LLevar mi coche a Marruecos

Hola. Una pregunta, voy con mi coche de vacaciones a Marruecos desde España y me gustaría saber si mi coche lo puede conducir mi pareja que es de Marruecos. ¿Necesita que yo le haga algún tipo de permiso a su nombre para poder coger mi coche en Marruecos? Por si nos para la policía o lleva él mi coche algún día sin mi.
Muchas gracias
- @KMR27
No, no puedes dejar que tu pareja marroqui y residente en Marruecos, conduzca tu coche matriculado en el extranjero en Marruecos y, ni mucho menos, que lo conduzca sin estar tu en el coche o, lo que es peor, sin estar tu en el país, por mucha autorización por escrito que le hayas hecho.

En Marruecos, la ley 52-05 relativa al Code de la Route, en vigor desde el año 2010, tipifica que la conducción de un vehículo matriculado en el extranjero, acogido al régimen de admisión temporal, solo puede ser conducido en Marruecos por su propietario, así como por  sus  ascendientes (padres), su cónyuge o sus descendientes (hijos), siempre que ellos, ademas de tener el permiso de conducir de su pais de origen en vigor, sean residentes en el extranjero y el seguro del vehículo se lo permita (ojo con los menores de 26 años y/o ademas, con menos de dos años de carnet de conducir pues los seguros o no los aceptan o si los aceptan, deben pagar un sobre coste, la mayoría de las veces elevado).

Asi mismo, un ciudadano extranjero puede ir a Marruecos con un vehículo matriculado en el extranjero que no sea de su propiedad siempre y cuando, tenga la debida autorización por escrito del propietario del vehículo; en este caso, el único que puede conducir este vehículo es ese ciudadano extranjero que tiene la autorización firmada del propietario.

PS : TRES COSAS A TENER MUY EN CUENTA

1º Tu vehículo matriculado en el extranjero puede estar en Marruecos un maximo de 180 dias al año dentro de un mismo año natural (1 de enero a 31 de diciembre)

2º El vehículo debe salir contigo cuando tu te vas del pais, ya que su admisión temporal va ligada a tu pasaporte y, por lo tanto, a tu numero de identificación de extranjero que te asignan cuando llegas a Marruecos y que estampan en tu pasaporte; ademas hoy en día todo este proceso de admison temporal del vehículo se realiza de manera informatica nada mas llegar a Marruecos y pasar los controles de frontera; la administración marroqui se ha puesto al día en esta materia y cruza la información entre las diferentes administraciones, por lo que cualquier tipo de incumplimiento de la ley en esta materia es sinónimo de que te cazen y te arreen un buen multazo (y eso sería lo menos grave).

3º Si tu sales del pais sin tu coche, éste debe quedar en deposito en la aduana del punto de salida desde donde tu regreses a España (sea puerto o aeropuerto o frontera terrestre). En su defecto, lo que se hace muchas veces, es dejar el coche en casa (caso de expatriados temporales sin permiso de residencia que están en Marruecos un máximo de 180 dias al año y se llevan su coche) o un parking vigilado privado (caso de quienes por ejemplo, van desde Tanger a Tarifa en ferry) pero la documentación del vehículo si que queda en deposito en la aduana del puesto fronterizo por el que tu sales de Marruecos y al que debes regresar para recuperar dicha documentación.

Y ni se te ocurra salir tu del país dejando las llaves y el coche al cuidado de tu pareja ya que si esta persona marroqui conduce tu coche, tu serás co-responsable directa de todos los daños e indemnizaciones que se pudieran derivar en caso de un accidente, de un uso ilegal del vehículo sobre todo si es con carácter lucrativo  (transporte de mercancías, de personas, de materiales peligrosas) y, por supuesto, ademas co-responsable directa penalmente, sobre todo en los casos de accidentes con víctimas o del uso del vehículo con fines ilegales tipificados como delitos penales (contrabando, trafico de drogas, armas, personas, dinero, etc ...)

4º Tu, en tanto que ciudadano/a extranjero/a sin permiso de residencia en Marruecos, puedes estar en el país un máximo de 180 días naturales por año natural (a contar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre) repartidos en tantos viajes como quieras siempre y cuando no superes en cada uno de esos viajes los 90 dias naturales consecutivos en el país, pero tu coche si puede estar los 180 dias naturales consecutivos en el pais.

5º Un vehículo matriculado en el extranjero que haya agotado los 180 dias naturales en Marruecos, dentro de un mismo año natural, no podrá volver a entrar en el pais en régimen de admisión temporal sea quien sea el que lo conduzca, excepto si el vehículo es vendido y cambia su propietario.

6º Un ciudadano extranjero sin permiso de residencia que haya tenido un vehículo extranjero en Marruecos durante 180 dias naturales dentro de un mismo año natural, no podrá volver a entrar en Marruecos con otro vehículo matriculado en el extranjero sea suyo propio o sea de una tercera persona que le haya autorizado a conducir ese vehículo.

Es decir, las restricciones a la importación temporal de vehículos matriculados en el extranjero son tanto para los vehículos como para sus propietarios y conductores.







Buenas tardes, Australs. Ya me has resuelto algunas dudas en otras ocasiones, lo que te agradezco enormemente.

Al hilo de este tema, te quería exponer mi caso y ver qué opinas. Mi esposa es marroquí y tenemos 2 vehículos: uno a su nombre y otro al mío. A lo que estamos dándole vueltas es a dejar en Marruecos uno de los coches durante 6 meses y, luego, el otro durante los 6 meses restantes, pero todo de manera legal para no tener problemas.

Lo que buscamos es ahorrarnos pasar el coche cada vez que vamos a Marruecos (que son bastantes) porque, la verdad, es muy, muy caro.

Te agradezco de antemano tu atención y quedo a la espera de tu opinión si te parece oportuno.

@australs

Hola Australs.

Da gusto leerte, por fin alguien que habla sabiendo lo que dice.

Se me plantea una duda leyendo tus consejos. ¿El vehículo de un turista, tiene limitada su estancia a un plazo de 6 meses por año y no puede ser superior a 3 meses consecutivos?

Es que en anteriores escritos pones que 6 meses (consecutivos o no), pero en éste pones 3 meses consecutivos:


“el extranjero sale del país sin el coche, la documentación y las llaves deben quedar bajo custodia de la Aduana marroquí (el coche puede estar guardado en un garaje por ejemplo). De todos modos, en este caso, el coche no puede estar en Marruecos mas de 180 dias naturales por año natural (entre el 1 de enero y el 31 de diciembre) con un maximo consecutivo de 90 dias”


Te planteo mi situación:


Ciudadano español de turismo por marruecos. El 29-12-22 entro por Ceuta, en moto. El 4-1-23 en la población de Zagora me caigo de la moto, me rompo la clavícula (yo solo, no hay accidente con otro vehículo), llamo a un garaje mecánico de confianza, se hacen cargo de la moto y me llevan al hospital. Al día siguiente, la moto se queda en el garaje con los papeles, las llaves me las llevo yo, cojo un taxi para Marrakech. El  6-1-23 salgo para España en avión (nadie en la aduana me dice nada de que dejo una moto y debo de entregar los papeles, yo tampoco digo nada, no sabía el procedimiento).


Preguntas:

¿Qué plazo máximo tengo para sacar la moto?

¿Qué puede pasar al no haber dejado llaves y papeles del vehículo en la aduana?

¿Qué pasará cuando entre a Marruecos? ¿Y al salir con la moto?

¿Qué documentación me aconsejas aportar para no tener problemas?

Gracias por tu tiempo y consejos impagables.

@australs

Hola australs.

Da gusto leerte, alguien que se ve que sabe de lo que habla!

Se me plantea una duda leyendo tus consejos. ¿El vehículo de un turista, tiene limitada su estancia a un plazo de 6 meses por año y no puede ser superior a 3 meses consecutivos?

Es que en anteriores escritos pones que 6 meses (consecutivos o no), pero en éste pones 3 meses consecutivos:

“el extranjero sale del país sin el coche, la documentación y las llaves deben quedar bajo custodia de la Aduana marroquí (el coche puede estar guardado en un garaje por ejemplo). De todos modos, en este caso, el coche no puede estar en Marruecos mas de 180 dias naturales por año natural (entre el 1 de enero y el 31 de diciembre) con un maximo consecutivo de 90 dias”


Te planteo mi situación:

Ciudadano español de turismo por marruecos. El 29-12-22 entro por Ceuta, en moto. El 4-1-23 en la población de Zagora me caigo de la moto, me rompo la clavícula (yo solo, no hay accidente con otro vehículo), llamo a un garaje mecánico de confianza, se hacen cargo de la moto y me llevan al hospital. Al día siguiente, la moto se queda en el garaje con los papeles, las llaves me las llevo yo, cojo un taxi para Marrakech. El  6-1-23 salgo para España en avión (nadie en la aduana me dice nada de que dejo una moto y debo de entregar los papeles, yo tampoco digo nada, no sabía el procedimiento).


Preguntas:

¿Qué plazo máximo tengo para sacar la moto?

¿Qué puede pasar al no haber dejado llaves y papeles del vehículo en la aduana?

¿Qué pasará cuando entre a Marruecos? ¿Y al salir con la moto?

¿Qué documentación me aconsejas aportar para no tener problemas?

Gracias por tu tiempo y consejos impagables.

Buenas tardes, Australs. Ya me has resuelto algunas dudas en otras ocasiones, lo que te agradezco enormemente.
Al hilo de este tema, te quería exponer mi caso y ver qué opinas. Mi esposa es marroquí y tenemos 2 vehículos: uno a su nombre y otro al mío. A lo que estamos dándole vueltas es a dejar en Marruecos uno de los coches durante 6 meses y, luego, el otro durante los 6 meses restantes, pero todo de manera legal para no tener problemas.
Lo que buscamos es ahorrarnos pasar el coche cada vez que vamos a Marruecos (que son bastantes) porque, la verdad, es muy, muy caro.
Te agradezco de antemano tu atención y quedo a la espera de tu opinión si te parece oportuno.
-@Pedrosinmas


Pedro,


Mis disculpas por tardar .... 6 meses en responderte.


Tu problema es muy simple : que tu mujer lleve el coche a Marruecos y lo importe legalmente (cambio de matricula y documentación), algo que, como ciudadana marroqui puede hacer perfectamente en calidad de MRE (marroqui residente en el extranjero); no obstante esto planeta dos problemas que hay que consultar allí :


1) las tasas y derechos de importación de dicho vehículo (con sultán en las oficinas de Aduanas)


2) Si tu mujer puede efectivamente importar su vehículo extranjero en las condiciones ventajosas que tiene los MRE teniendo en cuenta que ella, en principio, no regresa a Marruecos de manera definitiva.

@australs
Hola australs.
Da gusto leerte, alguien que se ve que sabe de lo que habla!
Se me plantea una duda leyendo tus consejos. ¿El vehículo de un turista, tiene limitada su estancia a un plazo de 6 meses por año y no puede ser superior a 3 meses consecutivos?
Es que en anteriores escritos pones que 6 meses (consecutivos o no), pero en éste pones 3 meses consecutivos:
“el extranjero sale del país sin el coche, la documentación y las llaves deben quedar bajo custodia de la Aduana marroquí (el coche puede estar guardado en un garaje por ejemplo). De todos modos, en este caso, el coche no puede estar en Marruecos mas de 180 dias naturales por año natural (entre el 1 de enero y el 31 de diciembre) con un maximo consecutivo de 90 dias”
Te planteo mi situación:
Ciudadano español de turismo por marruecos. El 29-12-22 entro por Ceuta, en moto. El 4-1-23 en la población de Zagora me caigo de la moto, me rompo la clavícula (yo solo, no hay accidente con otro vehículo), llamo a un garaje mecánico de confianza, se hacen cargo de la moto y me llevan al hospital. Al día siguiente, la moto se queda en el garaje con los papeles, las llaves me las llevo yo, cojo un taxi para Marrakech. El 6-1-23 salgo para España en avión (nadie en la aduana me dice nada de que dejo una moto y debo de entregar los papeles, yo tampoco digo nada, no sabía el procedimiento).

Preguntas:
¿Qué plazo máximo tengo para sacar la moto?
¿Qué puede pasar al no haber dejado llaves y papeles del vehículo en la aduana?
¿Qué pasará cuando entre a Marruecos? ¿Y al salir con la moto?
¿Qué documentación me aconsejas aportar para no tener problemas?
Gracias por tu tiempo y consejos impagables.
-@albertotrincado


En respuesta a tus preguntas



A) ¿El vehículo de un turista, tiene limitada su estancia a un plazo de 6 meses por año y no puede ser superior a 3 meses consecutivos?


El vehículo de un turista importado en régimen de AT (admisión temporal) puede estar un máximo de 180 dias en Marruecos, y éstos pueden ser bien alternos o bien consecutivos. En el texto que citas, la  coletilla de los 90 días está mal redactada pues no afecta al vehículo sino al titular, es decir, al turista porque, aunque el turista puede estar un máximo de 180 días naturales en el país, en tantas estancias (viajes) como quiera, no puede estar mas de 90 dias naturales consecutivos. Mis disculpas por esa mala redacción que lleva a error.


B) ¿Qué plazo máximo tengo para sacar la moto?

180 dias naturales a contar desde el 29/12/2022, para no tener ningún. tipo de problema burocrático. Y digo desde el 29/12 y no el 1/1/23 porque entiendo que la moto esta allí todavía. Si mal no he contado, hasta el 27/6/2023 porque el día de llegada y el día de regreso cuentan.



C) ¿Qué puede pasar al no haber dejado llaves y papeles del vehículo en la aduana?

En principio nada ya que se entiende que tu vas a salir del pais con la moto antes de que se cumplan esos 180 días; en cualquier caso es una negligencia de ellos el no haberte pedido ni la documentación ni las llaves en el momento de tu salida del país sin el vehículo.


D)¿Qué pasará cuando entre a Marruecos?

No debería pasar nada si estas dentro de esos limites de los 180 dias y llevas contigo la documentación de la moto y la documentación de la AT que te debería de haber entregado cuando entraste en Marruecos el 29/12/22 (el resguardo de la ,importación temporal, del vehículo)


E)¿Y al salir con la moto?

Si estas dentro de esos 180 días, sin problemas.


F)¿Qué documentación me aconsejas aportar para no tener problemas?

Resguardo de importación temporal del vehículo que te deberían haber dado el 29/12; atestado de la policía del accidente si es que lo hay; parte medico de asistencia medica del hospital en Marruecos que justifica el accidente y las lesiones que te im posibilitan conducir y tu repatriación via aérea; factura del hospital de Marruecos; resguardo del billete de avión del regreso a España tras tu accidente; factura del taller donde se reparó tu moto y cualquier otro documento que justifique ese accidente y tu retraso sin la moto.


Un saludo y suerte.

Hola buenas tardes por favor yo soy marroqui i viajo con el coche de mi mujer española el coche esta a nombre de mi mujer el seguro esta a mi nombre necesito alguna utilización o no gracias

Hola buenas tardes por favor yo soy marroqui i viajo con el coche de mi mujer española el coche esta a nombre de mi mujer el seguro esta a mi nombre necesito alguna utilización o no gracias
-@moul tabi3a


Hola,


A tu pregunta le falta información.


A) Aunque seas marroquí, si tu tienes pasaporte español puedes viajar a Marruecos con un coche matriculado en España que no sea tuyo siempre que tengas la autorización firmada por el propietario de ese vehículo y el seguro en vigor.


B) Si tu solo tienes pasaporte marroqui (aunque tengas permiso de residencia en España), las cosas se complican si vas a Marruecos con el coche de tu mujer .... pero sin tu mujer,  pues tu matrimonio debe ser válido y reconocido en Marruecos. Si tu matrimonio no está reconocido en Marruecos (caso de las parejas de hecho o de matrimonios civiles en España no legalizados en Marruecos), podrías tener problemas ya que tu, al ser ciudadano marroqui, en Marruecos no puedes conducir un vehículo matriculado en el extranjero excepto en este caso :


1) Que el vehículo español sea propiedad de tus padres, mujer o hijos

2) Que el propietario del vehículo sea residente legal en España, pues es el país en el que está matriculado el vehiculo

3) Que tu seas residente legal en España (es decir, tengas permiso de residencia en vigor)

4) Si el coche es de tu mujer (extranjera), que tu matrimonio sea valido y reconocido en Marruecos.

5) Que tengas la autorización firmada por tu mujer (si tu mujer no viaja contigo).

Hola Buenas:

En el mes de septiembre vamos a ir mi marido y yo a marruecos en una furgoneta a pasar diez días. La furgoneta está a nombre del hermano de mi marido. Estoy viendo que necesitamos una autorización del titular. mi pregunta es ¿esa autorización hay que hacerla ante notario y con la apostilla de la haya o es suficiente una simple autorización firmada? y por otro lado, esa autorizacion tiene que estar traducida a algún idioma en concreto o en castellano les sirve?

gracias de antemano por la información

@AlvaroMB hola tengo une coche matricula de España tengo 68 años nesesito matricular el coche en marruecos que necesito gracias

    @AlvaroMB hola tengo une coche matricula de España tengo 68 años nesesito matricular el coche en marruecos que necesito gracias

-@sarabayessen

Hola Sara,

Aunque para matricular un coche en Marruecos está claro que deberás importarlo y pagar los derechos de aduanas, pocos datos das para obtener una respuesta concreta y válida; si el coche tiene 5 o mas años, olvida el tema; no obstante, ya que hay varios supuestos,  voy a imaginar ..... a ver si acierto.


Caso 1 : ciudadana extranjera con permiso de residencia en Marruecos. Lee el apartado b) Importacion general de un vehículo

Este caso implica convalidacion de tu permiso de conducir.


Caso 2 : MRE, marroquí residente en el extranjero, tengas doble nacionalidad o tengas solo, permiso de residencia, lee el apartado b) importación general y las NOTAS para MRE. este caso también implica convalidación de tu permiso de conducir


Caso 3 : ciudadana extranjera sin permiso de residencia en Marruecos (estancia máxima 180 dias al año por año natural en ntantos viajes como quieras siempre que éstos no sobre pasen los 90 dias consecutivos),  que quiere (o necesita) disponer de un coche en Marruecos. En este caso, tienes la opción de ir con tu coche a Marruecos e importarlo en regímen de Admision Temporal. Lee el apartado a). Este caso no requiere convalidar el permiso de conducir


Como tanto tu como el coche solo podéis estar 180 dias al año por año natural en Marruecos, ya tendrías el problema resuelto aunque ello te obligaría a realizar cada 89 dias dos viajes ( de ida y de vuelta),  ... (digo 89 y no 90 por aquello de no apurar al máximo) porque aun y cuando el coche puede estar 180 días consecutivos, tu no ... tu solo puedes estar 90 dias consecutivos sin salir del país si no tienes permiso de residencia.


Caso especial : ninguno de los anteriores.


Pues nada, sin entrar en detalles del porqué necesitas matricular un coche en Marruecos, a grandes males, grandes remedios : un vehículo de motor o una motocicleta de dos ruedas con una cilindrada superior a 80 cm3, importados en régimen de Admisión Temporal (AT) por un residente en el extranjero (sea un ciudadano extranjero con o sin permiso de residencia en Marruecos, sea un MRE), puede ser importado a nombre de un ciudadano residente en Marruecos (sea marroqui, sea extranjero con permiso de residencia en Marruecos) en cualquier oficina de Aduanas de cualquier ciudad en Marruecos que disponga del sistema informatizado de control de viajeros (no es necesario ir a ninguna aduana de un puesto fronterizo).


Los dos interesados ​​(la persona propietaria del vehículo que hizo la importación en regímen AT  y el ciudadano residente en Marruecos) están obligados a presentarse en la aduana para realizar los trámites de cesión de los derechos de la Admisión Temporal y de los de la importación del vehículo en cuestión antes de que expire el plazo de los 6 meses que otorga el regímen AT. Si se excede el plazo, ademas de los costes de la importación se deberá pagar una sanción cuyo importe dependerá del tiempo en que se haya sobrepasado el limite de los 180 dias y que puede llegar hasta los 20.000 dhs (2.000 € de nada ....)


Pero aunque no se sobre pase el tiempo, esta opción no evita la multa pues la importación de estos vehículos (automóviles y motocicletas) admitidos temporalmente en Marruecos implica el pago, además de los derechos e impuestos de importación, de una multa de 2.000 dirhams  (200 euritos de nada) y de 40 dhs (4 cafes en un bar de barrio en Marruecos) por derechos de timbre y todo ello por incumplimiento del compromiso adquirido por el propietario del vehículo al importar en regímen de Admisión Temporal el susodicho vehículo y que no mes otro que la re-exportación de ese vehículo en el plazo establecido, es decir, sacarlo de Marruecos dentro del limite de los 180 días.


NOTA : esta opción es un caso complejo que conviene consultar antes con la oficina de Aduanas porque de la teoría a la práctica suele haber, en estos casos especiales, ligeras diferencias, empezando por los límites en la edad del vehículo ...



Tras este rollo de preámbulo, en Marruecos hay dos tipos de importación de vehículos particulares : la importación temporal y la importación general.


a) Importación temporal, (AT), cuyos requisitos y condiciones son las siguientes :


La admisión temporal (AT) de vehículos de motor está dirigida a aquellas personas extranjeras que vayan de viaje a Marruecos con su vehículo particular, (es decir, a los turistas), a aquelloos ciudadanos marroquies que tienen residencia legal en paises extranjeros o a aquelloos extranjeros que, teniendo residencia legal en Marruecos necesiten utilizar temporalmente su vehiculo particular extranjero en Marruecos.

· Para la admisión temporal de vehículos a motor no es necesario ningún trámite previo.


· Las admisiones temporales de vehículos son gestionadas por los Agentes de las Aduanas, a través del sistema informático de la Administración, que están presentes en todas las fronteras terrestres y portuarias asi como a bordo de los barcos que cruzan hacia Marruecos. Los servicios aduaneros entregan al conductor un documento impreso directamente desde el sistema informático de la administración, valido ante cualquier inspección de la policia o gendarmería ya que en el año 2019 fueron suprimidos los formularios de importacion D 16ter y D 16bis, que eran visados por los agentes de aduanas. 


NOTA : - Al salir de Marruecos  hay que comprobar Aduanas hayan visado el documento AT puesto que es la única prueba documental de la repatriación del vehículo.


· Coste de la importacion : 0 dirhams.


· El vehículo debe ser de uso particular y no está sujeto a ninguna restricción de antigüedad ni tipo (turismos, motocicletas, quads, minivan, campers, furgonetas, Pick-up)


· La estancia máxima en el país para el vehículo será de un máximo de 180 naturales por año natural, de manera consecutiva o alterna sin ningún tipo de posibilidad de ampliación.


· Documentacion requerida : pasaporte de la persona que realiza la importacion, documentacion del vehículo y permiso de circulación, ITV en vigor si es el caso, y seguro en vigor (carta verde). Si la persona que realiza la importación no es el titular del vehículo, deberá presentar, ademas, certificado original firmado por el propietario del vehiculo conforme autoriza a dicho conductor el uso del vehiculo para viajar a Marruecos.


· Este vehículo solo puede ser conducido en Marruecos por el propietario, su cónyuge o sus hijos siempre que estos tengan la autorización escrita del propietario, la residencia en el mismo país extranjero que el propietario y tengan el permiso de conducir. Este requisito es igual  tanto para ciudadanos extranjeros como para ciudadanos marroquíes residentes en el extranjero.


· Si la persona que realiza la importación no es el propietario del vehículo, este vehículo solo podrá ser conducido en Marruecos por él, por su cónyuge o por sus hijos en las mismas condiciones citadas en el párrafo anterior.


· Asimismo, un vehículo admitido temporalmente sólo puede ser conducido por un ciudadano marroquí residente en Marruecos solo en presencia del propietario del vehículo o de la persona titular de la declaración de admisión temporal. En este caso hay que tener cuidado porque hay una contradiccion entre lo que dice la Ley del Codigo de Circulacion (vigente desde el ,año 2010) y lo que indica la Administracion de Aduanas. Personalmente, me ceñiría a lo que se indica en el Código de Circulación.


· Un vehículo admitido temporalmente en Marruecos no podrá ponerse a disposición de terceros, ni prestarse, ni venderse, (especialmente a ningun ciudadano marroquí) ni utilizarse con fines lucrativos (en especial para el transporte de personas o mercancías), bajo pena de proceso judicial.


· En el caso de que una persona deba salir del país dejando su vehículo en Marruecos, deberá hacer una de estas dos cosas :

a) dejar el vehículo con la documentación y las llaves en deposito en la aduana del punto fronterizo por el que salga del país

b) dejar el vehículo en un parking (puede ser en su casa perfectamente) y dejar la documentación en deposito en la aduana ndel punto fronterizo por el que salga del país  (caso de los aeropuertos); las llaves se las puede llevar consigo.


NUNCA y bajo ninguna circunstancia se puede dejar el vehículo a nadie (sea extranjero, sea marroqui, sea familiar sea amigo) cuando la persona que ha realizado los trámites de importación temporal está fuera de Marruecos.


b) Importación general de un vehículo para uso particular


En Marruecos, a titulo personal, solo pueden importar vehículos particulares en regímen general,  con o sin exenciones fiscales,  los ciudadanos marroquíes residentes en el extranjero (MRE) y los ciudadanos extranjeros con permiso de residencia en Marruecos.


La importación de un vehículo para uso particular en regímen general implica una re-matriculacion del vehículo a fin de obtener la matrícula marroquí e implica, en el caso de extranjeros residentes, la convalidacion del permiso de conducir de su país de origen por el de Marruecos (gratuito salvo tasas y sin exámenes para permisos A y B).


Para importar un vehículo extranjero, Marruecos exige el pago de aranceles aduaneros en concepto de derechos de importación, impuestos y TVA (20%), lo que actualmente supone pagar un 41,3 % sobre el valor que Aduanas le asigne al vehiculo en el momento de la importación.


Los trámites de importación se realizan en las Aduanas de los puntos fronterizos terrestres o portuarios en el mismo momento de la llegada y el mpago mde los aranceles se debe realizar en dichos servicos aduaneros mediante efectivo (dirhams) o cheque bancario conformado. No me consta en el momento de redactar este artículo que se admita el pago con tarjeta de crédito.


No obstante, esto tramites de importación pueden realizarse dentro de los 6 meses siguientes si el vehículo fue importado en regímen de Admisión Temporal cuando llegó a Marruecos aunque conviene saber que este caso esta penalizado con 1500 dhs (150 €) mas 40 dhs de timbres.


El trámite de la importación general debe ser realizado  por el propietario del vehículo de manera presencial en las Aduanas. No obstante se admite realizar este trámite "por poderes" pero para ello se requiere  que la persona que actúa en nombre nyb representación del, propietario presente el pertinente Poder original emitido por el propietario del vehículo, la correspondiente traduccion jurada en francés o árabe si el poder original no estuviera en estos idiomas y todo ello debidamente legalizado por las autoridades competentes en el país donde esté matriculado el vehículo.


Para determinar los valores de los vehículos con 3 meses o menos de antigüedad, las Aduanas marroquies  aplican los valores prefijados en la base del sistema de la Administración Aduanera cuando estos resulten superiores a los mostrados en las facturas de compra. En caso contrario, se aplican los valores de la factura.


Para el resto de vehículos, las Aduanas Marroquies utilizan un cuadro de precios internacional especifico que determina el valor del vehiculo en estado nuevo.


Para el calculo de los impuestos se tiene en cuenta la antigüedad de los vehículos importados, aplicando los siguientes tipos de reducción:


Menos de un año: 0%

>1 año < 2 años : 10%

>2 años < edad 3 años: 20%

>3 años < 5 años : 25%


Así, un vehículo a que tenga mas de 3 años de antigüedad paga lo mismo que uno que tenga tres.


· Solo se pueden importar vehículos que tengan menos de cinco años en la fecha de la importación (si tienen 5 años  o 5 años  y unos meses, ya no serán admitidos).


· Documentacion a presentar  :


a) Extranjeros : Pasaporte, Tarjeta de Residencia marroquí y documentación del vehículo incluida ITV en vigor; todos los documentos  deben ser originales.


b) MRE : pasaporte o CIN marroqui, justificante de residencia en el extranjero (permiso de residencia o pasaporte) y documentación del vehículo incluida ITV en vigor; todos los documentos  deben ser originales.


Cálculo de tasas e impuestos de importacion :


Web general de Aduanas Maroc para calculo de costes de importación de vehículos :


https://www.douane.gov.ma/web/16/46#htt … laires.jsf


https://www.douane.gov.ma/web/16/46#htt … itTaxe.jsf


tras haber rellenado lo sdaros del vehiculo en la pagina del enlace anterior, hay que marcar la casilla  correspondiente de entre estas cuatro para que el programa calcule las tasas e impuestos con las exenciones o los descuentos correspondientes:


MRE* âgé de 60 ans et plus    (casilla para marroqui mayor de 60 años y/o jubilado)

MRE* retournant définitivement au Maroc (casilla para marroqui no jubilado, menor de 60 años, tras trabajar en el extranjero)

PBS* personne à besoins spécifiques     (casilla para personas minusvalidas sean marroquies sean extranjeras)

Autre (Dédouanement dans le cadre du droit commun) : (casilla para extranjeros con permiso de residencia en Marruecos o marroquies que no cumplan los criterios MRE anteriores)


NOTA para los MRE  tanto si tienen doble nacionalidad como si solo tienen permiso de residencia en un pais extranjero :

En el supuesto de su regreso definitivo a Marruecos, los MRE, marroquies residentes en el extranjero, tienen derecho a importar un único vehículo turismo de uso particular a su regreso a Marruecos con unas determinadas ventajas fiscales que dependerán de si son jubilados, mayores de 60 años o personas menores de 60 años que aun están en activo.


a) MRE, marroqui residente en el extranjero, mayor de 60 años, jubulado o no, que regresa a vivir en Marruecos (independientemente de que tenga otra nacionalidad, es decir, otro pasaporte).


Con motivo de su regreso definitivo a Marruecos, estos MRE se benefician de una reducción del 90% de los impuestos en el momento del despacho de aduana de su vehículo automóvil de pasajeros, sujeto a las siguientes condiciones:

· El  Marroquí Residente en el Extranjero (MRE) debe tener 60 años o más.


· El vehículo debe tener menos de 10 años de antigüedad en la fecha de la importación si el MRE está jubilado (deberá aportar prueba documental fehaciente de su jubilación).


· El vehículo debe tener menos de 5 años de antigüedad en la fecha de la importación si el MRE no está jubilado.

· El MRE beneficiario deberá haber permanecido legalmente en el extranjero durante al menos 10 años.


· Reduccion aplicable únicamente a los vehículos de turismo equipados con motor de gasolina, diésel o tecnología híbrida, para el transporte de nueve personas o menos, incluido el conductor (el número de plazas es el indicado en el documento de matriculación) y debidamente autorizado para la circulación por la vía pública (permiso de circulacion e ITV válida en el momento de la importación).


· Quedan excluidos el resto de vehículos como motos, quads, kart-cross y similares así como vehículos de uso mixto, campers, minivans, furgonetas, pick-ups, y vehículos de doble cabina.


· El MRE (marroqui residente en el extranjero) solo puede acogerse a este beneficio una única vez en su vida y solo para un vehículo de su propiedad que cumpla con estos requisitos. 


· La tributación se calcula sobre la base de un valor estimado, en estado nuevo, según la marca, el modelo y las especificaciones del vehículo en cuestión, hasta un máximo de 300.000 Dhs por lo que el 90% de descuento es como máximo hasta ese valor. El valor que exceda a dicha cantidad estará sujeta al pago de derechos e impuestos exigibles conforme al derecho común.


b) MRE, marroqui residente en el extranjero, menor de 60 años, que regresa a vivir a Marruecos después de haber realizado una actividad lucrativa permanente en el extranjero (asalariado, comerciante, profesión liberal, funcionario, etc.)


En este caso el MRE puede importar su vehículo personal en Marruecos cumpliendo estas condiciones :


·  automóvil turismo de uso particular (excluidos furgonetas, minivans o camionetas, motos, quads, pick-up,, campers y vehiculos de de uso mixto profesional-particular).


· El vehículo debe tener menos de 5 años de antigüedad en la fecha de la importación.


· solo se puede importar un solo vehiculo por MRE y una unica vez en su vida.


· Reduccion de tasas fiscales del 25% para un vehiculo con menos de un año de antigüedad; un vehículo con 1 año de antigüedad se beneficia de una reducción del 20%; un vehículo con 2 años de antigüedad se beneficia del 10% y un vehículo que tenga 3 años o más no se beneficia de ninguna reducción y debe pagar las tasas fiscales de importación en su totalidad.