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Soliciitud de Visa de amparo (9-VI) por tener una hija ecuatoriana.

Último actividad 06 Noviembre 2015 por arpc_lunatico

Nueva conversación

Gilberto-GVM

Hola:
Tengo una hija de 15 años de nacionalidad ecuatoriana, y quiero acogerme a la visa de amparo porque quiero residir indefinidamente en este pais.
Yo no estoy casado con su mama, pero la mama no quiere autorizar que yo me pueda acoger a este tipo de visa porque no le da la gana.
Mi hija si esta de acuerdo a que yo pueda obtener este visado, estoy aportandole mensualmente ya que su mama me demando por alimentos, cosa esta que ahora recibe menos de lo que yo le pasaba.
Mi pregunta es la siguiente:
Puedo yo obtener este tipo de visado (9-VI) aunque la mama no este de acuerdo, si mi hija quiere y esta en condiciones de firmar cualquier documento, pues ya tiene 15 años de edad.
No he podido trabajar legalmente en este pais, lleno de oportunidades, pues no tengo la cedula, en estos momentos tengo un visado tipo XII-7 y esta a punto de caducar en un par de meses, por lo cual me voy a quedar ilegal en este pais, y no es lo que pretendo pues como ya explique anteriormente quiero residir indefinidamente en este pais y poder compartir todos esos momentos al lado de mi hija como padre responsable que soy.

Otra pregunta....Cuando solicite la visa XII-7 entregue los antecedentes penales que traje de Cuba, y ahora para solicitar este tipo de visa (9-VI) se piden los antecedentes... ¿ si pido un record policial en alguna comisaria de policia me serviria para iniciar los tramites o tengo que pedirlo a mi pais obligatoriamente ?
 
Por favor en espera de su pronta respuesta lo saluda,
Gilberto-GVM.

Yamille

Hola Gilberto-GVM

Te damos la bienvenida a Expatblog !

Pronto estarán respondiendo a tu consulta los miembros de la comunidad.

Saludos,
Yamillé
Animadora Foro Ecuador

HAGA*12011967

Buenos dias

Le recomiendo que ingrese a esta pagina www.consuladovirtual.gob.ec, escoja la opción contactenos y allí tome la opción chat, de seguro ellos le daran la respuesta que usted necesita

Joan

Hola Gilberto-GVM,

Bienvenido a Expat.com!

En el certificado de nacimiento de tu hija constas inscrito como padre?


Joan
Equipo Expat.com

yexicadrudi21

Todavía no estoy en ecuador pero tengo entendido que debes solicitarla en el país donde has residido los últimos seis meses

yexicadrudi21

Hablo de los antecedentes penales

Gilberto-GVM

Muchas gracias amigo, pude hablar pero no fan muchos detalles. Si aclare algunas cosas.

Gilberto-GVM

Se puede solicitar a cuba, si no estas presente te dale como en 100 dolares. Gracias

marquesdevelez

Gilberto-GVM escribió:

Hola:
Tengo una hija de 15 años de nacionalidad ecuatoriana, y quiero acogerme a la visa de amparo porque quiero residir indefinidamente en este pais.
Yo no estoy casado con su mama, pero la mama no quiere autorizar que yo me pueda acoger a este tipo de visa porque no le da la gana.
Mi hija si esta de acuerdo a que yo pueda obtener este visado, estoy aportandole mensualmente ya que su mama me demando por alimentos, cosa esta que ahora recibe menos de lo que yo le pasaba.
Mi pregunta es la siguiente:
Puedo yo obtener este tipo de visado (9-VI) aunque la mama no este de acuerdo, si mi hija quiere y esta en condiciones de firmar cualquier documento, pues ya tiene 15 años de edad.
No he podido trabajar legalmente en este pais, lleno de oportunidades, pues no tengo la cedula, en estos momentos tengo un visado tipo XII-7 y esta a punto de caducar en un par de meses, por lo cual me voy a quedar ilegal en este pais, y no es lo que pretendo pues como ya explique anteriormente quiero residir indefinidamente en este pais y poder compartir todos esos momentos al lado de mi hija como padre responsable que soy.

Otra pregunta....Cuando solicite la visa XII-7 entregue los antecedentes penales que traje de Cuba, y ahora para solicitar este tipo de visa (9-VI) se piden los antecedentes... ¿ si pido un record policial en alguna comisaria de policia me serviria para iniciar los tramites o tengo que pedirlo a mi pais obligatoriamente ?
 
Por favor en espera de su pronta respuesta lo saluda,
Gilberto-GVM.


Hola:

1.- Sí, puede solicitar visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR, como progenitor de una menor de edad de nacionalidad ecuatoriana.

2.- Si no está casado con la madre de la menor, ni tampoco tiene formalizada unión de hecho con ella, es necesario que usted tenga en su poder la sentencia judicial que regule la pensión de alimentos a favor de la menor o el acta de mediación si hubiera sido el caso, en la que se hubiese fijado la pensión de alimentos y asimismo, estar al corriente del pago de las pensiones alimenticias. Si no tiene nada de lo anterior a la fecha, es necesario que efectúe el correspondiente ingreso voluntario de pensión de alimentos a favor de su hija en el Juzgado de la Niñez y Adolescencia competente. El ingreso se hará sobre la base de sus ingresos, teniendo en cuenta la tabla aprobada anualmente por el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia.

Tenga en cuenta que aunque usted de hecho se haga cargo de la manutención de su hija, debe haber constancia documental de que lo hace en cumplimiento de la obligación legal de prestarle alimentos, que se debe demostrar de alguna de las formas arriba indicadas.

Por otro lado, lo que prima, en todo caso, de acuerdo con la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código de la Niñez y Adolescencia, es el principio de INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR, de modo que todo el ordenamiento jurídico se debe interpretar atendiendo a él cuando en la relación jurídica existe un menor de edad. Y es de principio que, salvo que ello constituya un peligro o amenaza para la crianza y educación de los menores, todo menor de edad debe crecer cerca de sus progenitores y el ordenamiento jurídico y los poderes públicos del Estado han de ser capaces de garantizarlo.

3.- En la medida de lo posible, la solicitud debe presentarla antes de que venza su actual visa de NO INMIGRANTE. En todo caso, se tratará de una MODIFICACIÓN.

4.- Cuando es por consanguinidad, la visa tiene un valor reducido en el Arancel Diplomático y Consular:

30 dólares por la solicitud.

50 dólares por la concesión.

En total, 80 dólares.

Si usted fuera de la tercera edad (65 años de edad en adelante) o tuviera el carné de discapacidad expedido por el Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS), la CONCESIÓN de la visa es GRATUITA.

NOTA.- Téngase en cuenta que, cuando es por matrimonio, unión de hecho o afinidad, la visa tiene un valor mucho más elevado, en total saldría por 350 dólares. Por ello, resulta evidente que la reducción del arancel para los consanguíneos es considerable y de agradecer.  A ello debe sumar la gratuidad en los casos indicados.

5.- Necesitará el certificado de antecedentes penales del país de su nacionalidad. Si hubiera estado residiendo durante los 5 años anteriores a su entrada en Ecuador en un país distinto del de su nacionalidad, se requerirá el certificado de antecedentes penales de ese país. Desde luego, debe estar legalizada según corresponda, de acuerdo con el país de procedencia y traducido al castellano en la forma prevista en la Ley de Modernización del Estado si hubiera sido expedido en idioma distinto.

6.- Necesitará, además, la copia íntegra del acta de inscripción de nacimiento de su hija, expedida por la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Ecuador, pues es ésta la prueba de filiación respecto de usted.

7.- Cuando se concede la visa, se debe renovar la inscripción en el Empadronamiento de Migración (4 dólares) y luego se entregará la orden de cédula, para que pueda solicitar que le sea expedida en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

Un cordial saludo.

Gilberto-GVM

Hola Marquesdevelez, ante todo saludarle.

Tamien tengo otra duda, que la he expuesto antes pero nadie me ha comentado sobre el tema.

Yo tengo aqui en ecuador un hijo de 24 años de edad, hermano de mi hija por parte de padre, y quisiera saber si en el amparo que hace mi hija sobre mi tambien entraria mi hijo, al ser hermanos igual, aunque no es hijo de la mama de mi hija que si es ecuatoriana.
El posee igual que yo una visa categoria XII-7 pero tambien temo que pueda quedarse ilegal al vencerle la visa en un par de meses.
En caso de que no pueda ampararse en su hermana por parte de padre, que tramites deberia de hacer yo para poder legalizarlo aqui y poder obtener la cedula de extranjero.
Muchas gracias por vuestra explicacion.
Yo aparte de cubano tambien tengo la ciudadania española, no se en este caso si tambien pudiera solicitar los antecedentes penales a traves de españa, pues vivi alla cerca de 15 años, aqui solo llevo un poco mas de un año y entregue mis antecedentes penales cuando hice el tramite de visa de la XII-7. 
Me pudiera servir un record policial por el tiempo que estoy aqui en ecuador y asi poder presentar mis documentos lo antes posible antes de que se me venza este visado, o es requisito obligatorio traer los antecedentes de cuba o de españa para estos fines.
Lo saluda atentamente,
Gilberto.

marquesdevelez

Hola:

1.- Sí, los hermanos también pueden ser amparados. El art. 9, apartado VI de la Ley de Extranjería establece los grados de parentesco dentro de los que es posible el amparo familiar y dentro de ellos se establece, precisamente, como límite máximo, el SEGUNDO GRADO DE CONSANGUINIDAD, sea en línea recta (abuelos-nietos), como en línea colateral (hermanos).Cuando se trata de parentesco con una persona de nacionalidad ecuatoriana lo fundamental siempre es probar documentalmente la existencia de dicho parentesco.

2.- Respecto del certificado de antecedentes penales exigible, se lo sintetizo a continuación:

REGLA GENERAL.- Es exigible el certificado de antecedentes del país de nacionalidad de la persona.

EXCEPCIÓN.- En el caso de que la persona hubiera estado residiendo durante los 5 años inmediatamente anteriores a la entrada en Ecuador en un país DISTINTO DEL DE SU NACIONALIDAD, resultará exigible el certificado de antecedentes penales de éste último país.

CASOS DE DOBLE O MÚLTIPLE NACIONALIDAD.- Las personas con doble o múltiple nacionalidad deben tener en cuenta que no pueden ejercerlas todas al mismo tiempo.Hay casos en los que de pleno derecho de impone una, bien por principio de soberanía estatal (cuando se ingresa en el territorio de un Estado del que se es nacional), bien por convenios internacionales (como sucede en la Unión Europea, donde en el caso de que en un sujeto concurran varias nacionalidades y al menos una sea la de un Estado miembro de la Unión Europea, los demás Estados miembros deberán reconocer únicamente la nacionalidad del Estado miembro de la Unión Europea). En otros casos, la nacionalidad operativa será la que el sujeto ejerza expresamente al ingresar en el territorio de otro Estado.

Si es una persona con más de una nacionalidad y ha ejercido una de esas nacionalidades al ingresar en Ecuador, en principio, le será exigible el certificado de antecedentes penales del país de esa nacionalidad. Pero si durante los 5 años anteriores a la entrada en Ecuador ha estado residiendo en un país diferente del de esa nacionalidad, le será exigible el certificado de antecedentes penales de éste último país (es indiferente si también es nacional de ese país o no).

REGLA ESPECIAL PARA NACIONALES DE ESTADOS FEDERALES O PERSONAS QUE HUBIERAN RESIDIDO DURANTE LOS 5 AÑOS INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA ENTRADA EN ECUADOR EN ESTADOS FEDERALES.- Si se trata de Estados federales en los cuales existen delitos de fuero estatal (perseguibles únicamente en uno de los Estados, provincias o  entidades federativas que integran el Estado federal) y de fuero federal (perseguibles en todo el territorio de la Federación), serán exigibles sendos certificados de antecedentes penales, es decir, el expedido por el Estado,provincia o entidad federativa donde la persona hubiera sido residente y al mismo tiempo,el certificado de antecedentes penales expedido por la Federación. En el caso de Estados Unidos de América, por ejemplo, se exige el certificado de antecedentes penales expedido por el "Attorney General" del respectivo Estado donde se hubiera residido y el certificado de antecedentes penales federal, expedido por el FBI.

Téngase en cuenta la distinción, pues no todos los Estados federales tienen delitos de fuero estatal y fuero federal, hay Estados federales donde existe un solo Código Penal para todo el país y donde los delitos son perseguibles en todo el territorio nacional, independientemente del Estado, provincia o entidad federativa en donde se hubieran cometido.

LEGALIZACIONES.- Rige siempre la regla ya indicada: Apostilla de La Haya para documentos expedidos en Estados que sean signatarios de ese Convenio; procedimiento ordinario en el resto de los casos (que incluye, desde luego, la legalización final del Consulado del Ecuador acreditado en el país donde se expidió el documento).

VIGENCIA DE CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES PENALES.- La regla general es que tienen el tiempo de vigencia que establezca la normativa del Estado que los expide, que suele venir indicado en el mismo texto del certificado.Si no dice nada al respecto, se los acepta siempre que hayan sido expedidos durante los 180 días inmediatamente anteriores a la presentación.

Un cordial saludo.

Gilberto-GVM

Muchas gracias por vuestra aclaracion, todo me ha quedado claro, muy amable.
saludos cordiales.

arpc_lunatico

Buenas noches! Quisiera me sacaran de una duda... se puede amparar a alguien que no sea familiar mío, un amigo por ejemplo?

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