Visa turista de españa a ecuador

Hola a todosb soy española y estoy en Peru, me voy a ir a Guayaquil y no se sinecesito pedir un tipode visa especial o puedo entrar como turista igual que entre en Lima.no sé si existe el mismo convenio.un saludo Gracias

Hola.

Los españoles no necesitan visa para entrar en Ecuador en calidad de turistas. Basta con el pasaporte en vigor (eso sí, debe tener una vigencia de, al menos, 6 meses), que se debe presentar en el puesto de control fronterizo (aeropuerto internacional o frontera terrestre) y la tarjeta migratoria andina cumplimentada (es el impreso que entregan gratuitamente, bien en el avión, antes de aterrizar o bien en el puesto de control fronterizo).

Puede permanecer, en calidad de transeúnte(turista), hasta 90 días.

Si quiere permanecer más tiempo, debe solicitar una prórroga como turista (si es éste su plan) o si se quiere quedar a vivir, según el motivo y el tiempo que tenga planificado, puede solicitar una visa de NO INMIGRANTE o de INMIGRANTE. En todo caso, las prórrogas o las modificaciones, deben solicitarse dentro del plazo de permanencia legal y ante el órgano competente de la Administración Pública Central (Dirección General de Migración y Extranjería, del Ministerio de Relaciones Exteriores; tiene su sede central en Quito y oficinas en Guayaquil, Cuenca, Machala y Manta).

A MANERA DE INFORMACIÓN:

Las únicas personas que necesitan visa para ingresar en territorio de la República del Ecuador en calidad de turistas, son las nacionales de los siguientes países: República Popular China,  Afganistán, Bangladesh, Eritrea, Etiopía, Kenia, Nepal, Nigeria, Pakistán y Somalía.

Para el resto de países es suficiente:

A) Colombia, Venezuela, Perú, Bolivia, Chile, Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay: pasaporte en vigor, con vigencia de, al menos, 6 meses O cédula o documento nacional de identidad.

NOTA.- Excepcionalmente, los nacionales de Colombia, deben llevar consigo, además, el certificado de antecedentes penales en vigor ("pasado judicial"), debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya.


B) Extranjeros no nacionales de los arriba mencionados países sudamericanos, residentes legales en cualquiera de ellos: les basta el documento de identidad, que acredite su calidad de extranjero residente en ese país.

NOTA.- Lo anterior, se rige por el Convenio sobre la materia, celebrado entre países miembros del MERCOSUR y el resto de países de América del Sur, que consintieron en su celebración, con el objeto de facilitar la circulación internacional de personas entre países de la región.

C) NACIONALES DE PAÍSES DEL RESTO DEL MUNDO.- Pasaporte en vigor, con una vigencia de, al menos, 6 meses.

D) APÁTRIDAS.- Documento de viaje para apátridas, expedido por cualquiera de los Estados signatarios de la Convención de Nueva York, sobre el estatuto de los apátridas, donde se encuentre domiciliada la persona apátrida.

Un cordial saludo.

K yo sepa los españoles entramos a cualuier lugar del mundo sin visa. Mi experiencia es que yo entre al pais como turista sin ninguna visa

MEROMALLA escribió:

K yo sepa los españoles entramos a cualuier lugar del mundo sin visa. Mi experiencia es que yo entre al pais como turista sin ninguna visa


Hola. No en cualquier parte del mundo, sino solo en países que tienen establecido un programa de supresión de visados; con los que existe convenio bilateral para ello o en aquellos países que han adoptado, unilateralmente, la decisión de no exigir visado a los nacionales de determinados países. Los demás, exigen o pueden exigir visado, según lo establezca su normativa interna. Cada Estado, en ejercicio de su soberanía, es libre para determinar las condiciones para la admisión y permanencia de extranjeros en su territorio.

Por lo general, con el pasaporte español se puede viajar libremente por todos los países de América, aunque para Estados Unidos, hay que solicitar, previamente, la autorización del Electronic System for Travel Authorization (ESTA), por Internet:

https://esta.cbp.dhs.gov/esta/applicati … ution=e1s1

Si el sistema informático, por el motivo que sea, deniega la autorización, el nacional español deberá solicitar visado, antes de emprender viaje a Estados Unidos.

Para ingresar en Cuba, los españoles sí necesitan visado. Igualmente, necesitan visado para ingresar en Surinam.

Luego, aquí en Europa, con el pasaporte español, se necesita visa para Rusia, Bielorrusia, Turquía.

También se requiere visado para ingresar en Egipto, Libia, Argelia, Yemen, Arabia Saudí, Líbano, Siria, Jordania, Qatar, Omán, Kuwait, Bahréin, Armenia, Azerbaiyán, Kazajstán, Tayikistán, Irán, Iraq, Afganistán, India, Pakistán, Bangladesh, Guinea, Guinea-Bissau, Guinea Ecuatorial, China (excepto Hong Kong y Macao), Corea del Norte, Camboya, Sri Lanka, Bhután, Nepal, Vietnam, Laos, Indonesia, Papúa-Nueva Guinea, Myanmar, Timor Oriental, Etiopía, Mauritania, Ghana, Nigeria, Camerún, Tanzania, Kenia, Uganda, Chad, Sudán, Sudán del Sur, Angola, Mozambique, Botsuana, Cabo Verde, Santo Tomé y Príncipe, Benín, Burkina Faso, República del Congo, República Democrática del Congo, República Centroafricana, Burundí, Comoras, Costa de Marfil, Gabón, Liberia, Madagascar, Malí, Namibia, Nauru, Níger, Sierra Leona, Somalía, Togo, Turkmenistán, Uzbekistán, Yibuti, Zambia, Zimbaue.

Para Australia, los españoles, al igual que los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, deben obtener, por Internet, el "e-visitor", que deben llevar consigo al momento de cruzar la frontera y de debe obtener en la siguiente ruta :

http://www.immi.gov.au/e_visa/visitors.htm


FUENTE.- Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España.


Como podrá observarse, hay muchos países para los cuales los nacionales de España (tanto españoles de origen como nacionalizados) requieren visado para ingresar en su territorio. Dependiendo del país, hay los que permiten la obtención del visado en frontera, apenas se llega al país y hay también los que solo permiten obtener el visado en su representación diplomática u oficina consular acreditada en España. Luego, hay también países que solo permiten tramitar el visado a través de agencias de viaje internacionales, expresamente autorizadas. E igualmente, hay países para los cuales, la obtención del visado es más sencilla que para otros.

De igual manera, puede advertirse que hay países que, si bien no exigen tramitar un visado, tienen, en cambio, establecida otra formalidad necesaria e ineludible: obtener una autorización previa, vía telemática, como requisito previo, para cruzar su frontera.

Igualmente, además del visado, hay países para los cuales se exige o se recomienda vacunarse contra determinadas enfermedades (hay los que, expresamente, exigen el carné internacional de vacunación, debidamente actualizado), tener contratado un seguro médico (repatriación incluida) y disponer de determinada cantidad de dinero.

Por ello, decir que con el pasaporte español se puede ingresar sin necesidad de visado en cualquier país del mundo, no es exacto.


Un cordial saludo.

Sabe alguien si para Guayaquil se necesita alguna vacuna distinta que para Peru? Unicamente voy un fin de semana y ya me vacun{e de todo para entrar a Peru. Gracias saludos. Por otro lado donde tengo que pagar mi multa por 15 dias de exceso en el peru?

marisac escribió:

Sabe alguien si para Guayaquil se necesita alguna vacuna distinta que para Peru? Unicamente voy un fin de semana y ya me vacun{e de todo para entrar a Peru. Gracias saludos. Por otro lado donde tengo que pagar mi multa por 15 dias de exceso en el peru?


Hola. No necesita vacuna especial para ingresar en Ecuador. Si tuvo que vacunarse para el Perú, esas vacunas le sirven, ya que los riesgos son similares (generalmente, de lo que se deben vacunar los extranjeros que no residen en el país, es de malaria, tétanos, difteria, tuberculosis).


En cuanto a su sanción administrativa: el organismo oficial de la República del Perú, con competencias en materia de Migración, Extranjería y Nacionalidad, es la Dirección General de Migraciones y Naturalización, del Ministerio del Interior. Le paso el enlace a su página web:

http://www.digemin.gob.pe/

Si se ha quedado más días de los autorizados, tendrá que pagar una multa, antes de abandonar el país.

La dirección en la ciudad de Lima es:

Prolongación Avenida España 734 BREÑA - LIMA

Los trámites de control migratorio, en la sede central, se pueden hacer de 8 de la mañana a 13:00 h.

También hay la posibilidad de efectuar el pago de la multa, en el mismo Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, antes de cruzar por el control migratorio (si es que se va por vía aérea a Ecuador). Si, en cambio, va a Ecuador por vía terrestre, conviene que lo haga en Lima mismo o en Tumbes, que está a 20 km. antes de Aguas Verdes, que es el último pueblo peruano, antes de cruzar la frontera con Ecuador, a la ciudad de Huaquillas (en Aguas Verdes solo hay el control fronterizo del puente internacional, pero no hay oficina administrativa, por eso, cualquier trámite, váyalo haciendo desde Lima o en Tumbes).

Por seguridad, sería conveniente que tramitara su sanción con la debida antelación.

Un cordial saludo.