ACTUALIZACIÓN DEL LISTADO DE UNIVERSIDADES DE LA SENESCYT

Se informa que la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología de la República del Ecuador (SENESCYT), ha procedido a actualizar la lista anual de universidades extranjeras de alto nivel, cuyos títulos serán reconocidos automáticamente, conforme lo dispone la Ley Orgánica de Educación Superior y su Reglamento de desarrollo, así como los Reglamentos específicos aprobados por la propia SENESCYT. El listado puede consultarse en el siguiente enlace:


http://www.educacionsuperior.gob.ec/wp- … INAL-3.pdf


Se recuerda, asimismo, que si la universidad en la que se obtuvo el título NO CONSTA en el listado antes indicado, no significa que no se puede reconocer el título, sino tan solo que no se lo puede hacer mediante el procedimiento de reconocimiento automático y por ello, debe hacerse por alguna de las siguientes vías:

A) Convenio internacional, para títulos procedentes de universidades de Estados con los que la República del Ecuador mantenga Convenios específicos en esta materia y con esta finalidad, que se encuentren actualmente en vigor y operativos. De momento, solo existen Convenios de esta naturaleza con Chile, Cuba y Perú. Se han firmado Convenios similares con Venezuela y con Argentina, pero aún no están operativos, pues falta que se cumplan requisitos internos previstos en las legislaciones de cada país.

B) Comité interinstitucional: cuando el título ha sido expedido por una universidad que no consta en el listado antes indicado y tampoco procede de un país con el que existe Convenio, el procedimiento a seguirse es el del Comité interinstitucional, que consiste en que un Comité, integrado por académicos de diversas universidades, examina los títulos y los contenidos de los programas y emite un informe. Si es favorable, se concede el reconocimiento del título. Si es desfavorable, se debe acudir  a la siguiente vía prevista.

C) Procedimientos de HOMOLOGACIÓN y REVALIDACIÓN: presupone un informe negativo del Comité interinstitucional. En ese caso, se somete el expediente a conocimiento de una universidad designada por la SENESCYT, que deberá emitir su dictamen. Si del examen de los documentos, se considera que los contenidos sin iguales o superiores al 80 % de lo que se imparte en las universidades ecuatorianas en la misma carrera, simplemente, se condiciona la homologación a la superación de una prueba, que deberá versar sobre los contenidos específicos que se juzga hacen falta al interesado (muchos, quizás, relacionados directamente con la realidad de Ecuador, aunque puede también haber diferencias de enfoque de determinadas asignaturas). Si se supera la prueba, se concede la homologación y se reconoce el título.

En el caso de que, del examen del expediente, resulte que los contenidos son inferiores al 80% de lo que se imparte en las universidades ecuatorianas en la misma carrera, se sometará al interesado a un proceso de REVALIDACÓN de su título, pudiendo, a su elección, optar entre una prueba, que será mucho más amplia y exigente, para la que se deberá preparar por sí mismo o por matricularse y cursar, junto con los estudiantes de la carrera en referencia, las asignaturas que se considera le falta completar, debiendo al final del curso examinarse y superarlo, como cualquier otro estudiante. Este mismo tratamiento se dará a quien, teniendo su programa unos contenidos iguales o superiores al 80 %, no supere la prueba de contenidos específicos a la que debe someterse, según lo indicado en el párrafo anterior.

Quienes sean sometidos a un proceso de REVALIDACIÓN, cuando lo superen, serán incluidos en la lista de graduados de la respectiva universidad, para que sea inscrito el título en el SNIESE, a cargo de la SENESCYT y a todos los efectos, será considerado como una nueva graduación en Ecuador.


Con todo, se recuerda, asimismo, que el reconocimiento que hace la SENESCYT es eminentemente ACADÉMICO y no exime a los interesados de cumplir con los requisitos que, cada normativa sectorial, exija para el acceso al ejercicio profesional, como por ejemplo, sucede con las profesiones sanitarias o con la abogacía.


Espero que sea de utilidad esta información.

Estimado marquesdevelez,
Soy argentina, abogada, con un posgrado en mediación, egresada de una universidad que figura en el listado de homologación automática publicado por Senescyt. Viajaré a Ecuador en marzo de 2014, con idea de radicarme en Guayaquil. Mi pregunta es la siguiente, si presento los papeles para la homologación, y se registra finalmente el título, luego cuanto tiempo transcurre hasta que pueda ejercer como abogada? Imagino que debo hacer algún tipo de examen o práctica previa, no? Cuales son esos requisitos de acuerdo a la normativa sectorial a los q te referís al final del comentario?
Muchísimas gracias por toda la información que has publicado previamente.
Saludos y feliz año nuevo!

mafalda954 escribió:

Estimado marquesdevelez,
Soy argentina, abogada, con un posgrado en mediación, egresada de una universidad que figura en el listado de homologación automática publicado por Senescyt. Viajaré a Ecuador en marzo de 2014, con idea de radicarme en Guayaquil. Mi pregunta es la siguiente, si presento los papeles para la homologación, y se registra finalmente el título, luego cuanto tiempo transcurre hasta que pueda ejercer como abogada? Imagino que debo hacer algún tipo de examen o práctica previa, no? Cuales son esos requisitos de acuerdo a la normativa sectorial a los q te referís al final del comentario?
Muchísimas gracias por toda la información que has publicado previamente.
Saludos y feliz año nuevo!


Hola.

Le paso el enlace hacia la entrada específica sobre el acceso al ejercicio de la abogacía en Ecuador, que también se ha colgado en este foro:

https://www.expat.com/forum/viewtopic.php?id=263448

Lo fundamental es que el título tenga la denominación de ABOGADO (o como se denomina en Ecuador: ABOGADO DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DE LA REPÚBLICA), ya que solamente con ese título se puede acceder al ejercicio profesional. Las personas que tienen títulos con denominaciones diferentes (como Licenciado en Derecho, Bachiller en Derecho, Licenciado en Ciencias Jurídicas o similares), aunque les sea reconocido el título por la SENESCYT, no podrán acceder al ejercicio profesional, pues el reconocimiento de la SENESCYT es únicamente académico, pero no autoriza por sí solo al ejercicio profesional si se trata de alguna profesión reglada, que tenga su normativa específica de acceso, como sucede con las profesiones sanitarias o con la abogacía.

Si su título tiene la denominación de ABOGADO, no tendrá problemas en cuanto al acceso. Pero, deberá obtener el certificado de APTITUD PROFESIONAL, del Consejo de la Judicatura y luego la inscripción en el Registro del Foro de Abogados, también a cargo del Consejo de la Judicatura, luego de lo cual se entrega al letrado un carné con el número de registro asignado, que será el que deberá llevar consigo en todas sus actuaciones profesionales. Y para obtener el certificado de APTITUD PROFESIONAL, los abogados graduados en el extranjero, que tengan el título reconocido, deberán realizar un año de práctica preprofesional, en los términos fijados por el Código Orgánico de la Función Judicial y en el Reglamento aprobado para el efecto (la realización de la práctica es inexcusable, aun cuando se tenga ya varios años de experiencia profesional acreditada y títulos de posgrado, no se prevé ninguna excepción para abogados graduados en el extranjero, pues la práctica tiene por objeto acreditar que la persona está en aptitud plena para intervenir ante juzgados, tribunales y Administraciones Públicas de Ecuador y desde luego, que conoce suficientemente el Derecho ecuatoriano).

Únicamente con el número del registro del Foro de Abogados podrán llevarse a cabo actuaciones profesionales. Desde el año 2008 ya no es obligatorio en Ecuador afiliarse a Colegios de Abogados para poder acceder al ejercicio profesional, esta afiliación es voluntaria (aunque podría terminar resultando conveniente).

NOTA.- Los abogados graduados antes de la entrada en vigor del actual Código Orgánico de la Función Judicial, que ya estuvieran afiliados a cualquier Colegio de Abogados del Ecuador y ejerciendo profesionalmente, no están obligados a obtener el carné del Foro de Abogados, siendo válidas sus actuaciones siempre que indiquen su número de matrícula profesional del respectivo Colegio de Abogados.

Un cordial saludo.

Hola marquesdevelez!
Muchísimas gracias por tu pronta respuesta!
Mi título dice Abogada, así que en principio califico para hacer el año que se requiere para ejercer definitivamente.
Ya veré cuando esté en Guayaquil como sigo con todo..
Mientras tanto tu respuesta me ayuda muchísimo para tener un panorama previo.
Bien comienzo de año! Saludos cordiales.

Estimado marquesdevelez:

Estimado Marquesdevelez,

Quisiera preguntarle, dada mi situación de Ecuatoriano, graduado de Médico Cirujano en México con título actualmente ya registrado en el Senescyt, si para ejercer dentro del ámbito privado se debe registrar ante el MSP o sólo es un requisito para la práctica dentro del sistema público de salud? Si es así cuál es la posibilidad de revalidación del año de servicio social (llamado año rural en Ecuador) por parte del MSP con fines de inscripción en el MSP?
De antemano, muchas gracias por su ayuda
Saludos cordiales,

jgavilanese escribió:

Estimado marquesdevelez:

Estimado Marquesdevelez,

Quisiera preguntarle, dada mi situación de Ecuatoriano, graduado de Médico Cirujano en México con título actualmente ya registrado en el Senescyt, si para ejercer dentro del ámbito privado se debe registrar ante el MSP o sólo es un requisito para la práctica dentro del sistema público de salud? Si es así cuál es la posibilidad de revalidación del año de servicio social (llamado año rural en Ecuador) por parte del MSP con fines de inscripción en el MSP?
De antemano, muchas gracias por su ayuda
Saludos cordiales,


Hola.

La obligación de obtener la HABILITACIÓN PROFESIONAL y la inscripción en el REGISTRO DE PROFESIONALES SANITARIOS, a cargo del Ministerio de Salud Pública, es para TODAS las personas que vayan a ejercer profesiones consideradas como SANITARIAS, dentro del territorio de la República del Ecuador, independientemente de si se lo va a hacer en el sector público o en el sector privado.

Para las personas graduadas en el extranjero, existe la posibilidad de ser dispensados de la realización del año de salud rural, únicamente en el caso de que acrediten documentalmente que en el país donde se graduaron realizaron un período de práctica similar al exigido por la legislación ecuatoriana, tanto en cuanto a la duración, como al contenido.

En el siguiente enlace, tiene información sobre el trámite general:

http://www.tramitesciudadanos.gob.ec/tr … hp?cd=2211

No hay referencia alguna a lo que le he manifestado líneas arriba, pero existe la previsión normativa para ese supuesto, en un Reglamento aprobado hace ya más de un año, precisamente para facilitar que médicos extranjeros o graduados en el extranjero puedan acceder directamente al ejercicio profesional en Ecuador. En caso de dudas, puede contactar con el Ministerio de Salud Pública: [email protected]

Un saludo.

Estimado Marquesdeveles;

Soy ingeniera en Finanzas, graduada aquí en Ecuador pero estoy interesada en una maestría virtual en el Tecnológico de Monterrey, mi pregunta es: tendría algún problema al momento de registrar el titulo o la Senescyt no tiene problema en validar una maestría virtual? Es lo que me detiene para ingresar a estudiar.
Ojala me puedas despejar la duda al respecto.
de antemano te agradezco la ayuda. ;)

saludos

Hola soy venezolana y anestesiologo, estoy conaiderando irme a ecudor junto xon mi esposo quien tiene una oferta de trabajo alla! Me gustaria saber loa pasos a seguir para poder ejercer mi profesion alla. Gracias

Hola, alguien ha tenido la experiencia de que en el Senescyt no le aprobaron el título y por ende tiene que homologar.

Por favor que cuente su experiencia, si le toca estudiar en alguna universidad o presentó el examen.

Gracias  ;)

Saludos. ¿Qué tan cierto es eso de que ya no hay que legalizar en el Ministerio de Educación? Se puede hacer también por el registro estatal.
Leí en una respuesta que hay que ir irremediablemente a Caracas, ya que en los registros sólo se apostilla. Yo me acerque al Registro en Ciudad Bolívar y vi muchas personas con sus títulos, pregunte si era sólo para apostillar y me dijeron que la legalización también.
Pregunté a un funcionario y me dijo que ya no tengo que ir a Caracas al Ministerio de educación, pero realmente no lo vi convencido. Leo una cosa, otra gente me dice otra. Me quedo con la duda, ya casi que me provoca ir a Caracas a preguntar xD.

Disculpen lo redundante quizás en vista de que hay varias respuestas.

Leí esto en internet:

http://www.eluniversal.com/nacional-y-p … e-min-educ

Gracias.

nievecita16 escribió:

Saludos. ¿Qué tan cierto es eso de que ya no hay que legalizar en el Ministerio de Educación? Se puede hacer también por el registro estatal.
Leí en una respuesta que hay que ir irremediablemente a Caracas, ya que en los registros sólo se apostilla. Yo me acerque al Registro en Ciudad Bolívar y vi muchas personas con sus títulos, pregunte si era sólo para apostillar y me dijeron que la legalización también.
Pregunté a un funcionario y me dijo que ya no tengo que ir a Caracas al Ministerio de educación, pero realmente no lo vi convencido. Leo una cosa, otra gente me dice otra. Me quedo con la duda, ya casi que me provoca ir a Caracas a preguntar xD.

Disculpen lo redundante quizás en vista de que hay varias respuestas.

Leí esto en internet:

http://www.eluniversal.com/nacional-y-p … e-min-educ

Gracias.


Hola Nieves, espero estes bien... Te aclaro, la LEGALIZACION fue eliminada para los documentos de educacion basica y bachillerato, los documentos UNIVERSITARIOS si deben legalizarse. el Ministerio del Poder Popular para la Educacion (MPPE) y el Ministerio del Poder Popular para la Educacion Universitaria (MPPEU) son independientes. Espero haberte aclarado la duda.

Gracias muy amable. Claro. Duda aclarada :)

Tengo entendido el trámite de legalizaciones se está haciendo por notarias también mediante una declaración jurada, redactada y visada por un abogado, anexándole los documentos universitarios, ello en virtud de la falla con la asignación de citas a través del Ministerio de Educación Superior. Ojo, hablo de legalizar, no de apostillar. Esta información la confirmé en la notaria que están por la calle el Recreo de Sabana Grande, es una calle que va hacia la bajada del C.C el Recreo.

En cuanto al trámite de apostillar, pues ya todos sabemos que se puede hacer por estados en los Registros Mercantiles.

Buenas señor marquesdevelez quisiera saber si usted tiene información sobre si reconocen títulos de doctorados de la Fundación Universitaria Iberoamericana ya que tengo entendido que no aceptan universidades con modalidad a distancia. Gracias

Buenos días! A la oleada de preguntas me uno y quisiera saber ante qué órgano se valida un diplomado? Acá en Venezuela ya llevo 2 diplomados, que son cursos que tienen 6 meses de duración. Uno de esos diplomados es en docencia universitaria y el otro en inteligencia emocional. Estos estudios complementarios a mi título se validan en el SENESCYT o dónde?

ediexpat escribió:
nievecita16 escribió:

Saludos. ¿Qué tan cierto es eso de que ya no hay que legalizar en el Ministerio de Educación? Se puede hacer también por el registro estatal.
Leí en una respuesta que hay que ir irremediablemente a Caracas, ya que en los registros sólo se apostilla. Yo me acerque al Registro en Ciudad Bolívar y vi muchas personas con sus títulos, pregunte si era sólo para apostillar y me dijeron que la legalización también.
Pregunté a un funcionario y me dijo que ya no tengo que ir a Caracas al Ministerio de educación, pero realmente no lo vi convencido. Leo una cosa, otra gente me dice otra. Me quedo con la duda, ya casi que me provoca ir a Caracas a preguntar xD.

Disculpen lo redundante quizás en vista de que hay varias respuestas.

Leí esto en internet:

http://www.eluniversal.com/nacional-y-p … e-min-educ

Gracias.


Hola Nieves, espero estes bien... Te aclaro, la LEGALIZACION fue eliminada para los documentos de educacion basica y bachillerato, los documentos UNIVERSITARIOS si deben legalizarse. el Ministerio del Poder Popular para la Educacion (MPPE) y el Ministerio del Poder Popular para la Educacion Universitaria (MPPEU) son independientes. Espero haberte aclarado la duda.


Gracias por la aclaración amigo. Saludos

Hola por favor a quien pueda ayudarme soy licenciada en Bioanalisis con título de la universidad de Oriente Venezuela y me gustaría saber q tramites debo seguir ya estando en Ecuador para ejercer mi profesión gracias es q estoy por irme a Ecuador en un mes

Buenas noches, estoy haciendo un diplomado en la UCV en caso de irme, como puedo legalizarlo y apostillarlo?  se puede validar en el SENESCYT? no  existe mucha información de esto por la cual me gustaría que alguien me oriente.

Buenas tardes por favor alguien me puede informar...
cuales son los documentos especificamente aparte del titulo y los antecedentes  que deberia de llevar de la universidad cuando ya tienen convenio...gracias.

Hola para legalizar los diplomados debes buscar un abogado que te haga un documento respecto a los diplomados y notariarlos, luego lo llevas al registro principal y lo legalizas,  y después lo incluyes en tu cita de apostilla como documentos inherentes a educación universitaria