De antemano muchas Gracias a todos los que de una forma u otra colaboran en este sitio para informarnos y ayudarnos en este nuevo proyecto de vida en el Ecuador.
Aunque me he leido un poco este blog me he quedado con algunas dudas y si usted Sr pudiera aclarmelas, le estaria Muy agradecida.
Mi intención en el ecuador es lograr establecerme allí y trabajar en mi especialidad que es la Ingeniería Biomédica (desarrollo e innovación de equipamiento Médico).
Sé que para lograr esto necesito el registro de el titulo en el Senescyt y una visa de tipo profesional y trabajo.
Ya he homologado mi titulo en el Ministerio de Relaciones Exteriores,el Ministerio Superior de
Educación y en la Embajada del Ecuador de mi pais.
Con la nuevas leyes emigratorias no necesito visado, ni carta de invitación para entrar al Ecuador, solo debo cumplir los requisitos establecidos para evitar que en el aeropuerto me eviten la entrada al país, allí de haber cumplido los requisitos me dan un visa (T-3). Con esta visa no puedo hacer el registro en el senescyt, por lo tanto me estoy obligada a pedir una visa de tipo 12-IX, cosa que puedo solicitar en la embajada del ecuador en Cuba.
Estoy en lo correcto?
Entre los requisitos, te exigen una carta que expliques los motivos por los cuales haces la solicitud!.
Que sería lo más conveniente de poner para evitar que la visa sea negada?. Turismo o comercio?
Yo tengo familiar alli, trabaja y es residente, Doctora del Hospital Pediátrico Baca Ortiz, eso me ayudaria en la solicitud?.
De haber otra via legal para lograr mi objetivo le estaría muy agradecida si me dijera cual..
Saludos.
Esperando su respuesta.
Hola:
Hay algo importante a tener en cuenta a la hora de solicitar visas: su regulación entra en el ámbito del Derecho Público, donde rige el principio de legalidad o juridicidad, en virtud del cual, los poderes públicos sólo pueden actuar en virtud de disposición normativa que le atribuya una competencia y la forma de ejercerla, marcándole también el modo en que se debe llevar a cabo.
En lo que concierne a las visas, la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, fijan con precisión los requisitos para cada tipo de visa y los documentos que se debe exigir, quedando a salvo la posibilidad de requerir otros que sean complementarios. Por ello, hay que ajustarse a lo que dispone la normativa. En lo que concierne a la visa 12-IX, cuando es por turismo, basta con declararlo, sin más. No es necesario contar lo que se propone hacer en Ecuador al detalle. Si se propone realizar actos de comercio que no comporten la importación simultánea de mercancías, también debe declararlo.
Las visas no se conceden o se deniegan de manera arbitraria, porque aun siendo su concesión discrecional, esa discrecionalidad debe obedecer a los criterios que vienen establecidos en la Ley y en el Reglamento para adoptar la decisión que corresponda (conceder o denegar la visa). Y en tratándose de una visa 12-IX, tener un familiar residente en Ecuador resulta irrelevante.
Lo que sí es importante es que acredite la disponibilidad de medios económicos, que se exige para conceder esta visa: un salario mínimo vital general por cada mes que se pretenda permanecer en Ecuador: 340 dólares por mes. Teniendo en cuenta que la visa 12-IX se concede por un período máximo de 180 días, calcule la cantidad que necesitará.
Tenga en cuenta que la 12-IX es una visa puente, que le servirá, en definitiva, para salvar la formalidad que exige la SENESCYT a los extranjeros para admitir a trámite la solicitud de reconocimiento del título, pero en cuanto la obtenga, deberá modificarla sin dilación a una visa de INMIGRANTE, categoría 9-V.
La visa 12-IX se puede solicitar en el Consulado de Ecuador acreditado en el país donde usted viva o ya dentro de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
No olvide llevar con usted certificados de antecedentes penales en vigor y legalizados por el Consulado de Ecuador y asimismo, los documentos que necesitará para el procedimiento de reconocimiento del título universitario.
Un cordial saludo.