Estancias superiores a 90 días en Marruecos

Buenas a todos,

Me encuentro en Marruecos realizando un curso de árabe en una escuela de idiomas en Rabat.  LLevo un mes y medio y estaré aquí hasta Navidad. Quería volver de nuevo en enero para continuar mis estudios. La cuestión es que tendría que hacerlo con la condición de turista, pues al ser un centro privado no se conceden visas de estudiante según me han dicho en el centro. En la página web del ministerio de exteriores español dice lo siguiente acerca de las estancias turísticas en Marruecos.

"La estancia máxima legal permitida para turistas es de 6 meses al año y no más de 90 días en cada período de 6 meses"

La frase es muy ambigua.  ¿6 meses al año se refiere a año natural o al año desde que piso por primera vez territorio marroquí? y, ¿no más de 90 días seguidos en el periodo de 6 meses que yo quiera estar o solo puedo estar 90 días durante los primeros 6 meses del año y otros 90 en los segundos?

Espero que alguien me pueda ser de ayuda. Mi objetivo era quedarme hasta junio haciendo mis estudios.

Muchas gracias

Aunque este post casi tiene dos años, respono a las preguntas por si alguien se encontrara en la misma situacion :

La estancia máxima en Marruecos para un extranjero no residente, que NO necesite visado para viajar al país, es de 180 dias al año, por año natural, repartidos en tantas veces (viajes) como al extranjero le convenga.

La duración máxima de cada uno de esos viajes ( estancia máxima consecutiva) no puede superar los 90 dias consecutivos en Marruecos para un extranjero no residente que no necesite visado para viajar al país, teniendo en cuenta, además, que el dia de llegada y el dia de regreso cuentan dentro de esos plazos.

Los turistas y los estudiantes de universidades o centros privados como el caso de quien pregunta en este hilo, tienen el status de extranjeros no residentes.

Tambien tienen el status de extranjeros no residentes aquellos extranjeros que han montado negocios en Marruecos (especialmente aquellos vinculados con la Hosteleria y el Turismo, por ejemplo Riads), que no hayan regularizado su situacion solicitando el pertimente permiso de residencia (algo a lo que tienen derecho por ser empresarios que han constituido sus empresas en Marruecos, siempre que cumplan con los requisitos de la legislacion vigente, lo cual ademas de ser harina de otro costal, no es el tema de este hilo).

Los extranjeros no residentes que necesiten visado para viajar a Marruecos no están afectados por estos plazos ya que el tiempo de estancia y el numero de viajes que podrán efectuar dependerán del tipo y la validez del visado que les hayan concedido. No osbtante, Marruecos no otorga visados de larga duracion a los extranjeros no residentes siendo lo normal (por motivos turísticos o asimilados a turísticos), un visado valido para una unica entrada para una extancia máxima consecutiva en el país de 90 dias.

Efectivamente, la informacion del Ministerio de A. Exteriores es ambigüa .... como casi siempre.

PS : La validez minima del pasasporte requerida para viajar a Marruecos a un extranjero no residente que no necesite visado, es de 90 dias, contando el de llegada y el de regreso, puesto que ese es el màximo perido de tiempo que dicho extranjero podrá estar de manera consecutiva en el pais. Si el viajero que va a Marreucos procede de un pais al cual Marreucos le exoje visado, su pasaporte deberá tener una validez minima en el momento del viaje de 180 dias.

No obstante, un pasaporte con una validez inferior a los 180 dias, salvo para aquellos paises entre los que haya acuerdos, (como es el caso de Marruecos), es inútil a efectos de documento de viaje, independientemente de que el pais de de destino exija o no exija visado al viajero, por lo que es necesario renovarlo.

No obstante, si un turista que no necesite visado para viajar a Marruecos, tiene un pasaporte con menos de seis meses de vigencia y no quiere ni perder el tiempo ni gastarse la pasta que vale renovarlo (30 € en España si mal no recuerdo) porque, por ejemplo, no lo va a necesitar para viajar en los proximos X años, puede aprovecharlo para viajar a Marruecos .... sabiendo, eso si, que corre el riesgo de que no le dejen embarcar si se tropieza con algun inutil, de los muchos que hay, en la compañía aerea con la que vuele ....

Estimado Austral,sigo sus comentarios y 3xtensas,abundantes y ricas aclaraciones acerca de éste y otros temas administrativos en Marruecos, por motivos de salud decido aplazar   el procedimiento de solicitar "carte séjour" aquí en Marruecos,estoy casado también con una ciudadana marroquí hace 27 años,y ahora lo que quiero acceder a una proroga de estancia a más d3 90 dias,pues no hay billetes de avión ni a Sevilla donde resido ni a Madrid donde tengo familia,me 3ncuentro muy débil de salud para viajar,cómo puedo solicitar proroga y qué me pedirian en la pr3factura central?? Gracias y un saludo cordial.

ALQASBAWI escribió:

Estimado Austral,sigo sus comentarios y 3xtensas,abundantes y ricas aclaraciones acerca de éste y otros temas administrativos en Marruecos, por motivos de salud decido aplazar   el procedimiento de solicitar "carte séjour" aquí en Marruecos,estoy casado también con una ciudadana marroquí hace 27 años,y ahora lo que quiero acceder a una proroga de estancia a más d3 90 dias,pues no hay billetes de avión ni a Sevilla donde resido ni a Madrid donde tengo familia,me 3ncuentro muy débil de salud para viajar,cómo puedo solicitar proroga y qué me pedirian en la pr3factura central?? Gracias y un saludo cordial.


Las prorrogas para exceder el limite de 90 dias consecutivos en Marruecos se conceden en cuenta gotas y por casos muy justificados a los extranjeros no residentes, y mas ahora con motivo de la pandemia, en la que quedaron suspendidas todas las tramitaciones no ya de este tipo de prorrogas sino tambien las de solicitudes de permiso de residencia.

Conviene recordar que la prolongacion de estancia en Marruecos para un extranjero no residente mas allá de los 90 dias consecutivos, no es un derecho sino una "gracia" que conceden las autoridades de inmigracion marroquies a extranjeros no residentes por lo que conviene justificar muy bien el porque de dicha petición.

Dicho esto, entiendo que tu caso podría justificar el solicitar una prolongación de tu estancia en Marruecos, por lo que te sugiero hacer lo siguiente :

Solicitar un certificado medico oficial expedido por un medico marroqui, en el que se especifique que se desaconseja que puedas viajar durante los proximos X meses por motivos de salud (en el certificado se deberá especificar que motivos de salud son esos).

2º Fotocopia compulsada de la hoja de tu pasaporte con el ultimo sello de entrada al pais y de la hoja donde conste tu numero de extranjero. Fotocopia compulsada del CIN de tu mujer marroqui (el DNI marroqui)

3º Fotocopia compulsada del Acte de Mariage adoulaire (certificado de matrimonio) puesto que indicas que estas casado con una ciudadana marroqui.

4º Fotocopia compulsada de la escritura de propiedad de tu (su, vuestra) casa en Marruecos o en su defecto, fotocopia del contrato de alquiler. En caso de que vivas en casa de algun familiar (por ejemplo, tus suegros), carta firmada por el propietario de la vivienda atestigüando que tu y tu mujer residís allí (esta carta debería estar firmada tambien pòr el adoul de barrio, que en estos casos actúa como Notario).

5º Con toda esta documentacion, te vas a la Prefecture de Police, solicitas, pagas y rellenas el formulario de prolongacion de estancia y en paz.

PS : Este procedimiento que te sugiero realizar es eso : un tramite burocrático que, aunque esté basado en lo prescrito por la ley, su concesión no es un derecho que tu tengas reconocido por dicha ley sino que es una gracia (favor) que te conceden las autoridades de inmigracion-Policia atendiendo a unos motivos excepcionales por causa de fuerza mayor,  por lo que no te puedo asegurar que : 1º) a dia de hoy se hayan reanudado en todo Marruecos este tipo de tramites burocraticos suspendidos debido a la pandemia y 2º) que, aunque puedas realizar dicho tramite, la respuesta sea afirmativa y te concedan la prorroga porque consideren que tu caso entra dentro del supuesto de "motivos excepcionales y/o de fuerza mayor".

Un saludo y suerte.

Gracias!!Efectivamente hoy mismo me han denegado el tramite,pues no hay nadie en la Prefecture(mudirya al3amma) quien lo pueda realizar ni autorizar,es un procedimiento según me dijeron ya no existe.No obstante señor,sabría decirme qué consecuencias podría tener si permanezco aquí pasado el periodo legal de 90 dias,y decido no salir hasta que termine el estado de emergencia el proximo 10 Marzo?pues no hay tampoco billetes de avión cerca de mi localidad en España. un saludo Australs!!!

ALQASBAWI escribió:

Gracias!!Efectivamente hoy mismo me han denegado el tramite,pues no hay nadie en la Prefecture(mudirya al3amma) quien lo pueda realizar ni autorizar,es un procedimiento según me dijeron ya no existe.No obstante señor,sabría decirme qué consecuencias podría tener si permanezco aquí pasado el periodo legal de 90 dias,y decido no salir hasta que termine el estado de emergencia el proximo 10 Marzo?pues no hay tampoco billetes de avión cerca de mi localidad en España. un saludo Australs!!!


Buenas noches,

Bueno, que pocas ganas tienen de trabajar los flics marroquies .... no obstante, ha pasado lo que te decía : tramite suspendido debido a la pandemia, pero ello no quiere decir que no exista, aunque ellos te lo hayan dicho asi. No obstante, si que es cierto que no todas las prefecturas lo realizan.

Dicho esto, atacaremos el problema desde otro angulo : presentar la solicitud en la sede de la Direction Générale de Sûreté Nationale de la ciudad donde vivas (o mas cercana a tu domicilio) y no en la prefectura de Policia de tu distrito (barrio), presentado los documentos que te he dicho en el post anterior (sobre todo el certificado medico) y alegando que el estado de emergencia en Marreucos ha sido prolongado hasta el 10 de marzo (y no te extrañe que lo vuelvan a prolongar otro mes ....).

Si esto no funciona y te ponen problemas, solo te quedara la solucion de acudir al Consulado General de España que corresponda a la zona en la que tu vives en Marruecos .... y rezar para encontrar a un funcionario competente que te ayude en este tema.

No obstante, el año pasado, y sobre todo durante los meses mas duros del confinamiento, las autoridades marroquies prolongaron "de facto" el tiempo máximo de estancia en Marruecos para todos los extranjeros no residentes debido a las restricciones por la pàndemia, del mismo modo que prolongaron la validez de los permisos de impòrtacion temporal de vehiculos de dichos extranjeros no residentes (hasta el 31 de diciembre del 2020) asi como la validez de l,os permisos de residencia que caducaban el año pasado y que no pudieron ser renovados al estar suspendidos los tramites; como quiera que siguen en vigor tanto la restricciones como el estado de alarma, entiendo que las medidas adoptadas en este incio del 2021 serán las mismas.

Por ultimo, las consecuencias de estar en situacion ilegal en Marruecos (en tu caso, sobrepasar el limite de los 90 dias naturales consecutivos), están recogidas en La ley n° 02-03 (noviembre del 2003), relativa a la inmigracion, en su Artículo 42  : al extranjero que haya permanecido en territorio marroquí más allá de la duración de su visado o, si no necesita visado, mas allá de los 90 dias naturales consecutivos a contar desde su entrada "salvo en casos de fuerza mayor o excusas válidas reconocidas" multa de 2.000 a 20.000 dirhams y prisión de un mes a seis meses, o una de estas dos penas únicamente (doble en caso de reincidencia)

No obstante, a efectos practicos, normalmente cuando cazan a alguien en situacion irregular por haber sobrepasado los 90 dias naturales de estancia consecutiva, o bien es en la frontera al salir o bien es en algun control aleatorio o porque ha habido un accidente o un delito de por medio.

Normalmente a un extranjero que, habiendo entrado legalmente en Marruecos, sobrepasa los 90 dias consecutivos, se le imputa unicamente un delito de estancia ilegal que se salda con una multa de entre 300 y 1000 dhs en el mejor de los casos (aunque puede llegar a los 20 mil dhs en el peor)

Si el extranjero es cazado en la frontera al querer salir, se le abre expediente, se le denuncia, se le calza la multa (que deberá pagar ipso facto) y se le deja marchar del pàis (con un sellito de expulsion); por contra, si es cazado en cualquier otra situacion,  se le expulsa igual que en el anterior caso por lo que no es llevado ante el fiscal ni juzgado en un tribunal pero suele ser procesado y sentenciado en su ausencia tras haber sido expulsado aunque la condena de entre 1 y 6 meses, quedará en suspenso.

Solo en los casos mas graves de incumplimiento de plazos de tiempo o en los casos en los que incurran otros delitos, el extranjero es detenido, juzgado y sentenciado (cumpliendo incluso penas de prison), antes de ser expulsado.


Un saludo y suerte.

Vaya panorama!! Gracias Australs por tu tiempo y atención a mi consulta, es mucho tu conocimiento,abre puertas.Mas el agradecimiento siempre ,las mantiene abiertas!! In shaa'Allah!!
Un saludo y gracias!!

Hola buenas.  Me he encontrado con un problema. Por un error de cálculo supere los 90 días de estancia. Cuando fui a embarcar me dijeron que no me dejaban embarcar, que tenía el pasaporte bloqueado porque había pasado el límite, que llevaba 91 días en el país, que vaya a comisaría a pedir que me hagan un certificado de no se que. El tema está que el policía apenas hablaba español.
Alguien que me pueda orientar de que he de hacer? Es legal que me retengan en el país de esta manera? No me han dado opción ni a pagar una multa ni nada. Directamente me han echado fuera del aeropuerto...

Hola cómo se resolvió finalmente tu problema de estancia, pagaste finalmnte una multa en los juzgados o le dejaron salir? Hay muchos compatriotas en la misma situación si pudieras compartirnos tu experiencia,graciass!!. Buena suerte!!

Hola, espero, mavylapety que se haya solucionado tu caso.

Supongo que, por la fecha, volvías a España con un vuelo de repatriación. Me parece increíble que estando las fronteras cerradas, tengas que coger un carísimo vuelo de repatriación, para no incumplir la regla de los 30 días consecutivos, y por pasarte solo un día de lo legal te denieguen el embarque. Sé que la normativa es la que es, y hay que cumplirla, pero con la situación actual de cierre de fronteras, no es tarea fácil.

Yo también estoy en Marruecos, una vez que supe hace un par de días que abrían las fronteras el próximo 7 de febrero, me compré el vuelo para el día 12 de febrero (yo entré en Marruecos el 13 de noviembre 2021), y me pasó algo parecido con el cálculo de los días, no conté con que diciembre y enero tienen 31 días, por tanto no eran 3 meses sino de 92 días en Marruecos, que puede resultar un error tonto pero bastante peligroso, hay mucha gente que te dice que no va a pasar nada por excederte un par de días, pero leyendo otras experiencias y ahora la tuya,  he decidido que lo mejor es adelantar el vuelo al día 8 de febrero y así cumplir justo 88 días, que espero que así, no tenga ningún tipo de problema.

En mi caso, yo fui a la Wilaya, al departamento de inmigración, para intentar obtener el permiso de residencia, y como veo que es imposible obtenerlo en mi caso, ya de paso pregunté qué pasaría en el hipotético caso de que no abriesen fronteras en febrero y excediese los 90 días de estancia. Me comentaron que podía solicitar un certificado en inmigración (Wilaya) con una antelación mínima de 5 días a la fecha de mi vuelo, para permitirme volar, lo que no sé es si existe algún requisito especial o si una vez que lo solicitas te piden entregar algún tipo de documentación adicional, o pagar alguna tasa, pero lo que sí me dijeron es que las prórrogas en sí, pasados los 90 días ya no se tramitan por tema Covid, tal y como he leído que comentaba australs.

Por todo ello, y porque no me fio mucho de que finalmente me vayan a hacer el "famoso papel" para permitirme volar a España,  ya que muchas veces vas a la Wilaya y la persona a la que buscas no está, o simplemente te dicen que vuelvas otro día y se quedan tan panchos, así que por evitar sustos innecesarios, lo mejor es que no os arriesguéis a sumar ni un solo día a esos 90, ya que parece que ultimamente están especialmente estrictos.

Y para el resto de no residentes que ya hayáis sobrepasado los 90 días porque os haya pillado el cierre de fronteras, lo mejor es que os acerquéis a la Wilaya directamente, al departamento de inmigración a ver si os pueden ayudar. ¡Qué tengáis mucha suerte!

@australs

Hola, tengo una duda sobre lo del año natural.

Que se entiende por año natural?

De enero a enero? O desde la primera fecha que entrastes en un año determinado?

@australs


Hola buenas.

Yo lo que no entiendo es como es posible que si son 180 días al año, haya gente francesa que vive aquí desde hace muchos años y salen cada 3 meses y no tienen la residencia.

Es igual para españoles y todos los europeos, imagino?

Gracias

@monfash23


año natural de 1 de enero a 31 de diciembre.


    @australs
Hola buenas.
Yo lo que no entiendo es como es posible que si son 180 días al año, haya gente francesa que vive aquí desde hace muchos años y salen cada 3 meses y no tienen la residencia.
Es igual para españoles y todos los europeos, imagino?
Gracias
   

    -@monfash23


la mayoria de estas personas extranjeras (sobre todo francesas y españolas) no estan en Marruecos mas de 180 dias al año (por eso salen cada 90 dias) pues la ley permite que un extranjero no residente pueda estar en el pais un maximo de 180 dias naturales por año natural en estancias que no superen los 90 dias naturales consecutivos (ojo : 90 dias no son tres meses …)


y por suouesto tambien los hay que incumplen la ley … algunos de ellos lo cuentan con descaro  … pero lo que no explican es lo que pasa cuando les caza la policia o los de aduanas ….

No, no. Ya te digo yo que sí. Trabajan aquí y tienen su sociedad, y no pasan en Francia más de 3 días, y llevan años haciéndolo así, y ellos dicen que funciona así, que mientras salgas cada 3 meses no pasa nada, y de hecho llevan años haciéndolo y jamás les ha pasado nada, a menos que se hayan pasado de los 90 días seguidos.

Así que no lo entiendo...