Venezolanos VISA Ecuador

Anoche estuve conversando con un colega ecuatoriano y efectivamente la Visa donde establece el Acuerdo Migratorio Ecuador Venezuela esta completamente vigente... Por lo que me recomendó tramitar esta puesto que nos permite realizar actos lícitos de comercio... Ya luego se procesará la de permanencia en Ecuador para obtener la de Inmigrante residenciado y/o permanente.....

Hola.

Umm okay. Y sabes si esa visa se puede procesar en los consulados?

Hola LakeMaracaibo,

Bienvenido a Expat.com!

Te invito a presentarte en el foro.


Joan
Equipo Expat.com

Hola lake si bueno tengo entendido que en Valencia (consulado)  la estan dando en tres días ....

Umm bueno. Mañana iré a averiguar en el Consulado de Maracaibo a ver bajo qué condiciones las están otorgando. La información que me den la expondré acá para que sea del conocimiento de los demás. Saludos.

Buenísimo gracias es importante aportar todos andamos en las mismas Investigando... Los requisitos están establecidos en el convenio lo consigues en Internet lo buscas como ESTATUTO MIGRATORIO ECUADOR VENEZUELA... Suerte

Hola.

Pues llamé al consulado acá en Maracaibo y me dijeron que los requisitos estaban en la página de la cancillería, y efectivamente están: cancilleria.gob.ec/visa-12-xi-estatuto-permanente-ecuador-venezuela/

Me llama la atención que no piden el bendito certificado de antecedentes penales Jejjejej Y otra cosa que me llama la atención es esto:

"Validez visa:
Un año, renovable por 1 ocasión, contabilizados desde su emisión si la otorgó una Coordinación Zonal o si fue otorgada en un Consulado ecuatoriano contados a partir del ingreso del extranjero al Ecuador."

O sea, que si se gestiona en Venezuela no correo el lapso para su vencimiento si no hasta que se ingrese a Ecuador.

Ahora, hay que ver qué criterios están manejando en los consulados. Mañana dejaré la pereza y me acercaré personalmente al consulado Jjeje Cuando tengo info adicional escribo.

LakeMaracaibo escribió:

Hola.

Pues llamé al consulado acá en Maracaibo y me dijeron que los requisitos estaban en la página de la cancillería, y efectivamente están: cancilleria.gob.ec/visa-12-xi-estatuto-permanente-ecuador-venezuela/

Me llama la atención que no piden el bendito certificado de antecedentes penales Jejjejej Y otra cosa que me llama la atención es esto:

"Validez visa:
Un año, renovable por 1 ocasión, contabilizados desde su emisión si la otorgó una Coordinación Zonal o si fue otorgada en un Consulado ecuatoriano contados a partir del ingreso del extranjero al Ecuador."

O sea, que si se gestiona en Venezuela no correo el lapso para su vencimiento si no hasta que se ingrese a Ecuador.

Ahora, hay que ver qué criterios están manejando en los consulados. Mañana dejaré la pereza y me acercaré personalmente al consulado Jjeje Cuando tengo info adicional escribo.


hola lake que informacion te dieron en el consulado?

Hola.

En en consulado de acá de Maracaibo me dijeron que no están procesando visas porque desde antes de Semana Sángana no tienen timbres fiscales  :blink:

Llamé al consulado de Valencia y me dijeron que ellos si las están procesando, que atienden por orden de llegada y que los requisitos son los que están ahí en la pág. de la cancillería. Pregunté por el arancel y me dijeron que eso se me informa después de 3 días, si me aprueban la visa  :huh:

Ey, pero vos sois de Valencia. Deberías acercarte a ver qué información adicional podéis averiguar en el consulado de allá...

Hola:

Se advierte de que, en caso de obtener la visa 12-XI en el Consulado de Ecuador, luego de entrar en Ecuador, se cuenta con un plazo de TREINTA DÍAS, para solicitar la INSCRIPCIÓN de la visa en el Registro de Extranjeros y luego, en el Empadronamiento de Migración, ambos a cargo del Ministerio de Relaciknes Exteriores y Movilidad Humana.

Adicionalmente, debe saberse que, para trabajar por cuenta ajena, sujeto a Derecho del Trabajo ("contrato individual de trabajo"), con esta visa 12-XI, debe cumplirse con lo dispuesto en el art. 560 del Código de Trabajo, en concordancia con el Acuerdo Ministerial del Ministerio del Trabajo MDT-2015-0020, de 28 de enero de 2015 (en vigor desde el 6 de febrero de 2015) y con las disposiciones de la Ley de Seguridad Social . Básicamente, lo siguiente:

1.- El contrato de trabajo debe NECESARIAMENTE celebrarse POR ESCRITO y debe contener una CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD, en virtud de la cual, el trabajador extranjero se compromete a trabajar exclusivamente para el empleador que lo contrata.

2.- El contrato no podrá tener una duracion superior a la de la visa 12-XI y en contrato debe pactar expresamente que su vigencia empezará a partir de la fecha de expedición del certificado de registro laboral al que se hará mención a continuación.

3.- El contrato debe inscribirse en el Registro de Trabajadores Extranjeros, que se debe hacer a través de la página web www.trabajo.gob.ec .

4.- A partir de la inscripción anterior, la Dirección Nacional de Empleo y Reconversión Laboral del Ministerio del Trabajo deberá conceder la AUTORIZACIÓN LABORAL - CARNÉ OCUPACIONAL, que en este caso, se limitará a reconocer el derecho del extranjero titular de visa 12-XI a trabajar con el empleador que lo contrata. La fecha de la  certificación que expida del correspondiente registro y concesión de autorización laboral, será la que determine el inicio de la vigencia del contrato de trabajo (hasta antes, el contrato aún no adquirirá vigencia, ni por tanto, tampoco puede el trabajador legalmente empezar su actividad).

5.- El empleador deberá afiliar al trabajador al IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social), a partir de la fecha de inicio de la vigencia del contrato. El trabajador, como no tiene cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros, deberá adelantarse y solicitar personalmemte un número de referencia en cualquier oficina del IESS, para por medio de él poder solicitar sus claves por Internet y se le pueda generar el número de afiliación, a través de la web www.iess.gob.ec .

Se advierte de que el incumplimiento de la regulación laboral antes indicada comstituye infracción susceptible de ser sancionada con multa al empleador. Y asimismo, el retraso del empleador en llevar a cabo la afiliación al IESS es considerado contravención, penada con multa, mientras que la falta de afiliación al IESS es delito, castigado con pena privativa de libertad.

Un cordial saludo.

Muchísimas gracias por su cordial información.

Disculpe mi ignorancia pero, ¿Qué es el "Empadronamiento de Migración"?  :/

LakeMaracaibo escribió:

Muchísimas gracias por su cordial información.

Disculpe mi ignorancia pero, ¿Qué es el "Empadronamiento de Migración"?  :/


Hola:

El Empadronamiento de Migración, llamado también censo (nombre con el que se lo conoció tradicionalmente), es un catastro donde se inscribe a los extranjeros sujetos al fuero territorial, a quienes les ha sido concedida una visa, de cualquier calidad y categoría migratoria, para permanecer en el Ecuador por tiempo superior a 90 días. La finalidad del Empadronamiento de Migración es servir para el control de la permanencia y actividades de los extranjeros autorizados a permanecer en Ecuador por más de 90 días en calidad distinta de la de transeúnte (simple turista), es decir, para el ejercicio del poder de policía estatal en materia de Migración.

Viene establecido por la Ley de Migración y hasta el año 2012 estuvo a cargo de la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional (Ministerio del Interior), cuando fue transferida su llevanza y gestión al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, que no obstante, debe transmitir los datos que obren en el Empadronamiento de Migración a la Dirección Nacional de Migración, a efectos de la realización del control.

La inscripción en el Empadronamiento de Migración tiene carácter permanente, pero deberá renovarse cada vez que se modifique una visa o se produzca la renovación de una visa de NO INMIGRANTE susceptible de ser renovada. Tanto la inscripción como las renovaciones, tienen fijada una tasa de 4 dólares.

Están obligadas a inscribirse en el Empadronamiento de Migración las siguientes personas:

1.- TODAS las titulares de una visa de INMIGRANTE (es condición necesaria para la expedición de la ORDEN DE CÉDULA).

2.- TODAS las titulares de visa de NO INMIGRANTE, excepto las titulares de visas 12-I. 12-II. 12-III y 12-X.  No obstante, las titulares de visa 12-III que no tengan estatus diplomático, sino que se les hubiera concedido en virtud de Convenios entre el Estado y organizaciones no gubernamentales o a corresponsales de prensa extranjeros, sí que deben inscribirse en el Empadronamiento de Migración, pues no están exentos del fuero territorial. Los titulares de visa 12-X no deben inscribirse, aunque sí están sujetos al fuero territorial, pero dado que se trata de una visa de turismo y tránsito, concedida para estancias de hasta 90 días, la Ley no los obliga a inscribirse.

Cuando se practica la inscripción en el Empadronamiento de Migración, se expide un certificado, conocido con el nombre coloquial de "papeleta de Migración", que lo suelen exigir para muchos trámites. A las personas a quienes se les ha concedido una visa de INMIGRANTE, la misma orden de cédula contiene la certificación de inscripción en el Empadronamiento de Migración.

Un cordial saludo.

Josy09 escribió:

Anoche estuve conversando con un colega ecuatoriano y efectivamente la Visa donde establece el Acuerdo Migratorio Ecuador Venezuela esta completamente vigente... Por lo que me recomendó tramitar esta puesto que nos permite realizar actos lícitos de comercio... Ya luego se procesará la de permanencia en Ecuador para obtener la de Inmigrante residenciado y/o permanente.....


Buenas Tardes, Estimada Josy09 espero que te encuentres,bien me interesa tu cita donde se puede solicitar esa Visa en Venezuela?. Tengo planes de ir vivir Ecuador el año que viene estoy esperando la entreguen de mi titulo para legalizarlo y apostillarlo  y comenzar nueva aventura. Saludos.

saludos! con la Visa 12: XI Estatuto permanente Ecuador Venezuela , puedo optar por una visa permanente en ecuador? que tipo de siga sigue luego de la visa 12:xi. A través de que medio se justifica  la permanencia regular en el país al ingreso del trámite.?? como es esto??

hola! segun lo que escribiste el arancel se paga luego de que se apruebe el tramite, es decir no es necesario llevar los dolares en la primera cita? usted me podrá dar los numero de telefonos de ellos y su horario de trabajo en cuanto a la atención para tramite de visa para ecuador? mi correo es [email protected], me gustaria saber como preparo su carpeta para entrega de los documentos. Gracias! tb me quiero ir pronto.. =)

Saludos, me dirijo a usted para pedir información sobre la solicitud de visa 12-IX, para un maximo de dias de 180 y motivo del viaje es el de validar mi titulo de profesional para posteriormente estabilizarme como inmigrante.

Los requisitos para ser cosignado en el Consulado que  obtuve a través de Internet fueron los siguientes:

1- fotografía tamaño pasaporte con fondo blanco
2- original y copia del pasaporte con vigencia mínima de 6 meses
3- carta de solicitud de visa 12-IX de actos de comercio, con exposición de motivos, indicando el número de días solicitados (mínimo 91, máximo 180), dirigida a la Cónsul Annita Castillo Palma (Valencia)
4- bajar de la página mmrree.gob.ec, link servicios-visas-formulario de solicitud y llenarlo
5- copia del pasaje de ida y vuelta
6- demostrar solvencia económica, Estados de cuenta corriente, ahorros, tarjetas de crédito, etc, en promedio mínimo 3150 Bolívares por cada mes solicitado
7- todo eso en una carpeta marrón ordenada tamaño oficio junto al papel que te dan en el respectivo consulado de los requisitos.
8- solicitud de la visa 180 bolívares cancelados de una vez y una vez aprobada 1260 bolívares.

Me gustaría saber si:

hay algún cambio con respecto a los documentos y requisitos para optar a la visa 12-IX,
cuales son los nuevos precios y
si hay algún otro requisito para ser consignado.

Con respecto a la planilla que se descargar en cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2015/03/formulario-solicitud-visa-no-inmigrante-032015.pdf me gustaria saber si:

Se puede ser llenada a mano directamente en el Consulado,

Debido a que hay campos que tengo dudas al responder, como:

ENTIDAD AUSPICIANTE,
ACTIVIDAD A DESARROLLAR y
DEPENDIENTES.

Con respecto al punto numero 5 de documentos a ser cosignados, se refiere a copia del pasaje ida y vuelta, mi primera inquietud es:

Si se puede entregar pasaje solo ida,
y la segunda inquietud es si el viaje es terrestre por autobus, ¿cómo se entrega copia del boleto?,

Debido a que los buses deben realizar varias escalas hasta llegar a quito, y en medio de las escalas se van comprando los pasajes, si mas tengo entendido tiene la siguiente ruta: San Cristobal - San Antonio - Cucuta - Bogota - Quito.

Se entregaría solo ida a Cúcuta?


Muchas Gracias

DanielaTo escribió:
Josy09 escribió:

Anoche estuve conversando con un colega ecuatoriano y efectivamente la Visa donde establece el Acuerdo Migratorio Ecuador Venezuela esta completamente vigente... Por lo que me recomendó tramitar esta puesto que nos permite realizar actos lícitos de comercio... Ya luego se procesará la de permanencia en Ecuador para obtener la de Inmigrante residenciado y/o permanente.....


Buenas Tardes, Estimada Josy09 espero que te encuentres,bien me interesa tu cita donde se puede solicitar esa Visa en Venezuela?. Tengo planes de ir vivir Ecuador el año que viene estoy esperando la entreguen de mi titulo para legalizarlo y apostillarlo  y comenzar nueva aventura. Saludos.


Hola en el Consulado ubicado en Valencia la estan tramitando.. Busca en internet (Estatuto Permanente Migratorio Ecuador Venezuela) lee los artículos 4 y 7 saludos

Me dijeron esto en el consulado:

Debo indicar que para registrar sus títulos en el Senescyt no necesita visa ud puede ir como turista por 90 dias tiempo suficiente para el trámite en mención. Para la Visa de Actos de Comercio en la actualidad debe demostrar solvencia económica de $354 por cada mes solicitado u su equivalente en bolivares a tasa simae.

De acuerdo a esto podré, registrar mi titulo y ademas optar por mi visa profesional visa v-9? Sin que halla adquirido la Visa 12-IX‏ de turista

Hola a todos! He visto muchas preguntas referentes a las visas y mucha confusión de los diferentes tipos de visado y es por esto que he decidido escribirles ya que tengo un amigo experto acá en Ecuador que fué quién tramitó mis papeles (soy Colombiana) y él puede ayudarles con los temas migratorios que necesiten.  Me escriben muchos venezolanos a mi email y creo que este puede ser un buen dato que les puede ayudar a orientar.  Mi amigo se llama Joseph Guznay y su email es [email protected].

Saludos y mucha suerte a todos!

hola tati, tu amigo no ha respondido mis mensajes. Solcite la visa de actos de comercio y me la negaron en Venezuela, es decir ya comenzaron a negar alas visa en nuestro pais, le señor me dijo que podia solicitarle en ecuador ya que tengo pasaje para agosto, mi duda es como se presenta la solvencia economica en ecuador? puedo llevar mis estados de cuentas de mis bancos venezolano con saldo en bolivares? ya que no poseo cuenta en dolares? estos deben ir notariados para ecuador? con cuanto meses de anticipacion de emision de solvencia bancaria?

No siempre el reconocimiento de los títulos es tan rápido como te indicaron. Si bien el de mi esposo salió en un poco mas de un mes el mío que lo entregamos al senescyt a finales de enero aun no sale y es de la USB que es de las que están en el listado de reconocimiento automático. Lo otro es que hace menos de un mes incluyeron el requisito de constancia de que los estudios fueron presenciales el cual debe estas apostillado.

marquesdevelez escribió:

Hola:

Se advierte de que, en caso de obtener la visa 12-XI en el Consulado de Ecuador, luego de entrar en Ecuador, se cuenta con un plazo de TREINTA DÍAS, para solicitar la INSCRIPCIÓN de la visa en el Registro de Extranjeros y luego, en el Empadronamiento de Migración, ambos a cargo del Ministerio de Relaciknes Exteriores y Movilidad Humana.

Adicionalmente, debe saberse que, para trabajar por cuenta ajena, sujeto a Derecho del Trabajo ("contrato individual de trabajo"), con esta visa 12-XI, debe cumplirse con lo dispuesto en el art. 560 del Código de Trabajo, en concordancia con el Acuerdo Ministerial del Ministerio del Trabajo MDT-2015-0020, de 28 de enero de 2015 (en vigor desde el 6 de febrero de 2015) y con las disposiciones de la Ley de Seguridad Social . Básicamente, lo siguiente:

1.- El contrato de trabajo debe NECESARIAMENTE celebrarse POR ESCRITO y debe contener una CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD, en virtud de la cual, el trabajador extranjero se compromete a trabajar exclusivamente para el empleador que lo contrata.

2.- El contrato no podrá tener una duracion superior a la de la visa 12-XI y en contrato debe pactar expresamente que su vigencia empezará a partir de la fecha de expedición del certificado de registro laboral al que se hará mención a continuación.

3.- El contrato debe inscribirse en el Registro de Trabajadores Extranjeros, que se debe hacer a través de la página web www.trabajo.gob.ec .

4.- A partir de la inscripción anterior, la Dirección Nacional de Empleo y Reconversión Laboral del Ministerio del Trabajo deberá conceder la AUTORIZACIÓN LABORAL - CARNÉ OCUPACIONAL, que en este caso, se limitará a reconocer el derecho del extranjero titular de visa 12-XI a trabajar con el empleador que lo contrata. La fecha de la  certificación que expida del correspondiente registro y concesión de autorización laboral, será la que determine el inicio de la vigencia del contrato de trabajo (hasta antes, el contrato aún no adquirirá vigencia, ni por tanto, tampoco puede el trabajador legalmente empezar su actividad).

5.- El empleador deberá afiliar al trabajador al IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social), a partir de la fecha de inicio de la vigencia del contrato. El trabajador, como no tiene cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros, deberá adelantarse y solicitar personalmemte un número de referencia en cualquier oficina del IESS, para por medio de él poder solicitar sus claves por Internet y se le pueda generar el número de afiliación, a través de la web www.iess.gob.ec .

Se advierte de que el incumplimiento de la regulación laboral antes indicada comstituye infracción susceptible de ser sancionada con multa al empleador. Y asimismo, el retraso del empleador en llevar a cabo la afiliación al IESS es considerado contravención, penada con multa, mientras que la falta de afiliación al IESS es delito, castigado con pena privativa de libertad.

Un cordial saludo.


Hola buenas noches Sr Marques, espero se encuentre muy bien! Primeramente le agradezco su valiosa colaboración para con todos nosotros sus porte es sin duda alguna muy significativo y de muchísima ayuda, por ello muchísimas gracias! En la oportunidad escribo porque estoy planificando a ver q visa optar en mi caso de Venezolana profesional pensaba cual seria mejor si la de convenio  la de actos de comercio porque quisiera montar mi propio negocio e ir gestionando todo mientras me sale lo de la homologación, viajo con mis 2 hijos menores, mi mama y mi esposos que no es profesional. Tenia en mente entre gestionar la visa convenio para todos y luego cuando obtenga mi visa 9V amparar a mi familia que les tramitaría la 9VI. O la de actos de comercio igual mientras me dan la 9V y ampararlos con las 9VI. Pero en un foro una chica me dice que: QUIENES TIENEN VISA DE NO INMIGRANTES NO PUEDEN SOLICITAR LA VISA 9VI y me paso este Link: http://www.ecuador.org/nuevosite/visas/ … ISAS_9.pdf
Ahora no se que hacer le agradecería su consejo.

desde el consulado (embajada) de ecuador en venezuela se puede ir adelantando algun tramite?

Un Saludo Soy Venezolano y Me Mude a Guayaquil El 29 de Diciembre de 2014.

Ya Tramite y Tengo Mi Visa 12-XI Estatuto Migratorio Ecuador Venezuela Desde Principios De Abril de 2015... Es Una Visa Muy Fácil de Tramitar, Sin Mucho Requisitos y Te La Entregan En Un Lapso de 2 Días.

Respondiendo Algunas Preguntas De Forma Sencilla:

1- Referente al Balance de Cuenta, Sin Tantos Rollos y Resumido... Solo Deben Tener Minimo 30mil Bs En Una Cuenta y Explicar La Conversión a La Cual La Realizaron Que Es 6,30Bs por Dólar.
     - Conclusión: 30mil Bs En Una Cuenta, Imprimen Un Balance De Cuenta Del Ultimo Mes Donde Aparezca Reflejado Dicha Cantidad y Listo!.

2- Referente al Trabajo... Con La Visa 12-XI E.M.E.V... Se Puede Laborar Pero Solo De Forma Independiente... PERO!!! Resulta Ser Que Actualmente Existen Empresas Que Aceptan Empleados Venezolanos Con La Visa 12-XI y Tranquilamente Te Pueden Asegurar... PERO!!! El Contrato De Trabajo Solo Debe Durar El Tiempo de Vigencia de La Visa.
   - Conclusión: Si Se Puede Trabajar De Forma Dependiente Con La Visa 12-XI... PERO!!! Llegando a Un Acuerdo Con El Patrono o Empleador y Cumpliendo Ciertos Requisitos Para Tener La Autorización Laboral.
   - Consejo: Una Vez Que Tengan La Visa 12-XI, Tramiten El RUC ( Que Es Como El RIF)... y Eso Le Da Mas Confianza al Empleador de Poder Contratarte. Ademas El RUC Sirve Como Un ""Cédula"" Entre Comillas. Pero No Los ES OK!! ( El Que Entendió; Entendió)... Porque? Porque Para Tener Cédula Ecuatoriana, Tiene Que Nacionalizarse! Así De Simple.

3- El Tramite de La Visa 12-XI Se Puede Realizar Tranquilamente En Los Consulados de Ecuador en Venezuela... o Tranquilamente En Los Ministerios de Relaciones Exteriores De Aquí De Ecuador.

Bueno... Espero Haber Sacado De Algunas Dudas a Algunos, Pero Se Bien Que Surgirán Nuevas Preguntas...

Mucho Éxito y Bendiciones a Todos

Excelente aporte mas clarito imposible!! Gracias!!

Gracias Guara, Yo También Soy Guaro De Nacimiento. =D

Cualquier Duda o Inquietud Que Tengan, Ayudare En Lo Posible.

Mucho Exito y Bendiciones.

jaja ok gracias!! :top:

¡Gracias por el aporte YohelBenitez! ¡te deseo el mayor de los éxitos!