Constituir una empresa en Perú

Debes saber que las leyes del Perú reconocen diversas formas empresariales, tales como:

Las formas de sociedad más empleadas por inversionistas y empresas extranjeras son las Sociedades Anónimas y el establecimiento de Sucursales debido a las ventajas que otorgan.

La Sociedad Anónima

La sociedad anónima podrá adoptar cualquier denominación, pero deberá figurar necesariamente la indicación Sociedad Anónima, o las iniciales "S.A.". El capital social está representado por acciones nominativas y se integra por aportes de los socios, quienes no responden personalmente por las deudas sociales. Para que se constituya la sociedad es necesario que tenga su capital suscrito totalmente, y cada acción suscrita pagada, por lo menos, en un 25%.

Aunque no existe un monto mínimo de capital para crear una sociedad anónima, debes saber que como extranjero, si deseas obtener residencia como inversionista, tu aporte debe ser de al menos US $ 30.000,00 o su equivalente en moneda local.

Los aportes pueden ser en moneda nacional o extranjera, en bienes físicos o en contribuciones tecnológicas intangibles, que se puedan presentar bajo la forma de bienes físicos, documentos técnicos e instrucciones; con la finalidad de que sean susceptibles a ser valuados.

Para constituirse debe tener al menos dos accionistas, que pueden ser personas naturales o jurídicas, residentes o no residentes del Perú. Debes tener en cuenta que es imprescindible que el representante legal tenga residencia en Perú, puede ser extranjero o nacional. Dos extranjeros sin residencia en el Perú no pueden constituir una empresa en el país.

La Sociedad Anónima puede constituirse un sólo acto (Constitución Simultánea), o en forma sucesiva (Constitución por Oferta a Terceros). De cualquier manera, es imprescindible la intervención del Notario Público. En ambos casos, los fundadores de la sociedad deberán entregar al Notario los documentos e información necesarios para su constitución.

Las Sucursales

Las empresas extranjeras pueden establecer sucursales en el Perú, debiendo inscribirlas en el registro del lugar de su funcionamiento en el país de origen.

La escritura pública deberá contener al menos:

a. El certificado de vigencia de la sociedad principal en su país de origen con la constancia de que su pacto social ni su estatuto le impiden establecer sucursales en el extranjero;

b. Copia del pacto social y del estatuto o de los instrumentos equivalentes en el país de origen; y,

c. El acuerdo de establecer la sucursal en el Perú, adoptado por el órgano social competente de la sociedad que indique: el capital que se le asigna para el giro de sus actividades en el país, la declaración de que tales actividades están comprendidas dentro de su objeto social; el lugar del domicilio de la sucursal; la designación de por lo menos un representante legal permanente en el país; los poderes que le confiere; y su sometimiento a las leyes del Perú para responder por las obligaciones que contraiga la sucursal en el país.

El representante legal nombrado en el Perú, deberá tener poderes suficientes para resolver cualquier cuestión relacionada con las actividades de la empresa, para obligar a la sociedad por las operaciones que realice la sucursal y las generales de representación procesal que exige la ley. Te recordamos que el representante legal en el Perú deberá ser peruano o extranjero con residencia legal en el país.

Luego de constituir la empresa o establecer la sucursal en el país, el representante legal deberá proceder a la inscripción de la misma en el SUNAT para obtener el RUC que le permitirá iniciar formalmente operaciones comerciales en el país, importaciones, exportaciones, contrataciones con empresas privadas y el Estado.

Fuentes:

Ministerio de la Producción www.produce.gob.pe

SUNAT www.sunat.gob.pe

Superintendencia Nacional de Migraciones www.migraciones.gob.pe

Guía de Requisitos de Constitución de Empresas www.crecemype.pe/portal



Artículo escrito por Javier
Última actualización 04 Febrero 2016 11:26:18
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