Como un extranjero puede crear una empresa en Ecuador

Hóla, soy Venezolano, estoy Residenciado en Quito desde hace 8 meses, y en Venezuela me desempeñe de manera independiente en el Ramo de la Moda (comercialización, Confección,Distribución e Importación y compra), poseo Visa Americana y me gustaria que habláramos acerca de la Necesidad q planteas en el Chat, ya tengo mis papeles ECUATORIANOS, MI NÚMERO ws, ***** MI NOMBRE RODOLFO SUAREZ, escribo por este registro porque estoy con un amigo y me llamó la atención el aviso, ya q estamos buscando información para un modesto emprendimiento en Quito. Saludos

Moderado por Alec hace 5 años
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Yamille escribió:
Dacol escribió:

Buenas Sr. Marques de Velez... He leído las diferentes preguntas con sus respectivas respuestas, sin embargo, ninguna relacionada directamente con mi objetivo que además de emigrar a Ecuador, quiero registrar y poner en funcionamiento un taller de latonería y pintura automotriz, o remosamiento de vehículos, desconozco como le llaman allá.
Entiendo que registrar para luego obtener la visa de emigrante es muy costoso. No obstante, una vez obtenida la Visa XI podría hacer el registro de la compañía?
De antemano, gracias.


Hola Dacol,

Te comento sobre registrar y poner en funcionamiento un “Taller de latonería, pintura automotriz o remosamiento de vehículos”, es decir del trámite que debes realizar  luego de la obtención de tu visa.  Del tema “Visa” ya te ha comentado el Doctor Márquez de Vélez.   Si deseas ampliar sobre ese tema puedes entrar a su perfil, el Doctor ha respondido ampliamente en varios foros al respecto.

Te copio a continuación lo que indica el Servicio de Rentas Internas (SRI) sobre "Operar como persona natural" o con “Régimen RISE” que de lo que veo, serían las dos alternativas a leer para tu negocio, no necesitas crear una personería jurídica para operar en tu campo productivo, a menos que sobrepases un cierto volumen de ventas como podrás leer a continuación.

El Sri establece: 

RUC PARA PERSONAS NATURALES:   

“Son todas las personas, nacionales o extranjeras, que realizan actividades económicas lícitas.   Las personas naturales que realizan alguna actividad económica están obligadas a inscribirse en el RUC;  emitir y entregar comprobantes de venta autorizados por el SRI por todas sus transacciones y presentar declaraciones de impuestos de acuerdo a su actividad económica.

Las personas naturales se clasifican en:

-    Obligadas a llevar contabilidad y
-    No obligadas a llevar contabilidad. 

Se encuentran obligadas a llevar contabilidad: Todas las personas nacionales y extranjeras que realizan actividades económicas y que cumplen con las siguientes condiciones: que operen con un capital propio que al inicio de sus actividades económicas o al 1o. de enero de cada ejercicio impositivo hayan superado 9 fracciones básicas desgravadas del impuesto a la renta o cuyos ingresos brutos anuales de esas actividades, del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores a 15 fracciones básicas desgravadas o cuyos costos y gastos anuales, imputables a la actividad empresarial, del ejercicio fiscal inmediato anterior hayan sido superiores a 12 fracciones básicas desgravadas.   En estos casos, están obligadas a llevar contabilidad, bajo la responsabilidad y con la firma de un contador público legalmente autorizado e inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), por el sistema de partida doble, en idioma castellano y en dólares de los Estados Unidos.

No obligados a llevar contabilidad:   Las personas que no cumplan con lo anterior, así como los profesionales, comisionistas, artesanos, y demás trabajadores autónomos (sin título profesional y no empresarios), no están obligados a llevar contabilidad, sin embargo deberán llevar un registro de sus ingresos y egresos.    Las personas no obligadas a llevar contabilidad, igualmente deben presentar declaraciones mensuales de IVA y pagar el IVA".

LOS PLAZOS PARA PRESENTAR LAS DECLARACIONES Y PAGAR LOS IMPUESTOS SE ESTABLECEN CONFORME EL NOVENO DÍGITO DEL RUC.   EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS VIGENTES ESTABLECIDAS PODRÁ SER SANCIONADO DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL CÓDIGO TRIBUTARIO.”

Entonces:

1. Lo primero que debes hacer es crear tu Ruc (Registro Único del Contribuyente).  Los requisitos para crear tu Ruc como persona natural los encontrarás en este link:
http://www.sri.gob.ec/web/guest/ins-pnatural

2. Luego de creado tu Ruc, vas a una imprenta autorizada por el Sri para que te impriman tus facturas y con eso empiezas a operar.   

3. Para elaborar las declaraciones de IVA, (Tu obligación como persona natural), debes descargar en tu computador el programa DIMM el cual puedes encontrar en este link:  http://www.sri.gob.ec/web/guest/resulta … de-impuest

Si no cuentas con un computador, puedes ir a un café net a realizarlo.

4. Cada mes realizas tu declaración de impuestos de IVA de manera electrónica en la página web del SRI.

5. Al finalizar cada ejercicio económico, debes realizar tu declaración del Impuesto a la Renta.


RISE PARA PERSONAS NATURALES

"El RISE (siglas de Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano), es un sistema impositivo cuyo objetivo es facilitar y simplificar el pago de impuestos de un determinado sector de contribuyentes.

¿Qué beneficios ofrece el RISE?

a) No necesita hacer declaraciones, por lo tanto se evita los costos por compra de formularios y  contratación de terceras personas, como tramitadores, para el llenado de los mismos,

b) Se evita que le hagan retenciones de impuestos,

c) Entregar comprobantes de venta simplificados en los cuales solo se llenará fecha y monto de venta.

d) No tendrá obligación de llevar contabilidad.

e) Por cada nuevo trabajador que incorpore a su nómina y que sea afiliado en el IESS, ud. se podrá descontar un 5% de su cuota, hasta llegar a un máximo del 50% de descuento.

¿Quiénes se pueden inscribir en el RISE?

Las personas naturales, cuyos ingresos no superen los USD 60,000 dentro de un período fiscal, es decir entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

¿Cuáles son las condiciones que debe cumplir una persona que quiera acogerse al RISE?

• Ser persona natural

• No tener ingresos mayores a USD 60,000 en el año, o si se encuentra bajo relación de dependencia el ingreso por este concepto  no supere la fracción básica del Impuesto a la Renta gravada con tarifa cero por ciento (0%) para cada año, para el año 2010 equivale a 8910 USD

• No dedicarse a alguna de las actividades excluidas

• No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años."

Los contribuyentes calificados como RISE no entregan facturas:     "Un contribuyente RISE entregará comprobantes de venta simplificados, es decir notas de venta o tiquete de máquina registradora autorizada por el SRI, para los requisitos de llenado solo deberá registrarse la fecha de la transacción y el monto total de la venta (no se desglosará el 12% del IVA).   Un contribuyente inscrito en el RISE tiene la obligación de emitir y entregar comprobantes de venta por transacciones superiores a US$ 12,00, sin embargo a petición del comprador, estará en la obligación de entregar el comprobante por cualquier valor.   Al final de las operaciones de cada día, se deberá emitir una nota de venta resumen por las transacciones realizadas por montos inferiores o iguales a US$ 12,00 por lo que no se emitió un comprobante."

Los contribuyentes RISE no realizan declaraciones mensuales de IVA, pagan una cuota la cual establece en SRI de acuerdo a una tabla.

Es lo que te puedo aportar por mi parte,

Saludos,
Yamillé
Animadora Foro Ecuador


Hola Yamillé

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