soy mexicana y quiero casarme con un colombiano ¿que debemos hacer?
Yo soy mexicana, tengo un novio colombiano, tenemos mas de un año de relacion (nos conocimos por Internet), deseamos casarnos, el vino a visitarme en mexico, para llevar a cabo los tramites de matrimonio y demas, pero en el aeropuerto el dijo en la entrevista que venia a quedarse en mi casa por 3 meses, y le pidieron una carta invitacion, que no sabíamos que necesitábamos, yo fui a esperarlo al aeropuerto, pero no me dejaron verlo, a el no le permitieron quedarse, lo regresaron
, aparentemente su pasaporte tiene una reseña de ilegal, (por lo que paso), y nos pedian dinero a cambio de borrar eso, no aceptamos y decidimos hacerlo por la via legal (poniendo una queja en la embajada de mexico en colombia), unos licenciados aqui, me dicen que lo mejor es que vaya a casarme con el a colombia, y que el venga conmigo ya con el acta de matrimonio apostillada, me es dificil ir, ya que tengo hijos pequeños, queriamos casarnos aqui, para que no tuviera que ir yo hasta alla, pues no tengo muchos recursos, y aqui segun investigamos para casarnos, nos piden tener una cuenta en el banco ( de mas de un millon de pesos), 2 años de convivencia en concubinato (que seria dificil puesto que a el no lo dejaron entrar cuando vino).Despues que paso esto yo, fui a pedir informes a migracion, y me dijeron que no debieron haberlo detenido, ni pedirle la dichosa carta, que el si podia entrar como turista, pero con la mala fama que tiene colombia por eso de las drogas...
Me dijeron que el viniera como turista de nuevo, que le hiciera la carta, pero que no debian pedirsela, y que estando el aqui nos casaramos de inmediato, pero nos piden ciertos requisitos que... bueno
Que tendriamos que hacer? o que seria mejor? que el viniera una vez mas? (no esta muy convencido, porque no quiere volver a pasar por lo mismo de nuevo), o que yo vaya y me case alla con el? en cuanto tiempo podría el regresar a mexico? al regresarlo, le hicieron firmar unos papeles, ya que de no hacerlo, le dijeron que jamas podria volver entrar a mexico
Ojala alguno de ustedes nos pudiera asesorar, pues en verdad nos amamos y queremos estar juntos

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Espero que nuestros foreros en Mex puedan ayudarte.
Javier
Equipo Expat.com
La mayoría de las disposiciones de la Reforma ya entraron en vigor. Sin embargo, algunas otras disposiciones de la Reforma entrarán en vigor cuando se publique en el DOF el Reglamento de la NLM, mismo que está por salir.
A partir de la Reforma, la NLM regula lo relativo al ingreso y salida de mexicanos y extranjeros a México, así como el tránsito y la estancia de los extranjeros en México. Por tanto, dichas cuestiones han quedado fuera de la LGP.
Entre algunos de los cambios relevantes previstos por la Reforma se encuentran los siguientes:
1. Ingreso y estancia de extranjeros en México.
En términos generales y sin pretender ser exhaustivo, la NLM contempla: (i) extranjeros cuya estancia en México sea de hasta 180 días; y (ii) extranjeros cuya estancia en México sea mayor de 180 días.
1.1 Estancia hasta 180 días. Cuando un extranjero pretenda tener una estancia en México de hasta 180 días, con actividades no remuneradas y en algunos casos inclusive con actividades remuneradas en México, podrá solicitar esta condición de estancia. Dentro de este grupo se encuentran, por ejemplo, turistas, personas de negocios y visitantes en viajes temporales a México. Los extranjeros bajo esta condición de estancia deben solicitar para su ingreso a México una Forma Migratoria Múltiple para Extranjeros (“FMM”), misma que generalmente se entrega al extranjero en los aviones comerciales que vuelan hacia México y otros medios de transporte equiparables. Salvo por los extranjeros que tengan vínculos con mexicanos o con extranjeros con residencia regular en México, los extranjeros que tengan esta condición de estancia (FMM) no podrán cambiar su condición de estancia en México por otra que les permita estancias mayores a 180 días (salvo que la autoridad llegase a implementarlo en la práctica) y tendrán que salir del país al concluir el periodo de permanencia autorizado. Por lo anterior, salvo por las excepciones previstas por la NLM, los llamados cambios de característica migratoria de turistas o persona de negocios a otras condiciones de estancia que permitan al extranjero permanecer en México por más de 180 días ya no serán una opción para los extranjeros, sino que dichos extranjeros tendrán que optar por el llamado permiso de internación a México (Ver 1.2 siguiente).
Una importante limitación a lo anterior son las llamadas nacionalidades restringidas (i.e. cubana, brasileña, peruana, ciertas nacionalidades asiáticas, africanas y de Europa del este, etc.), los extranjeros de estas nacionalidades requiere de permiso o visa previa por parte de las autoridades migratorias para poder entrar a México.
1.2 Estancia mayor a 180 días. Cuando el extranjero pretenda tener una estancia en México mayor a 180 días, con actividades remuneradas o no remuneradas en México, deberá solicitar alguna de las siguientes condiciones migratorias: (i) residente temporal; o (ii) residente permanente.
1.2.1 Residente Temporal. La residencia temporal autoriza al extranjero para permanecer en México por un tiempo no mayor a cuatro años, con derecho a entrar y salir de México cuantas veces lo desee. Los extranjeros que deseen obtener esta condición de estancia deberán solicitarla a las autoridades migratorias correspondientes. Al final del día, los extranjeros bajo esta condición contarán con una tarjeta de residente temporal.
1.2.2 Residente Permanente. La condición migratoria de residente permanente autoriza al extranjero para permanecer en México de manera indefinida con permiso para trabajar a cambio de una remuneración en México, con derecho a entrar y salir de México cuantas veces lo desee. No todos los extranjeros pueden solicitar su estancia en México bajo esta condición de estancia, sino únicamente los extranjeros que cumplan con las condiciones señaladas en la NLM (por ejemplo, los familiares de residentes permanentes, los extranjeros con más de cuatro años como residentes temporales, etc.) podrán solicitar esta condición de estancia. Los extranjeros que califiquen para obtener esta condición de estancia deberán solicitarla a las autoridades migratorias correspondientes. Al final del día, los extranjeros bajo esta condición contarán con una tarjeta de residente permanente.
2. Documentos migratorios FM-3, FM-2 y micas de Inmigrado actuales.
Con la entrada en vigor de la Reforma, la expedición de documentos migratorios FM-3 para No-Inmigrantes, FM-2 para Inmigrantes e Inmigrados y micas para Inmigrados ha quedado descontinuada.
De conformidad con el artículo sexto transitorio de la NLM:
2.1 Los extranjeros con calidad migratoria de No-Inmigrante (FM-3) se equipararán al visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (Ver 1.1 anterior).
2.2 Los extranjeros con calidad migratoria de Inmigrante (FM-2) se equipararán al residente temporal (Ver 1.2.1 anterior).
2.3 Los extranjeros con calidad migratoria de Inmigrado (FM-2 o mica de Inmigrado) se equipararán al residente permanente (Ver 1.2.2 anterior).
En virtud de lo anterior, los extranjeros que actualmente cuentan con un documento migratorio FM-2 o mica de Inmigrado deberán solicitar su cambio por una tarjeta de residente temporal o residente permanente según sea el caso. Asimismo, favor de tomar en cuenta que en el caso de extranjeros con documento migratorio FM-3 para realizar actividades remuneradas en México deberán solicitar el cambio de su condición de estancia a residente temporal con actividades remuneradas en México (Ver 1.2.1 anterior).
Los procedimientos para realizar los cambios respectivos de los documentos migratorios aún no han sido publicados y se espera salgan en el Reglamento de la NLM. Sin embargo, suponemos que los tramites correspondientes deberán ser realizados cuando el extranjero tenga que realizar un trámite ante las autoridades migratorias (por ejemplo, prórroga de FM-3 o refrendo de FM-2), siempre y cuando el Reglamento de la NLM ya haya sido publicado.
3. General.
Este comunicado tiene la intención de proporcionar información general sobre el tema específico, pero de ninguna manera substituye o constituye una opinión legal del mismo, especialmente en virtud de la falta de publicación del Reglamento de la NLM y a que la propia autoridad no tiene claridad en varios conceptos prácticos e interpretativos.



Esta historia ya tiene rato y espero que ya estas con tu esposo en Mexico.
Tengo una situacion parecida...
Me podrias decir como se resolvieron las cosas para ustedes?
Si le dieron algo en el consulado para que entrara a Mexico sin problema?
Espero tu respuesta...
Yo igual tengo una situacion parecida...
Como les fue a ustedes?
Si le dejaron entrar al fin?..
Leyendo todos sus casos me identifique un poco y quiero compartirles mi experiencia.... yo tambien tengo una pareja la cual es de nacionalidad colombiana llevamos un poco mas de dos años de relacion lo conoci por medio de redes sociales y esperamos mucho tiempo para que el pudiera viajar a aki a monterrey y asi poder conocernos ambos lo deseabamos mucho pero devido a que antes de conosernos el ya lo habia intentado y no lo dejaron ingresar al pais y lo regresaron a colombia y eso quedo registrado en su historial en pasaporte temiamos que volviera a pasar .... tratamos de investigar lo mas que pudimos para cumplir con cada uno de los requisitos .... carta de invitacion, pasaporte vijente, carta de no antecedentes penales, una cantidad de 300 dolares por lo menos para cada semana de estancia en el pais y asi poder mostrar el dinero a migracion (eso depende del tiempo de estancia) y tener impreso el vuelo de regreso .... nosotros antes del viaje mandamos correo a migracion para saber si ese registro de la ves que lo regresaron causaria algun problema al viajar y ellos respondieron que no que eso no tendria ningun problema .... de esa forma nosotros decidimos planear el viaje de el de colombia a monterrey y gracias a dios el ahora esta conmigo y migracion le dio un permiso para estar aki por 6 meses los cuales hemos tratado de disfrutarlos muchos ya que no sabemos que pueda pasar mas adelante la vdd lo que deseamos es poder casarnos y que el pueda quedarse aki ... pero no sabemos aun como poder hacer ese tramite .... si alguno de ustedes sabe podria informarme .
Leyendo tu situación yo diría que lo más conveniente es que si, el viaje como turista y se casen acá en México, y en caso de que hubiera algún problema solo presenta el acta de matrimonio y ya, espero que tu situación este resuelta, saludos. 👋
¡bienvenida a expat.com!

¿A quién va dirigido tu comentario? Mejor siempre nombrar el usuario a quien estás contestando.
Vero
equipo expat.com
gusvalreb escribió:una pregunta ya hablaste con ella personalmente ? o via skype ? facebook ? ten cuidado no te vayan hacer una estafa nigeriana, https://www.gob.mx/sre AQUI esta un link para que te comuniques con la Secretaria de Relaciones exteriores
Buen día, si hablamos mucho por whatsapp por mensajes de voz y video, desconozco eso de la estafa nigeriana pero lo voy a investigar de igual forma,
Gobierno Mexicano deportarlos a Colombia.😭
Jefferson patiño escribió:Hola soy colombiano y también quiero contraer matrimonio con mi novia que es mexicana ambos nos amamos mucho y ya queremos casarnos te pregunto lograstes solucionar tus problemas al final si lograron casarse tu opinión es muy importante para mi y quiero saber si si voy a necesitar la carta de invitación o no para poder ingresar a México sin ningún problema ella no puede salir del país por que tiene dos hijos le agradezco toda su información gracias
¡Hola Jefferson!
Bienvenido a expat.com 
¿A quién va tu mensaje? Te invitamos a siempre nombrar a la persona que le escribes para que sepamos a quien va dirigido tu comentario. Tambien puedes usar la opción ''Citar'' (como lo hago ahora) para ser mas directo. 
Gracias y saludos,
Alec
equipo expat.com
bienvenida a https://www.expat.com

Para ti y todos los que hacen preguntas similares, hay un articulo en la Guía para vivir en México - Formalidades en donde se explican los requisitos para casarse en México con una persona extranjera.

¡Espero que les sea de ayuda!
Saludos,
Alec
equipo https://www.expat.com
bienvenido a expat.com

¿Para quién es tu mensaje? Será más probable que obtengas respuestas si mencionas a la persona que te diriges, te animamos a hacerlo.

Un saludo,
Alec
equipo expat.com
Primero que todo soy colombiano
Mira yo estoy casado con una mexicana hace un año y medio cuando fui a México lleve una carta que nunca me pidieron solo me dijeron a q voy a México y dije de turista y listo
Lo otro es como casarse allá en México
Lo que tu dices de que piden una cuenta de esa cantidad y lo otro jamas me pidieron nada de eso
Mira solo me pidieron el acta de nacimiento y que sea apostillada de Colombia y ya
Me case en el estado de México y ya
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