Gente a partir de 30 para ir a Irlanda

Hola, me gustaría ir a Irlanda a trabajar y sobre todo aprender Ingles, cambiar un poco mi situación aquí y vivir una experiencia pero no me atrevo a ir sola si igual que yo hay gente con ganas pero algo de miedo podemos unirnos y hacer un pequeño grupo para hacer la experiencia mas amena.

Muchas gracias Felipe por tu información está muy bien!! , eso ya me lo imaginaba ya lo había oido antes, ultimamente estaba pensando mas en Escocia pero nosé como estara allí la cosa también.
Prefiero perfeccionar primero mi ingles que es tirando a muy bajo así que por eso no he pensado en Alemania.  Y que sitio de Inglaterra me aconsejas que no sea muy caro y pueda conseguir trabajo.
Gracias miraré por los sitios que me dices.

Si alguien sabe de una agencia que sea de fiar para ir con todo atado desde aquí.

Hola!Buenos Días,LUZ DE LUNA....
    A mi criterio propio,harás MUY BIEN redirigiendo un destino diferente a Irlanda(por lo que acabo de vivir "in situ" ,en Dublín,hace unos días atrás,como ya he expuesto...
    Tengo Formación y Experiencia en varios Sectores y Áreas,pero,me falla el idioma....Ante todo lo que poseo ,cualquier inmigrante como yo-por ejemplo,un indú o un pakistaní,sin apenas formación ,pero,con el inglés fluido,ya tiene casi un 70-80 % de ventaja sobre mí,aunque sea ,limpiando,con una maquinita ,el suelo del aeropuerto de Dublín-Soy ,muy observador y me fijo en todo,especialmente ,en los pequeños detalles...
   Comentas opcionalmente....¿Escocia?
.......¿Inglaterra?¿Irlanda del Norte?...Estará MUY BIEN,también ,LUZ...Más opciones laborales y con el poder adquisitivo que tiene una Libra Esterlina frente al Euro(sueldo y cotizaciones)...y, además,tendrás ,las mismas opciones de perfeccionamiento idiomático(inglés)...
Yo,casi seguro,me decante con Alemania(necesidad de cubrir 800.000 puestos de trabajos; muchos tecnológicos-de lo mío-)Ahora estoy ,en la esta misma dinámica de foros-en alemán-)...
Lo que sí estoy haciendo,es perfeccionar un pelín más mi inglés,con cursitos on-line gratuitos(mi inglés , es muy básico);aunque en Alemania ,se tendrá profesorado bilingüe idiomático ,para la insección de los inmigrante ,especialmente a los de nueva llegada...Piensa que Alemania es la locomotora de Europa y su poder adquisitivo es  robusto y resistente...
LUZ,pon en el Google,"españoles en...(pon el nombre del País o de una población europea ,en concreto)" y tendrás una referencia más sobre l@s español@s residentes (estudiantes y viviendo-trabajando)en esa Población y/o País...LUZ,yo me lo he planificado,cogiendo un bloc pequeño ,apuntando en cada hoja-en una-ponía Seguridad Social(irlandesa)(alemana)(escocesa)(inglesa), y entraba en su foro y recopilaba datos como nomenglaturas de impresos a requerir etc,...-para que te hada una ligera idea-
En otra hoja ponía,Oficinas de Empleo y como funcionaban etc....-vamos el mismo "modus operandi"-que el anterior punto y así todo...
En otra la ubicación de la Embajada de España,Consulado ,etc....Estuve allí,en Irlanda ...Resulta que hacía reklativamente que habían cambiado de ubicación ,pero,en la misma calle.Sólo para hacerme acto de presencia y que supiesen de mi estancia ,en Irlanda y el motivo de mi emigración...Lo agradecieron y me digieron que así deberían proceder todo el mundo,ya que a la hora de cualquier CUESTIÓN IMPORTANTE...era más dificultoso ,localizar a una Persona emigrante...Mi intención inicial fué esa y hubiese sido la misma ,en caso de haberme quedado y dando una residencia permante ,cuando la hubiese tenido..
Al irme sólo llame-por la hora del vuelo-sino hubiese ido a "despedirme"...
No te olvides de la Tarjeta Sanitaria Europea,de recopilar en el INEM (yo ,pedí ,por triplicado) ,mi historial Formativo y Profesional ,con sellado y firmas originales de la Oficina de Empleo español..Mi Curriculum Vitae ,tanto en Inglés como en Español,varias fotocopias en inglés de dicho Curriculum y Carta-Credencial de Presentación,y una  copia de seguridad en un CD y en un penraid...Ves a una librería y comprate unos pequeños libros de bolsillo ,como hice yo("Inglés para el Viajeo=Guía para conversar"Editorial Planeta(Geo-Planeta)","El inglés británico de bolsillo"Editorial Guías ASSIMIL"...Libros pequeños,baratos y MUY COMPLETITOS...............TE LOS RECOMIENDO!!!!!!!!!!!!!!!...Yo,haré ,lo mismo,pero,con el alemán...y,me llevaré éstos ,también...
Enterate,dónde están ubicados los supermecados baratos" PIMARK-PENNYS",en versión "escocesa"...NO SALGÁS SIN HABER TENIDO TODO BIEN"ATADO" y ESTAR BIEN INFORMADA DE TODO....Recuerda,que no vas a estar en ESPAÑA....Y,los trámites burocráticos administrativos,tardarían mucho y además que tendrían que ser traducidos al inglés...Te recomiendo  que hagas acopio de algunas medicaciones,que pudieses precisar...Enterate,al definir con que compañía de vuelo irás y los quilos que te permiten llevar(¿10 Kgs?¿20 Kgs?),sin tener que facturar y ¿cuánto te costaría facturar una segunda maleta?...Todo esto,te lo vas apuntando,en el bloc de notas....Enterate , ¿qué días del mes ,se expiden billetes de vuelo de bajo coste(ofertas del mes)?...
Recuerda de poner en cada hoja de datos recopilados ,las webŽs que vayas consultando,por si volvieses a tener que consultarlas,en otra ocasión,tanto,estando aquí en España y allí·afuera"...Enterate con que  e-mail ,se opera en tu nuevo destino....En Irlanda es "...com.ie" y en el resto deel Reino Unido(creo)..."...com.uk"...En fín...como idea ya estás orientada...Es cuestión de entrar en varios foros de un mismo destino y contrastar y recopilar datos....

Hoy,-y,es lo que haré,cuando me vaya a Alemania,será un primer contacto de 7-10 días  y ver , por uno mismo,todo lo que pueda recopilar en su funcionamiento y después ,ya ,volver a por todo...Hoy,lo sé...Una avanzadilla,que siempre se puede asentar mejor estando ya allí(destino elegido) o bien ,volver y modificar un nuevo destino y ,sin exceso/falta de carga de maletas...Intenta gestionar el trabajo-residencia desde España y quedate con todas las Condiciones que se  incluyan(sueldo,jornada,etc...ya me entiendes)...
Con relación al viaje inicial de 7-10 o 12 días IDA-VUELTA ,con viaje de bajo coste...Enterate ,en el luigar de hospedaje que precio te harían ,por esos días de estancia(si vas por libre) y ,que condiciones sanitarias están la habitación dónde te vas a hospedar,si es una Pensión tipo-mostel o una casa-`piso compartido(para que me captes la"idea").............ÁNIMO!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!...LUZ DE LUNA..

ENTRA EN LA RED EURES e incribite y en INFOJOBS y en INDEED...Trabajo.

Ah!!!...llevate un mini-pórtatil y ,siempre acude a un Ciber,como los que tienen por aquí ,en España ,los inmigrantes y ,también ,por si tiene que llamar por teléfono..Me resultó ,algo"baratito",de lo que pensaba que me cobrarían ,por un hora que estuve...LLevate un móvil LIBERADO,sea al país que vayas...Comprate ,en España un" KIT "ADAPTADOR-CONVERSOR(yo ,lo compré ,en una buena ferretería,y,es para todo el mundo.Me costo casí 7 Euros...Puede sólo comprar uno exclusivo ,para la corriente eléctrica del páis dónde vayas,por unos excasos 2 Eruros)...Ves,LUZ DE LUNA...a mí ,el KIT MULTIPLE,ya me sirvirá,para Munich(Alemania) o ,tál vez,para Escandinavia(Suecia/Dinamarca)....
Recuerda,que debes informarte que compañías de telefonía de móvil ,son las que operan ,en ¿ESCOCIA?(tu posible destino) y ,siempre puedes comprar tarjetas de prepago para tu móvil liberado,desdee España(más baratito o gratís,si lo haces on-line"...También puedes comprar tarjetas para cabina de teléfono.Yo me llevé,también un"ladrón de corriente",para tener conectado,al mismo tiempo,dos "cosas"(móvil + portátil,u otras cosas).Te puede costar entre 4-8 Euros,según lo "importante" que sea una Ferretería...Piensa que por ahí "afuera",no están bien repartidas las tomas de corriente para conectar...En el WC-Baño,no hay enchufes ,para el secador del pelo(por ejemplo) y a lo mejor necesitas recargar  dos cosas y lo tienes que hacer en el enchufe de la cocina....Por eso va muy bien un "LADRÓN DE CORRIENTE ELÉCTRICA"(4-8 Euros)aunque sea de conexión"española",para lo  EUROS)... y,para lo demás ya tienes el KIT "ADAPTADOR-CONVERSOR DE CORRIENTE( ELÉCTRICA...Si te pretenden cobrar más en una Ferretería grande ,más que estos precios,los estarías pagando a precio de oro...Yo,lo compré en una muy grande y ,esto es lo máximo ,dentro de una relativa "legalidad" de coste-producto,por que ahí ,sabía,que tenían de todo...
Intenta moverte en los primeros días y agilizando trámites,etc...y,contactos,así,podrás disponer de los últimos días,para concretar,puntualizar contactos y otros tipos de referencias,que te serán de importantisima ayuda,para volver definitivamente,al país de destino...y,lo que pudieses tener que recopilar en España,para volver a entregarlo en ese país,sea o no Escocia...Por eso,lo que ya te comenté...Intenta agilizar todo aquí,en España y tenerlo todo preparado ...Allí(Escocia),ya harás el "DESPLIEGUE"...
Si tuvieses SUERTE....de llegar y que encuentres trabajo ,a "bote pronto",informate ,en la Compañía aérea ,que costaría mandar una maleta (de tantos Kilos:pesala antés) y la encintas antés ,con el flim de plástico y le pones nombre y apellido y destino(o que le lo ponga un familiar ,con rotulador) y ,así,la dejas preparada y no tendrías que venir a España,a por ella,si eso ,fuese todo ,a requerir...No creo que más de 30-40 Euros,el envio,por avión y enterate como recogerla y hora de llegada de esa maleta...Así ,lo tuve yo preparado,así,no estaría tan cargado y más libre de movimientos...No me hizo falta,pero,ahí estaba...preparada,por si acaso...
Todo,gestionado y tratado,desde España,que es el idioma que dominas...TODO,bien anotado ,en el bloc...Dónde residas,si TE QUEDAS,enterate de la dirección de la calle,código postal de la Población,etc....El aeropuerto no te lleva esa maleta a casa...Habrás de ir a por ella...y ,que te envie un e-mail,la Compañía Aerea  del día de envio-recepción y dónde recogerla en el aeropuerto...Siempre con un reguardo,aunque sea ,por e-mail...Los viajes,gestionalos,por intermet...MÁS BARATOS!!!!!!
Recuerda,en el enchufe Irlandés/británico,de tre clavijas,primero ,se conecta el KIT ADAPTADOR-CONVERSOR DE CORRIENTE ELÉCTRICA(7 euros) y después,el "LADRÓN DE CORRIENTE-2conexiones(el mío)de 4-8 Euros)no importa que sea de conexión"española)...SIEMPRE,siempre hablando de 220-240 VOLTIOS(ya se sobreentiende,LUZ)...Podía,estar ,hablando de plan monologo,para que lo tuvieses tanto TÚ ,como otr@s Español@s,todo ,bien "masticado"...El KIT ADAPTADOR-CONVERSOR DE CORRIENTE,consiste en varios tipos de clavijas de diferentes conexiones y están presentadas,por ensamblaje una ,encima de la otra...y se utilizará aquella,que se precisa ,en el país,donde se esté...las demás,obiamente,las guardas...en el otro extremo ,se conectará,el enchufe lador adaptador o un sólo servicio(móvil o pórtatil,o lo que sea,como aquí,en España)....
Por cierto,el "tema"libros,ántes mencionado,...lo mismo...librería "importante",que tenga de "TÓ"....jajajajaja...
UN CORDIAL SALUDÍN,PARA TOD@SSSSSS!!!!!!!,....LUZ DE LUNA....

FORMALIDADES NECESARIAS AL LLEGAR A UN PAÍS Y AL DEJARLO (Unión Europea)
INTRODUCCIÓN
¿Eres ciudadano de la UE y tienes previsto viajar a otro país de la UE? ¿O vivir, estudiar, trabajar o jubilarte allí?
Esta ficha informativa trata de las formalidades prácticas que tú y los miembros de tu familia deberéis cumplimentar antes de vuestra partida y nada más llegar al país de acogida. Si deseas información práctica sobre otros aspectos relacionados con el traslado a otro país comunitario y tus derechos comunitarios conexos, lee por favor las fichas correspondientes (trámites de entrada, derechos de residencia, seguridad social, etc.).
Si quieres vivir en otro país comunitario, te interesará esta ficha en su totalidad. Si visitas otro país comunitario como turista o por un corto periodo de tiempo (tres meses o menos) que no va a suponer ningún cambio de residencia principal, ni siquiera de forma temporal, te bastará con leer los párrafos identificados con este símbolo (a la derecha de este párrafo).
¿HAS PENSADO EN TODO?
En el país comunitario de acogida deberás cumplimentar ciertas formalidades (relativas a la entrada, residencia, trabajo, vida, alojamiento, etc.).
Deberás presentar determinados documentos originales. ¡Lee la lista que aparece a continuación y asegúrate de que no se te olvida nada! Encontrarás más información sobre los trámites que deberás hacer y sobre cómo obtener algunos de estos documentos en los siguientes apartados.
LISTA DE DOCUMENTOS ÚTILES QUE DEBES LLEVAR [1]:
• Documento nacional de identidad válido y/o pasaporte válido
• Documentos nacionales de identidad y/o pasaportes de todos los miembros de tu familia que te acompañen, o cualquier certificado provisional equivalente (en su caso)
• Visado de los miembros de tu familia que sean ciudadanos de terceros países, si se solicita
• Certificado de antecedentes penales (si quieres trabajar para organismos públicos, algunos de ellos podrían exigirte este documento)
• Partida(s) de nacimiento
• Pruebas de la situación de los miembros de tu familia o personas a tu cargo (normalmente un documento expedido por la autoridad competente del país de origen, en el que se certifique que están a tu cargo o que viven bajo tu techo en ese país)
• Todos los documentos oficiales que certifiquen tu situación personal (certificado de matrimonio, sentencias, certificado de haber cumplido el servicio militar, etc.)
• Carné de estudiante e inscripción válida en una universidad europea si deseas viajar en calidad de estudiante
• Originales de todos los títulos que hayas obtenido en tu país de origen o en otro país (por razones de estudios o de trabajo)
• Todos los certificados profesionales que testifiquen tus cualificaciones profesionales
• Originales de los contratos de trabajo que demuestren tu experiencia profesional (actividad y duración) incluyendo, en su caso, el contrato de trabajo actual o el del trabajo que vayas a iniciar
• La Tarjeta Sanitaria Europea y/o los correspondientes formularios E que faciliten la continuidad de tu protección social en otro país comunitario; lo mismo para cada miembro de la familia
• Los documentos necesarios que certifiquen tus derechos (periodo de trabajo y cobertura de seguridad social, derecho a prestaciones de seguridad social)
• Certificado médico reciente o todo historial médico personal (para facilitar el trabajo de un médico extranjero), en su caso
• Extractos más recientes de tu cuenta bancaria para determinar fácilmente tu situación financiera, en su caso
• Tu permiso de conducir
• Especificaciones técnicas del (de los) vehículo(s) que llevas contigo
• Justificante de haber pagado el IVA en el país en que compraste el coche, en su caso
TRÁMITES NECESARIOS AL SALIR DE TU PAÍS DE LA UE
Si pretendes instalarte durante un periodo medio o largo en otro país comunitario, puedes abandonar tu residencia actual. Por consiguiente, asegúrate de que rescindes de manera legal y adecuada tus contratos con tus proveedores de servicios: vivienda, agua, gas, teléfono, Internet, TV, etc.
En su caso, si vas a residir por un periodo muy largo o definitivamente en el país de acogida, esto último incluye también: bancos, seguros (por ejemplo, de tu vivienda y/o de tu coche), etc. Por supuesto, no dudes en acudir a tus consejeros profesionales en esos sectores para clarificar si puedes o no mantener y gozar de tus contratos estando en otro país. En ese caso, elige la opción más ventajosa.
De hecho, antes de tu partida ya puedes empezar a buscar vivienda y trabajo en el país de acogida e informarte sobre una cuenta bancaria. Además, puedes desear aclarar tu situación relativa a las prestaciones laborales y la protección social, poniéndote en contacto con los organismos correspondientes del país de acogida (véanse las direcciones útiles).
Por otra parte, conviene que informes a tu municipio o a la comisaría de policía de que te vas del país. En caso necesario, comunica tu cambio de dirección postal a todas las instituciones o entidades con las que te relacionas cotidianamente.
Y no te olvides de informar a la administración fiscal de tu país de origen de que te vas del país.
SEGURIDAD SOCIAL
Las disposiciones comunitarias sobre seguridad social te garantizan la protección social en otro país comunitario y también que determinadas prestaciones se pueden exportar a otro país comunitario.
IMPORTANTE: Conviene que te pongas en contacto con tu institución de seguridad social antes de tu partida con objeto de obtener la información necesaria y los formularios E exigidos y/o la Tarjeta Sanitaria Europea (se advierte que determinados Estados miembros han decidido no distribuir aún la Tarjeta Sanitaria Europea y seguirán expidiendo los formularios hasta el 31 de diciembre de 2005).
En función de tu situación específica, deberás solicitar los siguientes formularios [2]:
• Asistencia sanitaria: formularios que han sido o van a ser sustituidos en breve por la Tarjeta Sanitaria Europea: Formularios E111 y E111B utilizados por los turistas; E110 utilizado por los transportistas internacionales por carretera, E128 utilizado por los estudiantes y personas destinadas en un Estado miembro distinto del suyo, E119 utilizado por personas inscritas como desempleadas y en busca de trabajo en otro Estado miembro;
• Prestaciones sanitarias programadas en otro país comunitario: Formulario E112;
• Inscripción de los titulares de pensiones: Formulario E121;
• Cálculo y pago de pensiones: Formularios E200;
• Subsidio de desempleo: Formularios E300;
• Prestaciones familiares: Formularios E401;
• Otros formularios (prestaciones por invalidez, etc.).
Como estos formularios son personales, deberás solicitarlos para ti y, en su caso, para cada miembro de tu familia que viaje contigo.
IMPORTANTE: Deberías aclarar con tu institución (o instituciones) de seguridad social si vas a conservar el derecho a determinadas prestaciones/subsidios si te vas a vivir a otro país comunitario (no todas las prestaciones son exportables).
SUBSIDIO DE DESEMPLEO
Debes tener en cuenta que si dejas un puesto de trabajo voluntariamente, puedes perder también, en determinados países, el derecho al subsidio de desempleo. Averigua siempre tus derechos con arreglo a la legislación nacional del país del empleo más reciente antes de tu partida, porque existe un plazo para realizar la transferencia de prestaciones.
Puedes cobrar en el país de acogida el subsidio de desempleo que cobras en tu país de origen. Sólo se paga mientras se busca un empleo en otro Estado comunitario con condiciones restrictivas y durante un periodo de tiempo limitado:
• Debes estar a disposición de los servicios de empleo del Estado que te paga las prestaciones de desempleo durante al menos cuatro semanas a partir del momento en que quedaste en paro. No obstante, el servicio de empleo de que se trate puede reducir este periodo.
• En un plazo de siete días a partir de tu llegada al país de acogida, tienes que inscribirte en los servicios de empleo del país donde buscas trabajo; sigue las instrucciones del formulario E.
• Debes someterte a los procedimientos de control de los servicios de empleo de dicho país.
Entonces conservarás tu prestación de desempleo durante un período máximo de tres meses; si durante ese periodo no has podido encontrar un nuevo trabajo, seguirás beneficiándote de las prestaciones de desempleo del país donde hayas trabajado por última vez si vuelves a él antes de agotarse el periodo de tres meses. Si vuelves transcurrido ese plazo, sin autorización explícita de los servicios de empleo de ese país, perderás todos tus derechos a las prestaciones.
FISCALIDAD
El impuesto sobre la renta no está regulado por el Derecho comunitario: es una competencia exclusiva de los Estados. Sin embargo, los países europeos han celebrado convenios fiscales bilaterales con objeto de evitar que acabes pagando dos veces por la misma actividad o ingresos en un país comunitario diferente. Ponte en contacto con la administración correspondiente de tu país de origen para obtener un asesoramiento personalizado en función de tu situación (duración de la estancia, país de que se trate, fuentes de ingresos, trámites, etc.).
AUTOMÓVIL Y PERMISO DE CONDUCIR
PERMISO DE CONDUCIR
No es necesario canjear el permiso de conducir expedido por un Estado miembro en el Estado miembro de acogida. Un permiso de conducir válido expedido en un Estado miembro será plenamente reconocido en el Estado miembro de acogida.
Los antiguos permisos de conducir nacionales siguen siendo válidos hasta que caduca su periodo de validez. Antes de que termine dicho periodo, deberás canjearlo por el nuevo modelo de permiso comunitario.
(para mayor información, puedes consultar las páginas siguientes: Commission webpage on driving licence o
http://europa.eu/youreurope/nav/en/citi … on/es.html)
AUTOMÓVIL
Por lo general, deberás matricular tu vehículo y pagar sus impuestos en el país en que tienes tu residencia habitual. Si tienes pensado llevarte tu coche a un Estado miembro diferente y vivir allí, deberás matricularlo en tu país de acogida.
Pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en el país de acogida
Normalmente, se paga el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en el país de adquisición del coche. El precio que vas a pagar por un vehículo nuevo comprado en un país de la UE que no es el de destino no incluirá el IVA.
Sólo en las siguientes condiciones, deberás pagar el IVA en el país de destino en el que se va a matricular el coche:
• te llevas el coche al país de acogida, y
• tu coche es nuevo (menos de seis meses y menos de 6000 km), y
• lo has comprado en tu país de origen o en otro país de la UE (pero no en el país de acogida).
Matriculación
Si vives y conduces en el país de acogida durante un periodo igual o superior a seis meses, deberás matricular tu coche en el país de acogida y deberás pagar un impuesto de matriculación. Deberás matricular tu vehículo en un plazo de seis meses a partir de su entrada en el país de acogida. Los trámites de matriculación permiten a la administración nacional comprobar si el vehículo reúne las características técnicas (conformidad técnica e inspección técnica) que exigen las normas de seguridad legales: lleva toda la documentación técnica necesaria, si es posible, traducida. También te será útil consultar la siguiente ficha: http://europa.eu/youreurope/nav/es/citizens/home.html.
TRÁMITES NECESARIOS AL ENTRAR EN OTRO PAÍS DE LA UE
En calidad de ciudadanos comunitarios, tú y tu familia tenéis derecho a entrar en cualquier otro país de la UE simplemente con un documento nacional de identidad válido o un pasaporte válido. Todos los miembros de tu familia deberán poseer documentos de identidad. Se consideran miembros de tu familia tu cónyuge, los hijos menores de 21 años (o que estén a tu cargo), así como tus padres y los padres de tu cónyuge, si también están a tu cargo.
Si algún miembro de tu familia tiene la nacionalidad de un país tercero, deberás solicitar un visado para esa persona.
TRÁMITES NECESARIOS AL INSTALARSE EN OTRO PAÍS DE LA UE
Si deseas permanecer más de tres meses en el país de acogida, deberás solicitar en un plazo de treinta días a partir de la fecha de entrada en el país comunitario de acogida una tarjeta de residencia (en la comisaría de policía o en el servicio de extranjeros correspondiente). No todos los países comunitarios exigen esa tarjeta de residencia y tu derecho a residir no se deriva de ella. No obstante, se recomienda su obtención ya que te hará falta para cumplimentar trámites básicos como abrir una cuenta bancaria como residente, comprar un coche, etc. Para la obtención de un permiso de residencia para los miembros de tu familia, se suele pedir una prueba del parentesco (certificado de matrimonio, etc.).
Como asalariado, se te expedirá una tarjeta de residencia sólo con presentar un documento de identidad (pasaporte o documento nacional de identidad) y demostrar que estás trabajando por cuenta propia o ajena.
Como jubilado que ha trabajado en otro país comunitario, tienes derecho a permanecer en el país de acogida mientras puedas demostrar que estás cubierto por una póliza de seguros contra el riesgo de enfermedad y que dispones de recursos económicos suficientes.
Como estudiante, deberás demostrar que dispones de recursos económicos suficientes para estudiar en el país de acogida (mediante una declaración o por otro medio alternativo al menos equivalente). Asimismo deberás estar matriculado en un establecimiento reconocido con el objetivo principal de cursar estudios de formación profesional y deberás tener un seguro médico que cubra todos los riesgos en el país de acogida.
Al determinar si dispones de recursos económicos suficientes y asistencia sanitaria, ello deberá cubrir a todos los miembros de tu familia que aún no sean independientes.
SEGURIDAD SOCIAL
Estancias temporales en el extranjero – menos de tres meses
Si caes enfermo o resultas herido cuando realices una estancia temporal en el extranjero, el formulario E111 o la Tarjeta Sanitaria Europea te dará acceso a la asistencia médica necesaria en relación con tu estado de salud (por ejemplo, si te rompes una pierna, tienes un accidente o caes enfermo súbitamente) y con la duración prevista de tu estancia. No importa si estás en el extranjero como turista, o si tu viaje es por motivos de trabajo o por razones privadas. Sin este u otros formularios, o la tarjeta, deberás pagar el tratamiento y sólo recibirás el reembolso cuando hayas regresado al país donde estás asegurado. Asimismo, el E111 no está previsto para las prestaciones sanitarias programadas.
Estancia de más de tres meses en el país de acogida
Al llegar al país de acogida, conviene que te afilies a la institución local de seguridad social con objeto de tener acceso a las prestaciones sanitarias y demás prestaciones de seguridad social. Tendrás derecho a todas las prestaciones en especie previstas en virtud de la legislación del país de acogida. Esas prestaciones incluyen asistencia médica y dental, medicamentos y hospitalización, así como pagos directos para rembolsar los costes de dicha asistencia. Por regla general, la asistencia se presta de acuerdo con la legislación del país de acogida como si estuvieras asegurado en ese país, lo cual puede ser ventajoso o no en comparación con la legislación de tu país de origen.
Subsidio de desempleo
Deberás presentar el correspondiente formulario E a los servicios del país de acogida en el que estés buscando trabajo, para que te puedan pagar las prestaciones en un plazo de tiempo razonable.
LISTA DE CONTROL
IMPORTANTE: Esta lista de control es interesante principalmente en caso de que te propongas instalarte en otro país comunitario como ciudadano comunitario. Si vas como turista a otro país comunitario o por un corto periodo de tiempo (tres meses o menos) que no va a suponer ningún cambio de residencia principal, ni siquiera de forma temporal, te bastará con leer los puntos identificados con este símbolo.
Para una información más detallada sobre la administración a la que hay que dirigirse en cada país comunitario y los documentos que es preciso presentar, consulta las fichas prácticas de la página Internet «Tu Europa» (http://europa.eu/youreurope/index_es.html).
Antes de salir, asegúrate de que llevas los siguientes documentos y de que te has puesto en contacto con todas las administraciones y organismos correspondientes.
1) Asegúrate de que estás en posesión de los siguientes documentos:
• Tu pasaporte y/o documento nacional de identidad válidos
• Pasaporte y/o documento nacional de identidad de los miembros de tu familia o personas a tu cargo
• Visado de los miembros de tu familia o personas a tu cargo que no sean ciudadanos comunitarios
• Para los miembros de tu familia, prueba de su condición de miembros de tu familia o personas a tu cargo
• Tu permiso de conducir y los permisos de conducir de los miembros de tu familia, válidos
• Las especificaciones técnicas de tu coche
• Justificante de haber pagado el IVA por tu coche
2) Ponte en contacto con la institución de seguridad social pertinente al menos entre dos y cuatro semanas antes de tu partida para cumplimentar los trámites necesarios, con objeto de:
• Clarificar cuáles son tus derechos y los de los miembros de tu familia si te vas a vivir a otro país comunitario: clarifica si tú y los miembros de tu familia vais a mantener el derecho a determinadas prestaciones/subsidios (no todas las prestaciones son exportables)
• Notifícales que te vas del país y, si es posible, dales tu nueva dirección en el país de acogida
• A fin de mantener, en el extranjero, las prestaciones sanitarias, el subsidio de desempleo, las prestaciones por invalidez y por jubilación y demás derechos que te asistan y que sean exportables, obtén en tu institución de seguridad social todos los formularios necesarios y pertinentes y/o la Tarjeta Sanitaria Europea
3) Ponte en contacto con la administración fiscal correspondiente de tu país de origen con objeto de:
• Solicitar información y asesoramiento sobre la declaración de impuestos y los trámites que deberás cumplimentar antes de salir de tu país de origen
• Obtener información sobre posibles convenios bilaterales para evitar la doble imposición entre tu país de origen de la UE y el país de la UE en el que tienes previsto vivir
• Notifícales que te vas del país y, si es posible, dales tu nueva dirección en el país de acogida
4) Informa a tu municipio o a la comisaría de policía de que te vas del país
5) Cuando sea necesario, comunica tu cambio de dirección postal a todas las instituciones o entidades con las que te relacionas cotidianamente
Al llegar, no te olvides de ponerte en contacto con todos los organismos y administraciones pertinentes.
Obtén una tarjeta de residencia en un plazo de treinta días a partir de la fecha de tu llegada al país comunitario de acogida (en la comisaría de policía o en el departamento de extranjeros correspondiente). Para ello, deberás presentar:
• Si eres asalariado, tu documento de identidad (pasaporte o documento nacional de identidad) y prueba de que estás trabajando por cuenta propia o ajena
• Si estás jubilado, eres inactivo o estudiante, prueba (o, en el caso de los estudiantes, una simple declaración) de que dispones de recursos económicos suficientes para no convertirte en una carga para el sistema de seguridad social del Estado miembro de acogida y que
estás cubierto por una póliza de seguros contra el riesgo de enfermedad
• Para los miembros de tu familia, prueba de que disponen de recursos económicos suficientes y seguro de enfermedad para cada miembro de tu familia autorizado a residir contigo
Al llegar al país de acogida, conviene que te afilies a la institución local de seguridad social con objeto de obtener prestaciones sanitarias en especie. Presenta todos los formularios pertinentes (enfermedad, desempleo, jubilación, etc.) y/o la Tarjeta Sanitaria Europea.
En un plazo de siete días a partir de tu llegada al país de acogida comunitario, tendrás que inscribirte en los servicios de empleo del país donde buscas trabajo.
Matricula tu coche en un plazo de seis meses a partir de tu entrada en el país de acogida.
Ponte en contacto con la administración fiscal pertinente del país de acogida para solicitar información y asesoramiento sobre la declaración de impuestos y los trámites fiscales, así como sobre los convenios bilaterales con el país de origen.
---------------------------------
[1] Puede ser útil traducir alguno de esos documentos en la lengua del país de acogida. Las representaciones nacionales (consulado o embajada) te pueden ayudar.
[2] Encontrarás la lista completa de formularios E en la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/employment_social/s … ocs_en.htm
FUENTE. COMUNIDADES EUROPEAS. EUROPA. EL PORTAL DE LA UNIÓN EUROPEA. FORMALIDADES NECESARIAS AL LLEGAR A UN PAÍS Y DEJARLO (Unión Europea). http://ec.europa.eu/youreurope/nav/es/c … index.html