Que ocurre cuando caduca la visa 9VI

HOLA BUENAS TARDES,

Me gustaría que me ajudaran a resolver una de mis dudas  y que nadie me sabe responder con seguridad puesto que por el momento tampoco he visto una ley que lo espcifique claramente.

cuando una persona española se casa con un ecuatoriano y solicita la visa 9 VI y despues de un tiempo vuelven a españa y se pasan del plazo de 90 días fuera del pais concretamente un año y medio y  posteriormente quieren regresar a ecuador, NO PARA QUEDARSE, sino para VISITAR A UN FAMILIAR ENFERMO,

la persona Española puede entrar en el pais en calidad de turista?
o por el contrario NO PUEDE entrar en ecuador pq se le caducó la visa y ahora nuevamente tiene que hacer algun tipo de gestión. de ser asi que es lo que tiene que hacer?

mi duda reside que en el consulado me dicen que la visa está caducada y por lo tanto puede entrar como turista y en ecuador me dicen que es el consulado que me tiene que cancelar la visa.... quien a su vez dice que ellos no pueden cancelar visas porque ellos no las emiten.
. Muchisimas gracias.

alicantina14 escribió:

HOLA BUENAS TARDES,

Me gustaría que me ajudaran a resolver una de mis dudas  y que nadie me sabe responder con seguridad puesto que por el momento tampoco he visto una ley que lo espcifique claramente.

cuando una persona española se casa con un ecuatoriano y solicita la visa 9 VI y despues de un tiempo vuelven a españa y se pasan del plazo de 90 días fuera del pais concretamente un año y medio y  posteriormente quieren regresar a ecuador, NO PARA QUEDARSE, sino para VISITAR A UN FAMILIAR ENFERMO,

la persona Española puede entrar en el pais en calidad de turista?
o por el contrario NO PUEDE entrar en ecuador pq se le caducó la visa y ahora nuevamente tiene que hacer algun tipo de gestión. de ser asi que es lo que tiene que hacer?

mi duda reside que en el consulado me dicen que la visa está caducada y por lo tanto puede entrar como turista y en ecuador me dicen que es el consulado que me tiene que cancelar la visa.... quien a su vez dice que ellos no pueden cancelar visas porque ellos no las emiten.
. Muchisimas gracias.


Hola:

Del Reglamento a la Ley de Extranjería:

"Art. 36.- Todo inmigrante legalmente inscrito podrá ausentarse y regresar al país, pero
no podrá permanecer en el exterior más de noventa días en cada año durante los dos
primeros años a partir de la fecha de admisión en calidad de inmigrante o más de
dieciocho meses consecutivos en cualquier tiempo, sin perder su calidad y categoría
migratorias en cuyo caso se cancelará su documentación."

De la Ley de Migración:

"Art. 10.- Serán excluidos al solicitar su admisión en el país, especialmente los extranjeros que,
habiendo sido admitidos en calidad de inmigrantes, estuvieren comprendidos en los siguientes
casos:

(...)

IV.- Que permanecieren en el exterior más de noventa días en cada año durante los dos
primeros años de su admisión e inscripción o más de dieciocho meses consecutivos en
cualquier tiempo o dieciocho meses o más con intermitencia durante cinco años."

De los anteriores textos normativos se concluye:

1.- La visa se pierde por el hecho de permanecer fuera del país por tiempo mayor al fijado por la normativa. Tal pérdida es ipso iure. Esto afecta, especialmente, a la continuidad de la residencia en el país, para lo que pudiera ser relevante.

2.- Sin embargo, la documentación debe ser cancelada por el órgano competente que la expidió.

3.- La ausencia por tiempo mayor al fijado es, a la vez, causal de exclusión de admisión a territorio de Ecuador.

4.- Sin embargo, en lo relativo a la entrada al país, prevalecen disposiciones constitucionales cuando se trata de cónyuges, convivientes de hecho o parientes de ecuatortianos o de otros extranjeros residentes legales titulares de visa de INMIGRANTE, hasta dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, en razón de la protección a la familia y al derecho reconocido a entrar y salir libremente del país.

Un cordial saludo.

Muchas gracias.

alicantina14 escribió:

Muchas gracias.


b

Por favor mi caso es muy parecido a la señora, quien me puede ayudar, yo soy papa de un niño Ecuatoriano mi esposa y yo somos extranjeros, pero queremos volver a Ecuador, pero hemos pasado 2 años afueras del país en verdad no sabíamos muy bien las normas, ahora no podemos volver a Ecuador? O hay una solución porque nadie me ha dicho ni en la embajada aquí en México, usted le dice que se cancela la visa VI, pero hay una excepción como hago ? En verdad le agradezco mucho si me puede orientar ...muchas gracias.. Me imagino que sí viajo no me dejan entrar y entonces como puedo hacer? Dónde me dirijo si estoy en México ? A quién le escribo la petición?

¿se resolvió el asunto?

Hola VGXJOKER,

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Saludos,
Vero
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