REQUISITOS PARA EMPRENDER EN UN NEGOCIO:

REQUISITOS PARA EMPRENDER EN UN NEGOCIO:     

Los pasos para operar con personería natural son:

- SRI: Generar tu Ruc (Registro Único de contribuyente) en el SRI (Servicio de Rentas Internas), los pasos para este trámite los encontrarás en la Guía del Expatriado.   

- MUNICIPIO: Registrada en el SRI, debes acudir al Municipio de la ciudad en la que te establezcas para obtener tu patente, la cual debes pagar una vez al año.

- La afiliación a la Cámara de Comercio ya no es obligatoria.

- OTROS PERMISOS: Dependiendo del tipo de negocio en el que emprendas, serán los permisos o trámites adicionales a realizar, necesitarás otros permisos para abrir un restaurante por ejemplo.   Los que te menciono son los de base.

Fuente: Sri y Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.


Saludos y suerte,
Yamillé
Animadora Foro Ecuador

Hola Yamille. Muchas gracias por la información. Sabrás donde puedo conseguir los requisitos especificos o trámites para cada tipo de actividad?

Hola:

Falta lo relativo a la MATRÍCULA DE COMERCIO, si lo que se pretende es ejercer una actividad mercantil de manera individual, como persona natural.

La matrícula de comercio viene prevista en el Código de Comercio (art. 21 y suguientes) y es necesaria para obtener el RUC o el RISE en el Servicio de Rentas Internas.

La matrícula de comercio no convierte a la persona en comerciante o empresario (el comercio es una actividad profesional habitual ejercida por quienes, teniendo capacidad para contratar, se dedican de hecho a él), pero es una obligación exigida por la Ley a efectos de publicidad.

Obtener matrícula de comercio es sencillo ahora: se puede tramitar y hacer aprobar ante notario. El texto normativo del Código de Comercio, que es de 1906, dice que se debe tramitar ante juez de lo civil y así sigue siendo (no se ha derogado tal disposición), pero desde la entrada en vigor de las disposiciones del Código Orgánico General de Procesos que modificaron la Ley Notarial (22 de mayo de 2015), también se atribuyó esta competencia a los notarios, en aras de la agilidad.

El procedimiento es simple: el interesado se dirige mediante escrito al notario o juez de lo civil, indicado sus generales de ley, el tipo de establecimiento que pretende abrir al público y la actividad o conjunto de actividades que ejercerá, el nombre o razón con la que girará, el lugar en el que lo hará, la firma que usará , si va a ejercer el comercio al por mayor o menor y el capital con el que girará (en la práctica todo comerciante debe hacerlo, pues el Código de Comercio, hijo de la época en la que fue expedido, dice que debe obtener matrícula de comercio toda persona que pretenda ejercer el comercio con un capital superior a mil sucres - la antigua moneda de Ecuador-, cantidad que hoy, convertida a la actual moneda de Ecuador, dólar de los Estados Unidos de América, no llega ni siquiera a un dólar). El notario o el juez de lo civil, a la vista del escrito presentado, si cumple con los requisitos legales, levantará acta (notario) o dictará providencia (juez), por la cual se autorizará la inscripción del interesado en la Matrícula de Comercio. A continuación, se debe solicitar la inscripción del acta notarial o providencia judicial, según sea el caso, en el Registro Mercantil del cantón donde va a ejercerse la actividad. Practicada la inscripción, se entregará certificación correspondiente al interesado y se fijará en el tablón de anuncios de la oficina del Registro, por un período de 6 meses, una copia del extracto del documento inscrito en la Matrícula de Comercio.

Se recalca que este procedimiento es necesario para PERSONAS NATURALES que pretendan ejercer actividades mercantiles o empresariales. Cuando se trate de personas jurídicas que sean sociedades mercantiles, la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución será suficiente.

El SRI exige la certificación de inscripción de la matrícula de comercio en el Registro Mercantil del cantón para poder tramitar RUC o RISE. Y si la persona natural es extranjera, debe tener un tipo de visa que le permita realizar actividades mercantiles o tener la intención de obtenerla tras la obtención del RUC o RISE.

Un cordial saludo.