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80.148 expatriados obtuvieron la nacionalidad española por residencia en 2020

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Escrito porJavier Olivas Alguacilel 10 Agosto 2021

Según datos hechos públicos por el Observatorio Permanente de la Inmigración del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones fueron 80.148 los residentes que obtuvieron la nacionalidad española el pasado año.

En 2020, un año marcado por la crisis sanitaria y las restricciones en la movilidad internacional, el número de personas que cambiaron de país de residencia o se establecieron definitivamente en otro país fue ostensiblemente menor que en los años precedentes. 

Esta tendencia también se reflejó en las estadísticas presentadas por el Observatorio Permanente de la Inmigración del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Según los datos publicados recientemente, 80.148 residentes extranjero en España recibieron la nacionalidad española, lo que representa un 51% menos que en 2019. 

El informe completo sobre los expatriados a los que se les comunicó la resolución favorable de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, pueden consultarse en la  página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el enlace del estudio demográfico

Según revela este estudio, Marruecos, Ecuador, Colombia, Bolivia y Venezuela fueron las cinco principales nacionalidades de los solicitantes. Siendo la media de edad de los extranjeros que obtuvieron la nacionalidad de 37 años. En la segmentación por sexo, un 51% fueron hombres y un 49% mujeres. Por edad, relevante el porcentaje, un 21%, menores de 25 años. Los más jóvenes, fueron, por nacionalidad, marroquíes, rumanos, argentinos y nigerianos. El comunicado de prensa del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aduce que “La caída en el número de resoluciones con respecto al periodo anterior se debe fundamentalmente al menor ritmo de resolución, que se explica a su vez por la inexistencia, en 2020, de un plan de choque que sí existió en 2019 y que vuelve a estar vigente en 2021.”

Un tercio de las resoluciones se concedieron en virtud del supuesto general que exige 10 años de residencia previa, legal y continuada en España, siendo los ciudadanos de origen marroquí la mayoría en este segmento del estudio. Un 26% de las solicitudes se resolvieron en un plazo de un año, y un 37% necesitaron dos años.

Los datos completos del estudio, infografías y filtros por comunidad autónoma nacionalidad de origen, según sexo y grupo de edad y según plazo exigido pueden consultarse en el siguiente enlace.

¿Cuáles son los requisitos para obtener la nacionalidad Española? 

El artículo 22 del Código Civil establece tres requisitos básicos para la concesión de la nacionalidad:  una buena conducta cívica, un suficiente grado de integración en la sociedad y ser residente en España de forma legal y continuada por un plazo de tiempo que varía según los casos.

Con respecto a esto último, se establece que los nacidos en España; los que hayan contraído matrimonio con un español o española sin haberse separado; los hijos o nietos de españoles de origen; los viudos o viudas de española o español; necesitas justificar un año de residencia. Para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, y sefardíes, dos años.  Para los que hayan obtenido la condición de refugiados, cinco años. Para el resto, diez años.

Además y desde 2015, es indispensable acreditar un grado suficiente de integración. Para ello, los solicitantes deben superar de manera positiva dos exámenes. El primero, un examen de lengua española, cuyo nivel mínimo requerido es de A2 y el segundo valorar los conocimientos sobre la cultura, sociedad y Constitución español. Ambas pruebas son diseñadas y realizadas por el Instituto Cervantes.   

Para más información sobre los requisitos y trámites, se puede consultar en las webs del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación

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Lingüista y especialista en el tratamiento de la información, Javier es responsable de comunicación y contenidos para la comunidad hispanohablante en Expat.com

Comentarios

  • Daniel H. Martins
    Daniel H. Martinshace 3 años(Modificado)

    Hola, mdoynel, que solicitud presentaste? Desde ya muchas gracias, Daniel H Martins

  • grupohaggerty
    grupohaggertyhace 3 años(Modificado)

    ¿Quién surgió primero?. ¿El huevo o la gallina?. Para este caso es similar. ¿Cómo justificar un año de residencia "legal" cuando la visa de turista es de solo tres meses?. En nuestro caso mi hijo es nieto de española de origen "nacida en España" pero no puede acceder a esa famosa residencia legal porque "no hay forma legal de obtenerla".

  • mdoynel
    mdoynelhace 3 años(Modificado)

    Presenté mi solicitud en diciembre, y estuvo 9 meses en el estado inicial (abierto - registrado). Recién este mes ha pasado al estado siguiente (abierto -Pendiente recepción de informes preceptivos oficiales)

    ¿Alguien sabe si estos tiempos son los habituales? ¿Cuál sería un plazo razonable para tener una resolución?

    Gracias de antemano!

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