Volver a costa rica

Hola, soy argentino, tengo residencia permanente de Costa Rica, lo obtuve por vinculo con costarricense. Me divorcie en el 2008 y desde allí me vine a Argentina a trabajar. En el 2013 me case en Arg y tengo una bebe de 1 mes. Quiero volver a Costa Rica en julio de este año, renovar mi cédula y aplicar para mi familia. Es posible todo esto?? muchas gracias

Hola @tomaschef. Aunque no soy especialista en temas migratorios, creo que no debes tener ningún problema en renovar tu residencia. Yo he llegado, hace ya un tiempo, a estar como dos o tres años sin renovarla y cuando decidí hacerlo, pedí la cita, pagué las tasas (que son más elevadas por los periodos vencidos), y me dieron un plástico nuevo. Lo que si me imagino que conoces es que para la renovación piden justificante de estar en alta en la CCSS, por cuenta ajena (orden patronal) o propia (seguro voluntario).

Lo que veo más complicado es aplicar para tu familia, puesto que tu residencia es por estar casado con una nacional, y ya no lo estás (para la renovación no importa) lo cual chocaría con pedir residencia para tu nueva famiia. Deberías ponerlo en manos de un abogado especialista en migración porque quizás cabría la posibilidad de renovar la residencia y luego solicitar la naturalización (aunque creo que en el Registro o TSE confirman la continuidad del vinculo matrimonial con la nacional y ahí lo vas a tener quizás complicado), y si te la conceden, ya como tico pedir la residencia para tu familia.

Saludos.

Hola Adolfo, gracias por su respuesta, y le pregunto usted que haría con respecto a su familia, que estén de turistas hasta que pueda tramitar o salga la naturalización(cuanto tiempo hay que estar para naturalizarse?). Pienso que yo iría primero para arreglar mis papeles, y luego de un mes esperare a mi familia.
gracias
Tomas

Buenos días Tomás. Lo primero sería que vinieras y resolvieras el tema de tu residencia. Aunque la cita para la renovación te la van a dar rápido, si presentas todos los documentos correctamente, tendrás que esperar a que impriman y te entreguen el plástico, lo que te va a durar casi un mes, y sin ese documento no vas a poder avanzar más.

En tu caso, te recomendaría que antes de desplazarte, intentaras vía correo consultar con algún abogado especialista en temas migratorios que te pueda aconsejar bien. La naturalización, como casi todo aquí, va muy despacito. En mi caso la pedí en agosto del año pasado, me la rechazaron por no presentar el certificado de penales, presenté recurso, me lo denegaron, apelé y me lo rechazaron, entre tanto conseguí el certificado de marras y lo presenté a primeros de mayo y aún hoy sigo esperando la resolución.

Saludos.

Muchas gracias ADOLFO por su respuesta. YA estoy en contacto con dos abogados pero tienen sus tiempos, me contacte con dos a ver cual es el mas eficiente en darme una respuesta Aun espero su respuesta ya que el viernes tuvo cita con Migraciones en Liberia. Se que estoy ansioso pero podría mandarme aunque sea un mail comentando que averiguo, no? por eso tome la decisión de darle mi situación a otro abogado, que este si es recomendado por una amiga en Tamarindo.
Sobre el tema de la naturalización, que beneficio tendría de serlo??
Gracias
Tomas

Buenos días Tomás. La Dirección de Migración está en San José y dudo mucho que en la oficina que tienen en Liberia te puedan resolver mucho. Me imagino que recibirán la consulta y la trasladarán a San José y a esperar la respuesta. Lo que me extraña es que si el abogado es "especialista" tenga que ir a Migración a consultar nada. Se supone que él tiene que saber perfectamente qué se puede hacer y qué no.

La naturalización lo que hace es que te convierte en 100% tico, con todos sus derechos y obligaciones. Si eres tico, tu familia, aún siendo extranjeros, pueden pedir la residencia permanente por vínculo con costarricense.

Saludos.

Hola Adolfo, gracias por su respuesta. Los abogados, estos dos que me contacte, ambos me dijeron lo mismo: tengo que revisar su expediente en Migraciones. Nose que creer, porque recién ayer uno de ellos me mando un mensaje por whatsapp diciendo que me iba a pasar los costos y detalles. Asi que nose si eso es una respuesta positiva, ya que sino no me pasaría ningún tipo de arancel.. Y lo de mi familia nose nada, los tiempos que manejan son otros a los que uno espera desde el exterior.
El tramite lo hice en Liberia, y supongo que es por eso que tiene que ir a Migraciones para ver mi FAMOSO EXPEDIENTE. El otro abogado, el recomendado por una amiga, me dijo ayer que tardaba 7 días en darme una respuesta a todo, lo mío y lo de mi familia. Espero que salga algo bueno de todo esto.
Seguramente una vez allí y con mi cédula en mano, aplique para la naturalización.
Muchas gracias.

tomas buenas noches, mi nombre es Juan Pablo soy de costa rica te voy a pasar esta informacion para que la tomes en cuenta Naturalización por matrimonio: Para naturalizarse por esta modalidad, se requiere haber estado casado (a) con costarricense por espacio de dos años y haber residido físicamente por ese mismo período en el país, si ya tenes cedula quiere decir que tienes nuestra nacionalidad y tenes los mismos derechos y deberes que cualquiera de aca, por lo tanto .Naturalización por trascendencia: NATURALIZACIÓN POR TRASCENDENCIA DEL PADRE O LA MADRE: Para naturalizarse por esta modalidad, se requiere ser menor de edad, que el padre o madre tenga trámite de naturalización o esté naturalizado (a), y que el hijo o la hija se encuentre residiendo en Costa Rica al momento de naturalizarse su progenitor o progenitora.

ÍNCULO FAMILIAR

   
Este régimen genera un estatus de residencia permanente para aquellas personas que tienen un lazo familiar directo con un ciudadano o una ciudadana costarricense.

Para que este régimen sea viable, alguno de los siguientes parientes debe ser costarricense:

1.Cónyuge;
2.Hijo o hija (solamente en casos de menores de edad o individuos con discapacidad);
3.Madre o padre;
4.Hermano o hermana (solamente en casos de menores de edad o individuos con discapacidad)

    
              
RESIDENCIA BASADA EN EL VÍNCULO FAMILIAR

Requisitos para Obtener el Estatus

Antecedentes Penales:
La solicitud debe acompañarse de un historial limpio de antecedentes penales, tanto del solicitante principal como de cada dependiente mayor de quince años, emitido por la autoridad administrativa del país donde el solicitante ha vivido por los últimos tres años antes de su llegada a Costa Rica. Este documento se considera válido sólo por seis meses después de la fecha de su expedición y debe ser autenticado por el Consulado de Costa Rica localizado en el país de emisión o bien puede ser apostillado en el país de emisión siempre que el mismo sea parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla.

Certificación de Nacimiento:
Se requiere una certificación de nacimiento del solicitante, y de sus dependientes (si los hubiere). Este documento debe ser expedido por las autoridades correspondientes en el lugar de nacimiento. Este documento se considera válido sólo por seis meses después de la fecha de su expedición y debe ser autenticado por el Consulado de Costa Rica localizado en el país de emisión o bien puede ser apostillado en el país de emisión siempre que el mismo sea parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla.


Certificación de Prueba de Vínculo:
En caso de vínculo por tener cónyuge de costarricense: certificación de matrimonio emitido por el Registro Civil de Costa Rica. Si el matrimonio ocurrió en el exterior, debe ser inscrito ante el Registro Civil de Costa Rica antes de solicitar la residencia.

En caso de vínculo por ser madre o padre de costarricense: certificación de nacimiento del hijo costarricense en el que se exprese el nombre de sus padres.

En caso de vínculo por ser hijo o hija de costarricense (solamente en casos de menores de edad o individuos con discapacidad): certificación de nacimiento en la que se exprese el nombre de los padres.

En caso de vínculo por tener hermano o hermana costarricense (solamente en casos de menores de edad o individuos con discapacidad): certificación de nacimiento del hermano o hermana del solicitante.

Registro Ante El Consulado Del País De Ciudadania Del Solicitante En Costa Rica:

Todos los solicitantes deberán registrarse ante el Consulado de su país de ciudadanía en Costa Rica. Cada Consulado tiene sus propios requisitos para este registro, los cuales tienden a cambiar a través del tiempo, por lo que es recomendable contactarlos directamente para consultar sobre las condiciones que aplican al momento de registrarse. Este requisito no es necesario cuando el país de ciudadanía del solicitante no tiene un Consulado en Costa Rica.

Registro ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS):
Todos los solicitantes deben registrarse ante la CCSS una vez que la residencia esté aprobada. Este trámite requerirá una reunión con un inspector de la CCSS, la determinación de un canon mensual a pagar y la obtención de las tarjetas de seguro social en la clínica local (EBAIS). Los requisitos específicos varían dependiendo de la sucursal de la CCSS en la cual se haga el registro y a través del tiempo, por lo que es recomendable consultarnos los que se necesiten en ese momento.

Solicitud Del Interesado:

Nuestra firma preparará la solicitud (o solicitudes, en caso de que haya dependientes) una vez que recibamos toda la información y documentación necesaria; la cual será presentada de forma completa ante la Dirección General de Migración y Extranjería. Se requiere una solicitud por cada miembro de la familia.

Copia De Cédula:
Fotocopia de la cédula de identidad del familiar costarricense con el cual se tiene el vínculo.
Fotocopia Del Pasaporte Completo:
Requerida tanto para el solicitante como para sus dependientes. Debe incluir todas las páginas (incluso las páginas en blanco).

Fotografías:

Seis fotografías de frente, tamaño pasaporte y recientes.

Comprobante De Huellas Digitales:
Requisito aplicable a las personas mayores de doce años. Las huellas deben registrarse ante el Ministerio de Seguridad Pública, para lo cual debe presentar el pasaporte, una fotografía tamaño pasaporte, y llenar el formulario que se le proporcionará. Nuestra oficina se encarga de guiar a los solicitantes en la realización de este trámite. La diligencia requiere la presencia personal en Costa Rica del solicitante y de todos los dependientes mayores de diez años de edad a ser incluidos en la solicitud.

Depósito De Garantía:
Si la solicitud es aprobada, debe realizarse un depósito de garantía equivalente a la estimación hecha por la Dirección General de Migración sobre el valor de un pasaje de regreso al país de origen del solicitante. Deberán hacerse depósitos separados para cualquier dependiente incluido en la solicitud.

¡Importante!

Todos los documentos provenientes del extranjero necesitan autenticación del consulado de Costa Rica localizado en el país de emisión (caso en el cual deben después sernos enviados a Costa Rica para ser autenticados por el Ministerio de Relaciones Exteriores) o bien pueden ser apostillados en el país de emisión siempre que el mismo sea parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla.

Los consulados de Costa Rica están divididos en competencias. En la mayor parte de los casos, los Cónsules no legalizan o autentican documentos no emitidos por las autoridades dentro de su competencia. En los Estados Unidos, consulados específicos dan servicio a estados específicos. Consulte con el Consulado más cercano al lugar de emisión del documento sobre procedimientos, horas de oficina, y tarifas para cada documento en particular.

Todos los documentos que sean en idiomas diferentes al español deben traducirse en Costa Rica por un traductor oficial (gestión que nuestro despacho hace por el cliente).

Una vez otorgado el régimen, para poder mantenerlo, el residente no puede ausentarse del país por más de seis meses consecutivos por año, como requisito para mantener el estatus.

tomas lea lo anterior para que venga preparado y seria mejor realice usted los tramites porque un abogado acá te puede sacar dinero y no mover tu tramite, estando aca es mas sencillo