En razón de ser de especial importancia para los extranjeros que vayan a establecerse en el territorio de la República del Ecuador, dado que tiene que ver con cuestiones organizativas, considero oportuno y conveniente, a través de este medio, informar de lo siguiente:
1.- El Presidente de la República del Ecuador, mediante el Decreto Ejecutivo número 1124, de 5 de abril de 2012; publicado en el Registro Oficial número 686, del 19 de abril de 2012, resolvió transferir las competencias de la Dirección General de Extranjería, del Ministerio del Interior, al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
2.- En virtud de lo arriba indicado, a partir del 5 de abril de 2012 (fecha de entrada en vigor del Decreto, sin perjuicio de su posterior publicación en el Registro Oficial), el órgano competente de la Administración Pública Central, en materia de Extranjería, es el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
Por tanto, en adelante, todos los procedimientos administrativos que se venían llevando a cabo en los órganos dependientes del Ministerio del Interior: Dirección General de Extranjería (Quito) y en la Subdirección de Extranjería del Litoral (Guayaquil), pasan a estar a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Resultan de especial relevancia, los trámites de visas, tanto de no inmigrante, como de inmigrante, así como la inscripción de las visas en el Registro de Extranjeros, cuando se la ha obtenido en un Consulado del Ecuador en el extranjero; la transferencia de visas; la cancelación de visas, cuando se abandona el país; las modificaciones; las declaraciones de cambios de datos o de estado civil o situación personal, que los extranjeros deban efectuar ante la Administración Pública.
3.- Desde la fecha de aprobación del mencionado Decreto Ejecutivo, ha estado teniendo lugar la transferencia de archivos y personal, así como la adecuación de las instalaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en todo el país, para poder brindar atención a los usuarios extranjeros. E igualmente, el Ministerio de Relaciones Exteriores, se ha visto obligado a crear una Unidad de Extranjería, para hacer frente a esta nueva competencia.
Hay que recordar que, hasta antes del Decreto Ejecutivo 1124, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Extranjería y su Reglamento, el Ministerio de Relaciones Exteriores solo era competente para registrar las visas de los 4 primeros tipos enumerados en el art. 12 de la Ley de Extranjería (básicamente, visas de diplomáticos y de asilados y refugiados políticos). Ante las nuevas competencias transferidas y asumidas, ha sido necesario reorganizar la mencionada cartera de Estado, para estar en condiciones de brindar el servicio.
Por ello, recién será a partir del día LUNES 30 DE ABRIL DE 2012, en que, efectivamente, comience a ejercer las competencias en materia de Extranjería.
De momento, comenzarán a atender en Quito y Guayaquil. Se espera, próximamente, dotar a las demás oficinas del resto del país, del personal necesario para ejercer estas nuevas competencias.
En adelante, todo trámite de visas, tendrá que realizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
NOTA IMPORTANTE.- Quienes a la fecha hubieran presentado la solicitud de visa en la Dirección General de Extranjería, en Quito o en la Subdirección de Extranjería del Litoral, en Guayaquil y aún no hubieran sido notificados, para retirar la resolución, la visa y las órdenes de censo y cédula, según el caso, deben, en adelante, dirigirse al Ministerio de Relaciones Exteriores, a retirar sus trámites.
Las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores en todo el país son las siguientes:
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACIÓN
A) QUITO (SEDE PRINCIPAL):
Carrión E1-76 y Avenida 10 de Agosto (Palacio de Najas)
Quito - Ecuador
Teléfono: (593 2) 299-3200
Correo electrónico: [email protected]
Edificio Solís (Legalizaciones y Apostilla de La Haya):
Avenida 10 de Agosto 21255 y Carrión.
Edificio Zurita
Páez y Carrión
Edificio Río Amazonas
Avenida Amazonas 477 y Roca, 5to Piso
DIRECCIÓN GENERAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE (pasaportes):
Reina Victoria y Roca
Teléfonos: 254-7011
Fax: 250-9989
E-Mail: [email protected]
B) GUAYAQUIL:
SUBSECRETARIA REGIONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN GUAYAQUIL:
Ciudadela Kennedy Norte, Avenida Francisco de Orellana y Justino Cornejo. Edificio del Gobierno Zonal de Guayaquil (antiguo edificio del Banco del Progreso, S.A.).
Guayaquil - Ecuador
Teléfonos: 04-2682523
04-2681922
04-2681925
04-2682125
04-2682521
04-2682821
04-2681850
04-2682521
Correo electrónico: [email protected]
Pasaportes: planta baja del edificio Gobierno Zonal de Guayaquil
C) CUENCA:
COORDINACIÓN REGIONAL EN CUENCA
Avenida Ordóñez Lasso y Guayacán. Edificio Astudillo.
Cuenca - Ecuador
Teléfonos: 074075942 - 074075943 - 074075944 - 074075945
Fax: Opción 9
Correo electrónico: [email protected]
Horario de atención al público de: 08:30 a 16:00
D) MACHALA:
COORDINACIÓN REGIONAL ZONA 7 EN MACHALA:
Gobernación de la provincia de El Oro.
Rocafuerte y Guayas, esquina, primer piso
Machala - Ecuador
Teléfonos: 072967782 - 072920050 - 084236183
Correo electrónico: [email protected]
E) MANTA:
OFICINA REGIONAL EN MANTA:
Edificio Delgado.
Avenidas Segunda y Tercera entre calles Duodécima y Decimotercera.
Teléfonos: 2628476 - 2628629.
Correo electrónico: [email protected]
PÁGINA WEB OFICIAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACIÓN:
http://www.mmrree.gob.ec/
Espero que esta información sea de utilidad a todas las personas que pudieran tener interés en ella.