mapautintin escribió:Me podria explicar como debo realizar el tramite de la CURADURIA ESPECIAL PROTOCOLIZADA? Mi caso es el siguiente, soy madre soltera y deseo contraer matrimonio con mi pareja (que no es el padre de mi hijo), debo sacar la curaduria especial para mi hijo? Como es el tramite?
Hola:
La exigencia de nombramiento de curador especial para los hijos menores de edad, en el caso de personas que van a contraer matrimonio y tengan hijos menores de edad habidos en anteriores matrimonios o relaciones, viene establecido en el Código Civil (arts. 132 y 133). El trámite debe realizarse en Juzgado de lo Civil. Requiere patrocinio de abogado.
Cuando tenga la resolución judicial que nombre al curador especial, podrá contraer matrimonio. Si se la exigen protocolizada (la Ley no establece tal exigencia, pues resulta innecesaria), puede solicitar que sea protocolizada en cualquier notaría.
Un cordial saludo.