INFORMACIÓN GENERAL VISADOS: ENTRADA, PERMANENCIA, RESIDENCIA

Hola,soy venezolana y dentro de poco viajare a ecuador-quito. Quisiera saber cuales son los requisitos que se necesitan para ejercer la docencia en dicho país para salicitarlos en mi casa de estudio. Se que es el titulo, notas certificadas y pensum, pero no sé que mas... Si alguien me podría ayudar se lo agradecería...

Una Consulta, al obtener la cédula por tener la residencia permanente (por matrimonio con Ecuatoriano) se puede buscar trabajo?.... o es necesario una visa de trabajo a pensar de tener la cédula y la residencia permanente?


Gracias!. saludos

Tito1411 escribió:

Una Consulta, al obtener la cédula por tener la residencia permanente (por matrimonio con Ecuatoriano) se puede buscar trabajo?.... o es necesario una visa de trabajo a pensar de tener la cédula y la residencia permanente?


Gracias!. saludos


Hola:

Si ha obtenido una visa de RESIDENCIA PERMANENTE en Ecuador, tiene derecho a residir por tiempo indefinido en el país y a trabajar por cuenta ajena o propia.

Todas las visas de RESIDENCIA PERMANENTE llevan implícita la autorización para trabajar.

Un cordial saludo.

Buenos dias!  :top:

Quisiera me despejen dudas.
tengo dos hijos, uno en preescolar y otra en 5 grado de primaria, somos venezolanos, pensando en establecernos en quito, que requisitos necesitos para que ellos sigan estudiando, aparte de la partidas legalizadas y apostillada.

Buenos días,
¿Pasa algo si regreso a Ecuador a 4 días de vencimiento de mi visa y solicito la nueva en esos días? Contando que hasta que me la admitan o nieguen estaré en el país o ¿hay que solicitar el trámite con un margen de tiempo?.

Si cuento con la visa 12 VI No Inmigrante de un año, ¿debería solicitar lo que se llama ahora "Transferencia de visa 12" sin presentar de nuevo toda la documentación que ya me exigieron la primera vez por parte de la empresa para la que trabajo?

Muchas gracias.

nereanuñez escribió:

Buenos días,
¿Pasa algo si regreso a Ecuador a 4 días de vencimiento de mi visa y solicito la nueva en esos días? Contando que hasta que me la admitan o nieguen estaré en el país o ¿hay que solicitar el trámite con un margen de tiempo?.

Si cuento con la visa 12 VI No Inmigrante de un año, ¿debería solicitar lo que se llama ahora "Transferencia de visa 12" sin presentar de nuevo toda la documentación que ya me exigieron la primera vez por parte de la empresa para la que trabajo?

Muchas gracias.


Hola:

1.- Puede regresar sin problemas mientras su visa esté vigente .

2.- La visa de NO INMIGRANTE categoría 12-VI ya no existe, pues se preveía en la antigua Ley de Extranjería, hoy derogada y sustituida por la Ley Orgánica de Movilidad Humana. Si usted desea permanecer en Ecuador deberá solicitar una visa de RESIDENCIA TEMPORAL, calidad dentro de la que se agrupan actualmente varias categorías migratorias previstas en la antigua Ley de Extranjería como visas de NO INMIGRANTE.

3.-La solicitud de visa de RESIDENCIA TEMPORAL deberá presentarla ANTES de que caduque su actual visa de NO INMIGRANTE 12-VI (puede ser, incluso, el día anterior a la caducidad). Para solicitarla debe presentar los documentos exigibles para la calidad migratoria en la que se basará. Actualmente las visas de RESIDENCIA TEMPORAL se conceden por dos años.

Es importante que presente oportunamente la solicitud de visa, pues así podrá permanecer legalmente en el país durante la tramitación y hasta tanto sea resuelta su solicitud.

Si por cualquier motivo llegase a retrasarse, el Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana concede todavía 30 días de plazo para solicitar una visa para regularizar su permanencia en el país. No es deseable que se llegue a esto, pero jurídicamente cabe la posibilidad.


www.cancilleria.gob.ec


4.- La transferencia de visa sólo es procedente cuando el pasaporte en el que fue estampada ha perdido su vigencia por caducidad o bien ha sido robado, se le ha extraviado o se ha deteriorado.

Un cordial saludo.

Hola soy haitiano soy médico graduado de cuba ahora estoy en Haïti yo tengo mi título registrado en el senescyt mi pregunta es comi puedo conseguir una visa para ir a trabajar en Ecuador gracias

Saludos, estimado.
¿Cómo está?
Quería plantearle una interrogante.

Yo soy extranjera, resido en Ecuador desde el 2014. Viví 1 año y medio con Visa estudiantil y en julio de 2015 obtuve la visa profesional y la cédula. Para ese entonces la visa profesional era indefinida y así lo señala en la impresión de mi pasaporte. El tema es que voy a cumplir 2 años y 6 meses con la visa profesional, en marzo debo salir de Ecuador por 2 años para realizar estudios en Argentina, pero debo regresar. He consultado en las oficinas del Ministerio de Movilidad Humana y me indican que puedo salir del país solo 180 días por cada año, y les informo que según la ley actualizada indica en el Art. 65 que la persona residente permanente, transcurridos los dos primeros años, podrá ausentarse del país hasta por cinco años. El funcionario me dijo que es a partir del tercer año. Indignada fui a la dirección de migración y ahí me dicen que son 180 y que los dos años empiezan a contar desde el momento que se hizo vigente la nueva ley, es decir desde febrero de 2017, cosa que me parece absurda puesto que la nueva ley señala que  los dos años se cuentan desde la fecha de obtención de la condición migratoria, en mi caso julio de 2015.

Me gustaría saber ¿cuál es la información correcta?, Gracias por su opinión y tiempo.

Buenas tardes,

Quisiera llegar con todos los papeles oportunos para solicitar mi visa ya que llegaré a 4 días del vencimiento de mi visa actual (Trabajo 12 - Vl) y con voy intención de solicitar la nueva modalidad de "Residente temporal – Profesional". Tengo varias preguntas:

1. En el formulario que debemos rellenar, ¿esto contaría como una "solicitud" de visa o una "renovación"?
2. En el punto 3 exigen: Condición migratoria regular (requisito aplicable solo dentro del país) ¿A que documento se refiere o donde se emite?
3. A la hora de valorar los medios de vida lícitos, ¿qué documento se les presenta?, ¿que cantidad sería la supuesta para considerar válida la estancia?

Muchas gracias de antemano,

Nerea

nereanuñez escribió:

Buenas tardes,

Quisiera llegar con todos los papeles oportunos para solicitar mi visa ya que llegaré a 4 días del vencimiento de mi visa actual (Trabajo 12 - Vl) y con voy intención de solicitar la nueva modalidad de "Residente temporal – Profesional". Tengo varias preguntas:

1. En el formulario que debemos rellenar, ¿esto contaría como una "solicitud" de visa o una "renovación"?
2. En el punto 3 exigen: Condición migratoria regular (requisito aplicable solo dentro del país) ¿A que documento se refiere o donde se emite?
3. A la hora de valorar los medios de vida lícitos, ¿qué documento se les presenta?, ¿que cantidad sería la supuesta para considerar válida la estancia?

Muchas gracias de antemano,

Nerea


Hola:

1.- Presente como SOLICITUD, porque el tipo de visa del que usted era titular ya no está previsto en la normativa actualmente en vigor, de modo que no se tratará de una renovación al mismo tipo de visa.

2.- La permanencia regular no es algo que se deba probar especialmente, se desprenderá del hecho de examinar sus documentos: si su visa está en vigor al momento de presentar la solicitud  y usted se encuentra dentro de territorio de Ecuador, se entiende que su permanencia en el país es regular.

3.- Si usted está trabajando actualmente y tiene un contrato de trabajo o un contrato civil de prestación de servicios profesionales en vigor, es suficiente. Si no está trabajando, entonces puede acreditar suficiencia de recursos mediante presentación de certificados de cuentas bancarias y saldo que tenga en ellas, así como tarjetas de crédito junto con su último estado de cuenta en el que conste el límite máximo de crédito concedido. Cuando se requiere contar con recursos económicos propios suficientes para sufragar sus gastos, la referencia siempre es el equivalente a una remuneración básica unificada del trabajador general por cada mes que pretenda permanecer en Ecuador, que para 2018 ha quedado en 386 dólares mensuales.

4.- Después de que sea concedida la visa, la persona extranjera estará obligada a afiliarse al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o a afiliarse a un seguro privado de salud. Cuenta con un plazo de 30 días para hacerlo y comunicarlo al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana para que le pueda ser expedida la orden de cédula, necesaria para que se le expida la cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación. Debe tener en cuenta que de acuerdo con la anterior normativa - Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo -, las personas extranjeras titulares de visa de NO INMIGRANTE no tenían derecho a obtener cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros y era suficiente con la visa estampada en el pasaporte y el empadronamiento de Migración. Pero la actual normativa - Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento de desarrollo-, sí establece la obligación de obtener cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros a todos los extranjeros titulares de visa de RESIDENCIA TEMPORAL ( con vigencia igual al tiempo por el que se les ha concedido la visa)  o RESIDENCIA PERMANENTE ( con vigencia de 10 años, igual que las personas de nacionalidad ecuatoriana).



Un cordial saludo.

Buenos dias quisiera saber como obtengo la cita para solicitar la visa en la embajada de ecuador en cuba me dijeron q tengo q  sacar la cita vía online pero no encuentro como hacerla si me pudieran ayudar c los agradeceria es d suma urgencia m dicen q ahora todo tiene q ser x cuba peero como ustedes sabeb la situacion del internet es un poco complicada por eso quiero reservarle la sita ami esposo desde aca pero no alla en que parte de la pagina es ya tengo toda la documentacion ce les agradece su ayuda

Buenos días, en cuba se comenta que ecuador va abrir nuevamente para los cubanos, a partir de enero saben si es cierta esta información?, saludos y Muchas Bendiciones para todos!!!

Buenas noches, por favor si alguien puede aclarame una duda les agradecería, les comento mi caso, yo tengo nacionalidad chilena y tengo entendido que no necesito visa para entrar a Ecuador, mi esposo e hija son bolivianos e igual creo no necesitan, pero queremos ir en un viaje familiar a conocer Ecuador con mi madre,  ella tiene nacionalidad cubana y aunque tiene residencia aca en Bolivia no se si necesitara visa para ingresar a Ecuador, estuvo buscando en la página de la embajada aca y no hay informacion al respecto. Lea agradezco de antemano. Saludos

KeniaLatorre escribió:

Buenas noches, por favor si alguien puede aclarame una duda les agradecería, les comento mi caso, yo tengo nacionalidad chilena y tengo entendido que no necesito visa para entrar a Ecuador, mi esposo e hija son bolivianos e igual creo no necesitan, pero queremos ir en un viaje familiar a conocer Ecuador con mi madre,  ella tiene nacionalidad cubana y aunque tiene residencia aca en Bolivia no se si necesitara visa para ingresar a Ecuador, estuvo buscando en la página de la embajada aca y no hay informacion al respecto. Lea agradezco de antemano. Saludos


Hola:

Las personas nacionales de Estados parte de la UNASUR ( Unión de Naciones Sudamericanas) no necesitan visa y pueden ingresar en Ecuador provistos de ALGUNO de los siguientes documentos :

- Pasaporte en vigor con una validez de al menos seis meses.

- Documento de identidad del país de nacionalidad en vigor.

Se les concede 180 días de plazo para permanecer en Ecuador en calidad de TURISTAS.

Estados parte de la UNASUR son: Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Chile, Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Guyana y Surinam.

Las personas de nacionalidad cubana SÍ NECESITAN visa para ingresar en Ecuador, aun en calidad de turistas.

Primeramente deben registrarse en la página web del CONSULADO VIRTUAL (http://www.consuladovirtual.gob.ec/ ) y esperar a que el registro sea aprobado. Si se aprueba, se envía un correo electrónico de confirmación y pueden acercarse al consulado de Ecuador acreditado en la demarcación consular donde resida actualmente la persona a solicitar la visa.

NOTA.- Cuando la persona es residente en un Estado distinto del que es nacional, el consulado exigirá la presentación del documento que acredite que la persona cuenta con autorización de residencia en ése Estado ( la visa o el permiso de residencia).

La visa se exige en virtud de la NACIONALIDAD de las personas a quienes el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana ha acordado establecer la necesidad de visa para ingresar en Ecuador. No existen excepciones en razón del país donde la persona actualmente sea residente legal .

Un cordial saludo.

Le agradezco muchisimo su respuesta. Un abrazo

Buenas tardes, soy Argentino, veo que ahora existe también la visa de unasur  aparte de la del mercosur, mi pregunta conviene una sobre otra para poder buscar trabajo en relación de dependencia?
Aparte de hacer el trámite de la visa ya sea del mercosur o unasur  llevando los antecedentes apostillados, pasaporte vigente, que otro trámite debería realizar para no tener inconvenientes al momento de postularme en ofertas laborales. Muchas gracias de antemano!! Saludos !!

Buenos días

Volví a Ecuador una semana antes y ahora estoy a 3 días del vencimiento de mi visa solucionando papeles, que por temas personales no pude adelantar mi viaje.

Ya estoy con todos los papeles necesarios para solicitar mi nueva visa de Residente Temporal - Profesional y veo que hay que solicitar una cita previa por internet para poder seguir con el trámite. A día de hoy está todo NO DISPONIBLE hasta abril, lo cual no me sirve ya que se me caduca esta semana. En post anteriores me comentabas que hay una parte en la que te conceden 30 días más a partir del vencimiento de tu visa para solucionar los tramites. En el ministerio me insisten que necesito cita y que si no hay siga insistiendo hasta que haya, lo cual no tiene sentido. ¿Me puedes explicar en que consiste ese método de los 30 días extra?

Muchas gracias de antelación,

Nerea

nereanuñez escribió:

Buenos días

Volví a Ecuador una semana antes y ahora estoy a 3 días del vencimiento de mi visa solucionando papeles, que por temas personales no pude adelantar mi viaje.

Ya estoy con todos los papeles necesarios para solicitar mi nueva visa de Residente Temporal - Profesional y veo que hay que solicitar una cita previa por internet para poder seguir con el trámite. A día de hoy está todo NO DISPONIBLE hasta abril, lo cual no me sirve ya que se me caduca esta semana. En post anteriores me comentabas que hay una parte en la que te conceden 30 días más a partir del vencimiento de tu visa para solucionar los tramites. En el ministerio me insisten que necesito cita y que si no hay siga insistiendo hasta que haya, lo cual no tiene sentido. ¿Me puedes explicar en que consiste ese método de los 30 días extra?

Muchas gracias de antelación,

Nerea


Hola:

Desde hace ya varios meses el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana estableció el sistema de cita previa para presentar solicitudes de visa o renovaciones, de modo que no es un procedimiento recientemente introducido. Aquí en España las Subdelegaciones del Gobierno en las provincias tienen un procedimiento similar y los extranjeros que residen en España y deben renovar sus autorizaciones de residencia han de solicitar cita por Internet para presentar sus solicitudes.

Puede suceder lo siguiente: que usted solicite cita para la presentación de su solicitud y sus documentos y el sistema informático se la asigne para una fecha posterior en la que haya disponibilidad efectiva para recibir su solicitud y sus documentos, pero que a todos los efectos se considere que usted ha presentado su solicitud antes de la caducidad de su actual visa y por tanto, que la ha presentado oportunamente. En todo caso, no puede ser perjudicada porque el sistema informático le asigne una cita para una fecha futura cuando usted se encuentra dentro del plazo para solicitar su renovación. Este particular debería comentarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana para que se lo aclaren o confirmen.

Con respecto a la regularización en caso de pérdida de la condición migratoria por las figuras de TERMINACIÓN o CANCELACIÓN previstas en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, el art. 15 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, aprobado mediante Decreto Ejecutivo número 111 de 3 de agosto de 2017, establece que SÍ ES POSIBLE para la persona extranjera regularizar su situación en Ecuador, siempre y cuando en el plazo improrrogable de 30 días siguientes a la fecha de terminación o cancelación de su visa solicite una nueva condición migratoria.

De acuerdo con el art. 68 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana ( al que se remite el ya citado art. 15 del Reglamento que la desarrolla), las definiciones de TERMINACIÓN y CANCELACIÓN  son las siguientes ( y en ese sentido hay que entenderlas ):

" La terminación de la visa se produce cuando se ha cumplido el tiempo para el cual fue autorizada la
permanencia en el país de la persona extranjera.

La cancelación es un acto administrativo que se da cuando el hecho generador de la visa se extingue y posibilita solicitar una nueva condición migratoria. La cancelación de la visa se produce cuando:

1. Han desaparecido los hechos que justificaron la concesión de la condición migratoria.

2. La persona extranjera ha obtenido una nueva condición migratoria.

3. La persona practica actos de naturaleza distinta a la categoría migratoria otorgada.

(...) "

La TERMINACIÓN se produce siempre IPSO IURE, por el simple hecho de cumplirse el tiempo para el cual fue concedida la visa. En cambio la CANCELACIÓN requiere de un pronunciamiento expreso de la Administración, en este caso el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, a través de un acto administrativo, adoptado previo procedimiento administrativo, en el cual resuelva cancelar la visa de la persona extranjera por hallarse en alguno de los supuestos enumerados.

En el caso de que simplemente su visa termine, esto es, finalice el tiempo por el que se la concedió y usted no ha solicitado antes de la fecha de caducidad la renovación o una visa de residencia permanente si ya le correspondiera, tendrá todavía 30 días de plazo para regularizar su situación mediante la solicitud de otra condición migratoria, que se materializará a través de una visa dentro de la categoría migratoria a la que se acoja. Tenga en cuenta, en todo caso, que el plazo de 30 días es IMPRORROGABLE. Si no regulariza su situación dentro de él, se le notificará sobre la obligación de abandonar el país en el plazo de 30 días, con la advertencia de que, de no hacerlo, podrá iniciarse en su contra el procedimiento de deportación ( con todo, el ejercicio del procedimiento de deportación, de acuerdo con la Ley Orgánica de Movilidad Humana, es competencia de la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior - autoridad de control migratorio-, no del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana - autoridad en materia de movilidad humana-, a quien sin embargo debe informarse).

Por ello, es recomendable que primeramente solicite aclaración y precisión respecto de su caso concreto: se halla dentro de plazo para presentar la solicitud de visa, pero el sistema informático le concede cita para una fecha muy lejana que la perjudicaría, entonces su cuestión fundamental al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana será si acaso el hecho de solictar la cita previa en una fecha en la que aún está vigente su visa actual puede ser considerado como una presentación oportuna de la solicitud, esto es, mientras su visa anterior está vigente aunque cuando presente la solicitud ya estará caducada dado que debido a la actual organización que ha establecido el Ministerio para la recepción de solicitudes exclusivamente mediante cita previa a usted no le es posible presentar su solicitud mientras está vigente su actual visa,pues el sistema informático le asigna cita para el mes de abril.

Otra recomendación: para cualquier consulta o escrito dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, preséntela por escrito, ya sea por fax o correo electrónico y también puede darle ingreso a través del Registro ( especialmente recomendable si quiere tener una constancia de presentación). Nunca debe quedarse solo con informaciones verbales que pueden ser tergiversadas, lo mejor siempre es obtener una respuesta por escrito y en papel oficial del propio Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Podría incluso solicitar que se consulte preferiblemente alguien de asesoría jurídica del Ministerio, dadas sus circunstancias, para que se pronuncie a la brevedad posible sobre la admisibilidad de su solicitud.

Un cordial saludo.

Buenos días solo quería que porfa me ayudara con una duda que tengo.con cuanto tiempo de anterioridad antes de que se me vensa la visa debo de sacar la cedula ecuatoriana muchas gracias por su ayuda.
               Cordial saludo

Saludos. Que tipo de visa tienes? Ejemplo si es unasur y te la sacastes antes del mes de octubre del año pasado no puedes. Debes dejar que se venza. . Cosa ilogica pero asi jos tratan
Si me das detalles de la visa que tienes. Fecha de vencimiento y eso podre formular mejor la respuesta

Mercosur se vence el 22 de marzo ya cumplo los dos alos  o sera q puedo renovarla? Gracias x tu ayuda :cheers:

Liliana Marcela lopez quintero escribió:

Buenos días solo quería que porfa me ayudara con una duda que tengo.con cuanto tiempo de anterioridad antes de que se me vensa la visa debo de sacar la cedula ecuatoriana muchas gracias por su ayuda.
               Cordial saludo


Hola:

La visa de residencia temporaria MERCOSUR no se renueva, sino que ya le correspondería solicitar una visa de RESIDENCIA PERMANENTE.  Así es como se ha estipulado en el respectivo convenio:

Dos años de RESIDENCIA TEMPORARIA iniciales y luego ya RESIDENCIA PERMANENTE.

Para solicitar visa de RESIDENCIA PERMANENTE MERCOSUR debe demostrar que cuenta con medios de vida en Ecuador . En el siguiente enlace tiene los requisitos:

http://www.cancilleria.gob.ec/visa-resi … -mercosur/


Debe solicitar cita previa para ser atendida en el siguiente enlace:

http://www.cancilleria.gob.ec/sistema-v … -de-citas/


La solicitud siempre la debe presentar ANTES de la caducidad de su actual visa. Es recomendable presentar la solicitud al menos un mes antes de la fecha de caducidad.

Cuando se le conceda la visa y se le estampe en el pasaporte, tendrá 30 días de plazo para presentar el certificado de afiliación al IESS ( Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) o de contratación de un seguro privado. Cuando ya tenga ese documento, deberá solicitar cita para que le sea expedida la ORDEN DE CÉDULA :

http://www.cancilleria.gob.ec/orden-de- … -de-citas/


Con la orden de cédula ya podrá solicitar que le sea expedida la cédula en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

Un cordial saludo.

Liliana Marcela lopez quintero escribió:

Mercosur se vence el 22 de marzo ya cumplo los dos alos  o sera q puedo renovarla? Gracias x tu ayuda :cheers:


Hola:

La visa de residencia temporaria MERCOSUR no se renueva, sino que ya le correspondería solicitar una visa de RESIDENCIA PERMANENTE.  Así es como se ha estipulado en el respectivo convenio:

Dos años de RESIDENCIA TEMPORARIA iniciales y luego ya RESIDENCIA PERMANENTE.

Para solicitar visa de RESIDENCIA PERMANENTE MERCOSUR debe demostrar que cuenta con medios de vida en Ecuador . En el siguiente enlace tiene los requisitos:

http://www.cancilleria.gob.ec/visa-resi … -mercosur/


Debe solicitar cita previa para ser atendida en el siguiente enlace:

http://www.cancilleria.gob.ec/sistema-v … -de-citas/


La solicitud siempre la debe presentar ANTES de la caducidad de su actual visa. Es recomendable presentar la solicitud al menos un mes antes de la fecha de caducidad.

Cuando se le conceda la visa y se le estampe en el pasaporte, tendrá 30 días de plazo para presentar el certificado de afiliación al IESS ( Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) o de contratación de un seguro privado. Cuando ya tenga ese documento, deberá solicitar cita para que le sea expedida la ORDEN DE CÉDULA :

http://www.cancilleria.gob.ec/orden-de- … -de-citas/


Con la orden de cédula ya podrá solicitar que le sea expedida la cédula en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

Un cordial saludo.

Muchas gracias por tu yuda  :cheers:

Hola, buenas tardes.

Tengo una doble nacionalidad: Mexicana por nacimiento, y estadounidense por naturalización. Mi marido es norteamericano, y vivimos en Estados Unidos. ¿Necesitamos tramitar una visa para entrar a Ecuador como turistas? Y si es así, ¿cuánto tiempo toma el proceso? La intención es ir en junio de este 2018.

La idea es ir a "escautear" y ver si es ahí donde queremos vivir en un futuro no muy lejano. ¿Dónde podemos obtener información sobre permisos de importación de bienes, tales como nuestras posesiones personales (de casa) y si es necesario antes de migrar, obtener la visa de migrante desde los Estados Unidos, que es donde vivimos.

Ambos somos profesores certificados en el estado de Texas, y yo además cuento con una maestría en Educación, la cual estudié en México; como parte de nuestro proyecto es poder acceder a ofrecer nuestros servicios, ya sea dentro de la enseñanza o como traductores inglés/español, y viceversa.

También necesitamos saber cómo es el proceso para transferir fondos para abrir una cuenta bancaria en Ecuador, y si es necesario que compremos una propiedad para acceder a una visa de migrante con mayor facilidad.

Muchas gracias por la información.

Hola Soy colombiano y debo tramitar la Visa Mercosur en Ecuador (temporal) para poder laborar por un tiempo maximo de 2 años, pero tengo dudas en el diligenciamiento del formulario de solicitud de Visa.

Respecto a ENTIDAD AUSPICIANTE debo ingresar la empresa donde entro a laborar?  y que debo ingresar en el campo ACTIVIDAD A DESARROLLAR ? y en el espacio SOLICITUD DE VISA?

Agradezco la ayuda

Buenas Tardes

Alguno tiene idea en este momento Febrero 2018,
Cuanto tarda el otorgamiento de la visa UNASUR  en la ciudad de Quito....tengo cita ...pero voy obtener la visa, sacar la licencia, la cedula, abrir cuenta de banco y a alquilar una habitacion...... y requiero sacar cuentas para comprar el pasaje de regreso para buscar a mi familia

Gracias!

Buenas tardes gracias por el foro con respecto a esa informacion que pego abajo.... a esta fecha 08/04/2018 esta vigene????? el papa de la niña y yo tenemos pasaportes somos venezolanos y queremos viajar con nuestra hija de 5 años que no lo tiene aun ella puede entrar sin ningun problema al pais  y  estar amparda por nosotros?

A) Los nacionales de Venezuela, Colombia, Perú, Bolivia, Chile, Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay: es suficiente con el documento de identidad. El pasaporte no es documento preceptivo e indispensable, si bien nada obsta que lo presenten para cruzar la frontera. Se advierte, con todo, que esta facilidad es exclusivamente para cruzar la frontera y ser admitidos en territorio de la República del Ecuador, pero no implica nada más: ni concesión de visa alguna, ni que están eximidos del cumplimiento de la normativa de Extranjería y Migración. Es solo una facilidad administrativa para permitir y garantizar la libre circulación de personas, acordada convencionalmente entre todos los Estados mencionados y el Ecuador, pero nada más.

dulcethayri escribió:

Buenas tardes gracias por el foro con respecto a esa informacion que pego abajo.... a esta fecha 08/04/2018 esta vigene????? el papa de la niña y yo tenemos pasaportes somos venezolanos y queremos viajar con nuestra hija de 5 años que no lo tiene aun ella puede entrar sin ningun problema al pais  y  estar amparda por nosotros?

A) Los nacionales de Venezuela, Colombia, Perú, Bolivia, Chile, Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay: es suficiente con el documento de identidad. El pasaporte no es documento preceptivo e indispensable, si bien nada obsta que lo presenten para cruzar la frontera. Se advierte, con todo, que esta facilidad es exclusivamente para cruzar la frontera y ser admitidos en territorio de la República del Ecuador, pero no implica nada más: ni concesión de visa alguna, ni que están eximidos del cumplimiento de la normativa de Extranjería y Migración. Es solo una facilidad administrativa para permitir y garantizar la libre circulación de personas, acordada convencionalmente entre todos los Estados mencionados y el Ecuador, pero nada más.


Hola:

1.- Si la menor es nacional de alguno de los Estados mencionados y viaja en compañía de sus progenitores, puede ingresar en territorio de Ecuador únicamente con el documento de identidad en vigor del país de nacionalidad.

2.- Pero si la intención es la de establecerse en Ecuador y solicitar una visa de residencia temporal, sí será necesario contar con el pasaporte en vigor con una vigencia de, al menos, seis meses. El pasaporte es inexcusable cuando se solicita visas de residencia, pues la visa se estampa en el pasaporte.

Un cordial saludo.

ok entiendo puede entrar con su partida de nacimiento legalizada sin nungun problema?

Buen dia  sr. Marquez

Soy de nacionalidad China   , me encuentro en Ecuador  con calidad migratoria  de turista  12X, pero mi  tia que llego  a ecuador en el año 2014 con el mismo tipo de visa , no ha regularizado su situación por el tema de idioma ya que ella solo habla chino. Necesito su ayuda ya que no se por donde empezar y  a donde ir para regularizar su situación , ya que planeamos viajar a Peru  ( tramitar visa peruana también ) pero primero debemos  regularizar su situación .
Agradezco cualquier tipo de  informacion o si usted me puede recomendar a alguien a quien acudir aquí en Quito y que se encargue de mi caso.
Saludos

Hola Paul5216,
¡Te damos la bienvenida a https://www.expat.com!

En lo que recibes respuesta, te invito a leer las demás conversaciones del Foro Ecuador - Formalidades. Verás que otros usuarios están en la misma situación y han recibido ayuda con sus preguntas.

¡Espero que puedan resolver la situación pronto!
Alec
equipo https://www.expat.com

Gracias por esta informacion, es la que estaba buscando, me tocara ir a la embajada en mi pais para saber si tiene un costo para los panamenos.

1-buen dia ,me pueden decir si una vez obtenida la residencia mercosur con el carnet de extranjeria puedo abrir una cuenta de ahorros en ecuador y cuanto gana  de interes mensual esa cuenta?
2-cuantos dolares puedo ingresar a ecuador sin declarar y a partir de que monto debo declararlos?
3- en este momento para recibir la residencia mercosur estan pidiendo un seguro medico, cuanto cuesta mensualmente ese seguro?
4-cuanto esta costando la visa d eresidente mercosur para colombianos , se paga formulario y visa o solo formulario por ser colombiano?
gracias

La verdad no tengo información al respecto... Pero tratare de buscar algo y te la envío... Saludos

Buenos días!! Alguien puede aclararme qué documento debo agregar (en el proceso de solicitud de visa por Consulado Virtual) cuando el requisito es "No representar una amenaza para el Estado del Ecuador?

Hola Antonio,
bienvenido a expat.com :)

Te sugerimos abrir un tema nuevo con cada pregunta que tengas; asi será más fácil que obtengas ayuda de los usuarios. :top:

Saludos,
Alec
Equipo Expat.com

Luishsilvaa escribió:

Buenos días!! Alguien puede aclararme qué documento debo agregar (en el proceso de solicitud de visa por Consulado Virtual) cuando el requisito es "No representar una amenaza para el Estado del Ecuador?


Hola :

Eso se prueba con el certificado de antecedentes penales expedido por la autoridad competente en el país de procedencia. Es suficiente con que en dicho certificado conste que la persona a la que se refiere no registra antecedentes penales en su país de origen.

Lo demás ya es trabajo interno de los consulados o del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, que consultarán a la Policía Nacional del Ecuador para que informe si el sujeto solicitante registra antecedentes penales en Ecuador o si consta en la base de datos de la INTERPOL como requerido por la Justicia de algún otro país, así como también a los Servicios de Inteligencia policial y militar ( todos los países tienen sus servicios de Inteligencia).

Si usted no tiene antecedentes penales en su país ni en ningún otro, no tiene nada por lo cual preocuparse.

Un cordial saludo.

antonio sarmiento escribió:

1-buen dia ,me pueden decir si una vez obtenida la residencia mercosur con el carnet de extranjeria puedo abrir una cuenta de ahorros en ecuador y cuanto gana  de interes mensual esa cuenta?
2-cuantos dolares puedo ingresar a ecuador sin declarar y a partir de que monto debo declararlos?
3- en este momento para recibir la residencia mercosur estan pidiendo un seguro medico, cuanto cuesta mensualmente ese seguro?
4-cuanto esta costando la visa d eresidente mercosur para colombianos , se paga formulario y visa o solo formulario por ser colombiano?
gracias


Hola :

Respecto de la cantidad de dinero que puede ingresar en Ecuador sin necesidad de declarar, la suma máxima es la de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA o su equivalente en moneda extranjera. Cualquier cantidad superior deberá declararse ante el Servicio de Aduana del Ecuador. Hay formularios específicos, en los que se deja constancia básicamente de la cantidad que se ingresa; la persona que lo hace, su nacionalidad y procedencia; la licitud del origen del dinero y la finalidad a la que se lo destinará en Ecuador.

Respecto del seguro médico, que lo exige la Ley, puede afiliarse al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ( IESS) como afiliado voluntario y con eso cumplirá el requisito. Es la opción más económica.

Las personas de nacionalidad colombiana están exentas del pago del arancel consular por CONCESIÓN DE LA VISA. Así se estipuló en el Acuerdo sobre Estatuto Migratorio Permanente entre Ecuador y Colombia. Pero en cambio SÍ DEBEN PAGAR el arancel consular establecido para la presentación de la solicitud ( 50 dólares) y también la tasa por la expedición de la cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros, que expide la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación ( 5 dólares). La gratuidad solo es para la concesión de la visa ( que es lo que realmente cuesta más caro).

Un cordial saludo.

gracias 1-
, me puede decir cuanto cuesta el seguro medico mensual con esa entidad estatal o donde puedo conseguir la informacion.
2-cuanto esta tardando el tramite de la visa si lo solicito aca en colombia y cuanto tardan en entregar el carnet de extranjeria una vez este en ecuador?
gracia nuevamente.