Requisitos para obtener la residencia en Ecuador
Soy canadiense y ahora vivo en Ecuador desde febrero.
Mi visa va a caducar el 24 de noviembre y no quiero regresar en mi pais porque voy a tener un hijo en enero con mi pareja que es ecuatoriano.
No sabemos que hacer. Podemos esperar hasta que nazca el bebe para hacer un visa de amparo? Tenemos que casarnos? No quiero tener problemas o regresar a Canada.
Alguien me podría ayudar?
Muchísimas gracias!
Andi
Gracias
estaba pénsando en la visa de turista, pero puedo trabajar con eso?? muchas gracias!!
En su caso debe hacerlo con pasaporte el cual le exigen para estampar la visa 9-VI amparo en ciudadanos Ecuatorianos
Le recomiendo que averigüe en el Consulado de Ecuador en Colombia si los tramites que va a realizar los puede hacer en Colombia, en caso que no sea posible y los deba realizar en Ecuador debe preguntar si los puede hacer entrando como turista normal o debe pedir una visa especial para ese tramite también su esposo puede pedir la visa en Ecuador y usted reclamarla en Colombia este proceso es mas demorado de 2-3 meses y debe especificar en la carta el consulado en Colombia donde sera reclamada la visa
Procedimiento y requisitos:
1Apostillar el registro civil de matrimonio (puede hacerlo online https://tramites.cancilleria.gov.co/apo … nicio.aspx )
2 Legalizarlo en el consulado de Ecuador en Colombia (Bogota 212 65 12 Calle 89 #13-07. Localidad, Chapinero o Ipiales) verificar si debes pedir cita en el consulado virtual www.cancilleria.gob.ec
Preguntar en el consulado si hay te pueden registrar el matrimonio o si debes hacerlo en Ecuador
3 Llevarlo al registro civil de Ecuador oficina principal de (Guayaquil of. 9 de Octubre o Quito) vale $50 Registrarlo y $3 la Constancia de Matrimonio pasados 3 días hábiles debes ir nuevamente a solicitar la inscripción de matrimonio la entregan 3 días hábiles después de la solicitud el día que lo reclame debe pagar $6
4 Solicitar visa requisitos: http://www.cancilleria.gob.ec/visa-9-vi … atorianos/
Los siguientes requisitos fue los que realmente me pidieron
A. Carta dirigida al Ministerio de relaciones exteriores y movilidad humana solicitando
Visa 9-VI amparo en ciudadanos Ecuatorianos
a. Formulario diligenciado con Foto tipo pasaporte
b. Copia Pasaporte
c. Original Inscripción de matrimonio
d. Copia cédula y Certificado electoral de Amparante (Esposo)
e. Copia aportes al IESS de últimos 6 meses
f. Certificados de cuenta bancaria últimos 6 meses debe solicitarlos al banco tienen que estar sellados y firmados por el banco (no sirve bajado de Internet)
g. Solvencia económica RUC o RISE
Todos los documentos en una carpeta manila con vincha (gancho legajador)
Vale $50 radicar los documentos
Cuando aprueban la visa $200 $10
Si desea puede agendar cita en http://www.cancilleria.gob.ec/visas-sis … -de-citas/
Nota: no se cuando tiempo dure el proceso de aprobación ellos avisan mediante correo electrónico
Si la intención es radicarse en Ecuador lea la información de los siguientes link puede ser muy útil
https://www.aduana.gob.ec/pro/household_goods.action (Menaje de casa y equipo de trabajo)
https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2017/Ley Organica de Movilidad Humana.pdf (Ley Organica de movilidad humana)
te invito a leer detenidamente la Guía para vivir en Ecuador donde encontrarás información de tu interés.
También este hilo : TIPOS DE VISA PREVISTOS EN NUEVA LEY ORGÁNICA DE MOVILIDAD HUMANA
Vero
Equipo https://www.expat.com
byh2017 escribió:hola necesito información, ya que en una semana viajare a ecuador pero tengo 4 meses de embarazo, soy ing. informatico igual que mi pareja y la pregunta es si el bebe nace en ecuador como quedaria nuestro estatus legal, que visa se supone que debemos pedir? el bebe es ecuatoriano? y que si es verdad que nos podemos amparar en la ciudadania del bebe para regularizar nuestro estatus legal en el pais, llevamos muchos papeles apostillados, pero nos preocupa el hecho que el bebe nazca y tengamos problemas, ya que no sabemos bien las leyes para registrar un bebe nacido en ecuador
Hola:
1.- De acuerdo con el art. 7.1 de la Constitución de Ecuador, son ecuatorianas por nacimiento todas las personas NACIDAS EN EL ECUADOR. De modo que cualquier persona que nazca en Ecuador será ecuatoriana por nacimiento automáticamente, sin que sea relevante:
- La nacionalidad de cualquiera de los progenitores.
- En el caso de que alguno de los progenitores sea extranjero, su situación migratoria en Ecuador.
2.- De acuerdo con la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, en concordancia con lo dispuesto en el Código de la Niñez y Adolescencia, el nacimiento de toda criatura que tenga lugar en territorio de la República del Ecuador será inscrito inmediatamente después del nacimiento.
NOTA.- En muchos hospitales públicos de Ecuador suele haber delegados del Registro Civil para proceder inmediatamente a practicar las inscripciones de nacimientos o defunciones que se produzcan en ellos. También los hay en hospitales y clínicas privadas que hubieran celebrado el respectivo convenio para el efecto con la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.
3.- Si no se realiza la inscripción ante el delegado del Registro Civil que se encuentre en el hospital donde se produjo el nacimiento, siempre puede solicitarla en cualquier oficina de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación. Debe llevarse el informe médico de nacido vivo, que debe expedir y firmar el médico u obstetra que atendió el parto y que se entrega a los progenitores.
4.- Los progenitores extranjeros de menores de edad de nacionalidad ecuatoriana pueden solicitar una visa de residencia permanente en Ecuador.
En los siguientes enlaces podrá consultar detalles:
www.registrocivil.gob.ec : Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación (entidad pública adscrita al Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, encargada de la llevanza del Registro Civil en Ecuador y también de la identificación de las personas y de la expedición de cédulas de identidad).
www.cancilleria.gob.ec : Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana ( órgano competente en materia de concesión de visas a extranjeros).
Un cordial saludo.
A la hora de contratar un Abogado pide la credencial otorgada por el Consejo de la Judicatura, no se dejen engañar de aquellos pillos que se hacen pasar por Abogados y cuando se denuncia no encuentran sus nombres registrados.
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Julieta
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