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buenas para obtener informacion. soy venezolano y quiero obtener la nacionalidad ecuatoriana para eso me piden certificado de nacimiento el cual fui a solicitar y me dijeron q ya el estado avia eliminado eso como podria hacer yo con ese requisito que me falta. espero respuestas muchas gracias.

arturo chavez escribió:

buenas para obtener informacion. soy venezolano y quiero obtener la nacionalidad ecuatoriana para eso me piden certificado de nacimiento el cual fui a solicitar y me dijeron q ya el estado avia eliminado eso como podria hacer yo con ese requisito que me falta. espero respuestas muchas gracias.


Hola:

¿Es usted hijo, nieto o bisnieto de alguna persona que nació en territorio de Ecuador? Si fuera afirmativa su respuesta, usted sería ecuatoriano POR NACIMIENTO y simplemente tendría que solicitar una inscripción extraordinaria de su nacimiento en el Registro Civil de Ecuador ( o si está en el extranjero, puede hacerlo en el consulado de Ecuador acreditado en la demarcación consular donde resida actualmente).

Pero en todo caso, será necesario que usted aporte al menos:

- Un pasaporte o documento de identidad suyo expedido por el país de su actual nacionalidad.

- Su certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil del país donde nació y legalizado con la Apostilla de La Haya.

- ALGUNO de los siguientes documentos de su antepasado nacido en Ecuador, expedido por el Registro Civil de Ecuador o por el consulado de Ecuador, según sea el caso : copia integra del acta de nacimiento; pasaporte ecuatoriano o cédula de identidad y ciudadanía ecuatoriana.


En Ecuador la nacionalidad viene regulada directamente por la Constitución y el texto constitucional que regula la nacionalidad sigue siendo el mismo desde la entrada en vigor de la actual Constitución (20 de octubre de 2008), por lo que no ha sufrido alteraciones.

En todo caso, si de acuerdo con la legislación vigente en Ecuador resultan exigibles determinados documentos, por ser de carácter preceptivo su presentación, debe obligatoriamente presentárselos, no se puede dispensar porque la normativa en vigor los exige imperativamente. Si tales documentos deben ser expedidos en otro Estado, por autoridades locales, eso  es un asunto interno de ese Estado y las cuestiones organizativas internas que pudieran existir en ese Estado por causas de diversa índole y que se traduzcan en dilaciones para expedir y obtender determinados documentos no es razón suficiente para dispensar a los interesados de su presentación, máxime cuando se trata de documentos que constituyen medios de prueba esenciales en el procedimiento en el que se pretende ver reconocida una calidad jurídica determinada ( en este caso, la nacionalidad ecuatoriana por nacimiento del solicitante).

Un cordial saludo.