Hola .. yo necesito q alguien me ayude a decir cuáles son los documentos q se nesecitan para vivir en Ecuador, sacar la residencia a mi esposo q es italiano q documentos necesita sacar en Italia. Gracias y cordiales saludos z
Hola:
Si usted es ecuatoriana y están casados en el extranjero, debe solicitarse el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador. Luego, su cónyuge podrá solicitar la visa de RESIDENCIA PERMANENTE como cónyuge de persona de nacionalidad ecuatoriana.
Con todo, si desde la fecha de la celebración del matrimonio han transcurrido, al menos, DOS AÑOS, podrá su cónyuge solicitar la nacionalidad ecuatoriana por naturalización en razón de matrimonio con persona de nacionalidad ecuatoriana. Cuando hay matrimonio de un extranjero con una persona de nacionalidad ecuatoriana, para poder solicitar la nacionalidad no es indispensable haber residido un tiempo previo en Ecuador, porque la razón por la cual se hace posible solicitar la nacionalidad es el matrimonio - o la unión de hecho - con persona de nacionalidad ecuatoriana (cfr. art. 8.4 de la Constitución de Ecuador y art. 73 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana). Sin embargo, SIEMPRE es necesario que el matrimonio conste inscrito en el Registro Civil de Ecuador, bien sea porque se celebró en Ecuador mismo o si se celebró en el extranjero, fue debidamente reconocido e inscrito. Los efectos del matrimonio siempre se producen desde la fecha en la que se celebró y si se hubiera celebrado en el extranjero, la inscripción en el Registro Civil de Ecuador es declarativa y tiene efectos ex tunc. Si se encontrase en este supuesto, mucho mejor sería que solicitara directamente la nacionalidad ecuatoriana por naturalización.
En todo caso, necesitará los siguientes documentos extranjeros:
- Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil del país donde se celebró el matrimonio (lo necesitará para solicitar la inscripción en el Registro Civil de Ecuador).
- Certificado literal de nacimiento de su cónyuge, expedido por el Registro Civil del país donde nació (esto lo necesitaría para solicitar la nacionalidad ecuatoriana por naturalización en razón de matrimonio con persona de nacionalidad ecuatoriana).
- Certificado de antecedentes penales del país de nacionalidad de su cónyuge. Con todo, si durante los 5 años inmediatamente anteriores a la entrada en Ecuador hubiera residido en un país distinto del de su nacionalidad, será exigible el certificado de antecedentes penales de éste último país. En el caso de que hubiera residido en un Estado federal donde existan delitos de fuero estatal y delitos de fuero federal, se requerirá certificados de antecedentes penales estatal y federal (por ejemplo, Estados Unidos de América y México).
TODO documento extranjero debe ir legalizado según corresponda (Apostilla de La Haya si procede de un Estado signatario de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961 sobre la Apostilla o procedimiento ordinario de legalización por vía diplomática para el resto de países). Debe tenerse especialmente en cuenta este particular, porque un documento extranjero sin legalización - sea la Apostilla o bien la legalización consular de Ecuador para países no signatarios de la Apostilla- es un DOCUMENTO INÚTIL, ya que no podrá desplegar plenamente sus efectos en Ecuador.
Asimismo, deben traducirse al castellano en la forma prevista en la Ley de Modernización del Estado o para el caso de los documentos que van a producir efectos en el ámbito de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, en la forma que se prevé en la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. Conviene traducir dentro de Ecuador, sobre todo, por razones prácticas. En síntesis, de acuerdo con las previsiones legales, la traducción se realiza de la siguiente manera:
- Puede traducir cualquier persona que conozca suficientemente el idioma en el que esté redactado el documento y el idioma castellano. En Ecuador no existe, a diferencia de otros países, una regulación específica de la profesión u oficio de traductor, ni un cuerpo oficial de traductores nombrado por el Estado. Con todo, es recomendable seleccionar al traductor de entre las listas que, de manera exclusivamente informativa y sin comportar compromiso alguno, ofrecen los consulados extranjeros acreditados en Ecuador (generalmente ofrecen listas de personas que han acreditado suficientemente conocer el idioma respectivo) o también de entre profesores de departamentos de idiomas de universidades o escuelas politécnicas.
- El traductor debe efectuar la traducción y luego comparecer a jurar ante notario que el contenido de la traducción al castellano es exactamente igual al del documento en su lengua original.
- El traductor, luego, debe reconocer su firma y rúbrica ante el mismo notario.
En todo caso, tenga presente que cualquier solicitud de visa debe formularse mientras dure el plazo de permanencia autorizada como turista y en el caso de que cumpla con el requisito para poder solicitar directamente la nacionalidad ecuatoriana por naturalización, también es conveniente que se presente la solicitud mientras dure la permanencia legal autorizada como turista en Ecuador.
El órgano competente, tanto en materia de concesión de visas a extranjeros, como en materia de concesión de nacionalidad ecuatoriana por naturalización a personas extranjeras, es el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. El enlace es : www.cancilleria.gob.ec, elegir el apartado VISAS y el apartado NATURALIZACIONES.
En lo concerniente al reconocimiento e inscripción en Ecuador del matrimonio celebrado en el extranjero, es competente la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación. También es competente para inscribir las resoluciones de naturalización, cartas de naturalización o decretos ejecutivos de naturalización como ecuatorianos de personas originariamente extranjeras o apátridas que sean expedidos, según sea el caso, por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana o por el presidente de la República. El enlace es : www.registrocivil.gob.ec, elegir las opciones INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO CELEBRADO EN EL EXTERIOR y NATURALIZACIONES.
Un cordial saludo.