ENTRADA DE VEHICULO

Que requisitos debe cumplir un vehiculo para entrar legalmente a Ecuador? Es esto posible? Estamos pensando viajar a dicho pais desde venezuela con nuestro vehiculo? Es año 2009.

Hola Veronna. Yo pregunté en el consulado, y me dijeron que sólo permitían la entrada de vehículos de menos de 3 años de antigüedad...

Hola:

Es necesario distinguir entre:

1.- La entrada a territorio de Ecuador de vehículos matriculados en el extranjero.

2.- La importación de vehículos matriculados en el extranjero a Ecuador.

3.- La exención del pago de arancel de importación.

En el primer caso, la entrada de vehículos, se refiere únicamente al caso de que los vehículos matriculados en el extranjero puedan, efectivamente, cruzar la frontera e ingresar en territorio de Ecuador. Aquí no hay restricciones más que las relativas al cumplimiento de las formalidades: acreditar propiedad y matrícula del vehículo y contratar el SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito). Esto es sólo para internarse en el país. El conductor debe también mostrar su licencia o permiso de conducir. Además, deberá firmar la Declaración Jurada de Turista, para poder hacer uso privado del vehículo dentro de Ecuador. Esto tiene validez por el mismo tiempo que se autorice al propietario extranjero a permanecer en territorio de Ecuador.


En lo que respecta a la importación del vehículo: puede, asimismo, importarse el vehículo, pagando el correspondiente arancel de importación que corresponda pagar. Y aquí es donde entra en juego la posibilidad de exonerarse del pago del arancel de importación si el vehículo, declarado como parte del menaje de casa, cumple con determinados requisitos:

- Si los propietarios interesados en importarlo son extranjeros, necesariamente deberán ser titulares de una visa de INMIGRANTE.

- El modelo del vehículo debe corresponder a los últimos 4 años.

- Debe haber sido embarcado con el resto del menaje de casa.

- El valor del vehículo no puede ser superior a 20 mil dólares de los Estados Unidos de América, teniendo en cuenta el precio de venta el año en el que el modelo salió al mercado.

- El cilindraje del vehículo no puede ser superior a tres mil centímetros cúbicos.

- En caso de motocicletas, el ciclindraje no puede ser superior a 650 metros cúbicos.

- Las motocicletas no pueden tener un valor superior a los 8 mil dólares, teniendo en cuenta el año en el que el vehículo salió al mercado.

Los vehículos que no cumplan las condiciones, simplemente, no se benefician de la exención y sus propietarios, si los quieren importar a Ecuador, deberán pagar los aranceles establecidos.

Las competencias en materia aduanera en Ecuador, las ejerce el Servicio de Aduana del Ecuador:

www.aduana.gob.ec


Un cordial saludo.