
Casarse en Colombia es un proceso accesible para los extranjeros que residen en el país: no existe ningún requisito de residencia previa ni una visa matrimonial específica obligatoria, lo que facilita la formalización de la unión para parejas internacionales establecidas aquí. Lo que sí marca la diferencia es la preparación documental. Los plazos de validez son estrictos, los requisitos de apostilla son obligatorios y las traducciones deben realizarse exclusivamente por traductores oficiales colombianos. Este artículo explica el marco legal, los documentos necesarios, los procedimientos notariales, los costes oficiales y los pasos que siguen a la ceremonia, incluyendo la visa de cónyuge y las vías hacia la residencia permanente.
Marco legal del matrimonio en Colombia
El matrimonio en Colombia está regulado por el derecho civil y se define como una unión formal reconocida ante el Estado. Los extranjeros pueden casarse con ciudadanos colombianos o con otros extranjeros en el país sin restricciones de nacionalidad. El matrimonio entre personas del mismo sexo es legal y está reconocido constitucionalmente en todo el territorio nacional, siguiendo los mismos procedimientos administrativos que los matrimonios entre personas de distinto sexo.
La edad mínima legal para contraer matrimonio es de 18 años. Los menores de entre 14 y 17 años solo pueden casarse con el permiso escrito y autenticado de sus padres o tutores legales. Tanto el matrimonio civil celebrado ante notario como el matrimonio religioso, como la ceremonia católica, tienen plena validez jurídica, siempre que queden debidamente inscritos en el sistema estatal.
Condiciones para casarse en Colombia
Una de las características más relevantes del sistema colombiano para las parejas internacionales es la ausencia de requisito de residencia previa. Los extranjeros que se encuentren en el país como turistas son legalmente elegibles para contraer matrimonio. Para ello, deben presentar un pasaporte válido y acreditar una situación migratoria regular, como un sello de entrada vigente o una visa activa. No existe ninguna visa matrimonial previa obligatoria.
El proceso incluye un período de espera obligatorio mientras el notario publica un edicto de matrimonio para verificar que no existen impedimentos legales. Este trámite tiene una duración de entre 5 y 15 días y es un paso ineludible antes de que se pueda celebrar la ceremonia.
Configuraciones de pareja en Colombia
Los requisitos documentales varían según la composición de la pareja. Cuando ambas personas son extranjeras, las dos deben aportar sus pasaportes válidos, sus certificados de nacimiento apostillados y sus certificados de soltería apostillados. Cuando uno de los contrayentes es ciudadano colombiano, este debe presentar una fotocopia de su cédula de ciudadanía y una copia reciente de su registro civil de nacimiento; dependiendo de la notaría, ese documento debe tener una antigüedad de entre 1 y 3 meses.
Para los contrayentes extranjeros, los documentos civiles, tanto el certificado de nacimiento como el certificado de soltería, deben haber sido expedidos en los 90 días anteriores a la fecha de presentación. Este plazo se aplica con rigor en todas las notarías, por lo que coordinar bien el momento de solicitud de los documentos resulta determinante para evitar que expiren antes de completar el trámite.
Bueno saberlo: si el ciudadano colombiano estuvo casado anteriormente, su certificado de nacimiento debe incluir la anotación del divorcio. De lo contrario, el expediente no será aceptado por la notaría.
Matrimonio civil y matrimonio religioso en Colombia
Ambas modalidades tienen efectos jurídicos plenos en Colombia. El matrimonio civil lo celebra directamente un notario o un juez civil y es el procedimiento más estructurado y predecible, por lo que suele ser la opción preferida por las parejas internacionales. El proceso está estandarizado, los plazos son conocidos de antemano y no depende de requisitos adicionales de ninguna institución religiosa.
Las ceremonias religiosas, incluida la boda católica, producen efectos civiles siempre que el acta parroquial se traslade posteriormente a una notaría o a la Registraduría para su transcripción en el sistema de registro civil del Estado. Si esta inscripción no se realiza, el matrimonio religioso no genera efectos legales reconocibles ante las autoridades.
Capitulaciones matrimoniales en Colombia
Las capitulaciones matrimoniales son el instrumento legal colombiano equivalente al contrato prenupcial. Están reconocidas por el ordenamiento jurídico colombiano y permiten a los contrayentes delimitar sus bienes previos al matrimonio y establecer el régimen patrimonial que regirá la unión.
Para tener validez, deben formalizarse mediante una escritura pública ante notario antes de la celebración de la ceremonia. Para las parejas internacionales, este instrumento es especialmente útil, ya que permite clarificar la titularidad de activos adquiridos antes del matrimonio y reducir la complejidad jurisdiccional en caso de separación cuando los bienes están distribuidos en más de un país. La Notaría 19 de Bogotá ofrece información sobre este procedimiento.
Documentos necesarios para casarse en Colombia
El expediente documental es el elemento más crítico del proceso. Cualquier error en la apostilla, la traducción o la vigencia de los documentos puede obligar a reiniciar el trámite desde el principio. A continuación, los documentos que deben presentarse:
- Documento de identidad: pasaporte válido para los no residentes, o cédula de extranjería para quienes ya residen en Colombia, junto con prueba de situación migratoria regular.
- Certificado de nacimiento: original expedido en los 90 días anteriores a la presentación.
- Certificado de soltería: debe haber sido emitido en los últimos 90 días. Si el país de origen no expide este documento específico, puede aceptarse una declaración jurada equivalente.
- Matrimonios anteriores: si alguno de los contrayentes estuvo casado, debe aportar la sentencia de divorcio certificada o el certificado de defunción del cónyuge fallecido.
- Hijos menores de relaciones previas: si alguno de los contrayentes tiene hijos menores de una relación anterior, debe presentarse un inventario solemne de bienes.
- Apostilla: todos los documentos públicos extranjeros deben estar apostillados en el país de origen conforme al Convenio de La Haya, o legalizados por un consulado colombiano si el país emisor no es miembro del convenio.
- Traducciones oficiales: cualquier documento que no esté redactado originalmente en español debe ser traducido por un traductor oficial colombiano autorizado por el Gobierno. No se aceptan traducciones realizadas por particulares ni agencias no acreditadas.
El papel de las embajadas y consulados en Colombia
Las embajadas extranjeras en Bogotá no realizan ceremonias matrimoniales cuando uno de los contrayentes es ciudadano colombiano. La ceremonia debe celebrarse ante un notario colombiano o ante una autoridad religiosa reconocida. Sin embargo, los consulados desempeñan dos funciones relevantes en el proceso.
Antes de la boda, algunos consulados emiten declaraciones juradas de soltería para sus ciudadanos cuyos países de origen no expiden certificados formales de no impedimento matrimonial. Después de la ceremonia, el consulado es el canal para inscribir el matrimonio colombiano en el registro civil del país de origen del contrayente extranjero, de manera que la unión tenga efectos legales en ese Estado.
Para que el matrimonio tenga validez en España, debe solicitarse la inscripción del matrimonio en el Registro Civil español a través del Consulado General de España en Bogotá. Conviene contactar directamente con el consulado para confirmar los documentos requeridos y los plazos vigentes para este trámite.
Calendario de planificación del matrimonio en Colombia
La regla de los 90 días de validez de los documentos civiles es el factor que más condiciona la planificación. Solicitar los documentos demasiado pronto significa que habrán caducado antes de completar el proceso; pedirlos demasiado tarde puede generar retrasos si la apostilla o la traducción se demoran más de lo esperado.
El calendario recomendado funciona de la siguiente manera: solicita los documentos en el país de origen con 2 a 3 meses de antelación respecto a la fecha prevista de la ceremonia. Ten en cuenta que obtener la apostilla y la traducción oficial puede añadir varias semanas adicionales al proceso. Una vez que la notaría acepta formalmente el expediente completo, hay que contar con un período de espera adicional de 2 a 3 semanas antes de que pueda celebrarse la ceremonia, que incluye la publicación del edicto.
Bueno saberlo: verifica los requisitos de formato documental directamente con la notaría que hayas elegido antes de solicitar los documentos en tu país de origen, ya que algunas notarías aplican criterios ligeramente distintos en cuanto al período de vigencia exigido al certificado de nacimiento del ciudadano colombiano.
Procedimiento del matrimonio civil en Colombia
El proceso ante notario sigue cinco pasos estructurados:
- Elección de la notaría: la pareja selecciona una notaría local, como la Notaría 19 o la 73 en Bogotá, la Notaría Sexta de Medellín o la Notaría 21 de Medellín, o la Notaría Segunda en Pereira, y confirma los requisitos específicos de formato documental.
- Presentación del expediente: la pareja entrega la solicitud escrita junto con el dossier completo de documentos apostillados y traducidos.
- Publicación del edicto: el notario revisa el expediente y publica un edicto para anunciar la intención de matrimonio, con una duración de hasta 15 días.
- Celebración de la ceremonia: el notario celebra el acto civil. Los contrayentes y sus testigos firman el acta de matrimonio.
- Inscripción registral: el notario inscribe el matrimonio en la Registraduría Nacional del Estado Civil y expide el registro civil de matrimonio definitivo.
Si uno de los contrayentes no puede estar físicamente presente en la ceremonia, existe la posibilidad de celebrar el matrimonio por poder mediante un poder especial formalizado ante notario.
Costes y tasas del matrimonio en Colombia
Las tarifas notariales están fijadas por la Superintendencia de Notariado y Registro. Para las ceremonias civiles, los importes son los siguientes:
- Ceremonia en la notaría: 76 993 COP con IVA incluido (aproximadamente 18,21 EUR).
- Ceremonia a domicilio: 208 012 COP con IVA incluido (aproximadamente 49,20 EUR).
Si el cónyuge extranjero desea solicitar posteriormente la visa de migrante, los costes asociados son los siguientes: la tasa de estudio de la visa asciende a 52 USD (aproximadamente 45,18 EUR) y, si la solicitud es aprobada, la tasa de expedición oscila entre 230 USD y 270 USD en función de la nacionalidad del solicitante (entre 199,86 EUR y 234,62 EUR aproximadamente). Los tipos de conversión utilizados corresponden a tasas de cambio de mercado de referencia (1 USD = 3 674 COP; 1 EUR = 4 228 COP).
Bueno saberlo: las tarifas notariales las actualiza periódicamente la Superintendencia de Notariado y Registro. Conviene confirmar los importes vigentes directamente con la notaría elegida antes de iniciar el trámite.
Tradiciones y costumbres de la boda en Colombia
Las bodas religiosas en Colombia, especialmente las celebradas bajo el rito católico, tienen un peso cultural considerable y son la opción más extendida entre las familias locales. Las celebraciones pueden ir desde reuniones íntimas y familiares hasta eventos de gran escala con elementos festivos tradicionales. Para las parejas internacionales que opten por una ceremonia religiosa, es importante tener en cuenta que la parroquia puede establecer requisitos propios, como cursillos prematrimoniales, que se suman a los trámites civiles de inscripción posterior.
Después de la boda en Colombia
Una vez celebrada la ceremonia, el documento esencial es el registro civil de matrimonio, expedido por la notaría. Este documento es el punto de partida para todos los trámites legales posteriores, tanto en Colombia como en el país de origen del cónyuge extranjero.
El cónyuge extranjero de un ciudadano colombiano puede solicitar la visa de migrante (visa M: cónyuge de nacional colombiano) a través del portal de la Cancillería colombiana. Esta visa tiene una vigencia de hasta 3 años e incluye un permiso de trabajo abierto que permite ejercer cualquier actividad laboral o académica en el país sin restricciones adicionales. Tras acumular 2 años de residencia continua bajo la visa M, el cónyuge extranjero puede solicitar la visa de residente (visa R), que otorga la residencia permanente en Colombia.
El divorcio en Colombia
El divorcio de mutuo acuerdo puede tramitarse directamente ante un notario en Colombia, mediante el procedimiento denominado cesación de los efectos civiles del matrimonio. Este trámite administrativo requiere que ambas partes estén plenamente de acuerdo con la separación y que lo gestionen a través de un abogado designado.
Si la pareja tiene hijos menores en común, la solicitud de divorcio debe incluir un inventario solemne de bienes y un acuerdo ratificado que regule la custodia, el régimen de visitas y la pensión alimenticia. La existencia de desacuerdo entre las partes o de disputas patrimoniales complejas hace necesario acudir a la vía judicial, con la intervención de un juez de familia. Para situaciones que afecten bienes o derechos en más de un país, es recomendable consultar a un abogado especializado en derecho internacional de familia.
Preguntas frecuentes
¿Puede un turista extranjero casarse legalmente con un ciudadano colombiano durante su visita al país?
Sí. Los extranjeros pueden casarse en Colombia con un sello de entrada de turista vigente, sin necesidad de haber residido en el país durante un período mínimo. El único requisito migratorio es contar con un pasaporte válido y encontrarse en situación migratoria regular en el momento de iniciar el trámite.
¿Cuánta antigüedad puede tener mi certificado de nacimiento extranjero al presentarlo en la notaría?
Las notarías colombianas aplican un plazo de validez estricto: el certificado de nacimiento original debe haber sido expedido en los 90 días anteriores a la presentación del expediente. Solicitar el documento con demasiada antelación puede suponer que haya caducado antes de completar el proceso.
¿El matrimonio con un ciudadano colombiano otorga automáticamente la residencia permanente?
No. Tras el matrimonio, el cónyuge extranjero debe solicitar la visa M. Solo después de mantener esa visa de forma continua durante al menos 2 años se puede optar a la visa R de residente permanente. El matrimonio por sí solo no genera ningún estatus migratorio automático.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso de matrimonio civil ante notario?
Una vez que la notaría acepta formalmente el expediente completo, debe publicarse el edicto de matrimonio. Tras ese período, la ceremonia puede celebrarse normalmente en un plazo de 2 a 3 semanas. El tiempo total desde la presentación de documentos hasta la ceremonia depende también de la rapidez con que se obtengan y validen los documentos apostillados y traducidos.
¿El matrimonio entre personas del mismo sexo está reconocido legalmente en Colombia?
Sí. El matrimonio entre personas del mismo sexo es plenamente legal en todo el territorio colombiano y sigue exactamente los mismos trámites administrativos y notariales que los matrimonios entre personas de distinto sexo, sin procedimientos diferenciados ni requisitos adicionales.
¿Cuál es la tarifa oficial del matrimonio civil celebrado dentro de la notaría?
La tarifa fijada por la Superintendencia de Notariado y Registro para una ceremonia civil celebrada dentro de la notaría es de 76 993 COP con IVA incluido, equivalente a aproximadamente 18,21 EUR. Para las ceremonias celebradas fuera de la notaría, el coste asciende a 208 012 COP, aproximadamente 49,20 EUR.
¿Cuánto cuesta la visa de cónyuge de nacional colombiano?
El proceso implica una tasa de estudio de 52 USD (aproximadamente 45,18 EUR) y, si la solicitud es aprobada, una tasa de expedición que oscila entre 230 USD y 270 USD en función de la nacionalidad del solicitante, equivalente a entre 199,86 EUR y 234,62 EUR aproximadamente.
¿Puedo casarme en la embajada de mi país en Colombia?
La mayoría de las embajadas extranjeras en Bogotá, incluida la española, no celebran matrimonios cuando uno de los contrayentes es ciudadano colombiano. La ceremonia debe realizarse ante un notario colombiano o una autoridad religiosa reconocida. Las embajadas sí pueden asistir en la expedición de declaraciones juradas de soltería o en la inscripción del matrimonio en el registro civil del país de origen.
¿Qué ocurre si no puedo estar físicamente presente en la ceremonia?
Si uno de los contrayentes no puede asistir personalmente, existe la posibilidad de contraer matrimonio por poder mediante un poder especial formalizado ante notario. En ese caso, un representante debidamente autorizado actúa en nombre del ausente durante la ceremonia. Conviene consultar directamente con la notaría elegida para conocer los requisitos específicos de este procedimiento.
¿Dónde debo inscribir el matrimonio colombiano para que sea válido en España?
Para que el matrimonio tenga efectos legales en España, es necesario solicitar su inscripción en el Registro Civil español a través del Consulado General de España en Bogotá. Contacta directamente con el consulado para confirmar la documentación requerida, los plazos de tramitación y las tasas aplicables en el momento de realizar el trámite.
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