Visado a Ecuador con derecho a trabajar

Buenos dias!

Tengo una pregunta así
Que tipo de visado pueda pedir el ciudadano Portugues para ir a Ecuador para trabajo?
Mi empresa me manda a trabajar en el proyecto en Ecuador. El problema es que no tengo ningún título profesional universitario. Los visados temporales de Profesional/Técnico/Tecnólogo requieren el título.

Estoy leyendo sobre los otros tipos de visados pero no encuentro ninguno que correponde a mi caso.

O puedo entrar con el visado de turista y modificarlo después por trabajo?

Espero a vuestra ayuda
Muchas gracias por adelantado!

MariZea escribió:

Buenos dias!

Tengo una pregunta así
Que tipo de visado pueda pedir el ciudadano Portugues para ir a Ecuador para trabajo?
Mi empresa me manda a trabajar en el proyecto en Ecuador. El problema es que no tengo ningún título profesional universitario. Los visados temporales de Profesional/Técnico/Tecnólogo requieren el título.

Estoy leyendo sobre los otros tipos de visados pero no encuentro ninguno que correponde a mi caso.

O puedo entrar con el visado de turista y modificarlo después por trabajo?

Espero a vuestra ayuda
Muchas gracias por adelantado!


Hola:

En general, es posible que cualquier extranjero que ha ingresado en Ecuador como turista pueda modificar su situación dentro de Ecuador y solicitar una visa de RESIDENCIA TEMPORAL o de RESIDENCIA PERMANENTE, para lo cual debe hallarse en alguna de las categorías que hacen posible obtener la calidad de residente. La competencia para conceder visas a extranjeros dentro de Ecuador corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana ( www.cancilleria.gob.ec) .

La modificación mediante la solicitud de visa de RESIDENCIA TEMPORAL debe hacerse siempre mientras dure la permanencia legal autorizada como turista. En su caso, como no es nacional de un Estado parte de la UNASUR, se le concedarán 90 días de estancia como turista, que pueden prorrogarse por otros 90 días siempre que se lo solicite antes del vencimiento de los primeros 90 días y se pague la tasa fijada, esta prórroga de estancia como turista es competencia de la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior.

La visa de residencia temporal por TRABAJO, puede ser para trabajar por cuenta ajena en el sector público o privado y también de forma autónoma. Sin embargo, el Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana sólo ha desarrollado la concesión de esta visa para el trabajo por cuenta ajena en el sector público o privado, pero no el de forma autónoma ( categoría dentro de la que entrarían los trabajadores por cuenta propia o autónomos, como serían los comerciantes o empresarios individuales; pero también los representantes legales de sociedades mercantiles - que son mandatarios, no trabajadores- o los profesionales contratados civilmente para prestar servicios a una empresa en exclusiva ), que el anterior Reglamento sí regulaba y abarcaba además a las personas trasladadas por sus empresas a Ecuador ( traslado empresarial internacional) y las personas enviadas a impartir entrenamiento industrial a trabajadores ecuatorianos. Ahora, el Reglamento guarda silencio al respecto de los trabajadores autónomos.

Para obtener un visado de trabajo como trabajador por cuenta ajena en el sector privado es necesario lo siguiente:

- Contrato de trabajo. La duración del contrato no puede ser superior a la del tiempo máximo por el que se puede conceder la visa: dos años.

- Certificado de inscripción del contrato de trabajo en el Ministerio de Trabajo.

- Certificaciones de que el empleador no adeuda al IESS ( Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social), al SRI ( Servicio de Rentas Internas) y si es una sociedad mercantil, a la Superintendencia de Compañías.


El empleador debe afiliar al trabajador al IESS inmediatamente después de que sea concedida la visa y con la certificación correspondiente el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana expedirá la orden de cédula, para que el extranjero pueda solicitar la expedición de cédula de identidad para extranjeros en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

Pero debe tener un empleador dentro de Ecuador que la contrate. Si es una filial de su empresa en Ecuador, podría ser quien pueda contratarla para facilitarle la obtención de la visa.

La visa de RESIDENCIA TEMPORAL por TRABAJO se concede por un tiempo máximo de DOS AÑOS, renovables por una sola vez. Sin embargo, si el extranjero lo prefiere, podrá solicitar una visa de RESIDENCIA PERMANENTE una vez que haya cumplido 21 meses de residencia continuada en Ecuador en calidad de titular de una visa de RESIDENCIA TEMPORAL.

Un cordial saludo.