Nacionalización

Buenas tardes, soy venezolana, hija de ecuatoriano, mi padre falleció  y pude inscribir el acta de defunción  en el consulado  ecuatoriano, en ese mismo momento  también  me expidieron sus datos filiatorios, adicional  a ello  tengo una copia de su pasaporte. Con esos documentos, por supuesto  con mi partida de nacimiento  apostillada, puedo tramitar la naturalización ? Agradecería su ayuda.
Saludos cordiales.

Balbina Mejía escribió:

Buenas tardes, soy venezolana, hija de ecuatoriano, mi padre falleció  y pude inscribir el acta de defunción  en el consulado  ecuatoriano, en ese mismo momento  también  me expidieron sus datos filiatorios, adicional  a ello  tengo una copia de su pasaporte. Con esos documentos, por supuesto  con mi partida de nacimiento  apostillada, puedo tramitar la naturalización ? Agradecería su ayuda.
Saludos cordiales.


Hola:

Pues en el mismo consulado del Ecuador donde inscribió la defunción de su padre debe solicitar la inscripción extraordinaria de su nacimiento.

En su caso NO SE TRATA DE UNA NATURALIZACIÓN, sino simplemente de la inscripción extraordinaria de su nacimiento, ya que usted ES ECUATORIANA POR NACIMIENTO de acuerdo con el art. 7.2 de la Constitución.

Necesita su pasaporte en vigor o documento de identidad en vigor del país del que es nacional, el certificado literal de nacimiento apostillado y alguno de los siguientes documentos de su padre: copia íntegra del acta de nacimiento; cédula de identidad y ciudadanía de Ecuador o pasaporte ecuatoriano.

Cuando se haya inscrito su nacimiento, se podrá expedir pasaporte ecuatoriano ordinario.

Un cordial saludo.

Gracias  por la información.

Actualmente  me encuentro  en Ecuador , aqui debo acudir  a la cancillería  o al registro civil?

Balbina Mejía escribió:

Gracias  por la información.

Actualmente  me encuentro  en Ecuador , aqui debo acudir  a la cancillería  o al registro civil?


Hola:

Si ya se encuentra en territorio de Ecuador, debe dirigirse al Registro Civil y solicitar la inscripción extraordinaria de su nacimiento. Cuando se haya practicado, debe solicitar la expedición de la cédula de identidad y ciudadanía y a partir de ella, el pasaporte ecuatoriano ordinario.

Ya no es necesario solicitar primeramente en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana el previo reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana por nacimiento que exigía la antigua Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, hoy derogada y sustituida por la Ley Orgánica de Datos Civiles y Gestión de la Identidad.

La página web de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación es la siguiente:

www.registrocivil.gob.ec

Un cordial saludo.