Conseguir visa

hola, mi caso es el siguiente mi novia esta trabajando en ecuador con una visa de trabajo ella es peruana al igual que yo, en la actualidad ella esta esperando un bebe y decidimos que nacera en ecuador existe alguna forma de que yo pueda obtener alguna visa para poder quedarme a vivir en el ecuador con mi familia. gracias

Que tiempo demora la obtencion de la visa profesional desde que uno la solicita?????
Puedo solicitar visa de amparo para mis hijas despues de obtenida la visa profesional o es en el momento de entrega de la solicitud?????
Que tengo que hacer despues que tengo mi titulo de Ing. Agronomo registrado en el Senescyt???
Si me otorgan la visa profesional cuales son los siguientes pasos para obtener la residencia????

A la espera de sus respuestas tan acertadas como de costumbre

Atte

josejos escribió:

hola, mi caso es el siguiente mi novia esta trabajando en ecuador con una visa de trabajo ella es peruana al igual que yo, en la actualidad ella esta esperando un bebe y decidimos que nacera en ecuador existe alguna forma de que yo pueda obtener alguna visa para poder quedarme a vivir en el ecuador con mi familia. gracias


Hola.

Si su hijo nace en Ecuador, será ecuatoriano por nacimiento, sin perjuicio de lo que pudiera también disponer la legislación del país de los progenitores respecto a la atribicuón de su nacionalidad. En consecuencia, al ser progenitor de un menor de edad de nacionalidad ecuatoriana, podrá solicitar una visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar.

Si usted no está casado con la madre, ni tiene formalizada una unión de hecho estable, de la forma como viene regulada en el Código Civil de Ecuador, tendrá que, previamente, depositar en el respectivo Juzgado de la Niñez y Adolescencia, la pensión voluntaria de alimentos a favor del menor.

Puede también, si usted actualmente se encontrase en Ecuador en situación irregular, regularizar su situación en el país mediante solicitud de una visa de RESIDENCIA TEMPORARIA, en el marco del Acuerdo de residencia MERCOSUR. Le paso la información:

https://www.expat.com/forum/viewtopic.php?id=359996


Un cordial saludo.

Roberto Becerra escribió:

Que tiempo demora la obtencion de la visa profesional desde que uno la solicita?????
Puedo solicitar visa de amparo para mis hijas despues de obtenida la visa profesional o es en el momento de entrega de la solicitud?????
Que tengo que hacer despues que tengo mi titulo de Ing. Agronomo registrado en el Senescyt???
Si me otorgan la visa profesional cuales son los siguientes pasos para obtener la residencia????

A la espera de sus respuestas tan acertadas como de costumbre

Atte


Hola.

1.- El plazo fijado por el Reglamento a la Ley de Extranjería para resolver sobre la concesión de visas es de 15 días hábiles. Al ser sólo días hábiles, no se cuentan sábados ni domingos y tampoco los días que sean festivos nacionales, provinciales o locales en el lugar donde se ha solicitado la visa. Quince días hábiles se traducen en tres semanas naturales.

2.- Para poder solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, es condición necesaria previa que tenga ya reconocido su título universitario por la SENESCYT e inscrito en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador (SNIESE). Si aún no tiene el título reconocido e inscrito, el expediente de solicitud de visa 9-V no podrá prosperar, porque falta el fundamento jurídico que permite su concesión.

3.- Cuando le sea notificada la concesión de la visa (y la notificación exclusivamente se hace por correo electrónico, desde una dirección institucional @cancilleria.gob.ec), deberá acercarse a pagar el valor fijado por la concesión (320 dólares) y entregar su pasaporte para que sea estampada la visa. Luego, tendrá que pagar la tasa de 4 dólares por inscripción en el Empadronamiento de Migración, luego de lo cual, le será entregado el correspondiente certificado y la ORDEN DE CÉDULA.

4.- Debe dirigirse luego al Registro Civil (de momento, exclusivamente a las oficinas centrales de Quito, Guayaquil y Cuenca), a que le sea expedida la cédula de identidad ecuatoriana como extranjero.

5.- Cuando ya tenga concedida la visa, podrá amparar a sus hijas (es necesario que usted YA SEA titular de una visa de INMIGRANTE diferente de la 9-VI, para que pueda ampararlas a ellas con la 9-VI). Lo mejor es que inicie el trámite de amparo cuando ya tenga en su poder la cédula de identidad. Para poder ampararlas, es necesario que se encuentren dentro de Ecuador, ya que se requiere el certificado de movimiento migratorio de ambos (amparante y amparado) y tal documento sólo se expide dentro de Ecuador, a petición del interesado, en la Unidad Provincial de Información Migratoria de la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional.

6.- Si es ingeniero agrónomo, puede, si quiere, inscribirse en el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la provincia en la que viva. Si va a trabajar por cuenta propia, deberá obtener un número de RUC (Registro Único de Contribuyente), en el Servicio de Rentas Internas.

Un cordial saludo.

Hola.
Ya fui y entregue mi carpeta para la obtencion de la visa 9-V no me exigieron estar inscrito en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador (SNIESE) porque al aparecer en la pagina del Senescyt automaticamente ya estas registrado en SNIESE
15 dias habiles me informaron es la espera.
Pero a mi esposa que fue conmigo le dijeron que cuando ella termine su mision oficial se le puede enviar el amparo via telecable a Cuba...
Un saludo

Mi esposo extranjero y yo (ecuatoriana) estamos muy confundidos con respecto a la visa de el.
Este ano tuvimos que viajar a US x motivos de fuerza mayor. Cuando compramos los pasajes aereos contamos 80 dias para regresar /Nota: La visa de mi esposo se aprobo en agosto del 2012/
Durante el viaje mi esposo se lastimo la espalda y quedo impedido de viajar, (lo cual nos iba a hacer perder 15 dias extra y por lo tanto exceder los 90 dias permitidos por la ley)  por lo cual pedimos un cert medico, preguntamos al canciller via twitter y nos remitieron con otra persona para que atendiera el caso. El canciller dijo via twitter q este es caso de analisis.

Cuando nos respondieron el email nos dijeron que segun el movimiento migratorio mi esposo hizo un viaje de 50 dias en sept del 2012 y luego un viaje de 91 dias en el ano 2013 lo cual sumados exceden los 90 dias que la ley da a todo extranjero para que salga del pais durante los 2 primeros anos despues q el visado se aprueba.
Este email decia que el aeropuerto le darian una visa T3 a mi esposo y que despues de eso nos tocaba tramitar la visa de nuevo, desde el principio.

Este email nos sorprendio xq no nos acordamos de haber viajado en sept del 2012!
Revisamos el pasaporte, pag a pag, no encontramos ningun sello de salida del pais con fecha de sept del 2012.
Pero encontramos un sello de nov del 2012 de entrada al pais y que tiene una firma que dice 9II

Cuando fue momento de regresar a ECU (en julio pasado) nos tomaron los pasaportes en Migracion de UIO y preguntaron:
Cuanto tiempo se van a quedar?
Yo: Nosotros vivimos aqui.
Agente: Ok

Nos puso sello en cada pasaporte y puso una firma ilegible. Nos devolvio los pasaportes y dijo: Bienvenidos de regreso!

Pues ahora, estoy confundida.
Es mejor no decir nada?
Vamos a migracion con el pasaporte y decimos que cosa?
Pedimos un mov migratorio?

Muchas gracias por su respuesta.