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VISA -APRECIARIA MUCHO SU AYUDA

Último actividad 25 Agosto 2014 por mariajosebriones

Nueva conversación

mariajosebriones

HOLA, MI NOVIO YA CUMPLIO 90 DIAS DE ESTADIA EN EL ECUADOR EL DOMINGO 24 DE AGOSTO DEL 2014, ERA SU PRIMERA VEZ EN ECUADOR, ESTA TRABAJANDO EN UNA FABRICA EL CUAL LE HAN DADO CONTRATO POR UN ANIO, ESTA VIVIENDO EN UNA CASA QUE ALQUILA MENSUALMENTE, QUEREMOS SABER QUE TIPO DE VISA NECESITA PARA QUEDARSE MAS TIEMPO POR ACA, TURISTA ? VISA DE TRABAJO? QUE ES LO MAS RECOMENDABLE, Y SI TIENE QUE PAGAR LA MULTA DE 200 DOLARES POR HABERSE PASADO,
ESTA VIVIENDO EN CUENCA , ES ITALIANO.


GRACIAS ESTOY LEYENDO EN EL FORO PERO NO ME QUEDA MUY CLARO APRECIARIA MUCHO SU AYUDA

marquesdevelez

mariajosebriones escribió:

HOLA, MI NOVIO YA CUMPLIO 90 DIAS DE ESTADIA EN EL ECUADOR EL DOMINGO 24 DE AGOSTO DEL 2014, ERA SU PRIMERA VEZ EN ECUADOR, ESTA TRABAJANDO EN UNA FABRICA EL CUAL LE HAN DADO CONTRATO POR UN ANIO, ESTA VIVIENDO EN UNA CASA QUE ALQUILA MENSUALMENTE, QUEREMOS SABER QUE TIPO DE VISA NECESITA PARA QUEDARSE MAS TIEMPO POR ACA, TURISTA ? VISA DE TRABAJO? QUE ES LO MAS RECOMENDABLE, Y SI TIENE QUE PAGAR LA MULTA DE 200 DOLARES POR HABERSE PASADO,
ESTA VIVIENDO EN CUENCA , ES ITALIANO.


GRACIAS ESTOY LEYENDO EN EL FORO PERO NO ME QUEDA MUY CLARO APRECIARIA MUCHO SU AYUDA


Hola:

Si está como turista y no solicitó ninguna visa, se encuentra actualmente en la necesidad de salir del país.

La Constitución de Ecuador establece que el país es de fronteras abiertas y que no se considerará ilegal a ninguna persona por su condición migratoria. Sin embargo, cualquier extranjero que se quiera quedar a vivir en el país, debe solicitar una visa para el efecto (que se puede solicitar dentro de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana). Y debe hacerlo MIENTRAS DURE su permanencia legal autorizada. Transcurrido ese plazo, ya no se puede admitir a trámite solicitud alguna de visa y la persona debe necesariamente salir del país, EXCEPTO si se trata de :

- Cónyuges o convivientes de hecho de personas de nacionalidad ecuatoriana.

- Cónyuges o convivientes de hecho de extranjeros titulares de visa de INMIGRANTE.

- Progenitores de menores de edad de nacionalidad ecuatoriana que cumplan con la obligación de brindar alimentos.

- Parientes hasta dentro del segundo grado de de consangunidad o afinidad de ecuatorianos o de extranjeros titulares de visa de INMIGRANTE.


La Ley de Migración ya no establece multa de ninguna clase, por lo que no se está obligado a pagar nada.

Hay una cuestión en su escrito que no resulta coherente : ¿Cómo es posible que, a un extranjero que se encuentra como simple transeúnte, se le haya "dado" un contrato de trabajo por un año, si para contratar laboralmente a un extranjero - de forma legal, desde luego- la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, por una parte; la Ley de Migración y su Reglamento de desarrollo por otra y el Código de Trabajo y las regulaciones laborales por otra, exigen que el empleador deba comprobar que el extranjero es titular de una visa que permita su contratación laboral? Se lo digo porque, si bien el Código de Trabajo de Ecuador permite que los contratos de trabajo sean verbales (sin perjuicio de que puedan probarse por otro medio), sin embargo hay ciertos contratos que necesariamente deben celebrarse por escrito e inscribirse en la Inspectoría Provincial de Trabajo y cuando el trabajador es extranjero, se exige mayor prolijidad en este aspecto. Y debe tener en cuenta, asimismo,la obligación del empleador de afiliar al trabajador al IESS, obligación cuyo incumplimiento está ahora sancionado penalmente, desde la entrada en vigor, el pasado 10 de agosto, del nuevo Código Orgánico Integral Penal, con pena privativa de libertad.

Si ya agotó los 90 días como turista, como ha quedado indicado, debe salir del país y no podrá volver en tal calidad hasta dentro de nueve meses. La permanencia en el país por tiempo mayor al autorizado constituye causal de exclusión de admisión en el país, aunque no se tiene mayormente en cuenta cuando se han pasado unos pocos días, pero sí llama la atención cuando se han quedado mucho tiempo de forma irregular.

Si quería quedarse, debió procurar obtener una visa que se lo permitiera desde el principio.

Un cordial saludo.

mariajosebriones

muchisimas gracias por su pronta respuesta !

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