LA CARRERA DE DERECHO U OTRAS CON RESTRICCION EN ECUADOR ?

DECEARIA SABER  SI EN ECUADOR ES COMO EN PANAMA CON RESPECTO A LA CARRERA DE DERECHO ES SOLO PARA LOS NACIDOS EN ESE PAIS ? QUE SI ALLI AHI ALGUNA CARRERA QUE SEA SOLO DE EXCLUSIVO DE NACIONALIDAD DE LOS ECUATORIANOS ? PORQUE MI HIJA AQUI EN VENEZUELA ESTA CONMENZANDO LA CARRERA DE DERECHO Y EL PROXIMO AÑO DIOS MEDIANTE EMIGRAREMOS A ECUADOR .... EXISTIRA ALGUNA RESTRICCION ?

hernair escribió:

DECEARIA SABER  SI EN ECUADOR ES COMO EN PANAMA CON RESPECTO A LA CARRERA DE DERECHO ES SOLO PARA LOS NACIDOS EN ESE PAIS ? QUE SI ALLI AHI ALGUNA CARRERA QUE SEA SOLO DE EXCLUSIVO DE NACIONALIDAD DE LOS ECUATORIANOS ? PORQUE MI HIJA AQUI EN VENEZUELA ESTA CONMENZANDO LA CARRERA DE DERECHO Y EL PROXIMO AÑO DIOS MEDIANTE EMIGRAREMOS A ECUADOR .... EXISTIRA ALGUNA RESTRICCION ?


Hola:

1.- No existe restricción en razón de la nacionalidad, ni para cursar estudios superiores de Derecho en universidades de la República del Ecuador, ni tampoco para ejercer la abogacía. Cualquier persona, ecuatoriana o extranjera, puede acceder a estudiar Derecho en las universidades del país y al ejercicio profesional de la abogacía

2.- Sin embargo, las personas que hubieran obtenido la titulación de abogado en el exterior, deben solicitar el reconocimiento de su título en la SENESCYT. Y si quieren ejercer profesionalmente la abogacía, el procedimiento de reconocimiento que deben seguir es el de HOMOLOGACIÓN y CONVALIDACIÓN (aunque el título hubiera sido obtenido en una universidad que permita el reconocimiento automático).

3.- TODAS las personas graduadas en Derecho en Ecuador  o extranjeras que hubieran obtenido el reconocimiento de su título vía HOMOLOGACIÓN y CONVALIDACIÓN, deben necesariamente realizar un período de prácticas de 9 meses (un curso académico completo), a fin de obtener la HABILITACIÓN PROFESIONAL, que será lo que les permita, finalmente, inscribirse en el LIBRO DE REGISTRO DEL FORO DE ABOGADOS y obtener la credencial, que es la que permite propiamente ejercer la profesión y el acceso en calidad de abogado a juzgados, tribunales, dependencias públicas en general.

4.- Sin embargo, los extranjeros NO PUEDEN ejercer cargos públicos para los que se requiera tener titulación en Derecho de tercer nivel, pero para los que se exija como requisito fundamental ostentar la nacionalidad ecuatoriana. Tales cargos son todos aquellos que comporten ejercicio de la soberanía estatal y concretamente, el ejercicio propiamente dicho del poder jurisdiccional, del poder de promoción de justicia o cuidado del interés público, así como también la calidad de depositario de la fe pública o la custodia de Registros Públicos: juez, magistrado, fiscal, notario, registrador de la propiedad, registrador mercantil, entre los más relevantes. Para poder ocupar alguno de esos cargos, es necesario ser ecuatoriano.

5.- Los extranjeros no pueden tampoco formar parte de las Fuerzas Armadas del Ecuador, ni de la Policía Nacional del Ecuador, ni de la Comisión de Tránsito del Ecuador, ni de los cuerpos de Policía Metropolitana que tengan las Municipalidades. Se trata de fuerzas y cuerpos armados, encargados de la seguridad del Estado, externa e interna, que no puede serle confiada, bajo ningún concepto, a extranjero, al punto de que la exigencia para entrar en todos los cuerpos mencionados tiene un requisito reforzado a la calidad de ecuatoriano: serlo por NACIMIENTO.

6.- Los extranjeros tampoco pueden trabajar en seguridad privada. Está terminantemente prohibido que extranjeros trabajen como vigilantes privados o como investigadores privados, pues para dedicarse a esas labores la Ley de Seguridad Privada exige a las personas ser de nacionalidad ecuatoriana. Y para ser propietario de empresas de seguridad privada, se requiere ser ecuatoriano POR NACIMIENTO.

Un cordial saludo.

Y la ingeniería química? si ofrecen empleo a extranjeros en esa rama?

Hola amigo gracia por la información,  mi novio es abogado graduado en Venezuela y nos queremos ir a vivir a Ecuador el año que viene, mi pregunta es ¿el  podría trabajar como abogado?, ya leí que no puede aspirar a cargos públicos pero saltándonos eso, el podría ejercer?

perlamrm escribió:

Hola amigo gracia por la información,  mi novio es abogado graduado en Venezuela y nos queremos ir a vivir a Ecuador el año que viene, mi pregunta es ¿el  podría trabajar como abogado?, ya leí que no puede aspirar a cargos públicos pero saltándonos eso, el podría ejercer?


Hola:

Los abogados graduados en el extranjero no pueden ejercer automáticamente. Deben cumplir una serie de requisitos, que una vez cumplidos, les habilitará para el ejercicio profesional:

1.- Primero que nada, deben solicitar el reconocimiento de sus títulos en la SENESCYT. Este reconocimiento, es sólo ACADÉMICO. Ahora bien, caben dos posibilidades:

- Si el abogado extranjero no quiere ejercer como tal en Ecuador, puede solicitar el reconocimiento mediante el procedimiento que corresponda, que puede ser el automático o el de Convenio internacional (actualmente, sólo para títulos de Chile, Perú y Cuba).

- Si el abogado extranjero quiere ejercer como tal en Ecuador, debe expresamente solicitar el reconocimiento por la vía de procedimientos de HOMOLOGACIÓN y REVALIDACIÓN, aun cuando el título proceda de una universidad respecto de la cual correspondiera el procedimiento automático, para que sea reconocido con la denominación específica de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DE LA REPÚBLICA, que es la que tienen los títulos terminales de la carrera de Derecho en Ecuador. Cuando esto ocurre, prácticamente, se tiene que cursar materias adicionales (materias de Derecho positivo de Ecuador).

Lo que hay que tener presente es que, no sólo en Ecuador, sino en prácticamente todos los países, la titulación de Derecho siempre tiene exigencias peculiares para poder ser reconocida, básicamente, el conocimiento suficiente del Derecho positivo vigente en el país al que se traslada.


2.- Además, el abogado graduado en el extranjero debe solicitar su inscripción en el Libro de Registro del Foro de Abogados, a cargo del Consejo de la Judicatura. Pero, para hacerlo, además del reconocimiento del título, se le exige la realización de un año de prácticas profesionales en instituciones públicas o consultorios jurídicos gratuitos de universidades (en el sector público, son remuneradas, aunque la cantidad que se paga es irrisoria). Finalizado el año de prácticas (del que nadie pude eximirse), el Consejo de la Judicatura expide el CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL, que servirá para la inscripción en el Libro de Registro del Foro de Abogados.

En conclusión: las personas que tengan titulaciones del ámbito del Derecho, lo tienen un poco más difícil en razón de que no tienen acceso automático e inmediato al ejercicio profesional de la abogacía. Hay personas ecuatorianas que han estudiado Derecho en el extranjero y al volver a Ecuador se han encontrado con esto y aunque los títulos les fueron reconocidos por la SENESCYT por el procedimiento automático, no les sirven para ejercer en Ecuador y se han visto obligados a matricularse en universidades ecuatorianas de asignaturas de Derecho positivo ecuatoriano, para obtener el título de Abogado en Ecuador y poder ejercer y paralelamente, han estado realizando las prácticas.

Un cordial saludo.

Hola! Me podría indicar cuáles son esas materias que requieren estudio para lograr la nivelación? Lo digo porque me mudaré a Ecuador y quiero ir estudiando con anticipación o al menos leyendo todo lo que pueda para no llegar en el aire. Soy de Venezuela y tengo muchas ganas de emprender una nueva vida en ese hermoso país.