Hola! He entendido un poco acerca de mi inquietud! Pero quisiera saber en mi caso yo soy egresada en una carrera de la salud (Lcda en bioanalisis) de la universidad de carabobo venezuela. Que debo oportunidades tengo para homologar el titulo en ecuador? Gracias
Hola. Ser egresada no es suficiente. Necesita el título. A menos que usted entienda o en la jerga de su país egresado sea sinónimo de graduado.
En Ecuador, egresado es la persona que ha concluido los estudios universitarios, pero que todavía no ha obtenido el título del grado académico correspondiente, por tener pendiente la realización de alguna práctica, tesis, tesina o seminario (que algunas carreras exigen como requisito para la obtención del título) o servicios a la comunidad (que por expresa disposición de la Ley Orgánica de Educación Superior, toda persona que curse estudios universitarios en universidades de Ecuador, pública o privadas, está obligada a cumplir, como requisito previo para su graducación) . Por tanto, una persona egresada no es sinónimo de persona graduada y titulada, del mismo modo que el hecho de que una persona esté graduada y titulada no implica que, automáticamente, esté habilitada para ejercer la profesión de la que se trate si el título corresponde a una profesión sujeta a control o habilitación administrativa previa.
Si usted ya tiene su título, debe comprobar si la universidad en la que obtuvo su título consta o no consta en la siguiente lista:
http://www.educacionsuperior.gob.ec/wp- … njeras.pdf
Si consta, el reconocimiento del título se concederá automáticamente y se inscribirá en el Sistema Nacional de Educación Superior del Ecuador. NO SE HACE EQUIVALENCIA A TÍTULOS DE ECUADOR, sino que se efectúa una TRANSCRIPCIÓN LITERAL de la denominación del título de la universidad. De modo que, su título, tendrá EXACTAMENTE la misma denominación dada por la universidad que lo expidió.
Si no consta en la lista y no existir actualmente Convenio vigente con Venezuela para el reconocimiento de títulos universitarios, el procedimiento a seguirse sería mediante COMITÉ INTERINISTITUCIONAL. Si este Comité da un informe favorable, se procede a reconocer el título e inscribirlo en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador. Si el informe es negativo, se abre la vía hacia los procedimientos de homologación y convalidación, en la universidad que designe la SENESCYT. Primeramente, la universidad cotejará el programa de estudios de la universidad extranjera con el que imparten las universidades ecuatorianas de la misma carrera o de la carrera más próxima o afín: si el resultado es que el contenido de los programas es igual o superior al 80 % , se condiciona la homologación a la superación de una prueba general, sobre los aspectos que se considera no han sido cursados en el país de origen. Superada esa prueba, se concede la homologación y la SENESCYT reconocerá e inscribirá el título en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior. Si, en cambio, del cotejo de los programas se concluye que los de la universidad extranjera son inferiores al 80 % del contenido que imparten las universidades ecuatorianas en la misma carrera o carrera afín, se debe convalidar los estudios, mediante la superación de una prueba (para la que el interesado puede prepararse por su cuenta, a partir de los programas y bibliografía recomendada por la universidad) o mediante la asistencia a los cursos regulares de las asignaturas que debe superar y la sujeción a la evaluación ordinaria, al igual que los estudiantes de la carrera. También quedarán sometidos a este procedimiento las personas que no superen la prueba de homologación. En estos últimos procedimientos, la universidad expedirá un nuevo título al interesado y lo incluirá en su Lista de Graduados, que deberá ser inscrita en el Sistema Nacional de Educación Superior del Ecuador.
Lo anterior, es lo que concierne al reconocimiento de los títulos universitarios extranjeros, que es competencia de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (SENESCYT). Debe tener en cuenta también que todos los extranjeros, para poder iniciar el procedimiento, deben hallarse en Ecuador con una visa diferente de la de transeúnte (simple turista). Por tanto, no sirve a estos efectos, ni el sello de entrada en Ecuador (T-3), ni la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-X . La que ordinariamente se recomienda a las personas que quieran efectuar este trámite, es la de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX. Una vez reconocido el título por alguna de las vías posibles e inscrito en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador, puede solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal.
HABILITACIÓN PROFESIONAL.- Al tratarse de una profesión sanitaria, debe solicitar la respectiva habilitación profesional e inscripción en el Registro de Profesionales Sanitarios, todo a cargo del Ministerio de Salud Pública de Ecuador. Para poder quedar habilitada, es necesario que acredite la realización del año de salud rural, como todos los profesionales sanitarios graduados en Ecuador. Pero, si ha realizado un período de prácticas similar en su país de origen y cuenta con los certificados correspondientes, debidamente legalizados con la Apostilla de La Haya, puede ser exonerada del año de salud rural y serle concedida la habilitación profesional e inscripción en el Registro de Profesionales Sanitarios.
La habilitación profesional e inscripción en el Registro de Profesionales Sanitarios, a cargo del Ministerio de Salud Pública del Ecuador, es PRECEPTIVO para que pueda ejercerse ordinariamente las profesiones sanitarias en territorio de Ecuador, no siendo por tanto lícito el ejercicio ordinario y habitual de las mencionadas profesiones, sin la respectiva habilitación profesional e inscripción en el mencionado Registro.
Un cordial saludo.
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