Cambio de calidad migratoria en Perú para trabajadores extranjeros

Actualizado 2016-02-05 11:06

Para poder hacer el cambio de Calidad Migratoria a Trabajador Extranjero, antes tanto tú como la empresa deben hacer unos trámites previos a la solicitud de tu cita en Migraciones.

Para quienes llegan como turistas al Perú y no son nacionales de Colombia, Bolivia, Argentina, Brasil, Ecuador, Chile, Uruguay y Paraguay el proceso de buscar trabajo y obtener carné de extranjería se puede parecer al perro que se muerde la cola: sin carné de extranjería no te dan trabajo y sin trabajo no puedes sacar el carné de extranjería.

Debes saber'¦

Las empresas peruanas sí pueden contratar extranjeros con visa de turista, siempre y cuando se cumplan los siguientes extremos:

  1. El extranjero turista tenga vigente su estadía en el país.

  2. El extranjero turista tenga vigente el permiso para firmar.

  3. La empresa peruana esté al día con sus obligaciones tributarias y tenga a sus trabajadores afiliados en planilla.

  4. El personal extranjero no represente más del 20% de la plantilla de los trabajadores en la empresa, ni más del 30% del monto de la nómina.

Hay excepciones al último punto y son las siguientes:

  • Personal profesional o técnico especializado.

  • Personal de dirección y/o gerencial de una nueva actividad empresarial o en caso de reconversión empresarial.

  • Profesores contratados para la enseñanza superior, o de enseñanza básica o secundaria en colegios particulares extranjeros, o de enseñanza de idiomas en colegios particulares nacionales, o en centros especializados de enseñanza de idiomas.

  • Personal de empresas del sector público o de empresas privadas que tengan celebrados contratos con organismos, instituciones o empresas del sector público.

Como trabajador extranjero gozas de los mismos derechos que los trabajadores nacionales.

Procedimiento de Contratación de Extranjeros en Perú

Los contratos de trabajo con ciudadanos extranjeros deben celebrarse por escrito y a tiempo determinado. La duración máxima del contrato de trabajo será de tres años y se puede prorrogar por períodos iguales. Estos contratos deberán presentarse ante el Ministerio de Trabajo para su aprobación.

El contrato de trabajo con un extranjero puede celebrarse en Perú o en el extranjero. De celebrarse en el extranjero, este contrato debe ser aprobado por el Ministerio del Trabajo y debe presentarse a Migraciones para que luego se tramite la visa.

Si el contrato se celebra en el Perú, el extranjero debe tener su estadía vigente en el país y estar habilitado para tal efecto, comúnmente la habilitación se consigue con el permiso para firmar contratos.

Aprobación del Contrato de Trabajo por parte del Ministerio del Trabajo

Solicitud dirigida a la Sub-Dirección de Registros Generales del Ministerio del Trabajo.

Tres ejemplares del Contrato de trabajo, lo ideal es que se haga según modelo ¡aquí ves el modelo!

Declaración jurada de cumplir con los límites establecidos o de la exoneración, según sea el caso.

Fotocopia legalizada por notario o fotocopia certificada visada por el servicio consular y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, del título profesional o técnico o certificados de experiencia laboral expedidos en el exterior, vinculados con el objeto del servicio. Hay que agregar la traducción oficial, en caso de que estén elaborados en idioma extranjero.

Copia del Pasaporte o Carné de Extranjería del trabajador.

Constancia de pago de la tasa correspondiente Tributo Nº 5533 en el Banco de la Nación. Este Pago se efectúa con el número de RUC de la empresa contratante.

Fotocopia legalizada del pasaje o billete de retorno del trabajador y de su familia o la declaración jurada garantizando el transporte pertinente (esto puede ser una cláusula dentro del contrato)

Si se solicita la exoneración de los porcentajes limitativos hay que incluir la documentación correspondiente.

Copia del comprobante del Registro único del Contribuyente (RUC).

Después la Autoridad Administrativa del Trabajo evaluará el expediente en cinco días hábiles. De faltar algún documento lo solicitará. Pasados los cinco días, sin tener comunicación oficial, opera el silencio administrativo positivo, por lo que se considera aprobado el contrato.

Con el contrato aprobado, se puede dar curso a la solicitud de Cambio de Calidad Migratoria.

Los trabajadores que provienen de los países con los que el Perú tiene convenio de reciprocidad: Colombia, Bolivia, Argentina, Brasil, Ecuador, Chile, Uruguay y Paraguay no necesitan que sus contratos de trabajo sean previamente aprobados para solicitar el Cambio de Calidad Migratoria, así como tampoco los extranjeros hijos de peruanos. Unos deben acreditar la nacionalidad y los otros, la filiación.

Fuentes:

Migraciones: www.migraciones.gob.pe

Ministerio del Trabajo de Perú. Requisitos para la contratación de extranjeros y modelo contrato de trabajo www.mintra.gob.pe/archivos/

Decreto Legislativo Nº 689 del 05.11.91 www.oas.org/dil/Migrants

Decreto Supremo N°014-92-TR del 21.12.92 www.oas.org/dil/Migrants

Resolución Ministerial Nº 021-93-TR del 04.02.93 files.servir.gob.pe

Ley Nº 26196 del 10.06.93 www.mintra.gob.pe/contenidos/archivos

Decreto Supremo Nº 023-2001-TR del 18.07.01 www.mintra.gob.pe/archivos

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