Italiana casada con un palestino

Hola!  Soy ciudadana italiana y mi marido es palestino, y queremos radicarnos en España. Quisiera preguntarles si saben qué  trámites deberíamos haceren relación a la radicación y la reunificación familiar.
También tengo una consulta particular, mi marido entró en Europa con una visa de turismo para todos los países de la zona shengen, pero esta visa fue tramitada en el consulado italiano (ahí le tomaron las huellas dactilares y datos bio metricos), no la hicimos en el consulado español;  mi pregunta es si esto puede traer algún problema a la hora de querer radicarnos en España.
Bueno,  espero que alguien tenga algo de info y desde ya muchas gracias!

analaura.86 escribió:

Hola!  Soy ciudadana italiana y mi marido es palestino, y queremos radicarnos en España. Quisiera preguntarles si saben qué  trámites deberíamos haceren relación a la radicación y la reunificación familiar.
También tengo una consulta particular, mi marido entró en Europa con una visa de turismo para todos los países de la zona shengen, pero esta visa fue tramitada en el consulado italiano (ahí le tomaron las huellas dactilares y datos bio metricos), no la hicimos en el consulado español;  mi pregunta es si esto puede traer algún problema a la hora de querer radicarnos en España.
Bueno,  espero que alguien tenga algo de info y desde ya muchas gracias!


Hola:

1.- Es indiferente dónde se tramitó la visa, porque desde el momento en que se ingresa en el espacio de Schengen, se puede circular libremente dentro de él. Normalmente, la visa de turista Schengen se la solicita en el consulado del Estado miembro que será el destino principal, pero eso no impide circular por todo el espacio de Schengen.

2.- Si usted está casada con una persona extracomunitaria y el matrimonio fue celebrado en su país o si se celebró en el extranjero, fue debidamente reconocido e inscrito en el Registro Civil de su país, su cónyuge puede acompañarla a residir en España.

3.- Para residir en España, usted deberá primeramente ejercer el derecho de residencia y solicitar la expedición de su certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, donde viene asignado el NIE (Número de Identidad de Extranjero).

4.- Cuando usted ya tenga el antedicho certificado, podrá solicitar su cónyuge la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en España. Se concede por 5 años.

5.- El órgano competente para inscribir a los ciudadanos de la Unión en el Registro Central de Extranjeros es la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía del municipio español donde tenga su domicilio. Y en cambio, la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión debe solicitársela ante el jefe de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde se establezca. Una vez reconocido el derecho y concedida la tarjeta, se la expide en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.

Le paso los enlaces con los requisitos y documentos necesarios:

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/Inf … index.htmlhttp://extranjeros.empleo.gob.es/es/Inf … index.html


La cita previa ha de solicitarla en la siguiente págna web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas:

https://sede.administracionespublicas.g … tegoria/34

Escoja la opción CITA PREVIA y luego la provincia en la que se encuentre.

Lo más importante es el certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil de Italia, con una antigüedad no mayor a 3 meses. Y desde luego, usted debe acreditar ser trabajadora por cuenta ajena, cuenta propia, ser estudiante matriculada para cursar estudios en España o bien contar con recursos económicos propios suficientes y seguro de enfermedad que cubra toda su estancia en España y la de su cónyuge (si tiene la tarjeta sanitaria europa expedida en su país, la aceptan).

Un cordial saludo.

Muchas gracias por su respuesta!
Saludos,  Ana Laura