Visado de NO INMIGRANTE (180 dias) + estancia como TURISTA (90 dias)

Buenas tardes,

Viajo a Ecuador  a fin de realizar unas prácticas laborales de 6 meses de duración por medio de una beca concedida en España. El visado que se me proporciona es del tipo NO INMIGRANTE con una duración de 6 meses, sin embargo, debidio a la necesidad de realizar ciertos trámites a mi llegada, mi estancia en Ecuador se extenderá alrededor de 2 semanas más de los 6 meses permitidos.

Mi duda es, una vez agotado el período de 6 meses establecido por el visado que se me ha concedido, ¿podría alargar mi estancia otros 3  meses(90 días) en calidad de turista?. ¿Debería para ello salir del país y volver a entrar?

Muchas gracias,
Saludos

ilpc escribió:

Buenas tardes,

Viajo a Ecuador  a fin de realizar unas prácticas laborales de 6 meses de duración por medio de una beca concedida en España. El visado que se me proporciona es del tipo NO INMIGRANTE con una duración de 6 meses, sin embargo, debidio a la necesidad de realizar ciertos trámites a mi llegada, mi estancia en Ecuador se extenderá alrededor de 2 semanas más de los 6 meses permitidos.

Mi duda es, una vez agotado el período de 6 meses establecido por el visado que se me ha concedido, ¿podría alargar mi estancia otros 3  meses(90 días) en calidad de turista?. ¿Debería para ello salir del país y volver a entrar?

Muchas gracias,
Saludos


Hola.

Si va con una visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, concedida por un Consulado de Ecuador, que es la visa que tiene una vigencia máxima de 180 días y quiere quedarse más tiempo, debe hacer lo siguiente:

1.- Cuando llegue a Ecuador, tendrá 30 días de plazo para solicitar su inscripción en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, trámite que es gratuito. La vigencia de la visa comienza a partir de la fecha de inscripción en el Registro de Extranjeros (art. 47.V, del Reglamento a la Ley de Extranjería), no de la fecha de entrada en Ecuador. Por ello, una solución podría ser esperar dos semanas después de su llegada para inscribir la visa y de esa manera, comience a correr su plazo de vigencia más tarde.

2.- No olvide, asimismo, que está obligado a solicitar la inscripción en el Empadronamiento de Migración (art. 4.VI, de la Ley de Migración), que genera una tasa de 4 dólares. Actualmente, tal competencia está transferida al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Esto se hace después de haber inscrito la visa en el Registro de Extranjeros. Una vez que se inscriba, los datos le serán cedidos a la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional, a efectos de la realización de controles.

NOTA IMPORTANTE.- Por ningún motivo deje de practicar las dos inscripciones antes mencionadas.

Si se quiere quedar más tiempo del originalmente autorizado por la visa 12-IX (recuerde que los 180 días corren desde la fecha de inscripción en el Registro de Extranjeros), entonces deberá solicitar una nueva visa, de categoría diferente, porque la de visa de NO INMIGRANTE 12-IX no se puede renovar, pues solo se concede por 180 días en cada período de 12 meses. Por eso, si usted quiere quedarse más tiempo, pero sin motivo específico que justifique la concesión de otro tipo de visa, sino solo porque lo requiere para sus asuntos particulares, la visa que le conviene solicitar, siempre ANTES de que caduque la visa 12-IX, es la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-X, que tiene una vigencia de 90 días y tiene fijado un Arancel Diplomático y Consular de 30 dólares, a los que se debe sumar otros 30 dólares en concepto de soliitud, es decir, en total, 60 dólares. Y debe acreditar que dispone de recursos económicos para el período de validez de la visa (318 dólares por mes).

Un cordial saludo.

Muy buenas tardes!

Viví una situación parecida a la tuya hace unos meses y ahora tambien tengo una pequeña duda sobre mi proximo viaje en unas semanas así que la publico después de haberte contestado en caso haya alguien que me pueda ayudar a mi tambíen.

En febrero me pasó esto:
Se caducaba mi visa no-imigrante 12-VII y tenia el vuelo de salida del País 3 días despues de esa fecha.
En este mismo blog, el Señor Eric Suárez me explicó muy cordialmente que me habria podido quedar mas tiempo en el País sin recibir ninguna multa, sino que con el riesgo de algun llamado de atención por parte de la Policia. Así que me acerqué al Ministerio de Relaciones Exteriores para recibir confirma y estar mas tranquilo.
Después de haber dado vueltas por 2 días en las oficinas de la capital en cuanto los señores del Ministerio me dieron diferentes explicaciones sobre mi situación, llegué a la Policia de Migración donde de manera no muy educada me dijeron que me podía quedar en el País sin pagar multas, pero me iban a proibir la posibilidad de volver en el País por un tiempo de 1 a 2 años.
Así que, sabiendo que tenia que volver en el País en unos meses, tuve que cambiar mi VISA de 12-VII a 12-X gastando mas de 100dolares y varios dias.
El problema es que ni así estoy seguro que no tendré mas problemas.
AQUI TENGO MI PREGUNTA:
La visa 12-X tenía una duración de 90 días que ya se pasaron. Desde finales de este mes hasta inicio de febrero estaré otra vez en Ecuador yo también como pasante(por 75 días). Al parecer puedo entrar y quedarme en el País como turista.
Mis dudas son:
-No es que haya alguna limitación particular a las entradas en el País con diferentes visas en el mismo año, osea no es que llego al aeropuerto y no me dejan entrar? Es que en este año ya estuve ahí con visa 12-VII y 12-X?
-Una vez que dejo el País en febrero cuando puedo volver la proxima vez como turista? y si tengo otra visa?

Voy a poner mi pregunta también en otra pagina de este blog.
Espero que mi experiencia pueda ser util en alguna manera para solucionar tu problema.

giuseppe

Muchísimas gracias por su rápida respuesta, la información proporcionada soluciona mis dudas.

Saludos