VACACIONES UNA VEZ REGISTRADO EL MATRIMONIO CIVIL

Buenas tardes, soy español y voy a casarme próximamente con mi novia ecuatoriana civilmente en Ecuador. Posteriormente voy a registrar el matrimonio en el consulado español de Guayaquil, gestión que demora un año aproximadamente. En diciembre vuelvo a España y en Agosto otra vez a ecuador solo para realizar la boda eclesiástica. La pregunta es: Quiero solicitar en el trabajo de España los 15 días naturales que por ley me tocan en España, para viajar a ecuador a la boda eclesiástica y luna de miel. Pero no se si pueda hacer eso, ya que tengo entendido que los 15 días se deben agotar dentro del periodo de la boda. Como yo habré registrado el matrimonio civil de ecuador en el consulado de España, aunque viaje a ecuador a la boda eclesiástica, figuraré ya en España como casado y no podré optar a los 15 días de vacaciones?
Por favor, algún entendido en legislación que me pueda ayudar con este tema.
Gracias de antemano

Eso compete a la Legislación Española en especial a la que enmarca a la regulación y beneficios laborales... En todo caso, tu mismo tienes la respuesta si la boda civil fue celebrada para luego celebrarse la religiosa, recuerda q legalmente cuenta la legal es decir la boda civil qse realizará como dices proximamente ... como entonces podras gozar de las vacaciones en diciembre o agosto ? (son fechas muy posteriores a la celebración del mismo).....A la legislación civil, en general compete actos legales celebrados bajo conformidad de la ley ... los religiosos en el caso de las bodas religiosas no son vinculantes con la legislación, por tanto se verifica la fecha de las vacaciones contados a partir de la celebración del contrato de matrimonio civil...no religioso..te aconsejo buscar en el ordenamiento jurídico interno de tu país es decir España que regule la legislación laboral...

Claro, por eso estoy preguntado, aunque me case ahora , me habré casado en ecuador. El matrimonio tarda un año a efectos legales para registrarse en España. Y aquí en ecuador el permiso una vez que te casas son 3 días y no 15. Por eso estoy pidiendo más información sobre este tema.

guille88mp escribió:

Claro, por eso estoy preguntado, aunque me case ahora , me habré casado en ecuador. El matrimonio tarda un año a efectos legales para registrarse en España. Y aquí en ecuador el permiso una vez que te casas son 3 días y no 15. Por eso estoy pidiendo más información sobre este tema.


LEY LABORAL (Española)
http://www.boe.es/legislacion/codigos/c … amp;modo=1

Gracias por el link Josy09

Algún forero ha tenido que pasar por una experiencia similar? Me gustaría que me explicara su experiencia