Casamiento

Hola, mi novio y yo nos queremos casar. El es argentino y yo alemana,vivimos en argentina pero queremos ir a vivir a españa. mi pregunta es si hay una diferencia si nos casamos en argentina, alemania o españa por el tema de la visa para el.

Jennifer Bayer escribió:

Hola, mi novio y yo nos queremos casar. El es argentino y yo alemana,vivimos en argentina pero queremos ir a vivir a españa. mi pregunta es si hay una diferencia si nos casamos en argentina, alemania o españa por el tema de la visa para el.


Hola:

1.- Si se casa en Argentina, tendrá que solicitar el reconocimiento e inscripción de su matrimonio en el Registro Civil de Alemania. En España se le exigirá el certificado literal de matrimonio del Registro Civil alemán, porque usted es alemana, para que su cónyuge extracomunitario pueda solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Tendrá que tener la Apostilla de La Haya y la traducción al castellano efectuada por traductor jurado.

2.- Si se casa en Alemania, será suficiente con el certificado literal de matrimonio que le expida el Registro Civil de Alemania, con la Apostilla de La Haya y la traducción al castellano por traductor jurado.

3.- Si se casa en España, será suficiente el certificado literal de matrimonio del Registro Civil español donde se celebre el matrimonio para que su cónyuge pueda solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en España. Pero usted deberá, igualmente, solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio celebrado en España en el Registro Civil de Alemania.

Para casarse en España, si ambos contrayentes son extranjeros, al menos uno debe estar domiciliado en España. Se debe tramitar un expediente matrimonial previo en el Registro Civil del municipio español donde esté domiciliado cualquiera de los contrayentes. El consentimiento matrimonial ( la boda) sí se puede prestar, a elección de los contrayentes, ante :

- El mismo encargado del Registro Civil donde se tramitó el expediente matrimonial previo o ante el encargado del Registro Civil de otro municipio de España.

- El letrado de la Administración de Justicia del mismo Registro Civil.

- El alcalde o concejal delegado de cualquier Ayuntamiento de España.

- Cualquier notario que sea competente para actuar en el municipio donde se celebre la boda.

Un cordial saludo.

Hola:

Para residir en España, tiene la información en los siguientes enlaces:

A) CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CENTRAL DE EXTRANJEROS ( PARA USTED) :

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/Inf … index.html

B) TARJETA DE RESIDENCIA DE FAMILIAR EXTRACOMUNITARIO DE CIUDADANO DE LA UNIÓN  ( PARA SU CÓNYUGE) :

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/Inf … index.html

Un cordial saludo.