¿Todo listo para votar? Elecciones municipales y autonómicas en España

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Publicado el 2023-05-21 a las 12:49 por Javier Olivas Alguacil
¿Ha pensado en votar en las próximas elecciones autonómicas? Si es el caso debe saber que los trámites se han simplificado y que será su oficina consular la que garantice su derecho a voto. 

El próximo 28 de Mayo se celebrarán elecciones municipales para todos los ayuntamientos de España así como elecciones en las comunidades de Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja. También elegirán nuevo gobierno las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Únicamente las comunidades de Galicia, País Vasco, Cataluña, Andalucía y Castilla y León no renovarán sus parlamentos. 

Para los residentes en el extranjero los trámites necesarios para ejercer su derecho han sido felizmente reducidos y ya no es necesario pasar por el antes llamado voto rogado, todo un hito, ya que tras años de lucha de la comunidad española que viven en el extranjero se ha logrado un gran avance para reducir las trabas para ejercer tan elemental derecho. 

Modalidades y plazos para el voto en el extranjero 

Para poder votar debe estar inscrito en la oficina consular como residente extranjero en la correspondiente demarcación. De haberlo hecho habrá recibido un documento que certifica su inscripción en el padrón electoral. 

Es importante seguir las últimas noticias de su consulado o embajada para saber los horarios que han habilitado para depositar el voto. La mayoría han dispuesto que se pueda depositar el voto del 20 de mayo hasta el 25 de mayo, ambos incluidos. 

Igualmente se podrá remitir el voto por correo postal, certificado, cuando sea posible, a la Oficina Consular no más tarde del 23 de mayo. Serán válidos los sobres recibidos en la Oficina Consular hasta el día 26 de mayo incluido. En cambio, no serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas. 

Las Oficinas Consulares garantizarán la disponibilidad de papeletas oficiales en los centros habilitados para depositar el voto en urna, así como de sobres de votación y medios informáticos para la descarga de la documentación necesaria para votar durante los días habilitados para el voto presencial. 

Los residente en el extranjero que se encuentren temporalmente en España durante el las elecciones podrán pedir, al igual que los residentes en España, el voto por correo desde el 4 de abril hasta el 18 de mayo en todas las oficinas del servicio de Correos en España. El plazo para poder enviar el voto por correos termina el 24 de mayo.