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Visa de Trabajo

Luisrdz

Buenas Tardes,

Tengo una duda en cuanto a las Visas, yo me voy a finales de enero a trabajar a Guayaquil con visa de trabajo y en tres meses se va mi esposa a vivir conmigo, alguien podría ayudarme u orientarme que visa es la que necesita ella? según esto la empresa donde voy ella necesita visa de actos de comercio, pero la verdad piden muchos requisitos.

Agradezco su apoyo.

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marquesdevelez

Luisrdz escribió:

Buenas Tardes,

Tengo una duda en cuanto a las Visas, yo me voy a finales de enero a trabajar a Guayaquil con visa de trabajo y en tres meses se va mi esposa a vivir conmigo, alguien podría ayudarme u orientarme que visa es la que necesita ella? según esto la empresa donde voy ella necesita visa de actos de comercio, pero la verdad piden muchos requisitos.

Agradezco su apoyo.


Hola:

No indica el tipo de visa específico que tendrá usted. Si fuera una de NO INMIGRANTE 12-VI, que es de trabajo temporal, a su cónyuge le correspondería una extensión de dicha visa, en calidad de amparada suya.

Si, en cambio, usted va a recibir una visa de INMIGRANTE, categoría 9-IV (trabajo por tiempo indefinido), entonces a su cónyuge le corresponderá la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR.

La diferencia es que, mientras en las visas de NO INMIGRANTE el amparado recibe sólo una extensión de la visa de su amparante, en cambio, en las de INMIGRANTE, el amparado recibe una visa diferente, de una categoría migratoria específica llamada AMPARO FAMILIAR.

Las visas de NO INMIGRANTE son siempre TEMPORALES, en cambio, las de inmigrante se conceden por tiempo INDEFINIDO.

La visa llamada "de actos de comercio", llamada así porque una de las actividades que permite realizar son actos de comercio, es la de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, pero sólo tiene una vigencia de 180 días por año, lo cual no convendría si quisiera quedarse más tiempo.

Un cordial saludo.

Luisrdz

Muchas Gracias, me sirvió mucho la información.

Saludos.