EN VIGOR REGLAMENTO A LA LEY ORGÁNICA DE MOVILIDAD HUMANA

En fecha 10 de agosto de 2017,  ha entrado en vigor el Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, aprobado y expedido mediante Decreto Ejecutivo número 111, de 3 de agosto de 2017.

Como ya se indicó en otra entrada, el Reglamento tenía señalada como fecha para su entrada en vigor la de su publicación íntegra en el Registro Oficial, lo cual ha ocurrido efectivamente en el Primer Suplemento al Registro Oficial número 55, del 10 de agosto de 2017.

En el siguiente enlace puede consultarse el sumario del Primer Suplemento al Registro Oficial número 55, de fecha 10 de agosto de 2017, en el que consta la publicación del Decreto Ejecutivo número 111, de 3 de agosto de 2017, por el que se aprueba y expide el Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana :

https://www.registroficial.gob.ec/index … no-55.html

Se espera que sea de utilidad esta información.

Buenos días, alguna persona ha podido obtener la cédula con visa de residencia temporal, ya que estuve en preguntando en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en el Registro civil y nadie sabe nada de esa nueva disposición.

Hola:

Existe base legal y reglamentaria para que sea expedida la cédula de identidad ecuatoriana a extranjeros que sean residentes temporales y permanentes :

A) Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles (arts. 85 y 93).

B) Ley Orgánica de Movilidad Humana ( art.  44).

C) Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, aprobado mediante Decreto Ejecutivo número 111 de 3 de agosto de 2017 (art. 17).

Es decir, quien al día de hoy sostenga en Ecuador que a los extranjeros a quienes se conceda visa de RESIDENCIA TEMPORAL no les corresponde que les sea expedida una cédula de identidad ecuatoriana está equivocado. La anterior normativa, ya derogada (Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo y Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación), sí que establecían expresamente que sólo tenían derecho - y obligación- de obtener cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros las personas a quienes se concediera una visa de INMIGRANTE, pero no las personas a quienes se concediera una visa de NO INMIGRANTE.

La nueva Ley Orgánica de Movilidad Humana expresamente establece que cuando se conceda a cualquier extranjero una categoría migratoria y como consecuencia de ello le sea expedida la correspondiente visa, SE LE EXPEDIRÁ CÉDULA DE IDENTIDAD. Y el Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana establece claramente que, respecto de las categorías migratorias temporales, la cédula de identidad tendrá la misma vigencia que la señalada en la visa o categoría migratoria. Por ello, podría concluirse que:

- TODOS los extranjeros a quienes el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana conceda una visa de RESIDENCIA TEMPORAL o RESIDENCIA PERMANENTE en Ecuador, TIENEN DERECHO A QUE LES SEA EXPEDIDA LA CÉDULA DE IDENTIDAD.

- Respecto de los extranjeros que tengan una visa de RESIDENCIA PERMANENTE, la vigencia de la cédula será la misma que establece como regla general la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles : DIEZ AÑOS.

- Respecto de los extranjeros que tengan una visa de RESIDENCIA TEMPORAL, la vigencia de la cédula será la que se establezca en la visa que ha sido concedida. Téngase presente que las visas de residencia temporal tienen, por regla general,  una vigencia máxima de DOS AÑOS, excepto en aquellas que se concedan a estudiantes, que será la del tiempo de duración de los estudios para los que se hubiera matriculado (o para la realización de prácticas profesionales, en caso de que se la hubiera concedido por esta razón) y las concedidas en virtud de convenios internacionales, en las cuales se estará a lo previsto en tales convenios.

Lo que parece suceder es que, como tanto la Ley Orgánica de Movilidad Humana como su Reglamento de desarrollo, en lo que respecta a la expedición de normativa especializada que haga posible la plena aplicación de sus disposiciones, se remite a los órganos y entes públicos competentes en cada materia. Así, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana debe empezar a expedir, junto con las visas, las órdenes de cédula de identidad (para lo cual requerirá la expedición de un Acuerdo Ministerial o Instrucción interna, en la que se deberá indicar la forma de hacerlo, el modelo, las medidas de seguridad que tendrá el documento y la tasa a pagar por él, entre otros extremos) y la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación debe implementar la expedición de la cédula de identidad para extranjeros titulares de visas de residencia temporal, para lo cual debe expedir el respectivo Reglamento mediante Resolución de su titular y adoptar las medidas técnicas necesarias (y muchas veces, se hace además, necesario un convenio interinstitucional de cooperación entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación).

Es decir, jurídicamente, a la fecha actual, es posible la expedición de cédula de identidad ecuatoriana a las personas extranjeras a quienes les sea concedida una visa de residencia temporal. Que aún no se hayan implementado materialmente las medidas necesarias para hacerlo posible, es cosa distinta, pero tendrán que hacerlo tarde o temprano, porque hay disposiciones legales y reglamentarias expresas que así lo establecen.

Un cordial saludo.

Una consulta en base a esta información. Al tener ya la cédula luego de haber obtenido residencia permanente. Puedo buscar trabajo ? o es necesaria una visa de trabajo?... Gracias saludos...

Tito1411 escribió:

Una consulta en base a esta información. Al tener ya la cédula luego de haber obtenido residencia permanente. Puedo buscar trabajo ? o es necesaria una visa de trabajo?... Gracias saludos...


Hola:

Si es extranjero que tiene concedida una  visa de RESIDENCIA PERMANENTE y en virtud de ella le ha sido expedida la cédula de identidad ecuatoriana para extranjero, está autorizado a residir en Ecuador por tiempo indefinido y a trabajar por cuenta ajena o propia.

Un cordial saludo.

Buenas tardes, soy Argentino, veo que ahora existe también la visa de unasur  aparte de la del mercosur, mi pregunta conviene una sobre otra para poder buscar trabajo en relación de dependencia?
Aparte de hacer el trámite de la visa ya sea del mercosur o unasur  llevando los antecedentes apostillados, pasaporte vigente, que otro trámite debería realizar para no tener inconvenientes al momento de postularme en ofertas laborales. Muchas gracias de antemano!! Saludos !!