Una vez aprobada la visa N.I 12-IX

Hola a todos.
Necesito ayuda, sobre todos de aquellos que ya hayan obtenido la visa 12-IX puesto que mi duda esta relacionada con el proceso que le sigue despues de la obtencion de la misma en el consulado de Ecuador en Cuba.
Una vez citado en la embajada, ese dia ponen la visa en el pasaporte con fecha de emisión de ese mismo dia.
Ahora mis dudas son las siguientes:
1ero: ¿Los 180 dias por lo que es valido la visa comienzan a contar una vez registrada la visa en el Ministerio de Extrangeria o apartir de la fecha de emisión.?
2do: ¿El registro de esta visa en este ministerio debe ser realizado antes de los 30 dias apartir del dia de otorgamiento de la visa en el consulado o de la fecha de entrada al Ecuador?.
3ero: Si de los 180 dias se hace una estancia de 60 dias y se regresa al pais de nacimiento, ¿los restantes dias pueden ser utilizados en una año no calendario apartir del registro de la visa?, o los esos dias en que no se esta en el Ecuador también corren?.
Saludos cordiales
Muchas gracias de antemano para aquellos que comparten sus experiencias en este tema.

mademoiselle_J escribió:

Hola a todos.
Necesito ayuda, sobre todos de aquellos que ya hayan obtenido la visa 12-IX puesto que mi duda esta relacionada con el proceso que le sigue despues de la obtencion de la misma en el consulado de Ecuador en Cuba.
Una vez citado en la embajada, ese dia ponen la visa en el pasaporte con fecha de emisión de ese mismo dia.
Ahora mis dudas son las siguientes:
1ero: ¿Los 180 dias por lo que es valido la visa comienzan a contar una vez registrada la visa en el Ministerio de Extrangeria o apartir de la fecha de emisión.?
2do: ¿El registro de esta visa en este ministerio debe ser realizado antes de los 30 dias apartir del dia de otorgamiento de la visa en el consulado o de la fecha de entrada al Ecuador?.
3ero: Si de los 180 dias se hace una estancia de 60 dias y se regresa al pais de nacimiento, ¿los restantes dias pueden ser utilizados en una año no calendario apartir del registro de la visa?, o los esos dias en que no se esta en el Ecuador también corren?.
Saludos cordiales
Muchas gracias de antemano para aquellos que comparten sus experiencias en este tema.


Hola:

De conformidad con la Ley de Extranjería de Ecuador y su Reglamento de desarrollo:

1.- Cuando se concede visas en los Consulados de Ecuador, se entrega, junto con la visa, un documento adicional denominado CERTIFICADO DE VISACIÓN. Al llegar al control fronterizo de Ecuador, se debe presentar el pasaporte con la visa estampada y el certificado de visación.

2.- TODOS los extranjeros que entren en territorio de Ecuador provistos de una visa expedida por un Consulado de Ecuador, a excepción de los titulares de visa de NO INMIGRANTE 12-X, tienen un plazo de 30 DÍAS, contados desde la fecha de entrada en Ecuador, para comparecer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y solicitar la inscripción de la visa en el Registro de Extranjeros (esto es un trámite gratuito y se debe utilizar los mismos formularios que se emplean para solicitar las visas). Luego, deben solicitar la inscripción en el Empadronamiento de Migración, a cargo del mismo Ministerio (genera una tasa de 4 dólares). Se entrega una certificación de inscripción en el Empadronamiento de Migración, que debe conservar en todo momento.

3.- El plazo de vigencia de la visa de NO INMIGRANTE categoría 12-IX, es superior a los 90 días y hasta por 180 días, contados desde la fecha de inscripción de la visa en el Registro de Extranjeros (art. 47.V del Reglamento a la Ley de Extranjería, expedido mediante Decreto Ejecutivo número 1991, del 30 de junio de 1986, varias veces reformado).

4.- La visa, una vez inscrita, autoriza a entrar y salir libremente del Ecuador las veces que se lo requiera y a permanecer en el país dentro del límite arriba señalado: hasta por 180 días por año.

Por ello, es posible entrar y salir las veces que lo requiera. Pero si permanece primero 90 días, por ejemplo y sale, al regreso ya solo podrá permanecer otros 90 (porque ya consumió los primeros 90). Los días que no se está en Ecuador no corren. Pero la visa sólo se la puede conceder una vez por año y el año corre desde la fecha de inscripción en el Registro de Extranjeros del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Un cordial saludo.

Gracias mil..no sabe las tantas preocupaciones que me ha removido. Espero que mi duda y su respuesta también le sean útiles a todos aquellos que estan en el proceso de esta visa. Saludos coordiales.
Mademoiselle_J