Nacionalidad ecuatoriana

Buenas tardes, tengo una pregunta el abuelo de mi esposo es ecuatoriano pero su papá no a solicitado la nacionalidad, mi esposo y yo estamos aquí como turistas y el quiere solicitar la nacionalidad que requisitos necesita y es necesario que su padre venga aquí a ecuador para que le den a el primero la Nacionalidad? Muchísimas gracias a la espera de su pronta respuesta.

Geraldine renaud escribió:

Buenas tardes, tengo una pregunta el abuelo de mi esposo es ecuatoriano pero su papá no a solicitado la nacionalidad, mi esposo y yo estamos aquí como turistas y el quiere solicitar la nacionalidad que requisitos necesita y es necesario que su padre venga aquí a ecuador para que le den a el primero la Nacionalidad? Muchísimas gracias a la espera de su pronta respuesta.


Hola:

1.- De acuerdo con el art. 7.2 de la Constitución de Ecuador, son ecuatorianas por nacimiento las personas nacidas en el extranjero de padre o madre nacidos en el Ecuador Y SUS DESCENDIENTES HASTA EL TERCER GRADO DE CONSANGUINIDAD.

2.- El precepto constitucional alcanza directamente hasta la tercera generación nacida fuera de Ecuador de una persona que nació en Ecuador (es decir, hasta los bisnietos). Por ello, no es necesario que el padre de su cónyuge haya sido inscrito en el Registro de Nacimientos del consulado de Ecuador (aunque si aún vive, puede hacerlo también), porque el precepto constitucional ya lo alcanza directamente a él. En todo caso, debe probar que el abuelo nació en Ecuador y que el padre que ya nació fuera de Ecuador es hijo de la persona que nació en Ecuador, para que pueda quedar acreditado que es descendiente dentro del segundo grado de consangunidad en línea recta de una persona que nació en Ecuador.

Por ello, es necesario:

- Copia íntegra del acta de nacimiento del abuelo nacido en Ecuador expedida por el Registro Civil de Ecuador (o cédula de identidad y ciudadanía ecuatoriana o pasaporte ecuatoriano).

- Certificado literal de nacimiento del padre nacido en el extranjero (con apostilla de La Haya).

- Certificado literal de nacimiento del hijo nacido en el extranjero (con apostilla de La Haya).

3.- Debe dirigirse a la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, a fin de que pueda tramitar el reconocimiento de su nacionalidad ecuatoriana por nacimiento y pueda inscribirse en el Registro  Civil, como inscripción extraordinaria, el nacimiento de su cónyuge. Cuando esté inscrito, podrá solicitar la cédula de identidad y ciudadanía y el pasaporte ecuatoriano. Después, si están casados, deberá solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador. En el siguiente enlace tiene información:


https://www.registrocivil.gob.ec/solici … ionalidad/


Un cordial saludo.

Gracias por la información! Otra pregunta cuanto dura el trámite en cuanto tiempo le dan la nacionalidad y tiene algún costo el trámite? Tengo que casarme aquí en Ecuador para obtener la nacionalidad yo como conyugue? Cuáles serían los requisitos el tiempo y el costo? Gracias por su pronta respuesta.

Geraldine renaud escribió:

Gracias por la información! Otra pregunta cuanto dura el trámite en cuanto tiempo le dan la nacionalidad y tiene algún costo el trámite? Tengo que casarme aquí en Ecuador para obtener la nacionalidad yo como conyugue? Cuáles serían los requisitos el tiempo y el costo? Gracias por su pronta respuesta.


Hola:

1.- Por supuesto que tiene un coste, porque se trata de una inscripción extraordinaria de un hecho ocurrido fuera de Ecuador. La tasa fijada es de 50 dólares. Pero además, ha de pagarse 2 dólares por la solicitud y 2 dólares por la razón de inexistencia (certificación que emite el propio Registro Civil de que no existe ninguna inscripción de nacimiento de esa persona).

2.- No es un trámite que tarde tanto, siempre que se tenga los documentos probatorios completos y sin defecto de forma.

3.- Si ya se casó en el extranjero, no debe volverse a casar en Ecuador. Sólo debe esperar a que su cónyuge inscriba su nacimiento y obtenga la cédula de identidad y ciudadanía ecuatoriana y luego solicitar el reconocimiento e inscripción en el Registro Civil de Ecuador del matrimonio celebrado en el extranjero.

4.- El matrimonio se reconoce desde la fecha de su celebración. Si ya han transcurrido al menos dos años desde la celebración, puede solicitar la nacionalidad ecuatoriana por naturalización en razón de matrimonio con persona de nacionalidad ecuatoriana (art. 8.4 de la Constitución).

Un cordial saludo.

Muchas gracias por su buena explicación!

hola, deseo saber todo que debo hacer a donde debo ir y que requisitos.... vivo en venezuela mi mama es ecuatoriana y quiero obtener la doble nacionalidad naci en venezuela pero solo mi mama es ecuatoriana y esta casada con mi papa. y si mi hija puede obtenerla tambien la doble nacionalidad y que requisitos debo tener... muchas gracias espero puedan ayudarme..

hola, deseo saber todo que debo hacer a donde debo ir y que requisitos.... vivo en venezuela mi mama es ecuatoriana y quiero obtener la doble nacionalidad naci en venezuela pero solo mi mama es ecuatoriana y esta casada con mi papa. y si mi hija puede obtenerla tambien la doble nacionalidad y que requisitos debo tener... muchas gracias espero puedan ayudarme..

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mafe10203040 escribió:

hola, deseo saber todo que debo hacer a donde debo ir y que requisitos.... vivo en venezuela mi mama es ecuatoriana y quiero obtener la doble nacionalidad naci en venezuela pero solo mi mama es ecuatoriana y esta casada con mi papa. y si mi hija puede obtenerla tambien la doble nacionalidad y que requisitos debo tener... muchas gracias espero puedan ayudarme..

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Hola:

1.- De acuerdo con el art. 7.2 de la Constitución de Ecuador, con ecuatorianas por nacimiento las personas nacidas en el extranjero de padre o madre nacidos en el Ecuador y sus descendientes hasta dentro del tercer grado de consanguinidad.

El precepto constitucional antes mencionado alcanza a hijos, nietos y bisnietos nacidos fuera de Ecuador de personas nacidas en Ecuador.

2.- Como son ecuatorianos por nacimiento, lo que corresponde hacer con las personas nacidas fuera de Ecuador de padre o madre nacidos en el Ecuador es solicitar la inscripción de su nacimiento, que si han pasado más de 30 días desde el nacimiento será en todo caso una inscripción extraordinaria.

Cuando se trata de menores de edad, deben solicitar la inscripción los progenitores o representantes legales.

Cuando la persona que solicita la inscripción ya es mayor de edad, debe solicitarla ella misma.

Ya no se cobra multa por inscripciones extraordinarias de nacimiento.

3.- En el extranjero, la inscripción extraordinaria del nacimiento de personas nacidas fuera de Ecuador de padre o madre nacidos en el Ecuador debe solicitarse en el consulado de carrera del Ecuador acreditado en la demarcación consular donde resida la persona.

Si no lo hizo en el consulado, siempre lo podrá hacer dentro de Ecuador, donde es competencia de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

https://www.registrocivil.gob.ec/solici … ionalidad/

4.- Para poder solicitar la inscripción extraordinaria de nacimiento se requiere los siguientes documentos:

A) Pasaporte en vigor o documento de identidad en vigor de la persona solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de nacionalidad.

B) Certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil del país de nacionalidad.

C ) ALGUNO de los siguientes documentos del progenitor, abuelo o bisabuelo nacido en Ecuador:

- Copia íntegra del acta de nacimiento expedida por el Registro Civil de Ecuador.

- Cédula de identidad y ciudadanía ecuatoriana .

- Pasaporte ecuatoriano.

D) Razón de inexistencia, que es un documento que expide la propia Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

https://www.registrocivil.gob.ec/solici … ionalidad/

NOTA.- En los consulados, la inscripción del nacimiento y la expedición de la primera copia íntegra del acta de  nacimiento es gratuita. Pero si lo solicita dentro de Ecuador en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, se ha de pagar una tasa de 50 dólares, que es la que corresponde para todas las inscripciones que deban practicarse en el Registro del Exterior.

Una vez practicada la inscripción se podrá expedir pasaporte ecuatoriano en el consulado o si la solicita dentro de Ecuador, cédula de identidad y ciudadanía y pasaporte. La expedición de cédula de identidad y ciudadanía y de pasaporte ecuatoriano sí tiene fijadas tasas.

Un cordial saludo.