Ayuda, curador para segundas nupcias ((española en apuros para casarse

Creo que me va a ser imposible casarme por el tema del curador necesito de vuestros conocimientos y experiencias sobre esto...

Yo soy de España tengo custodia de mi hijo el se Queda en España mientas que yo voy a casarme a Ecuador con mi pareja que es de alli mismo ya sabemos todo lo que nos hace falta pero no nos queda claro el trámite del curador para mi hijo...
No se si algún español se vio en esta situación por que yo no tengo familiares allí todos quedan en España y el curador es algo que se nombra para toda la vida? De ser así quien en Ecuador querría ser curador de mi hijo y más aún la ley aprobará que un amigo sea el curador para los bienes del niño (que no tiene) y firmar el día de la boda?  No puedo usar un curador solo para esto o esta persona ya tendrá derecho y obligación con mi hijo para siempre?

Segundo que papeles e de llevar a cabo Para solicitar lo y si se solicita en Ecuador o España?  También el curador puede ser un amigo o familiar de mi pareja?  El curador puede es algo fácil de que te acepte en Ecuador?  Es lo único que me está impidiendo el casarme con mi pareja y por lo tanto no podré estar allí con el se me acabará la visa y no podré jamás estar con el porfavor necesito ayuda...

Necesito que me digan sobre este tema y compartan sus experiencias su fuesen tan amables.

Maria_malaga escribió:

Creo que me va a ser imposible casarme por el tema del curador necesito de vuestros conocimientos y experiencias sobre esto...

Yo soy de España tengo custodia de mi hijo el se Queda en España mientas que yo voy a casarme a Ecuador con mi pareja que es de alli mismo ya sabemos todo lo que nos hace falta pero no nos queda claro el trámite del curador para mi hijo...
No se si algún español se vio en esta situación por que yo no tengo familiares allí todos quedan en España y el curador es algo que se nombra para toda la vida? De ser así quien en Ecuador querría ser curador de mi hijo y más aún la ley aprobará que un amigo sea el curador para los bienes del niño (que no tiene) y firmar el día de la boda?  No puedo usar un curador solo para esto o esta persona ya tendrá derecho y obligación con mi hijo para siempre?

Segundo que papeles e de llevar a cabo Para solicitar lo y si se solicita en Ecuador o España?  También el curador puede ser un amigo o familiar de mi pareja?  El curador puede es algo fácil de que te acepte en Ecuador?  Es lo único que me está impidiendo el casarme con mi pareja y por lo tanto no podré estar allí con el se me acabará la visa y no podré jamás estar con el porfavor necesito ayuda...

Necesito que me digan sobre este tema y compartan sus experiencias su fuesen tan amables.


Hola:

Ya se le ha respondido en otra entrada:

1.- Se trata de un CURADOR ESPECIAL, que se nombra única y exclusivamente para la diligencia indicada: la formación del inventario de los bienes del menor (aunque no los tenga, en cuyo caso, bastará el testimonio al respecto del curador, testimonio que debe ir precedido de juramento) y luego, la comparecencia el día de la boda, donde deberá presentar su nombramiento dado por el juez, a fin de que suscriba el acta de matrimonio junto con los contrayentes y los testigos en calidad de curador especial del menor hijo de uno de los contrayentes. AHÍ TERMINA SU FUNCIÓN, no es para toda la vida, ni genera obligaciones para con el menor en lo venidero.

Sin embargo, la Ley prevé que se le dé una remuneración al curador especial por su servicio, la cual deberá ser fijada por el juez. Tampoco será una cantidad desproporcionada.

2.- Puede ser curador especial del menor cualquier persona mayor de edad y plenamente capaz conforme a Derecho y que, desde luego, tenga conocimiento de la realidad se la situación, es decir, de que en efecto no existen bienes de propiedad del menor que el progenitor que se quiere casar esté administrando.

3.- El trámite de nombramiento de curador especial es un procedimiento de jurisdicción voluntaria sencillo. Necesitará el certificado literal de nacimiento del menor y una copia auténtica de su pasaporte o documento de identidad. Además, desde luego, copia auténtica de su pasaporte en vigor y de su fe de vida y estado y copia auténtica de la cédula de idenditad y ciudadanía de la persona ecuatoriana con la que usted se va a casar y la cédula de identidad y ciudadanía de la persona que se proponga como curador especial del menor. Es posible que también requiera la sentencia judicial o documento equivalente por el que le hubiera sido concedido el ejercicio de la patria potestad sobre el menor y si es el caso, la custodia.

Usted no dice si estuvo antes casada o si es soltera. Si estuvo casada y se divorció, deberá llevar también la sentencia de divorcio con razón de firmeza e inscripción en el Registro Civil, que deberá adjuntar a su fe de vida y estado de divorciada. Si es soltera, no es necesario más que la fe de vida y estado.

Se recalca que los documentos españoles de Registro Civil deben estar legalizados con la Apostilla de La Haya, que la coloca la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma. Lo mismo en lo concerniente a las sentencias judiciales.

Para pedir la visa de INMIGRANTE 9-VI, como cónyuge de ecuatoriano, se le requerirá el certificado de antecedentes penales español. Lo expide la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia; debe decir que es para ser usado en Ecuador, a fin de que se lo entreguen ya con la Apostilla de La Haya.

Un cordial saludo.