casada y el nombre de su cónyuge. Luego, su cónyuge deberá solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI de amparo familiar en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Si acaso su cónyuge y usted estuvieran casados desde hace más de tres años, si él lo desea, puede solicitar directamente el reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana por naturalización, en razón de matrimonio con persona de nacionalidad ecuatoriana.

Respecto de sus hijos: son ecuatorianos por nacimiento, aunque hayan nacido en España y sean también españoles. Si nacieron antes del 20 de octubre de 2008, fecha de entrada en vigor de la Constitución actual, debe tramitarse previamente el reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana, en el Ministerio de Relaciones Exteriores, en Ecuador. Cuando sea reconocida, se debe solicitar la inscripción del nacimiento en el Registro Civil de Ecuador. Para los nacidos a partir del 20 de octubre de 2008, la inscripción se practicará directamente en el Registro de Nacimientos, a cargo del Consulado General del Ecuador acreditado en la demarcación consular donde se produjo el nacimiento y a partir de ella, mediante el sistema informático MAGNA, se remitirá los datos para la inscripción en el Registro del Exterior, a cargo del Departamento de Registro Civil de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, en Quito.

En el caso de que se ingrese en Ecuador con pasaporte extranjero, pero se acredite documentalmente que se es hijo de padre o madre nacidos en el Ecuador, se debe estampar en el documento el sello DOBLE NACIONALIDAD y registrarse a la persona en el sistema informático como ecuatoriana, no como extranjera.


Un cordial saludo.

somnisd escribió:

¡Hola! A finales de agosto viajo a Quito como turista, tres meses, con la idea de pasar más tiempo allí, conocer la ciudad y buscar trabajo. Soy valenciana (España), licenciada en comunicación audiovisual y he trabajado en los ámbitos de gestión cultural y divulgación en organismos públicos (centro de investigación y universidad). 

Me gustaría conocer la experiencia de otras personas, ¿cuánto tiempo os costó encontrar trabajo?, ¿qué debería saber a la hora de postular?, ¿algún consejo?

Por otra parte, como extranjera-turista, ¿podría presentarme a convocatorias para trabajar en organismos públicos o debo ser residente? Por lo que he visto muchas de las ofertas (museos, centros culturales) se canalizan a través del servicio de empleo estatal.

Muchísimas gracias


Hola. Como turista estará limitada de movimientos. Aunque no se lo publique, ni se haga campañas informativas, la Ley de Extranjería y la Ley de Migración de Ecuador y sus respectivos Reglamentos de desarrollo, son muy estrictos en cuanto a las calidades y categorías migratorias y se fija con claridad y precisión lo que se puede y lo que no se puede hacer bajo cada calidad y categoría migratoria.

Para trabajar en el sector público, SIEMPRE se requerirá una autorización laboral especial, aunque el extranjero sea titular de una visa de INMIGRANTE, pues así lo establece la Ley Orgánica del Servicio Público.

En general, pueden trabajar en el sector público los extranjeros que sean titulares de visa de INMIGRANTE y los que no sean residentes en Ecuador y sean contratados específicamente para trabajar en el sector público mediante la modalidad de servicios ocasionales, a quienes se les concederá la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-VI.

SIEMPRE se requerirá una autorización laboral especial, expedida por la Unidad de Trabajadores Migratorios de la Dirección Nacional de Empleo y Reconversión Profesional del Ministerio de Relaciones Laborales, que la deberá tramitar, en todo caso, la Unidad de Talento Humano del órgano de la Administración Pública o ente público que pretenda contratarla. Los contratos siempre serán, en todo caso, de servicios ocasionales.

Para que un extranjero pueda convertirse en servidor público de carrera (lo que en España sería "funcionario"), es necesario que haya residido legalmente en Ecuador durante 5 años, en calidad de titular de visa de INMIGRANTE y además, que haya concursado y ganado el correspondiente concurso de méritos y oposición. La misma regla se aplica para el caso del magisterio fiscal, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Educación Intercultural y su Reglamento de desarrollo.

Lo recomendable en su caso, es que solicite el reconocimiento del título universitario en la SENESCYT, en cuanto llegue a Ecuador, aunque para ello, necesitará ingresar en Ecuador con una visa de NO INMIGRANTE, diferente de la de simple turista (se recomienda la 12-IX, por ser más fácil y barata de conseguir), ya que la normativa reguladora del reconocimiento de títulos universitarios extranjeros exige que los solicitantes extranjeros se encuentren en Ecuador en situación diferente de la de simple transeúnte (turista). Esa visa, además, le permitirá permanecer en Ecuador sin problemas durante 180 días, contados desde la fecha de inscripción en el Registro de Extranjeros.

Cuando le sea reconocido el título universitario, podrá solicitar la MODIFICACIÓN a visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, que permite trabajar en cualquier actividad por cuenta ajena o propia, en el sector privado, excepto en aquellas que las leyes hubieran reservado exclusivamente para personas de nacionalidad ecuatoriana y asimismo, en el sector público, donde por así disponerlo su normativa reguladora específica, siempre se requerirá previa autorización laboral.

Todos los titulares de visa de INMIGRANTE, están obligados a solicitar la expedición de la cédula de identidad ecuatoriana en el Registro Civil.

Igualmente, debe saber que existe un Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre España y Ecuador, para facilitar el canje de permisos de conducir, de modo que podrá canjear su permiso español por una licencia de conducir ecuatoriana sin problemas. Pero, para hacerlo, deberá contar con una visa que la autorice a permanecer en Ecuador más de 6 meses. Hasta tanto, la normativa interna de Ecuador permita conducir con permiso de conducir del país de procedencia.


En cuanto a la redacción del currículum: en Ecuador, a diferencia de como es en España, el currículum suele tener más de dos páginas y se tiene por costumbre colocar un apartado titulado REFERENCIAS PERSONALES Y PROFESIONALES, donde se estila dar los nombres de tres personas que conozcan al sujeto y que puedan dar referencias de él (se entiende, en Ecuador y dentro del contexto de Ecuador).  Si se cuenta con posgrados, se valora mucho, así como los idiomas y la experiencia profesional previa. Sin embargo, en las entrevistas de trabajo, se tiene muy en cuenta la motivación para querer ese puesto de trabajo, casi tanto como las aspiraciones salariales. A los aspirantes extranjeros, siempre se les suele preguntar por qué dejaron su país, qué buscan y esperan en el Ecuador y qué creen ellos que pueden aportar tanto en la empresa o entidad en la que aspiran a trabajar, como en el contexto del Ecuador en general (puede ser alguien que conozca el manejo de una tecnología que nunca se ha aplicado en Ecuador, por ejemplo y eso ya es bastante interesante para cualquier empresa).

A las personas españolas y ecuatorianas que regresan de España a residir otra vez en Ecuador, se les recomienda especialmente no hablar mucho de la crisis en España a la hora de buscar empleo o colaboración profesional en Ecuador. Lo que sucede es que la noticia no es novedad y todo el mundo en Ecuador conoce de sobra que hay crisis en España, pues también hay muchos ecuatorianos viviendo en España afectados por la crisis, de modo que el tema es especialmente sensible y delicado, porque no es solo una noticia del extranjero, de un país lejano, sino que de por medio hay personas originarias del país que pueden estar padeciendo las consecuencias. Mucha gente de Ecuador, por uno u otro lado, tiene parientes residiendo en España e Italia y por ello, es algo que se sabe y siente de primera mano. Pero, la percepción desde ahí, no es la misma que se pueda tener desde España, porque son contextos y circunstancias diferentes, mucha gente que nunca ha vivido en Europa, no conoce y le cuesta entender cómo funcionan las cosas en países europeos y eso también hace que se puedan presentar dificultades de comprensión y entendimiento. Y claro, como cuenta mucho la motivación, no es lo mismo decir que se sale de un país en crisis que decir que se va con la ilusión y entusiasmo de llevar adelante proyectos profesionales en Ecuador y aportar su conocimiento y experiencia profesional para el desarrollo y prosperidad del país (a la gente ecuatoriana, en general, le gusta que le hablen de manera barroca y ampulosa y más bien, es chocante que se hable de manera cortada y dando por sentado, supuesto y sobreentendido todo: la verborrea agrada, vende mucho y sirve para ganar simpatías en el medio; es como si de cada frase que se dice, se torne necesario hacer un desarrollo o ampliación). Tenga presente esa clave: colaborar con el desarrollo del Ecuador, es vital que todo extranjero que quiera obtener algo en Ecuador, si no la dice directamente, la diga de manera indirecta y dé muestras de que esa es su voluntad y con mayor razón si se trabaja con gente ecuatoriana. Muestre especial interés por el país, tanto como el que puede tener por conseguir empleo y desarrollarse profesionalmente (sería conveniente que se documente, antes de ir, con cuestiones básicas de actualidad, pero también con ciertos temas históricos) y nunca admita públicamente que no tiene interés en conocer algo del país (mejor, diga que no lo sabe, si en efecto, es así, pero muéstrese receptiva a que se lo expliquen o enseñen, jamás diga abiertamente que no tiene interés en algo, con mayor razón, si ese algo es muy típico y representativo del país).

El servicio público de empleo estatal de Ecuador, dependiente del Ministerio de Relaciones Laborales, se denomina SOCIOEMPLEO. Le paso el enlace:

http://www.socioempleo.gob.ec/socioEmpl … /index.jsf


Espero que le sea de utilidad esta información.


Un cordial saludo.

soy Mayi Navarrete muchas gracias señor Marquez de velez, su respuesta es de gran ayuda, ...la ciudad donde vivir, no había tenido en cuenta a Ibarra, me parece una ciudad a tener en cuenta después de loja,..lo que no tengo claro es si al entrar a ecuador, mi marido puede ir solo con el pasaporte y allí, en el registro civil formalizar el matrimonio.....tenemos 8 años casados, y un niño del 2007 y el otro 2009, entiendo que al mayor tengo que hacer lo que usted menciona.
mil gracias de verdad

gutierr escribió:

soy Mayi Navarrete muchas gracias señor Marquez de velez, su respuesta es de gran ayuda, ...la ciudad donde vivir, no había tenido en cuenta a Ibarra, me parece una ciudad a tener en cuenta después de loja,..lo que no tengo claro es si al entrar a ecuador, mi marido puede ir solo con el pasaporte y allí, en el registro civil formalizar el matrimonio.....tenemos 8 años casados, y un niño del 2007 y el otro 2009, entiendo que al mayor tengo que hacer lo que usted menciona.
mil gracias de verdad


Hola.

1.- Puede ingresar con el pasaporte y comparecer junto con usted a solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador. Este trámite solo puede hacerse en Quito.

2.- Si tienen 8 años de casados, con el certificado de inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador, su cónyuge podrá, directamente, tramitar el reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana por matrimonio con persona de nacionalidad ecuatoriana, en el Ministerio de Relaciones Exteriores: el matrimonio ha durado más de tres años, con lo que cumple el requisito.


3.- Tenga en cuenta que ni en Loja, ni en Ibarra hay oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que conviene que permanezca en Quito, al menos, inicialmente o cerca (Ibarra está solo a dos horas en coche; Loja está muy lejos de Quito).

Un cordial saludo.

Enormemente agradecida, Marques! Me ha ayudado mucho tu respuesta para orientarme mejor.

Hola de nuevo! Me he informado de la documentación que debo presentar para solicitar la Visa 12-IX en el consulado más cercano y...me han dicho que debo solicitar la Visa de trabajo, requisito fundamental, tener contrato de trabajo en Ecuador. La otra alternativa que me han dado ha sido ir como turista (pasaporte) y cuando tenga trabajo volver a España y solicitar la Visa. Hacer otra cosa sería evadir la ley, fomentar la inmigración ilegal, me dijeron.

Mi pregunta es, ¿cada consulado actúa según sus propios critérios? ¿Uno debe solicitar la visa en la CCAA en la que reside?

Muchas gracias!

somnisd escribió:

Hola de nuevo! Me he informado de la documentación que debo presentar para solicitar la Visa 12-IX en el consulado más cercano y...me han dicho que debo solicitar la Visa de trabajo, requisito fundamental, tener contrato de trabajo en Ecuador. La otra alternativa que me han dado ha sido ir como turista (pasaporte) y cuando tenga trabajo volver a España y solicitar la Visa. Hacer otra cosa sería evadir la ley, fomentar la inmigración ilegal, me dijeron.

Mi pregunta es, ¿cada consulado actúa según sus propios critérios? ¿Uno debe solicitar la visa en la CCAA en la que reside?

Muchas gracias!


Hola. No sé a qué Consulado se ha dirigido, pero del propio texto de la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, así como de la Ley de Migración y su Reglamento de desarrollo, a los que me remito y desde los cuales fundamento los comentarios o afirmaciones vertidas en este foro, que son las mismas desde hace más de 30 años y continúan vigentes a la fecha (han sufrido reformas de adaptación de época, la última en julio de 2012,  pero estructuralmente, son leyes que han perdurado en el tiempo con su redacción originaria en lo esencial) puedo decirle:

1.- Tanto la Ley de Extranjería de Ecuador, como su Reglamento de desarrollo, establecen que es posible la MODIFICACIÓN de la calidad y categoría migratoria hallándose DENTRO de Ecuador EN CUALQUIER MOMENTO, MIENTRAS DURE EL PLAZO DE PERMANENCIA LEGAL AUTORIZADO (lo que hace innecesario, por poco práctico, el retorno al país de procedencia a tramitar la visa). El órgano competente para hacerlo es el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, a través de la Dirección General de Migración y Extranjería, cuyas oficinas centrales están en la ciudad de Quito (Av. 10 de Agosto y Carrión, palacio de Najas) y cuenta con oficinas en Guayaquil, Cuenca, Manta, Machala, Ambato, Lago Agrio y recientemente, se ha abierto una en Esmeraldas.

2.- Es imposible solicitar una visa de trabajo desde el extranjero: el motivo es muy simple: se necesita unos procedimientos previos que EXCLUSIVAMENTE pueden llevarse a cabo dentro del Ecuador, ya que el órgano competente se encuentra ahí: Ministerio de Relaciones Laborales, del cual dependen tanto las Inspectorías Provinciales de Trabajo (donde obligatoriamente se deben inscribir los contratos de trabajo) y la Dirección Nacional de Empleo y Reconversión Profesional y dentro de ella, la Unidad de Trabajadores Migratorios, que es la que debe expedir la correspondiente autorización laboral o carné ocupacional.

Las visas laborales (es decir, las visas que tienen como fundamento exclusivo la existencia de un contrato de trabajo) contempladas en la Ley de Extranjería, exclusivamente son dos:

A) INMIGRANTE, CATEGORÍA 9-IV: para quienes cuenten con contrato de trabajo por tiempo INDEFINIDO.

B) NO INMIGRANTE, CATEGORÍA 12-VI: para quienes cuenten con contrato de trabajo TEMPORAL. Su vigencia máxima es de dos años, renovables.

En ambos casos, existen unos pasos previos, que solo pueden realizarse en Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Laborales, como ha quedado indicado:

- Que el contrato sea celebrado POR ESCRITO (se hace énfasis en esto, ya que el Código de Trabajo de Ecuador también permite los contratos de trabajo verbales, que son corrientes en zonas rurales).

- Que el contrato de trabajo sea inscrito en la Inspectoría Provincial de Trabajo.

- Que la Dirección Nacional de Empleo y Reconversión Profesional, a través de la Unidad de Trabajadores Migratorios, previa petición del empleador, expida la AUTORIZACIÓN LABORAL o CARNÉ OCUPACIONAL, que no es otra cosa que un certificado en el que se indica que, vista la solicitud, atendido lo en ella expuesto y solicitado, que ha quedado suficientemente acreditado, se CERTIFICA que NO EXISTEN EN EL ECUADOR personas ecuatorianas cualificadas para ocupar el puesto de trabajo que se le ofrece al extranjero. Puede también certificarse, si el empleador lo ha solicitado en ese sentido, que el trabajador extranjero desempeñará FUNCIONES ADMINISTRATIVAS DE CONFIANZA. En todo caso,  el empleador debe acreditar que dispone del 80 % del personal ecuatoriano en su plantilla.

Lo anterior es ABSOLUTAMENTE LÍCITO hacerlo antes de que se tramite la visa para el extranjero, pues existe una disposición del Reglamento a la Ley de Extranjería que, expresamente, establece que cuando el otorgamiento de una visa dependa de la celebración de un acto o contrato o del otorgamiento de una escritura pública o de la inscripción de un acto o contrato en un Registro Público, PRIMERAMENTE se celebrará el acto o contrato o se otorgará la escritura pública o se practicará la inscripción que sea necesaria y LUEGO se concederá la visa.

Cumplidos los pasos antes indicados, podrá ya solicitarse la MODIFICACIÓN de la calidad y categoría migratoria del extranjero que ha entrado como turista a la visa de NO INMIGRANTE 12-VI si es trabajador temporal o de INMIGRANTE 9-IV, si es trabajador por tiempo indefinido.



PERO SE RECALCA ESPECIALMENTE: que esas dos visas antes mencionadas tienen como fundamento la existencia de un contrato de trabajo. Las demás visas de INMIGRANTE, no tienen como fundamento un contrato de trabajo y sin embargo, por el efecto del art. 10 de la Ley de Extranjería (cláusula general de habilitación laboral), permiten a todos los titulares de ellas trabajar en cualquier actividad, por cuenta ajena o propia, en el sector privado, EXCEPTO en aquellas que las leyes hubieran reservado exclusivamente a personas de nacionalidad ecuatoriana y asimismo, para trabajar en el sector público, donde por disposición especial de la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento de desarrollo, se exige SIEMPRE una autorización laboral, que debe solicitar la Unidad de Talento Humano de la institución que quiera contratar al extranjero y que debe expedir la Unidad de Trabajadores Migratorios de la Dirección Nacional de Empleo y Reconversión Profesional del Ministerio de Relaciones Laborales.


Todos los titulares de visa de INMIGRANTE, están obligados a obtener cédula de identidad ecuatoriana.

Las visas de NO INMIGRANTE, en cambio, tienen en contra su naturaleza de visas temporales y que estrictamente permiten dedicarse en exclusividad a la actividad para la que fueron concedidas.


Por eso, siempre es RECOMENDABLE, para personas que tienen título universitario, a fin de que no estén haciendo depender su permanencia en Ecuador de contar o no con un contrato de trabajo y porque les allana mucho el camino, que soliciten la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal. Pero, para ello, es necesario que el título universitario haya sido reconocido por la SENESCYT e inscrito en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador. Y para solicitarlo, a la vez, es necesario el ingreso en Ecuador o la obtención dentro de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores, de una visa de NO INMIGRANTE, diferente de la de simple turista (la 12-IX es ideal a estos efectos), porque así lo requiere para los solicitantes extranjeros el Reglamento por el que se regula el procedimiento de reconocimiento de títulos universitarios extranjeros.

Puedo darle fe de que muchas personas han seguido los pasos que están indicados aquí y ha resultado tal como se había dicho. Me refiero a experiencias en Consulados Generales del Ecuador en Madrid y Barcelona. No es que los Consulados apliquen cada uno su criterio, es imposible que lo hagan, porque todos dependen del Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y reciben instrucciones con criterios de actuación, directamente desde Quito (desde luego, que se les da ciertas flexibilidades, en atención al lugar donde se encuentren y a los usos y costumbres locales, pero en general, los Consulados actúan conforme a la normativa vigente y a las Circulares o Instrucciones para su aplicación, que se les expide desde el Ministerio de Relaciones Exteriores, lo que equivale a decir, en jerga coloquial, que "no se mandan solos" y que su actuación debe ser uniforme en lo fundamental).

Poder dar información precisa y suficiente en materia de visas, requiere un conocimiento al detalle de la normativa reguladora de la materia y normativa conexa, que lamentablemente, no todas las personas que trabajan en los Consulados y que tratan directamente con el público tienen (el personal con la cualificación suficiente en la materia, no siempre trata con el público, sino que trabaja internamente).


Los requisitos para la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, vienen enumerados en la propia página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, junto con el formulario oficial, que debe descargarse. Sin embargo, hay dos requisitos que no se enumeran ahí y que se exigen (y deben exigirse), por así establecerlo imperativamente la Ley de Migración: uno es el certificado de antecedentes penales y otro es el certificado de salud que indique que la persona no padece enfermedad infectocontagiosa que pudiera poner en riesgo la salud pública. Se los enumero detalladamente a continuación, tal como deben ser presentados en los Consulados Generales del Ecuador acreditados en España:

Enlace a la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana:

http://cancilleria.gob.ec/visa-12-ix-tu … -comercio/

1.- Formulario oficial:

http://cancilleria.gob.ec/wp-content/up … io2013.pdf

2.- Petición oficial redactada por la persona legitimada e interesada: es básicamente, una carta personal, redactada por el interesado, en términos formales, en la que solicita la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, comprometiéndose a hacer un uso adecuado de ella.

NOTA.- Este documento sería innecesario si hay un formulario oficial, pero lo continúan requiriendo.

3.- Original y dos copias legibles (preferiblemente, a color), del pasaporte español en vigor, con una validez mínima de 6 meses (página de datos). Si ha estado alguna vez en el Ecuador, debe también hacer copias del sello de entrada y salida del Ecuador.

4.- Certificado de antecedentes penales español, legalizado con la Apostilla de La Haya (debe indicar al solicitarlo que es para Ecuador, para que el Registro Central de Penados y Rebeldes se lo entregue directamente con la Apostilla de La Haya).

5.- Certificado médico, expedido en formulario que para el efecto tiene establecido el Colegio Oficial de Médicos de la provincia, que debe ser firmado por el médico de cabecera, luego legalizada la firma del médico por el Colegio de Médicos y finalmente, legalizado el certificado con la Apostilla de La Haya en la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.

NOTA.- Los documentos del apartado 4 y 5 no constan en el listado de la página web del Ministerio, pero se exigen cuando la visa se la solicita en los Consulados, ya que por disposición expresa del Reglamento a la Ley de Extranjería, están obligados a comprobar que no concurren en el extranjero causales de exclusión de su admisión en Ecuador, previstas en la Ley de Migración (entre otras cosas, que se trate de prófugos de la Justicia de su país o que conste en las listas de la INTERPOL como buscados internacionalmente o que padezcan enfermedades infectocontagiosas que pudieran poner en peligro la salud pública, como por ejemplo, la tuberculosis).

6.- Billete de ida y vuelta a Ecuador: a estos efectos, sirve una RESERVA de vuelo.

7.- Pruebas de disponibilidad de recursos económicos suficientes para sufragar los gastos de permanencia en Ecuador. Actualmente, la cantidad mínima a acreditar es un salario mínimo vital general por cada mes que se pretenda permanecer en Ecuador, de acuerdo con la visa requerida. Si es una visa 12-IX, que tiene una vigencia máxima de 180 días, debe acreditarse recursos suficientes para 6 meses. El salario mínimo vital general de Ecuador, en el año 2013, es de 318 dólares por mes. De modo que quien pretenda permanecer hasta por 180 días, debe acreditar que dispone, en total, de 1908 dólares de los Estados Unidos de América. Puede probarse con certificaciones bancarias de saldo medio y saldo total (debe indicarse la existencia de la cuenta, la titularidad de la persona y la cantidad que hay en ella) o con tarjeta de crédito internacional junto con su respectivo estado de cuenta, que permita determinar que se cuenta con lo mínimo requerido.

8.- Cuatro fotografías recientes, a color, tamaño pasaporte, con fondo blanco, sin gafas oscuras, ni gorros, sombreros, velos, pañolones, ni ningún objeto que cubra la cabeza o impida que se distinga con claridad la fisonomía de la persona.

9.- Pago del Arancel Diplomático y Consular: 230 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en euros. Los Consulados Generales del Ecuador acreditados en España, cuentan con sistema de cobro por tarjeta de crédito o débito. No aceptan dinero en efectivo.


LUGAR DE SOLICITUD DE VISA.- En el Consulado General del Ecuador (de carrera, los honorarios no tienen competencias para expedir visas), acreditado en la demarcación consular donde las personas tienen su domicilio. Si no lo hay, en el del sitio más próximo. Y si no hay en el país de origen o de residencia, en el Consulado del Ecuador acreditado en algún país en el que esté de tránsito hacia el Ecuador. También puede solicitarse DENTRO de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, pero si se lo puede hacer desde el país de procedencia, sería ideal, ya que ganaría tiempo.

Nada obsta que una persona residente en una Comunidad Autónoma, solicite la visa en un Consulado acreditado en otra: puede ser, como he conocido, casos de gente que vive en Galicia, donde solo hay un Consulado Honorario del Ecuador en Vigo, que no tiene competencias para expedir visas y que se limita por ello a recibir los documentos y remitirlos al Consulado General del Ecuador en Madrid, bajo cuya supervisión se encuentra: las personas no querían esperar y por eso, prefirieron trasladarse a realizar el trámite en el Consulado General del Ecuador en Madrid, donde se les tramitó la visa, sin problema alguno.

En el siguiente enlace, puede consultar la red de Consulados del Ecuador en territorio español:

https://www.expat.com/forum/viewtopic.php?id=236756

PLAZO DE CONCESIÓN.- El plazo que fija el Reglamento a la Ley de Extranjería es de 15 días hábiles, pero en los Consulados del Ecuador de carrera acreditados en España, este tipo de visa suele despacharse en poco tiempo.


Cuando se concede la visa, se estampa la etiqueta o sello en el pasaporte y se entrega a la persona un CERTIFICADO DE VISACIÓN.

Cuando ingrese al Ecuador, debe presentar junto con el pasaporte, el CERTIFICADO DE VISACIÓN.

EN EL ECUADOR: de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, los extranjeros que ingresen con una visa de NO INMIGRANTE, están obligados a solicitar la inscripción de la visa en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el plazo de  TREINTA DÍAS siguientes a su entrada en Ecuador. Para hacerlo, se requiere el mismo formulario que se utilizó para solicitar la visa por duplicado, original y copia del pasaporte en vigor, la visa y sello de entrada en el Ecuador y original y copia del certificado de visación. El procedimiento es inmediato y no tiene coste. Y la Ley de Migración, establece la obligatoriedad de la inscripción en el Empadronamiento de Migración, que actualmente también está a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores: genera una tasa de 4 dólares, se realiza en el acto, se entrega un certificado y los datos se remiten por vía telemática a la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional, para el control de la permanencia de extranjeros en el país. A partir de la fecha de inscripción en el Registro de Extranjeros, comienza a correr el plazo de 180 días de permanencia en el Ecuador autorizados.


Ya con la visa registrada, si va a la ciudad de Quito, puede dirigirse directamente a la SENESCYT (9 de Octubre y Ramírez Dávalos) a solicitar el reconocimiento de sus títulos, ya que está a pocas calles del edificio Solís (Av. 10 de Agosto y Roca), contiguo al palacio de Najas (sede del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana), que es donde deberá ir primeramente a solicitar la inscripción de la visa en el Registro de Extranjeros.


Espero que le sea de utilidad esta información.

Hola, soy peruano de nacimiento, tengo dos profesiones, una es de Licenciado en Educación y la otra es de Químico Farmacéutico, yo quisiera desarrollar mi profesión en el Ecuador, quisiera saber qué documentos u otros requerimientos necesito para realizar dicho propósito.

ademir_83 escribió:

Hola, soy peruano de nacimiento, tengo dos profesiones, una es de Licenciado en Educación y la otra es de Químico Farmacéutico, yo quisiera desarrollar mi profesión en el Ecuador, quisiera saber qué documentos u otros requerimientos necesito para realizar dicho propósito.


Hola.

Debe solicitar el reconocimiento de sus títulos universitarios ante el ente estatal competente, que es la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. Puede consultar en otras entradas de este foro los requisitos, procedimientos y formas de llevarlo a cabo.

Es importante que tenga sus títulos legalizados con la Apostilla de La Haya.

Consulte el foro, su pregunta ha sido ya respondida en otras entradas y muchas veces.

Un saludo.

A la atención de marquesdevelez:

En respuesta a una consulta anterior usted incluía este apartado como requisito necesario para obtener un visado con el que trabajar en Ecuador:

"5.- Certificado médico, expedido en formulario que para el efecto tiene establecido el Colegio Oficial de Médicos de la provincia, que debe ser firmado por el médico de cabecera, luego legalizada la firma del médico por el Colegio de Médicos y finalmente, legalizado el certificado con la Apostilla de La Haya en la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma."

En mi caso ya poseo el certificado médico y legalizada la firma del médico por el Colegio de Médicos de la provincia. Sin embargo, a la hora de legalizar el certificado con la Apostilla de La Haya en la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma (en este caso, Canarias) me dicen en el TSJ que ellos no realizan esa apostilla porque no corresponde a un documento que les competa a ellos, y que tendría que acudir a un notario.

Ante esa duda me puse en contacto telefónico con la Embajada de Ecuador en Madrid (en el consulado honorario en Tenerife no supieron resolverme el interrogante) y me aseguraron que con el certificado del Colegio de Médicos de mi provincia era suficiente.

Aprovecho sus extensos conocimientos expuestos sobre esta materia para trasladarle, una vez más, esta cuestión, pues me transmite verdadera confianza al respecto:

¿podría confirmarme si hace falta esa apostilla del TSJ, si basta con el certificado del Colegio de Médicos o si tendría que acudir a un notario?

Muchas gracias.

Cordial saludo
Soy colombiana y vivo en Ipiales (Nariño) y quisiera buscar empleo allá y  radicarme en Ibarra o Quito, podria orientarme y decirme  que documento debo tener para viajar al Ecuador y emprender  mi busqueda de trabajo.
gracias

hola que tal soy argentino y estuve trabajabando en ecuador, mejor dicho en montanitas no necesitas permiso de trabajo los puesto de trabajos mas comunes son de mesero o de barman tambien puedes repartir flayer (volantes) los sueldo ahi no son muy altos estamos hablando de unos 230 dolares masomenos pero compensa la propina dependiendo el lugar q trabajes y obvio tu carisma.datos muy importantes es que solo puedes estar tres meses luego pasas a ser ilegal a lo que no puedes volver a entrer por los prox. 9 meses eso siempre y cuando te quedes mas tiempo ahora si sales antes de los tres meses y vas a peru por ejemplo la cuenta de los 3 meses empieza de cero

saludos

diego desde argentina

Quiero comunicarme con usted. Mi correo:

[email protected]

Un saludo desde Buenos Aires, Argentina.

Hola.

Algunas aclaraciones:

1.- Desde luego que es evidente que existe una gran diferencia entre la realidad de los hechos y de la vida social y las disposiciones normativas. Las leyes, reglamentos, acuerdos ministeriales, ordenanzas municipales, etc., como normas jurídicas que son, se formulan en un sentido hipotético y enfocado hacia lo ideal (como deberían ser las cosas), pero sin ignorar la realidad de la sociedad para la cual se está legislando Precisamente por eso, suelen establecerse disposiciones transitorias o disposiciones especiales, que buscan de alguna manera servir de enlace entre la realidad y el objetivo que persigue la norma, al tiempo que también procura proteger los derechos adquiridos al amparo de una legislación anterior.

2.- En general, he afirmado lo anterior para formular algo muy simple: que se realice de manera habitual una actividad y sea aceptada como normal y corriente por la gran mayoría de las personas o sea tolerada (o más bien dicho, exista ausencia de un efectivo y eficiente control de los Poderes Públicos al respecto), no la convierte en legal, ni mucho menos en lícita ni legítima. Que en un lugar determinado del país sea posible que las personas extranjeras, eventualmente, se empleen sin necesidad de obtener las preceptivas visas o autorizaciones administrativas para desarrollar actividades lucrativas, no convierte a la actividad en legal, lícita, ni legítima. Y desde luego, no significa que "no se necesite" contar con ellas, pues la Ley se aplica en todo el territorio del Ecuador, desde la capital del país y las grandes ciudades, hasta en el caserío más remoto y refundido. Y ni la Ley de Extranjería y su Reglamento, ni la Ley de Migración y su Reglamento, ni las disposiciones pertinentes del Código del Trabajo, hacen excepciones respecto a zonas de territorio del país donde no rigen o rigen más laxamente: por tanto, rigen y se aplican por igual en todo el territorio de la República del Ecuador.

3.- En la República del Ecuador, bajo ningún concepto, conforme al Derecho vigente actualmente, le es lícito a una persona extranjera que se encuentra en el país temporalmente en calidad de transeúnte (simple turista), realizar actividades lucrativas de manera habitual y continuada. Aun para las personas nacionales de los otros Estados miembros de la Comunidad Andina de Naciones, que reciben un tratamiento jurídico especial y diferenciado, en virtud de lo dispuesto en los tratados constitutivos de la CAN y en disposiciones de Derecho derivado, con la finalidad de alcanzar los objetivos de la CAN, pueden sin más ponerse a trabajar por cuenta ajena: necesitan obtener una autorización administrativa del órgano competente de la Administración Pública Central, en un procedimiento más simple (especialmente, para trabajadores temporales y para trabajadores de zonas fronterizas) o efectuar el trámite del Instrumento Migratorio Andino, previo a la tramitación de su visa (para los que se van a quedar por más de 180 días). Pero en ningún caso es, jurídicamente posible (y digo jurídicamente, porque sabemos que la realidad es diferente)que sin más se instalen a vivir y a trabajar. Hay que tener en cuenta que existe un Estado, unos Poderes Públicos, una Administración Pública y unas leyes que deben cumplirse y hacerse cumplir (de lo contrario, se estaría en tierra de nadie), por lo que no puede ser tomada a la ligera la necesidad real de solicitar oportunamente y en debida forma las correspondientes visas o autorizaciones administrativas que fueran necesarias para instalarse a residir en Ecuador o a realizar actividades lucrativas en el país.

4.- Cualquier extranjero que pretenda residir y trabajar en Ecuador, por tanto, debe solicitar oportunamente su correspondiente visa o su autorización administrativa de trabajo en el caso de los trabajadores temporales nacionales de Estados miembros de la Comunidad Andina de Naciones. Esto es lo que corresponde conforme a Derecho. Desde luego, que en un lugar de vida tan informal como Montañita, estas cuestiones no siempre se van a tener en cuenta. Pero, con todo, conviene advertir de que, en el caso de que haya una redada policial o una inspección del Ministerio de Relaciones Laborales, pueden llegar a encontrarse en situación delicada, tanto trabajadores extranjeros que laboran sin las preceptivas visas o autorizaciones administrativas, como empleadores por contratarlos en esas condiciones.

5.- En tratándose de transeúntes: el límite máximo de permanencia en Ecuador, en general, es de 90 días por año, improrrogables. Esta es la regla general.

Ahora bien: existen excepciones a esa regla general, en las que sí se puede prorrogar la estancia hasta por otros 90 días en la respectiva Jefatura Provincial de Migración de la Policía Nacional, que son las siguientes:

A) Nacionales de otros Estados miembros de la Comunidad Andina de Naciones.

B) Nacionales de terceros Estados que sean residentes legales en cualquiera de los otros Estados miembros de la Comunidad Andina de Naciones.

C) Nacionales de Venezuela.

Las excepciones anteriores tienen su fundamento en normas de Derecho derivado de la Comunidad Andina de Naciones (Decisión 503) y en el Tratado sobre Estatuto Migratorio entre Ecuador y Venezuela. En definitiva, derivan de obligaciones internacionales adquiridas por el Ecuador, en virtud de instrumentos jurídicos internacionales. Pero, en los demás casos, se aplica la regla general de no más de 90 días.


Si, por ejemplo, un extranjero entra en Ecuador y permanece 20 días y regresa luego de un mes en el mismo año, ya no se le concederán 90 días completos, sino solo 70, pues ya ha consumido 20 de los 90 por año que se le puede conceder. El año se cuenta desde la fecha de la primera entrada.

Permanecer más tiempo del autorizado legalmente en Ecuador, es causal de exclusión, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Migración. Por ello, es recomendable abandonar el país antes de que venza el plazo concedido para permanecer o si se tiene realmente interés de permanecer en el Ecuador, es necesario que se solicite, OPORTUNAMENTE, la respectiva MODIFICACIÓN a cualquiera de los tipos de visas de NO INMIGRANTE o INMIGRANTE, previstos en la Ley de Extranjería, debiendo cumplirse con el procedimiento fijado en el Reglamento a la Ley de Extranjería y solicitarse la modificación ante el órgano competente de la Administración Pública Central: Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Tanto la Ley de Extranjería como la Ley de Migración de Ecuador y sus respectivos Reglamentos de desarrollo, son anteriores a la actual Constitución, pero las leyes son perfectamente compatibles y los Reglamentos han sido debidamente adaptados. Y responden a un elemental sentido común: los principios de fronteras abiertas, ciudadanía universal, derecho a migrar, proscripción de la consideración de ilegal de las personas por su situación migratoria, que formula y desarrolla la actual Constitución de la República del Ecuador NO SE OPONEN a la necesidad de ORDEN y el derecho del Estado a controlar eficiente y eficazmente sus fronteras internacionales y las situaciones de los extranjeros que ingresan en su territorio, así como las actividades a las que se dedican y por eso mismo, a la elemental exigencia del cumplimiento de unos requisitos administrativos, mayores o menores, pero en definitiva, que el hecho de ser un país abierto a todos y que no pone restricciones para quien quiera visitarlo y eventualmente instalarse a vivir en él, no tiene que significar ausencia de controles, ni tolerancia al incumplimiento de disposiciones normativas, muchas de las cuales tienen carácter imperativo al ser disposiciones de orden público.


Un cordial saludo.

me gustaría residir  en el Ecuador, soy Colombiano, llevo 2 meses en Quito. quiero ampliar mi tiempo de residencia y permanecer por mucho mas tiempo en ecuador. que visa puedo obtener aparte de la 12/9 ? que me permita entrar y salir del ecuador sin restricción  alguna?
gracias!!

me gustaría residir  en el Ecuador, soy Colombiano, llevo 2 meses en Quito. quiero ampliar mi tiempo de residencia y permanecer por mucho mas tiempo en ecuador. que visa puedo obtener aparte de la 12/9 ? que me permita entrar y salir del ecuador sin restricción  alguna?
y una pregunta mas.!!  esas clausulas de matrimonio, se aplican también a las uniones de las comunidades LGTB?.
gracias!!.
Conectado

Muchas gracias por toda tu exposición.

Necesito hablar con vos. Resido en Bs. As., Argentina.

[email protected]

Por éste foro no puedo hacerlo, me quedan bloqueados los mensajes.

Muchas Gracias.

                     Jorge.

Buenas Noches. Soy Venezolano Profesional en la Ingeniero Electrica con quince(15) años de experiencia en la Industria Petrolera y estoy estudiando la posibilidad de continuar con mi carrera en la Republica de Ecuador. Que requisitos debo cumplir para poder Vivir y Trabajar en Ecuador?
Que Documentos necesito; si entro como turista y despues estando en Ecuador puedo tramitar la recidencia?. Le agradeceria su acertada respuesta a esta Inquietud. Muchas Gracias

hola soy española licenciada en biologia. por lo Que entiendo lo mejor en mi caso es ir con visa 12IX y luego all cambiarla a visa immigrant 9 V  profesional. mi pareja no tiene studios universitarios. el ha trabajado come camionero. es oficial de primera montador de cubiertas y tiene un curso de trabajos verticales. sabemos Que el carnet de camion vale el de aqui pero lo demos? como justifica serf oficial de cubiertas?? en consulado nos dice gestionar visa 12IX o ir como tourist y al rncontrar trabajo cambiar estatus migratorio .differences. tourist no necesita visa solo sellar pasaporte es gratis y tiene 60 dias para cambiar estado  visa cuesta  161euro y tiene 180 dias. no se si seria possible la option de amparo una vez yo tenga mi visa. no estamos casados pero llevamos conviviendo 9 años demostrables con pardon. ademas tenemos un nene de 2 años como hacer con el? y cuanto Tardan los tramites?? tambien me gustaria pedir consejo sobre el lugar mas adecuado si guayaquil quito o algun Otro lugar teniendo en cuenta seguridad oportunidades de trabajo para los dos. educacion para el peque y tambien el clima ¿en quito hace much frio? me tira un poco para atras tanta altura aunque debe ser espectacular. gracias por adelantado

gorgojillo escribió:

hola soy española licenciada en biologia. por lo Que entiendo lo mejor en mi caso es ir con visa 12IX y luego all cambiarla a visa immigrant 9 V  profesional. mi pareja no tiene studios universitarios. el ha trabajado come camionero. es oficial de primera montador de cubiertas y tiene un curso de trabajos verticales. sabemos Que el carnet de camion vale el de aqui pero lo demos? como justifica serf oficial de cubiertas?? en consulado nos dice gestionar visa 12IX o ir como tourist y al rncontrar trabajo cambiar estatus migratorio .differences. tourist no necesita visa solo sellar pasaporte es gratis y tiene 60 dias para cambiar estado  visa cuesta  161euro y tiene 180 dias. no se si seria possible la option de amparo una vez yo tenga mi visa. no estamos casados pero llevamos conviviendo 9 años demostrables con pardon. ademas tenemos un nene de 2 años como hacer con el? y cuanto Tardan los tramites?? tambien me gustaria pedir consejo sobre el lugar mas adecuado si guayaquil quito o algun Otro lugar teniendo en cuenta seguridad oportunidades de trabajo para los dos. educacion para el peque y tambien el clima ¿en quito hace much frio? me tira un poco para atras tanta altura aunque debe ser espectacular. gracias por adelantado


Hola.

1.- En efecto, en lo que a usted respecta, es correcto ingresar con una visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, obtenida en el Consulado del Ecuador acreditado en la demarcación consular del lugar de su residencia, la cual debe ser inscrita en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, y Movilidad Humana, en el plazo de los 30 días siguientes a la entrada en Ecuador y al mismo tiempo, obtenerse la inscripción en el Empadronamiento de Migración, también a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

NOTA.- El Registro de Extranjeros viene establecido en la Ley de Extranjería. El Empadronamiento de Migración, viene establecido en la Ley de Migración. Ambos son Registros Públicos con finalidades diferentes: mientras el Registro de Extranjeros tiene por objeto la determinación de las calidades y categorías migratorias de los extranjeros autorizados a permanecer en Ecuador y permite en virtud de ello establecer quiénes han adquirido domicilio político en Ecuador y quienes no, su finalidad está por tanto, estrictamente relacionada con aspectos de Derecho Civil y Derecho Internacional Privado . En cambio, el Empadronamiento de Migración tiene una finalidad de estricto ejercicio del poder de policía estatal respecto a la admisión, salida y control de la legalidad de la permanencia de extranjeros dentro del territorio de Ecuador. Puede dar lugar a confusiones la existencia de dos Registros Públicos, que parecerían tener funciones idénticas, pero no es así, pues vienen establecidos en cuerpos normativos diferentes, con finalidades totalmente distintas. Antes el Empadronamiento de Migración lo gestionaba directamente la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional. Actualmente, con la finalidad de ahorrarle movilizaciones al extranjero que pretende establecerse en Ecuador y también para darle mayor eficiencia a la Administración Pública, ambos Registros son gestionados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, pero los datos del Empadronamiento de Migración le son cedidos a la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional, para el respectivo control.

2.- Con la visa 12-IX, que tiene una vigencia máxima de 180 días, puede iniciar el procedimiento de reconocimiento de su título universitario en la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (SENESCYT) e inscripción del referido título en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador. Cuando ya lo obtenga, estará en posibilidad de solicitar la MODIFICACIÓN a visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal.

3.- Con la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal, podrá usted a la vez amparar a su hijo menor de edad, al que le corresponderá la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar.

Pero, para poder amparar a su conviviente, será necesario que la relación conste formalizada por instrumento público. El empadronamiento del Ayuntamiento en España, no es un documento suficiente para acreditar existencia de una unión de hecho, conforme con el Derecho de Ecuador. Primeramente, porque el certificado de empadronamiento es un documento administrativo eminentemente estadístico, pero no dice nada respecto del tipo de relación que pueden tener entre sí las personas que constan empadronadas en una vivienda (pueden ser solo amigos , compañeros de piso o parientes) y porque para que un tipo de relación que se pretende alegar y hacer valer frente al ordenamiento jurídico de Ecuador, con la finalidad de obtener una calidad prevista en su normativa, debe haberse formalizado de manera análoga a la prevista en la normativa de Ecuador y no oponerse al orden público interno. Y la forma que prevé el Código Civil de Ecuador para formalizar una unión de hecho, es mediante el otorgamiento de un acta notarial o mediante sentencia judicial en procedimiento de jurisdicción voluntaria, en donde debe constar que ambas personas, mayores de edad, plenamente capaces conforme a Derecho, libres de vínculo matrimonial entre sí y con terceras personas, en efecto, llevan conviviendo como pareja por un tiempo superior a DOS AÑOS; que así se tratan y se presentan públicamente ante parientes, amistades y vecindario en general y a la vez, son tenidos públicamente en tal concepto. Debe incorporarse en el otorgamiento del acta notarial pruebas documentales de la convivencia (ahí sí servirá el certificado de convivencia del Ayuntamiento español), siendo en su caso lo más relevante la existencia de descendencia común, que se probará con la certificación literal de nacimiento del menor. Y asimismo, es necesaria la comparecencia de DOS testigos, mayores de edad, plenamente capaces conforme a Derecho. Es muy importante que todos estos extremos consten en el acta notarial que deberán hacer levantar ante notario aquí en España y si viven en una Comunidad Autónoma que tenga Registro de Parejas de Hecho, deben también solicitar la correspondiente inscripción.  Con todos esos datos incorporados, tendrán un acta notarial que cumplirá con los requisitos fundamentales exigidos por el Código Civil de Ecuador y podrá usted solicitar para su conviviente la correspondiente visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar.

Incluso, desde España, lo que podría hacer es solicitar usted en el Consulado de Ecuador una visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX y amparar en ella a su hijo y a su conviviente de hecho (siempre que tenga el acta notarial como se ha indicado líneas arriba), de modo que los tres se vayan a Ecuador con la misma visa. Y una vez que usted obtenga el reconocimiento de su título y solicite la modificación de su visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, a visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, puedan a la vez ellos solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI.


En cuanto a reconocimiento de títulos o estudios no universitarios: la competencia para efectuar tal reconocimiento corresponde al Ministerio de Educación. Si alguna de esas titulaciones constituye, además, una rama artesanal, debe solicitarse y obtenerse luego la homologación en la Junta Nacional de Defensa del Artesano.

En relación con los permisos de conducir: toda persona puede conducir dentro de Ecuador con los permisos de conducir de cualquier país hasta por un plazo máximo de seis meses. Si se trata de personas extranjeras, deben llevar consigo su pasaporte en vigor y demostrar que se hallan de formal legal en Ecuador. Si el permiso de conducir está expedido en idioma diferente del castellano, debe acompañarse una traducción realizada conforme lo dispone el art. 24 de la Ley de Modernización del Estado (sobre lo que se ha colgado una entrada en este foro). Transcurrido ese plazo, las personas deberán, necesariamente, solicitar el canje de sus permisos de conducir para poder continuar conduciendo en Ecuador. A la vez, para poder efectuar el canje, es necesario que los extranjeros sean titulares de una visa (de INMIGRANTE o de NO INMIGRANTE), que los habilite a permanecer en el país por un tiempo superior a 180 días (ya que hasta por ese tiempo, están autorizados a conducir con el permiso de su país de origen). Por tanto, es condición necesaria previa que, primeramente, se obtenga la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V (usted) y 9-VI (su hijo y su conviviente), para que pueda solicitarse el canje de permiso de conducir español por una licencia de conducir ecuatoriana.

El canje de permisos de conducir extranjeros por licencias de conducir ecuatorianas, se efectúa en la Agencia Nacional de Tránsito, excepto en la provincia del Guayas, donde la competencia para tramitarlo corresponde a la Comisión de Tránsito del Ecuador. Los titulares de permisos de conducir expedidos en España (españoles o ecuatorianos), pueden acogerse al Canje de Notas constitutivo de Acuerdo, entre España y Ecuador sobre la materia, que ofrece como ventaja principal no tener que rendir exámenes para que el canje sea procedente (aunque sí se requiere el examen para determinadas categorías). Se debe entregar el permiso de conducir español y a cambio se expide una licencia de conducir ecuatoriana. El permiso de conducir español, es remitido a España, a la Dirección General de Tráfico, donde podrá ser retirado por el titular, cuando regrese a España. Esta es la vía más utilizada.

Pueden también, si desean, no acogerse al Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre España y Ecuador, sino a la normativa interna, que en cambio, sí prevé que deban rendirse exámenes, pero en cambio, no se retira el permiso de conducir extranjero, sin que tan solo se lo escanea y se expide uno ecuatoriano. Desde luego que esta posibilidad puede no resultar tan atractiva para la gran mayoría de titulares de permisos de conducir españoles, pero existe y puede que alguien tenga interés en hacerlo de esa manera (quizás alguien que no quiera entregar su permiso de conducir español).

En cuanto a la educación del menor: si ha cursado estudios en España, debe llevar las certificaciones de los estudios realizados, hasta el máximo nivel al que haya llegado, legalizadas con la Apostilla de La Haya y en Ecuador, deberá solicitar el reconocimiento de tales estudios en el Ministerio de Educación, a fin de que el menor pueda proseguir estudios en Ecuador.

Por otra parte, debe saber que en Ecuador no hay un ciclo lectivo  unificado en todo el país, sino que coexisten dos: el de la Costa e islas Galápagos  y el de la Sierra y Amazonía. En la Costa y las islas Galápagos, el ciclo lectivo va de abril a enero. En cambio, en la Sierra y Amazonía, el ciclo lectivo va de septiembre a junio (como en Europa). Por ello, a las personas que van desde países europeos, si quieren que sus hijos en edad escolar no pierdan el año y puedan asistir al curso lectivo de manera similar a como es en el país europeo de origen, les convendría más instalarse en ciudades de la Sierra o Amazonía.

En lo que respecta al tipo de educación, es de sobra sabido que la educación de mejor calidad en Ecuador es la privada, de modo que lo más adecuado es buscar un colegio privado para su hijo. Los públicos no tienen el mismo nivel y además, las circunstancias y el entorno de esos establecimientos educativos en Ecuador, suele ser entre problemático y conflictivo, además de que se corre riesgo de estar a merced de huelgas y protestas del profesorado en busca de reivindicaciones o simplemente en protesta por los frecuentes atrasos del Ministerio de Educación en el pago de sus sueldos o porque no reciben sus nombramientos, todo lo cual genera retrasos en el normal desarrollo de las actividades lectivas y en el avance de los estudios de los alumnos.

3.- PLAZOS DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.- En lo atinente a la concesión de visas, el plazo marcado por el Reglamento a la Ley de Extranjería, es de 15 DÍAS HÁBILES.

En lo que respecta al procedimiento de reconocimiento del título universitario extranjero en la SENESCYT y su inscripción en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador, el Reglamento sobre la materia no fija un plazo. Y al no hacerlo, se aplica el plazo general previsto en el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE): DOS meses.

4.- OBLIGATORIEDAD DE OBTENER CÉDULA DE IDENTIDAD ECUATORIANA PARA TITULARES DE VISA DE INMIGRANTE.- Dado que los titulares de visa de INMIGRANTE, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Extranjería, adquieren domicilio político en el Ecuador, resulta obligatorio para ellos la obtención de la cédula de identidad ecuatoriana, la cual exclusivamente puede obtenerse en las oficinas centrales del Registro Civil de Quito, Guayaquil y Cuenca. Al obtenerla, se convertirá en el único documento que acreditará la calidad de domiciliado en el Ecuador del extranjero y la legalidad de su permanencia en el país.

5.- LIMITACIONES DE AUSENCIA DEL ECUADOR.- De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento a la Ley de Extranjería, en concordancia con la Ley de Migración, los extranjeros que sean titulares de visa de INMIGRANTE, no pueden permanecer fuera de Ecuador más de tres meses por año, durante los dos primeros años, ni más de 18 meses consecutivos en cualquier tiempo, ya que si las ausencias superan esos límites, el extranjero pasará a hallarse en causal de exclusión de su admisión en Ecuador y su documentación deberá ser cancelada.

6.- DIFERENCIAS DE CLIMAS.- En la Costa y en las islas Galápagos, en general, hace calor. Pero, en el período que va de junio a septiembre, debido al influjo de la corriente fría de Humboldt, que sube desde la Antártida, se produce un enfriamiento considerable del mar, lo cual afecta al clima de las zonas costeras de Ecuador, comprendidas desde el cabo Pasado (provincia de Manabí), hacia el Sur, hasta la frontera con el Perú. Por ello, en ese período, las temperaturas en las zonas costeras mencionadas son bajas. En las islas Galápagos se observa el mismo fenómeno, dado que la corriente fría del Humboldt justo se desvía desde el cabo Pasado hacia mar adentro en el Pacífico, hasta llegar a las islas Galápagos. En cambio, desde el cabo Pasado hacia el Norte, es decir, parte de la provincia de Manabí y toda la provincia de Esmeraldas, el mar está todo el año caliente, porque está bajo el influjo de la corriente cálida del Pacífico, que desciende desde el golfo de Darién (Panamá)y es a esas playas adonde van mayoritariamente las personas de la región Sierra cuando tienen vacaciones escolares (en Esmeraldas, sobre todo y su zona de influencia, veranea mucha gente de Quito y del resto de la provincia de Pichincha y de las provincias de Imbabura y Carchi).

En el período que va de octubre a mayo, en la Costa y Galápagos hace mucho más calor y entre diciembre-enero y abril, cuando el invierno se hace presente, las lluvias se dan casi a diario y hay un aumento considerable de la humedad ambiental. Es la época de playa, que coincide con el período de vacaciones escolares de las regiones Costa y Galápagos.

En la Sierra y en la Amazonía es diferente. En la Sierra, por lo general, el clima es entre templado y frío (similar al que puede hacer en Europa en primavera, otoño e invierno). En los meses que van se octubre a mayo, el frío es más intenso que lo habitual y llueve con frecuencia, a veces, incluso, se producen granizadas. No nieva en las ciudades, pero sí en las montañas. La nieve perpetua, se la encuentra a partir de los 4800 - 4900 metros de altura sobre el nivel del mar. La ciudad de Quito, por ejemplo, está al pie del volcán Pichincha, el cual en este período, puede amanecer con su cumbre nevada.

En cambio, en el período que va de junio a septiembre, el clima de la Sierra es más templado, similar al que puede hacer en Europa en primavera y las lluvias no suelen ser frecuentes, pero en cambio, sí pueden darse cambios bruscos de temperatura.

Las temperaturas promedio en las ciudades de la Sierra van de los 20-25 grados centígrados, que es lo más alto que se suele llegar a registrar cuando hace calor hasta los 2 grados centígrados que pueden llegar a hacer en las noches-madrugadas en algunas ciudades, especialmente en la ciudad de Tulcán, fronteriza con Colombia, que debido a su gran altitud (más de tres mil metros de altura sobre el nivel del mar), registra constantemente temperaturas muy bajas. En los páramos andinos, sí que puede descender hasta 0 grados o incluso bajo 0.

En la Amazonía, en cambio, se debe distinguir entre la zona más próxima a los Andes, donde el clima es más templado (y donde tiene el Parque Nacional Sangay y parte de la Reserva Ecológica Yasuní) y la zona que ya es propiamente selva amazónica, donde hace mucho calor y hay mayor humedad, además de que las lluvias son frecuentes (no en vano, los lugareños dicen que tienen dos estaciones: invierno y diluvio). En la Amazonía es donde se concentran la mayor cantidad de yacimientos petroleros y donde existen, por eso mismo, muchos campamentos de explotación petrolera. Y también es donde viven muchos pueblos indígenas amazónicos, manteniendo sus formas tradicionales de vida: huaoranis, secoyas, záparos, yumbos, cofanes, shuar-achuar, entre los más conocidos; viven también muchos misioneros católicos (jesuitas, capuchinos, franciscanos, salesianos, entre los más representativos), que han sido también quienes en gran medida han ido fundando pueblos en la región. La Amazonía no es precisamente una región para personas a las que les pueda gustar la vida cómoda o urbanita en estricto sentido, pues hay muchas carencias y limitaciones en lo que respecta a infraestructuras y además, la forma de ver y vivir la vida en la región es muy diferente de la que se pueda tener o entender en los grandes núcleos urbanos y además, el clima tampoco resulta agradable a todo el mundo que no es originario del lugar.

Todo lo anterior, con todo, debe entenderse sin perjuicio de que pudiera tener lugar el fenómeno de El Niño. Cuando se produce, el agua del mar se calienta más de lo normal y se producen muchos aguajes, pero también llueve mucho todo el año (no solo los meses de invierno), lo cual es un drama, porque se destruye la red vial y los puentes (con ello, las infraestructuras del país sufren un serio menoscabo, que afecta a su productividad), se producen inundaciones que dejan a muchas personas sin vivienda, se pierden cultivos (con la consiguiente escasez de determinados alimentos de primera necesidad, que termina siendo necesario importar, cuando en circunstancias normales, se los produce en Ecuador mismo), se desatan epidemias de enfermedades como el dengue, cólera, leptospirosis, paludismo, leismaniasis (en la Costa de Ecuador, se reproduce el mosquito anofeles, que causa el paludismo y el mosquito aedes aegypti, que ocasiona el dengue; cuando hay fenómeno de El Niño, su presencia aumenta considerablemente). El fenómeno de El Niño es muy duro y crudo y afecta por igual a todo el país, porque si en la Costa se dan inundaciones, desbordamientos de ríos, aumento del nivel y embravecimiento del mar; en la Sierra, en cambio, se dan deslaves que hacen peligrosa la circulación y entorpecen las normales comunicaciones con las demás regiones y también hay aumento del caudal de los ríos cordilleranos, que bajan hasta la Costa.


A las personas a quienes no les gusta el calor o lo toleran menos, no les resultaría recomendable establecerse en la Costa, ni en la Amazonía. A quien busque climas parecidos a los europeos, le sería más recomendable establecerse en la región Sierra. Las islas Galápagos, solo para quien realmente tenga gusto por vivir en un entorno como el de ellas y o bien un contrato de trabajo o recursos suficientes para abrir un negocio, pues para establecerse en Galápagos, aun los propios ecuatorianos, deben solicitar una autorización especial de residencia en el archipiélago, pues Galápagos es un territorio protegido, ya que es patrimonio de la humanidad declarado por la UNESCO .


En Quito hace un clima templado en general, aunque también presenta descensos considerables. En un mismo día puede amanecer haciendo mucho frío, templarse a la media mañana, hacer calor hacia el medio día y al atardecer y ya en la noche, hacer frío otra vez. La altura es algo a lo cual se puede adaptar si es una persona sana, sin afecciones cardíacas. El organismo de cada quien es diferente y hay quienes pueden tardar un día y quienes no sienten mayores complicaciones por la altitud. Cuando se siente más, es cuando se ha llegado de golpe, es decir, cuando se llega en avión o en bus o coche haciendo el viaje muy rápido (el ascenso de la cordillera no debe hacerse de forma tan brusca; ciertamente que vivimos en una época en la que la prisa gobierna el mundo, pero justamente, cuando se asciende a prisa, como por ejemplo, en el viaje de Santo Domingo de los Tsáchilas a Quito, que en menos de 3 horas se asciende a más de tres mil metros de altura sobre el nivel del mar, subiendo por una carretera de montaña con muchas curvas, sí que se deja sentir el cambio rápidamente: junto con el frío, por la altitud, se empieza a notar cierta pesadez en el cuerpo, falta de oxígeno y la cabeza caliente). Cuando se viaja despacio, el cuerpo tiene oportunidad de irse acostumbrando, poco a poco, al cambio de altitud, como por ejemplo, cuando se va en viaje turístico y se va parando poco a poco, para observar paisajes o para picar algo en el camino, sin ninguna prisa (por eso, cuando se viajaba a lomo de mula, hasta cuando se inauguró el ferrocarril a principios del siglo XX, las molestias por la altura no eran algo tan frecuente como en nuestra época, porque como viajaban lentamente, el cuerpo tenía tiempo suficiente para irse adaptando).

La ciudad de Quito propiamente está a una altitud de 2850 metros de altura sobre el nivel del mar, pero tiene zonas adyacentes más altas, como ciertos barrios ubicados en las faldas del volcán Pichincha, que ya están a 3 mil y más metros de altura sobre el nivel del mar. La altitud, impone un ritmo de actividades lento y eso se nota, tanto en la parsimonia de la gente para todo, como en el funcionamiento de las instituciones del Estado, que tienen su sede en la ciudad. No obstante la altitud, en la ciudad de Quito se juega liga de fútbol profesional (la ciudad cuenta con tres estadios de fútbol profesionales, perfectamente equipados y certificados por la FIFA y la CONMEBOL como aptos para competiciones internacionales); se han jugado partidos de eliminatorias para el Mundial; partidos de Copa Libertadores de América, Copa Sudamericana, Copa América y Mundiales de fútbol juveniles que ha organizado Ecuador y de la misma manera, con altitud y todo y a pesar de protestas de algunas delegaciones extranjeras, han tenido lugar competiciones de Juegos Bolivarianos y Juegos Sudamericanos y ningún deportista resultó muerto, ni lastimado por la altura de la ciudad. También se organiza todos los años la famosa maratón del diario Últimas Noticias, que atrae atletas de todo el mundo, para quienes es un reto correr una maratón a una altitud como la de Quito y asimismo,  Quito es el punto de partida y llegada de los ciclistas profesionales que compiten el la Vuelta Ciclística al Ecuador. Y si hay una imagen tan corriente en la ciudad, es ver a la gente haciendo deporte en los parques, desde muy tempranas horas de la mañana, por lo que, por descontado que actividades que representen esfuerzo físico, sí que pueden llevarse a cabo, a pesar de la altura.

Lo que puede resultar agobiante para quien no esté acostumbrado, es que Quito está rodeada de un volcán, el Pichincha y  de cerros y a algunos puede generarles la sensación de encierro, pero también en días despejados hay excelentes vistas hacia el Cotopaxi, Rumiñahui, Corazón, Illinizas, Cayambe, entre otros.


7.- SEGURIDAD.- La seguridad es un serio problema en Ecuador, pero nada que el sentido común y la prudencia no puedan ayudar a cuidar. Desde luego que no se debe hacer ostentación pública de poder adquisitivo, ni de productos suntuarios. Se debe evitar las grandes aglomeraciones urbanas y también las zonas desoladas de las ciudades o barrios o sectores que sean conocidos de todos los habitantes del lugar como peligrosos (es recomendable, en cada ciudad, preguntar a los lugareños sobre las "zonas rojas", para procurar evitarlas). Hay barrios o sectores que, durante el día, no son peligrosos, pero que una vez terminada la jornada laboral, se vuelven tales y son a los que, por desconocimiento, muchas personas pueden ir a dar, creyendo que siempre el barrio es igual (porque los que de sobra son conocidos por ser zona roja, a nadie se le escapan, pero los barrios buenos en el día y malos en la noche, solo puede que sea conocida esa característica por los moradores del sector o por gente que lo conozca).

Se debe evitar usar taxis que no sean oficiales; asimismo, es recomendable, a partir de determinada hora, ya no tomar autobús y usar preferiblemente taxi (siempre que sea oficial). El centro de las ciudades, por lo general, suele quedar desolado pasadas las 21:00 h., por lo que esa desolación los hace peligrosos. En Ecuador, la jornada laboral suele terminar entre las 17:00 h. y las 18:00 h., por lo que la gente se retira a sus casas más temprano y por ello, alrededor de las 20:00 h., ya se ve poca gente en las calles y a las 21:00 h., está prácticamente desolado. Se exceptúan las zonas adyacentes a universidades, escuelas politécnicas o centros de estudios superiores, pues en gran medida, tienen movimiento hasta el final de la jornada lectiva de la respectiva universidad (normalmente, alrededor de las 22:00 h.).

Es recomendable no llevar mucho dinero en efectivo encima y tener a buen recaudo las tarjetas de crédito o débito. En Quito, por ejemplo, los parques grandes, que en el día son lugares de descanso y para hacer deporte, en la noche se vuelven peligrosos y otro tanto sucede con el centro de la ciudad, si bien ha recibido un considerable incremento policial, ya que es donde se suelen concentrar los turistas (el centro histórico de Quito es patrimonio cultural de la humanidad, declarado por la UNESCO).

Guayaquil, que es la ciudad más grande y más poblada de Ecuador, tiene fama de ser altamente peligrosa. Lo es en determinadas zonas, que los lugareños ya saben bien cuáles son, pero no los que no son de Guayaquil, por lo que conviene informarse bien: el centro de Guayaquil en la noche, es peligroso, porque queda desolado; también lo es la zona de la Piscina Olímpica; las avenidas Quito y Machala, en buena parte de su trayecto; la zona del parque Victoria; la zona de la iglesia y el parque San Agustín también es muy peligrosa (hay que andarse con muchísimo cuidado); la zona adyacente al Cementerio General de Guayaquil, a la altura de la calle Julián Coronel; el cerro de El Carmen y la zona no turística del cerro Santa Ana; la zona adyacente al estadio Capwel y al parque Forestal; la avenida Barcelona y el exterior del estadio Monumental del Barcelona Sporting Club (porque colinda con el suburbio de Guayaquil, que de suyo es peligroso para quien no es del sector). En general, Guayaquil es una ciudad muy territorial, donde lo más probable es que, si alguien sufre un atraco o es víctima de alguna otra clase de delito, sea fuera del barrio o sector donde la persona vive, trabaja o es conocida (y "respetada", que es muy importante no perderlo de vista: se tiene que ser conocido, pero además, "respetado" en la zona) o si le sucede algo en su propio barrio, es muy probable que quien cometió el delito no sea del mismo barrio: es una especie de códigos que existen en la ciudad, para determinar aspectos de esta naturaleza, que solo se conocen estando en el lugar y hallándose ante la circunstancia concreta.


En general, hay mucha inseguridad, en efecto. Pero la hay en zonas donde hay mayores probabilidades de haberla: zonas marginales, sectores degradados, zonas abandonadas, invasiones, lugares donde operan mafias dedicadas al narcotráfico, al contrabando o a la usura (conocida coloquialmente en Ecuador con el nombre de "chulco" y quienes se dedican a ella, por supuesto, de forma irregular, reciben el nombre de "chulqueros"). Los chulqueros son prestamistas que se aprovechan de la necesidad ajena y la dificultad o imposibilidad de la gente de acceder al crédito en bancos, financieras o cooperativas de ahorro y crédito; les ofrecen créditos a intereses abusivos, muchas veces exigiéndoles una prenda, los intereses hacen que la deuda se vuelva impagable y es cuando, llegado este punto, al no poder cobrar, vienen los ajustes de cuentas. La zona adyacente al puerto de Guayaquil, por ejemplo, es peligrosa, tanto por ser un barrio marginal (El Guasmo), como por operar en sus inmediaciones mafias vinculadas a los asuntos del puerto en general (desde redes de prostitución que entran al puerto a ofrecer servicios a los tripulantes de los buques, hasta contrabandistas y narcotraficantes).

Espero que le sea de utilidad la información.

Un cordial saludo.

Muchas gracias por toda la informacion. muy util.
una duda, para poder amparar a mi hijo y mi pareja debo demostrar unos ingresos minimos? consultando la web de la cancilleria dice que si pero al preguntar en el consulado de ecuador en madrid no me lo han sabido aclarar. Para solicitar la visa 12IX en la web de la cancilleria habla de demostrar un monto minimo del sueldo minimo (132 $ creo recordar) por cada mes de la visa(180 dias son 6meses) en cambio en el consulado de madrid unicamente piden ser solvente sin necesidad de demostrar un monto minimo, por eso mi duda. nosotros queremos ir a buscar trabajo pero aun no tenemos nada. agradeceria orientacion sobre como buscar trabajo. yo soy biologa, educadora ambiental, monitora de tiempo libre y deportes.
por otro lado si quisieramos montar un negocio propio, como son los requisitos? es facil alquilar un local hacerse autonomo y montar tu propio negocio?? por ejemplo un bar?? o una empresa de talleres y animaciomes infantiles??
tambien si alguien me pudiera ayudar a buscar piso de alquier barato en Quito. es rque mirando por el foro la gente habla mucho de condominios y zonas resodenciales caras pero nosotros vamos con presupuesto ajustado hasta que empecemos a tener imgresos
otra vez gracias al que pueda orientarme

soy  medico  dermatologo  graduada  en  cuba  nicaraguense y  quiero trabajar  en  ecuador,  q  tengo  que  hacer

gorgojillo escribió:

Muchas gracias por toda la informacion. muy util.
una duda, para poder amparar a mi hijo y mi pareja debo demostrar unos ingresos minimos? consultando la web de la cancilleria dice que si pero al preguntar en el consulado de ecuador en madrid no me lo han sabido aclarar. Para solicitar la visa 12IX en la web de la cancilleria habla de demostrar un monto minimo del sueldo minimo (132 $ creo recordar) por cada mes de la visa(180 dias son 6meses) en cambio en el consulado de madrid unicamente piden ser solvente sin necesidad de demostrar un monto minimo, por eso mi duda. nosotros queremos ir a buscar trabajo pero aun no tenemos nada. agradeceria orientacion sobre como buscar trabajo. yo soy biologa, educadora ambiental, monitora de tiempo libre y deportes.
por otro lado si quisieramos montar un negocio propio, como son los requisitos? es facil alquilar un local hacerse autonomo y montar tu propio negocio?? por ejemplo un bar?? o una empresa de talleres y animaciomes infantiles??
tambien si alguien me pudiera ayudar a buscar piso de alquier barato en Quito. es rque mirando por el foro la gente habla mucho de condominios y zonas resodenciales caras pero nosotros vamos con presupuesto ajustado hasta que empecemos a tener imgresos
otra vez gracias al que pueda orientarme


Hola.

1.- Para solicitar la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, se requiere contar con recursos económicos suficientes. Al ser un concepto jurídico indeterminado, que por eso mismo requiere ser dotado de contenido en cada caso concreto y ante la imposibilidad de poder determinar, realmente y con objetividad, si cada persona cuenta o no con recursos económicos suficientes (por aquello de que lo que para unos es poco, para otros puede ser suficiente), se consideró oportuno fijar una cuantía mínima que tuviera relación con el salario básico unificado (SBU) vigente en Ecuador, que es fijado anualmente por el Ministerio de Relaciones Laborales. Para el año 2013, dicho salario ha sido fijado en la cantidad de 318 dólares de los Estados Unidos de América.

La mencionada cuantía, debe multiplicarse por 6, que es el tiempo máximo que permite permanecer en Ecuador la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX.

Los Consulados del Ecuador acreditados en el extranjero, en tanto que órganos dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, están bajo su dirección y por tanto, deben recibir y acatar sus instrucciones. Porque de lo contrario, se produciría algo indeseable e inadmisible, tanto en lo que respecta a la actuación exterior del Estado por un lado, como en lo que tiene relación con la propia actuación de la Administración Pública Central con personalidad jurídica única: una dicotomía en cuanto a pareceres y actuaciones de órganos que pertenecen a una misma Administración Pública del Estado (y con mayor gravedad siendo uno jerárquicamente superior del otro y por tanto, legitimado para dirigir su actividad)y que, en tanto que actúan fuera de Ecuador, deben mantener siempre una unidad de criterio y acción, pues rige el principio de unidad de actuación del Estado en el exterior.

Por ello, a su pregunta, corresponde responder que debe regir el criterio que ha determinado el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador y que se publica en su página web.



2.- En la SENESCYT únicamente se reconocen títulos expedidos por universidades, escuelas politécnicas u otro tipo de centros de educación superior. Los títulos no universitarios, no son competencia de la SENESCYT. Y en lo que respecta a títulos españoles, solo se reconoce los oficiales, no los propios.

De los títulos que menciona que tiene, la SENESCYT solo le podrá reconocer los que le hayan sido concedidos por universidades.

3.- Los títulos no universitarios, siempre que hayan sido expedidos por instituciones educativas, pueden ser reconocidos por el Ministerio de Educación. Aquí cobra importancia tanto los estudios de nivel primario, como medio (secundaria y bachillerato) y también los estudios de postbachillerato no universitarios.

4.- Para solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal, es necesario que el título universitario extranjero haya sido ya reconocido por la SENESCYT y conste inscrito en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador (SNIESE). Cumplida tal formalidad, es procedente la concesión de la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V.

5.- En relación al amparo: a su hijo, puede ampararlo con la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI. A su pareja, únicamente si han formalizado una unión de hecho por instrumento público, conforme con la normativa vigente en la Comunidad Autónoma en la que viva, que debe estar debidamente legalizado.

Sí se debe acreditar suficiencia de recursos económicos. Se exige contar con ingresos anuales de, al menos, mil dólares de los Estados Unidos de América. Quienes ya han estado residiendo en Ecuador y han tenido actividad económica, lo pueden probar mediante la última declaración del impuesto a la renta en el Servicio de Rentas Internas. Quienes recién llegan y no han tenido actividad económica o recién esperan iniciarla, pueden acreditarlo formulando una declaración juramentada ante notario sobre sus ingresos o capital, asumiendo el compromiso de hacerse cargo de sus familiares y junto con ella, presentar una certificación bancaria, de banco ecuatoriano, donde conste que tiene en su cuenta bancaria más de mil dólares de los Estados Unidos de América.

6.- Alquilar un local comercial, un departamento o casa, depende de la zona y de lo que quiera hacer. Es menos complicado que en España, pero en cambio, conviene asegurarse muy bien de que todo está en orden, tanto materialmente como jurídicamente (como por ejemplo, que no le vayan a arrendar un local, casa o departamento que esté siendo objeto de disputa judicial, por ejemplo y usted se vea luego en medio de un litigio).

7.- Para constituir una sociedad y abrir un negocio, puede optar por constituirla usted misma (que le puede tardar unos dos meses) o comprar una ya constituida. Luego, debe obtener los permisos municipales y de cuerpo de bomberos para abrir el local comercial.

Un cordial saludo.

Tengo una niña que nacio en madrid julio del 2008 mi pareja y yo somos ecuatotianos y vamos a volver a vivir a ecuador por lo que necesito saber como tengo que hacer para sacarle la cedula a mi hija

Buenos días a todos. Mi consulta es similar a algunas ya realizadas. Siendo Chileno de 30 años, con título profesional y actualmente trabajando; por asuntos personales necesito viajar a vivir por un tiempo (1 a 3 años como mínimo) a Guayaquil. Fui al consulado de Ecuador en Chile y me comentaron que no necesitaba obtener una VISA previa, sino que estando ya en ese Guayaquil buscar trabajo y luego gestionar los papeles, ¿esto es así?. Por último cuanto se requiere en dolares para poder vivir al menos los primeros días mientras se busca trabajo(conseguir alojamiento, comida, transporte).

Muchas gracias de antemano. Saludos.

jlmanriquez escribió:

Buenos días a todos. Mi consulta es similar a algunas ya realizadas. Siendo Chileno de 30 años, con título profesional y actualmente trabajando; por asuntos personales necesito viajar a vivir por un tiempo (1 a 3 años como mínimo) a Guayaquil. Fui al consulado de Ecuador en Chile y me comentaron que no necesitaba obtener una VISA previa, sino que estando ya en ese Guayaquil buscar trabajo y luego gestionar los papeles, ¿esto es así?. Por último cuanto se requiere en dolares para poder vivir al menos los primeros días mientras se busca trabajo(conseguir alojamiento, comida, transporte).

Muchas gracias de antemano. Saludos.


Hola.

1.- En efecto, no es indispensable entrar con visa consular. Los chilenos pueden ingresar, incluso, solo con su documento de identidad, no necesitan pasaporte. Pero, para tramitar la visa para permanecer en el país y realizar actividades lucrativas, sí que requerirá tener un pasaporte válido y con una vigencia de, al menos, 6 meses.


2.- Si usted tiene título universitario y quiere quedarse a vivir, debería solicitar primeramente el reconocimiento de su título en la SENESCYT y luego la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V.

3.- Para poder ser contratado laboralmente, necesita tener una visa que lo permita. Todas las visas de INMIGRANTE lo permiten, en cualquier actividad en el sector privado, por cuenta ajena o propia, excepto en actividades que las leyes hubieran reservado exclusivamente a personas de nacionalidad ecuatoriana y asimismo, para trabajar en el sector público, para lo que se requerirá siempre de una autorización laboral especial.

4.- En Ecuador, el concepto visa engloba en su conjunto a las autorizaciones para residir en el país, bien sea de manera temporal o indefinida y las autorizaciones para realizar actividades, lucrativas o no lucrativas. Las visas de INMIGRANTE se conceden por tiempo indefinido y llevan implícita la autorización para trabajar, como ha quedado indicado en el apartado anterior. En cambio, las de NO INMIGRANTE, se conceden temporalmente y exclusivamente permiten realizar la actividad para la que fue concedida.

5.- Particularmente, no es recomendable tramitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-IV, que tiene por fundamento, entre otros, el contrato de trabajo por cuenta ajena, básicamente, porque requiere de unos procedimientos previos que se deben llevar a cabo en el Ministerio de Relaciones Laborales, toman su tiempo, tienen un coste y además, necesita del concurso del empleador, que además, debe tener al menos el 80 % de personal ecuatoriano en su empresa y también no tener deudas con el Servicio de Rentas Internas, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, ni con la Municipalidad ni Cuerpo de Bomberos del cantón y estar al día en las contribuciones a la Superintendencia de Compañías, si se trata de sociedades. Implica tiempo, reunir más documentos y mayores gastos. Por eso, esta visa, que puede estar en boca de todo el mundo como "visa de trabajo", no es recomendable de solicitar cuando las personas se encuentran en una situación, más ventajosa, que les permita seguir otro camino(por ejemplo, los titulados universitarios a través de la 9-V, de profesional liberal; los familiares de ecuatorianos, a través de la 9-VI, de amparo familiar).

Un cordial saludo.