Naturalizacion

Hola me llamo fernando tngo a mi conviviente q es colombiana con ella tenemos juntos 1año y 10meses tuvimos una hija pero fallecio quiero saber como ella puede terner la naturalizacion ecuatoriana

Fernandoa7 escribió:

Hola me llamo fernando tngo a mi conviviente q es colombiana con ella tenemos juntos 1año y 10meses tuvimos una hija pero fallecio quiero saber como ella puede terner la naturalizacion ecuatoriana


Hola:

Faltan datos . Es necesario saber:

1.- Si ustedes han formalizado una unión de hecho, conforme con lo dispuesto en el Código Civil de Ecuador y la Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

2.- Si su conviviente solicitó, oportunamente, la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar.


Para que los extranjeros cónyuges o convivientes de hecho de personas de nacionalidad ecuatoriana puedad adquirir la nacionalidad ecuatoriana por naturalización, acogiéndose a la vía prevista en el art.8.4 de la Constitución de la República, deben hallarse en alguno de los siguientes supuestos:

- Si ha sido residente legal en Ecuador (titular de una visa de INMIGRANTE), debe haber residido de forma continuada en el país durante, al menos, TRES AÑOS, contados desde la fecha de expedición de la cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros.

- Si no ha sido residente legal en Ecuador (bien por no haber residido nunca en el país o bien por haber residido en él de hecho, pero sin estar provisto de visa alguna), es suficiente que el matrimonio haya sido celebrado o la unión de hecho haya sido formalizada HACE MÁS DE TRES AÑOS.

La competencia en materia de nacionalidad en Ecuador corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Este ministerio también es competente en materia de Extranjería y es por tanto al que le corresponde tramitar y conceder visas a extranjeros interesados en residir en Ecuador.

Un cordial saludo.