Hola, sé que hay muchos temas sobre esto, pero tengo muchas dudas sin resolver
Soy chilena, entre a Ecuador en febrero de 2013, porque me habian ofrecido trabajo. El 31 de mayo me quedé cesante,y no he regularizado mi situación. Tengo los siguientes problemas:
Entre a Ecuador sólo con cédula de identidad, porque no exigen pasaporte para entrar acá, ya lo pedí, pero está en blanco, es decir, no aparece mi entrada. Tengo que volver a salir y entrar? Como estoy pasada en el tiempo, puedo regresar?
Supongo que tengo q pagar una multa?
Puedo justificar un ingreso en mi país, que me imagino que ayuda, el punto es que no sé como partir ni donde.
Me pueden ayudar?
Hola.
De lo que dice, se entiende que le ofrecieron trabajo y en efecto, ha trabajado, pero sin estar provista de una visa que la autorizara a ello.
En efecto, los chilenos pueden entrar en Ecuador solo con su documento de identidad, en virtud del Acuerdo sobre Documentos de Viaje,entre los Estados miembros del MERCOSUR y Estados Asociados. Sin embargo, ese Convenio ofrece como ventaja solo permitir circular con documento de identidad (no es necesario el pasaporte), siempre y cuando se lo haga como turista. Y en todo caso, remite a la normativa interna de cada país, en lo atinente a las condiciones y tiempo de permanencia (no establece, en este sentido, un tratamiento jurídico especial o diferente en virtud de él). Ecuador es signatario del Convenio de Residencia con los países del MERCOSUR, Chile y Bolivia (del que forman parte también Perú y Colombia), pero aún no lo ha ratificado,que es la condición necesaria para que entre en vigor para Ecuador, por tanto, no está jurídicamente vinculado y los particulares no pueden todavía beneficiarse.
Si ya se ha pasado el tiempo máximo, debe salir de Ecuador. Cualquier modificación debió haberla hecho durante el tiempo de permanencia legal. Ni siquiera se halla en una situación excepcional, como haber tenido un accidente, estar en tratamiento médico, hallarse embarazada, haber tenido un hijo - que por nacer en Ecuador, es automáticamente ecuatoriano- o haber sido víctima de un delito.
No hay multa, fue suprimida desde el año 2010, cuando se derogó el artículo de la Ley de Migración que la establecía. Pero, al hallarse ya en situación irregular y no ser posible ya modificar su situación, de halla en la necesidad de salir de Ecuador, porque es un círculo vicioso: no podrá solicitar visa alguna, porque no cumple con el requisito de hallarse dentro del período de permanencia legal. No se deporta a la gente, aunque legalmente existe la posibilidad, pero al no poder regularizar su situación, no les queda más remedio que salir.
Si sale y quiere regresar, es conveniente que lo haga con una visa de NO INMIGRANTE. Como turista, no podrá volver hasta que hayan transcurrido, al menos, 9 meses, como lo dispone la Ley de Extranjería en concordancia con la Ley de Migración.
Para su información, los ingresos y salidas del territorio de Ecuador, quedan registrados en el REGISTRO DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, a cargo de la Dirección Nacional de Migración, de la Policía Nacional, que es quien controla las fronteras internacionales. Se registra con exactitud la fecha y hora de entrada y salida de Ecuador, tanto de los propios ecuatorianos, como de los extranjeros. De modo que, si quisiera saber con exactitud el momento de su entrada en Ecuador y el tiempo que oficialmente lleva, puede solicitar un certificado del Movimiento Migratorio para usted, en la Jefatura Provincial de Migración de la Policía Nacional. Genera una tasa de 4 dólares.
Un cordial saludo.