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Obtener la ciudadanía peruana

22 min de lectura
Ciudadanía en Perú© Mario Vásquez Rioja / Pexels.com

Muchos extranjeros que llevan años viviendo en Perú asumen que la residencia permanente ofrece prácticamente los mismos derechos que la ciudadanía peruana. No es así. Solo la nacionalidad da acceso al pasaporte peruano, al voto en elecciones nacionales, a la protección consular y al derecho incondicional de permanencia en el país. La distinción es relevante si planeas quedarte de forma definitiva o transmitir la nacionalidad a tus hijos. Perú tiene un marco especialmente abierto en materia de doble nacionalidad: no exige renunciar a tu ciudadanía de origen para naturalizarte. El proceso se gestiona ante la Superintendencia Nacional de Migraciones, pero la Ley N° 32421, publicada en agosto de 2025, modifica varios requisitos clave, incluido el tiempo mínimo de residencia, cuya transición a cinco años aún no tiene fecha de entrada en vigor confirmada.

Ciudadanía y residencia permanente en Perú: diferencias clave

Residir legalmente en Perú y ser ciudadano peruano son dos situaciones jurídicas distintas, y entender la diferencia es el primer paso antes de decidir si solicitar la naturalización merece la pena para ti. La residencia permanente es un estatus migratorio administrado por la Superintendencia Nacional de Migraciones; la nacionalidad peruana, en cambio, es el vínculo legal, político y social entre una persona y el Estado peruano, regulado por la Ley N° 32421.

El titular de la calidad migratoria permanente recibe un carnet de extranjería válido por cinco años, renovable por otros cinco (cada tres años en el caso de menores). La renovación cuesta S/ 22,10 (aproximadamente 5 EUR) y se tramita ante Migraciones. Este estatus permite trabajar, estudiar, crear empresas, acceder al sistema público de salud, abrir cuentas bancarias y adquirir bienes inmuebles en las mismas condiciones que los ciudadanos peruanos, con una sola excepción: los extranjeros no pueden poseer minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía dentro de los 50 km de las fronteras del país sin un decreto supremo de necesidad pública.

Lo que distingue al ciudadano del residente permanente es un conjunto de derechos y obligaciones que la Constitución reserva exclusivamente a los nacionales. Solo los ciudadanos pueden obtener un DNI (Documento Nacional de Identidad) emitido por RENIEC, solicitar un pasaporte peruano, votar en elecciones nacionales y recibir protección consular como peruanos en el exterior. Los residentes permanentes, en cambio, sí pueden participar en elecciones municipales si se inscriben en el Registro Electoral de Extranjeros Residentes, conforme a la Ley N° 26864.

Otra diferencia práctica importante tiene que ver con la estabilidad. La residencia permanente obliga a mantener presencia continuada en el país: no se puede salir de Perú por más de 183 días consecutivos sin una autorización expresa de Migraciones, de lo contrario, se pierde el cómputo de residencia. La nacionalidad peruana, una vez concedida, no tiene requisito de renovación ni plazo de vigencia. Solo puede perderse por renuncia expresa, voluntaria y personal ante la autoridad peruana competente; adquirir la ciudadanía de otro país no genera su pérdida automática.

La residencia permanente es adecuada para quienes quieren establecerse en Perú a largo plazo manteniendo su identidad jurídica extranjera. La ciudadanía es la opción de quienes planean quedarse de forma definitiva, desean transmitir la nacionalidad a sus hijos, o necesitan un pasaporte peruano y los derechos políticos plenos que conlleva.

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Vías para obtener la ciudadanía peruana

La Ley N° 32421 reconoce varias rutas hacia la nacionalidad peruana. No todas son accesibles para los expatriados que han construido su vida en el país, pero conviene conocerlas todas antes de determinar cuál se aplica a tu situación.

La naturalización por residencia es la vía principal para la mayoría de los extranjeros que viven en Perú. Exige residencia legal continua, ingresos mínimos demostrables, un examen de conocimientos y la ausencia de antecedentes penales. Esta vía se explica en detalle en la sección siguiente.

El nacimiento en territorio peruano (principio de jus soli) otorga automáticamente la nacionalidad a toda persona nacida en Perú, con independencia de la nacionalidad de sus progenitores. No requiere ninguna solicitud: basta con el registro civil del nacimiento en Perú.

La ciudadanía por descendencia (jus sanguinis) permite que los hijos y nietos de peruanos de nacimiento nacidos en el extranjero sean inscritos como nacionales peruanos en el registro de nacimientos de la oficina consular peruana más cercana. Este derecho alcanza hasta la tercera generación y no es automático: requiere una solicitud expresa. Se detalla en su propia sección más adelante.

La ciudadanía por matrimonio es una vía con plazos reducidos: dos años de matrimonio civil con un ciudadano peruano y dos años de residencia continua en Perú. Culmina en el mismo acto de nacionalización que la naturalización ordinaria, pero con un procedimiento y una tasa propios.

La recuperación de la nacionalidad peruana es una opción para quienes nacieron peruanos y renunciaron expresamente a su nacionalidad con anterioridad. Pueden recuperarla mediante declaración de voluntad ante Migraciones (si residen en Perú) o ante una oficina consular peruana, acreditando la ausencia de antecedentes penales, judiciales y policiales.

La Ley N° 32421 también contempla vías excepcionales por distinción meritoria y para deportistas calificados, aunque el procedimiento detallado para estas categorías no ha sido publicado por Migraciones.

Existe además la calidad migratoria inversionista residente, un permiso de residencia renovable para inversores extranjeros. Esta condición puede conducir a la naturalización una vez cumplido el período de residencia requerido, pero no constituye en sí misma un programa de ciudadanía por inversión: el solicitante debe cumplir todos los requisitos de la naturalización ordinaria.

Todos los trámites de nacionalidad en Perú se gestionan ante la Superintendencia Nacional de Migraciones cuando el solicitante reside en el país, y ante las oficinas consulares peruanas en el exterior cuando corresponde. Tras obtener el Título de la Nacionalidad Peruana en la ceremonia de naturalización, el nuevo nacional se inscribe en RENIEC para obtener el DNI.

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Naturalización en Perú por residencia

Para quienes llevan años viviendo y trabajando en Perú, la naturalización por residencia es la puerta más directa a la ciudadanía. El procedimiento es competencia exclusiva de Migraciones y se tramita íntegramente en línea hasta el momento de la ceremonia.

El primer requisito es tener más de 18 años y acreditar residencia legal continua en Perú mediante un carnet de extranjería vigente. Aquí hay un elemento de transición que conviene tener muy presente: el procedimiento publicado por Migraciones exige actualmente un mínimo de dos años consecutivos de residencia legal. Sin embargo, la Ley N° 32421 (publicada el 15 de agosto de 2025) elevará este requisito a cinco años continuos e inmediatos de residencia migratoria, una vez que entren en vigor los reglamentos de desarrollo de la ley. La fecha de entrada en vigor no había sido confirmada en las fuentes oficiales disponibles a mediados de 2026. Antes de planificar tu solicitud, comprueba el requisito vigente en la página de procedimientos de Migraciones.

La presencia continua es un requisito complementario: la residencia no puede haber estado interrumpida durante el período de cómputo, salvo que Migraciones haya concedido una autorización expresa para permanecer fuera del país.

El segundo requisito de fondo es la solvencia económica. La ley fija un mínimo de 10 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), que Migraciones traduce en S/ 55 000 de ingresos brutos anuales (aproximadamente 13 000 EUR). Esta cantidad debe acreditarse documentalmente, y la forma de hacerlo varía según la situación laboral del solicitante. Los solicitantes de entidades religiosas reconocidas pueden sustituir este requisito por una declaración jurada de sostenimiento económico firmada por la entidad.

El tercer requisito es la ausencia de antecedentes penales, judiciales y policiales tanto en Perú como en el extranjero. Se acredita mediante declaración jurada y, de manera obligatoria, con la Ficha de Canje Internacional emitida por la OCN INTERPOL Lima de la Policía Nacional del Perú, con una antigüedad no mayor a seis meses. Este requisito fue reestablecido por orden judicial y está plenamente vigente.

Todos los solicitantes deben superar también un examen de evaluación interno de Migraciones, cuyo contenido se describe en la sección específica de este artículo.

Perú no exige la renuncia a la nacionalidad anterior como condición para naturalizarse. El procedimiento publicado de naturalización no contiene ningún requisito de renuncia.

Documentos requeridos para la naturalización en Perú

El conjunto documental varía según la situación laboral. Los documentos exigidos a todos los solicitantes son:

  • Formulario PA-NACIONALIDAD completado y firmado
  • Número de comprobante de pago y fecha
  • Copia simple del pasaporte
  • Declaración jurada de estado de salud, domicilio real en Perú y ausencia de antecedentes penales, judiciales y policiales
  • Acreditación de ingresos brutos anuales mínimos de S/ 55 000 (aproximadamente 13 000 EUR)
  • Ficha de Canje Internacional emitida por INTERPOL Lima, con antigüedad no mayor a seis meses
  • Partida de nacimiento original legalizada o apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú o por oficinas consulares peruanas

Los trabajadores dependientes deben adjuntar además: contrato de trabajo aprobado por la autoridad laboral con vigencia mínima de un año desde la fecha de presentación, las tres últimas boletas de pago, el certificado de rentas y retenciones de quinta categoría del ejercicio fiscal anterior, y constancia de que el RUC del empleador está activo y habido ante SUNAT. Los trabajadores independientes deben presentar contrato de servicios con vigencia mínima de un año, los tres últimos recibos por honorarios, declaración jurada y comprobante de pago del último impuesto a la renta anual, y el certificado de retenciones de SUNAT. Los inversores deben aportar certificado registral de SUNARP que acredite la inversión mínima requerida, número de licencia de funcionamiento, constancia de presentación y pago del último impuesto a la renta de la empresa, y certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales ante SUNAT.

Tasa y tramitación

La tasa oficial de Migraciones para la naturalización por residencia es de S/ 301,50 (aproximadamente 78 EUR), pagadera con el código 07564 en el Banco de la Nación o mediante el portal pagalo.pe. Una vez abonada la tasa, la solicitud se presenta en línea a través de la Agencia Digital de Migraciones (Mesa de Partes), cargando toda la documentación como un único archivo PDF.

Migraciones tiene un plazo máximo de 30 días hábiles para notificar la resolución al correo electrónico registrado, con posibilidad de suspensión en determinadas etapas del procedimiento. Cuando entre en vigor el reglamento de la Ley N° 32421, el plazo máximo pasará a ser de 18 meses, prorrogable por seis meses adicionales para verificaciones. Si la solicitud presenta deficiencias documentales, Migraciones notifica al solicitante por vía electrónica y concede un plazo para subsanarlas; los motivos más habituales de demora son el carnet de extranjería vencido y la Ficha INTERPOL con más de seis meses de antigüedad.

Bueno saberlo: La tasa de S/ 301,50 (aproximadamente 78 EUR) cubre la totalidad del procedimiento de naturalización, incluida la fase de evaluación. No existe una tasa separada para el examen. Los costes adicionales que debes presupuestar aparte son la apostilla o legalización de documentos expedidos en el extranjero, la traducción oficial al castellano por traductores acreditados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, y la obtención de la Ficha de Canje Internacional en INTERPOL Lima; estos importes varían.

Ciudadanía peruana por descendencia

Los hijos y nietos de peruanos de nacimiento nacidos en el extranjero tienen derecho a la nacionalidad peruana, pero ese derecho no se activa solo: hay que ejercerlo mediante un trámite de inscripción en el registro consular.

Para que este derecho exista, al menos uno de los progenitores debe ser peruano por nacimiento. Un padre o madre que adquirió la nacionalidad peruana por naturalización, matrimonio u opción no puede transmitir este derecho a sus hijos nacidos en el exterior. El límite generacional es la tercera generación: el derecho alcanza hasta los nietos de un peruano de nacimiento, siempre que exista una cadena ininterrumpida de inscripciones consulares que lo acredite.

La inscripción se realiza en el Registro de Nacimientos de la oficina consular peruana del país donde ocurrió el nacimiento. Para los menores, la pueden solicitar los progenitores; si esto resulta imposible de acreditar, pueden hacerlo los abuelos, hermanos mayores de edad, tíos consanguíneos o quien tenga la tutela o custodia del menor. El solicitante extranjero, por sí solo, no puede iniciar el registro en nombre de un hijo menor.

Los documentos necesarios son:

  • Solicitud de inscripción completada y firmada
  • Partida de nacimiento original del menor, emitida por la autoridad civil local, con antigüedad no mayor a tres meses y apostillada si se expidió fuera del distrito consular; si está en idioma extranjero, debe acompañarse de traducción oficial al castellano
  • Documento que acredite que el progenitor es peruano de nacimiento: partida de nacimiento peruana, DNI que indique lugar de nacimiento en Perú, o la propia inscripción consular del progenitor
  • Documentos de identidad de los progenitores y declarantes

La inscripción consular de nacimientos es gratuita. Se emite una copia certificada de la partida sin coste adicional tras la inscripción; las copias adicionales pueden estar sujetas a la tarifa consular local. El registro consular tiene validez plena ante el Estado peruano.

Los adultos nacidos en el exterior que nunca fueron inscritos pueden ejercer el derecho de opción después de cumplir 18 años, declarando su voluntad de adquirir la nacionalidad peruana ante la Dirección General de Migraciones e Inmigración. Esta vía exige residencia real en Perú y plena capacidad civil; el solicitante puede actuar sin necesidad de la presencia de sus progenitores.

La inscripción puede tramitarse en cualquiera de las oficinas consulares peruanas de la red mundial, presente en ciudades como Madrid, Barcelona, Ciudad de México, Bogotá, Buenos Aires, Santiago, Quito, La Habana, Miami, Nueva York, Los Ángeles, Toronto, Montreal, Sídney, Londres, París, Milán, Ginebra, Johannesburgo y Dublín, entre muchas otras. La red completa figura en el portal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Ciudadanía peruana por matrimonio

Casarse con una persona de nacionalidad peruana abre una vía específica hacia la ciudadanía con un plazo reducido respecto a la naturalización ordinaria, pero el matrimonio en sí mismo no otorga ni la residencia ni la nacionalidad de forma automática.

Antes de poder solicitar la nacionalidad por esta vía, necesitas contar con la calidad migratoria de familiar residente, obtenida ante Migraciones. Solo a partir de ese estatus empieza a computarse el período de residencia exigido. Los requisitos de elegibilidad son:

  • Al menos dos años de matrimonio civil con un ciudadano peruano
  • Al menos dos años continuos de residencia en Perú en ese estado civil
  • Declaración expresa de voluntad de adquirir la nacionalidad peruana
  • Ausencia de antecedentes penales, policiales y judiciales en Perú y en el extranjero
  • Plena capacidad civil
  • Carnet de extranjería vigente con residencia válida

La prueba de que el vínculo matrimonial es auténtico y subsiste se acredita con una declaración jurada sencilla firmada por ambos cónyuges, en la que confirman la convivencia y la vigencia del matrimonio. El DNI del cónyuge peruano debe mostrar la misma dirección que el domicilio declarado por el solicitante. Si el matrimonio se disuelve o los cónyuges se separan antes de que se dicte la resolución, se pierde la elegibilidad.

El certificado de matrimonio debe estar inscrito en los registros civiles de RENIEC y haber sido expedido con una antigüedad no mayor a 30 días calendario en el momento de la presentación; debe acreditar al menos dos años de matrimonio. Si el matrimonio se celebró en el exterior, el certificado debe estar inscrito en el consulado peruano de la jurisdicción correspondiente (expedido con no más de 90 días de antigüedad y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú). Los matrimonios extranjeros no inscritos ante el consulado peruano deben inscribirse en Perú dentro de los 90 días siguientes a la llegada, o por vía judicial con posterioridad.

La documentación financiera exigida incluye boletas de pago, recibos por honorarios, contratos laborales o de prestación de servicios, y declaraciones ante SUNAT que acrediten la solvencia económica familiar. Asimismo, es obligatoria la Ficha de Canje Internacional de INTERPOL Lima con antigüedad no mayor a seis meses.

La tasa para la nacionalidad por matrimonio es de S/ 204,40 (aproximadamente 53 EUR), pagadera con el código 07564 en el Banco de la Nación o mediante pagalo.pe. La solicitud se presenta en línea en la Agencia Digital de Migraciones como un único archivo PDF. Migraciones dispone de un plazo máximo de 30 días hábiles para resolver y notificar al correo electrónico registrado. Si la solicitud es aprobada, Migraciones convoca al solicitante a la ceremonia de nacionalización, donde recibe el Título de la Nacionalidad Peruana.

Doble nacionalidad en Perú

Perú tiene una de las políticas más abiertas de América Latina en materia de plurinacionalidad. La doble o múltiple nacionalidad está permitida: adquirir la ciudadanía de otro país no produce la pérdida automática de la nacionalidad peruana, y la naturalización en Perú no exige renunciar a la ciudadanía de origen.

La Ley N° 32421 establece que los peruanos con doble o múltiple nacionalidad, cuando se encuentran en territorio peruano, están sujetos a la Constitución y las leyes del Perú. Deben identificarse como peruanos en todos los actos civiles y políticos que realicen en el país. Migraciones recomienda expresamente que los peruanos con varias nacionalidades utilicen siempre el mismo pasaporte tanto para la entrada como para la salida en cualquier punto migratorio peruano. Entrar al Perú con pasaporte extranjero genera automáticamente un estatus de turista con un tiempo de permanencia autorizado limitado, lo que puede derivar en multas por sobreestancia; entrar con el pasaporte peruano elimina cualquier restricción de permanencia.

Perú cuenta con un Convenio de Doble Nacionalidad con España vigente desde 1959 y modificado en el año 2000. Este convenio establece un procedimiento específico gestionado por Migraciones para los ciudadanos españoles mayores de 18 años con al menos dos años de residencia legal continua en Perú; el trámite utiliza el Formulario PA-NACIONALIDAD y tiene requisitos propios. Este acuerdo no aplica a nacionales de otros países, que deben seguir la vía ordinaria de naturalización.

El consejo más importante antes de naturalizarse en Perú es verificar qué ocurre con la ciudadanía de origen. La propia normativa peruana instruye a los solicitantes a consultar la legislación del otro país del que también son o serán nacionales, porque cada Estado tiene sus propias reglas y puede exigir renunciar a la otra ciudadanía. Esta verificación debe hacerse con el consulado o la autoridad migratoria del país de origen antes de presentar la solicitud en Perú.

Si en algún momento decides renunciar voluntariamente a la nacionalidad peruana, el procedimiento requiere ser mayor de edad, poseer otra nacionalidad, otorgar una escritura pública de renuncia voluntaria ante notario peruano y acreditar residencia permanente en el extranjero. Migraciones procesa la solicitud en un plazo máximo de 30 días hábiles. Al concluir el trámite, los documentos de identidad peruanos, incluidos el DNI y el pasaporte, deben entregarse a la oficina consular correspondiente.

Examen de ciudadanía y requisitos de evaluación en Perú

Todo solicitante de naturalización debe superar un examen de evaluación interno administrado por Migraciones. Este examen no es una prueba externa con certificación oficial; lo organiza y califica el propio organismo migratorio como parte del procedimiento de naturalización.

La Ley N° 32421 establece que la evaluación comprende los siguientes ámbitos: conocimiento del idioma castellano, historia y geografía del Perú, la Constitución Política, cultura peruana y actualidad nacional. El examen se realiza como parte del procedimiento de naturalización y no se programa de manera separada en una institución distinta.

Migraciones no ha publicado un temario oficial, un umbral mínimo de aprobación, el número de preguntas ni las condiciones para una eventual nueva convocatoria en caso de no superarlo. Para conocer los detalles logísticos y de programación vigentes, es necesario contactar directamente con Migraciones. No existe ningún certificado externo de idioma o de conocimientos cívicos que sustituya a esta evaluación interna.

La tasa de solicitud de naturalización de S/ 301,50 (aproximadamente 78 EUR) cubre la totalidad del procedimiento, incluida la fase de evaluación. Migraciones no cobra ninguna tasa adicional por el examen.

Proceso de solicitud de ciudadanía en Perú

Todo el procedimiento hasta la resolución de Migraciones se tramita en línea; la ceremonia y los trámites posteriores en RENIEC y Migraciones requieren presencia física. A continuación se detallan los pasos en orden cronológico.

  1. Verifica los requisitos: comprueba que has cumplido el período de residencia exigido (actualmente dos años consecutivos, pendiente de la entrada en vigor del requisito de cinco años establecido por la Ley N° 32421), que el carnet de extranjería está vigente, que los ingresos alcanzan los S/ 55 000 brutos anuales (aproximadamente 13 000 EUR) y que no hay antecedentes penales, judiciales ni policiales.
  2. Reúne la documentación: obtén la partida de nacimiento legalizada o apostillada, la Ficha de Canje Internacional de INTERPOL Lima (con antigüedad no mayor a seis meses) y los justificativos de ingresos correspondientes a tu situación laboral (trabajador dependiente, independiente, inversor o entidad religiosa).
  3. Realiza el examen de evaluación: contacta con Migraciones para coordinar la programación del examen de evaluación sobre historia, geografía, Constitución, cultura peruana y castellano. El examen debe superarse antes de que la solicitud avance a resolución.
  4. Abona la tasa: paga S/ 301,50 (aproximadamente 78 EUR) con el código 07564 en el Banco de la Nación o mediante pagalo.pe. Guarda el número del comprobante y la fecha, ya que son campos obligatorios en el formulario.
  5. Presenta la solicitud en línea: accede a la Agencia Digital de Migraciones, completa el Formulario PA-NACIONALIDAD, selecciona Mesa de Partes, carga toda la documentación como un único PDF y envía. El sistema genera un número de expediente y las credenciales del Buzón Electrónico de Migraciones, por donde recibirás observaciones y la resolución final.
  6. Atiende las observaciones: si Migraciones detecta documentación incompleta o no conforme, lo notifica al correo electrónico registrado y otorga un plazo para corregir el expediente. Los motivos más frecuentes de suspensión del plazo son el carnet vencido y la Ficha INTERPOL con más de seis meses de antigüedad.
  7. Espera la resolución: Migraciones tiene un plazo máximo de 30 días hábiles para emitir y notificar la resolución al correo registrado. Este plazo puede suspenderse en determinadas etapas procedimentales. Revisa el Buzón Electrónico con regularidad.
  8. Asiste a la ceremonia de nacionalización: si la solicitud es aprobada, Migraciones te convoca con la fecha, hora y lugar de la ceremonia. La asistencia en persona es obligatoria para tomar el juramento y recibir el Título de la Nacionalidad Peruana.
  9. Obtén el DNI electrónico: lleva el Título de la Nacionalidad Peruana a un centro de atención de RENIEC o a un MAC (Mejor Atención al Ciudadano) y solicita el DNI electrónico por primera vez. El coste es de S/ 30 (aproximadamente 7 EUR). El registrador te indicará la fecha aproximada de entrega.
  10. Solicita el pasaporte peruano: con el DNI ya emitido, acude a cualquier oficina de Migraciones, Migracentro o MAC; no se requiere cita previa. La tasa es de S/ 120,90 (aproximadamente 29 EUR), pagadera con el código 01810. Los datos biométricos se capturan en el acto; el pasaporte se entrega el mismo día, en aproximadamente dos horas.

La contratación de un abogado de extranjería no es obligatoria, pero resulta aconsejable cuando los documentos provienen de varios países y requieren apostilla y traducción, cuando la documentación de ingresos implica estructuras societarias complejas, o si el solicitante ha tenido alguna irregularidad migratoria previa.

Plazos y costes de la ciudadanía en Perú

Conocer todos los costes reales con antelación evita sorpresas durante el proceso. La tabla siguiente recoge las tasas oficiales de Migraciones y de RENIEC:

TrámiteImporte en solesEquivalencia aproximada
Naturalización por residenciaS/ 301,5078 EUR
Nacionalidad por matrimonioS/ 204,4053 EUR
Primer DNI electrónico (personas naturalizadas)S/ 30,007 EUR
Pasaporte electrónicoS/ 120,9029 EUR

Estos importes son las tasas oficiales de Migraciones y RENIEC; no incluyen los costes variables que corresponde presupuestar por separado: apostilla o legalización de documentos en el país de origen, traducción oficial al castellano por traductores acreditados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, y la obtención de la Ficha de Canje Internacional en INTERPOL Lima.

En cuanto a los plazos, Migraciones dispone actualmente de un máximo de 30 días hábiles para emitir la resolución desde la fecha de presentación, sujeto a suspensiones procedimentales. Una vez aprobada la solicitud, el solicitante debe esperar a que Migraciones programe la ceremonia de nacionalización, que se celebra periódicamente a lo largo del año en grupos. El tiempo total desde la presentación de la solicitud hasta la recepción del Título puede situarse en un rango de dos a cuatro meses si el expediente está completo y sin observaciones. Bajo la Ley N° 32421, una vez en vigor, el plazo máximo de resolución pasará a ser de 18 meses, prorrogable por seis meses adicionales para verificaciones.

Para evitar demoras, mantén el carnet de extranjería vigente desde la presentación hasta la fecha de la ceremonia y no realices viajes al exterior de larga duración sin autorización de Migraciones durante el período de cómputo de residencia. Monitorea el Buzón Electrónico de Migraciones con regularidad para responder a tiempo cualquier requerimiento de subsanación.

Derechos y beneficios de la ciudadanía peruana

Obtener la ciudadanía peruana amplía considerablemente el conjunto de derechos disponibles respecto a los que ya tiene un residente permanente. El cambio más inmediato es el acceso al pasaporte electrónico peruano, que se emite el mismo día de la solicitud en cualquier oficina de Migraciones, Migracentro o MAC con un DNI vigente, por S/ 120,90 (aproximadamente 29 EUR). El pasaporte tiene validez de diez años para adultos, cinco años para personas de entre 12 y 17 años, y tres años para menores de 12.

A diferencia de la residencia permanente, la ciudadanía garantiza el derecho incondicional de permanencia en Perú. Los ciudadanos peruanos no pueden ser deportados y no están sujetos a ningún requisito de renovación de estatus; su derecho a residir en el país es de rango constitucional y solo cesa por renuncia voluntaria expresa.

La ciudadanía conlleva la obligación de ejercer el sufragio obligatorio en todas las elecciones nacionales y regionales desde los 18 hasta los 70 años, edad a partir de la cual el voto es facultativo. El voto es personal, igual, libre y secreto. Los ciudadanos residentes en el exterior votan en la oficina consular peruana que corresponda a la dirección registrada en su DNI. No emitir el voto sin causa justificada puede acarrear multas electorales; no acudir como miembro de mesa cuando se ha sido designado conlleva una multa de S/ 275 (aproximadamente 66 EUR).

El Estado peruano tiene la obligación constitucional de proteger a sus ciudadanos en el exterior a través de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, que presta apoyo de emergencia, gestiona la repatriación de restos mortales y asiste en situaciones de extrema necesidad. El contacto es peruanosprotegidos@rree.gob.pe y el teléfono 204-3270. RENIEC, por su parte, presta servicios de registro civil y DNI a los peruanos mediante 202 oficinas consulares en 78 países.

Los ciudadanos peruanos de nacimiento pueden transmitir la nacionalidad a sus hijos nacidos en el exterior de forma gratuita mediante inscripción en el Registro de Nacimientos del consulado más próximo, hasta la tercera generación. Los residentes permanentes que no sean ciudadanos peruanos no disponen de este derecho.

Como miembro de la Comunidad Andina (CAN), Perú otorga a sus nacionales el derecho a la libre circulación y a vivir y trabajar en Bolivia, Colombia y Ecuador sin necesidad de permiso de trabajo. Este beneficio supranacional alcanza a más de 116 millones de ciudadanos andinos y no está disponible para los residentes permanentes que no hayan adquirido la nacionalidad peruana.

El acceso al Servicio Diplomático del Perú está reservado a los peruanos de nacimiento que cuenten con titulación universitaria y hayan completado los estudios en la Academia Diplomática del Perú; es uno de los pocos ámbitos del sector público en que el requisito de nacimiento está explícitamente establecido.

Bueno saberlo: La restricción constitucional que impide a los extranjeros adquirir minas, tierras, bosques, aguas, combustibles o fuentes de energía dentro de los 50 km de las fronteras terrestres o del litoral se aplica también a los ciudadanos que adquirieron la nacionalidad peruana por naturalización. Solo los peruanos de nacimiento están exentos de esta limitación.

Ceremonia de naturalización en Perú

La aprobación de la solicitud por parte de Migraciones no es el último paso del proceso: la ceremonia de nacionalización es un requisito legal obligatorio sin el cual el Título de la Nacionalidad Peruana no se emite. Sin ese título, no es posible tramitar el DNI ni el pasaporte.

Una vez dictada la resolución favorable, Migraciones contacta al solicitante para comunicarle la fecha, hora y lugar de la ceremonia. La asistencia en persona es imprescindible. En el acto, el solicitante pronuncia el juramento de lealtad a la Constitución Política del Perú, a las leyes del país y a sus símbolos nacionales, ante las autoridades de Migraciones. Las ceremonias celebradas en el presente año han tenido lugar en la sede central de Migraciones en Jesús María y en sedes regionales de todo el territorio, incluyendo Cusco, y han sido presididas por el Superintendente Nacional y altos funcionarios del organismo.

Al concluir el juramento, Migraciones entrega el Título de la Nacionalidad Peruana. Este documento es la llave que habilita todos los trámites posteriores: primero la solicitud del DNI electrónico en RENIEC o en un centro MAC (S/ 30, aproximadamente 7 EUR), y luego, con el DNI en mano, la solicitud del pasaporte electrónico en cualquier oficina de Migraciones (S/ 120,90, aproximadamente 29 EUR, sin cita previa y con entrega el mismo día).

El tiempo que transcurre entre la notificación de aprobación y la fecha de la ceremonia varía: las ceremonias se celebran en grupos a lo largo del año y no se fija un número fijo de días entre la resolución y la convocatoria. Conviene planificar varias semanas de margen entre la notificación de la resolución favorable y la recepción efectiva del título.

La guía del expatriado en Perú

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Después de obtener la ciudadanía peruana

Recibido el Título de la Nacionalidad Peruana en la ceremonia, los pasos inmediatos son claros: tramitar el DNI electrónico y luego el pasaporte. Pero la ciudadanía también trae consigo obligaciones y actualizaciones que conviene conocer.

Para obtener el DNI electrónico por primera vez como persona naturalizada, acude a un centro de atención de RENIEC o a un MAC con el Título de la Nacionalidad Peruana. El coste es de S/ 30 (aproximadamente 7 EUR). La presencia física es obligatoria; el registrador informará de la fecha aproximada de entrega.

Con el DNI vigente, puedes solicitar el pasaporte electrónico en cualquier oficina de Migraciones, Migracentro o MAC sin necesidad de cita previa. La tasa es de S/ 120,90 (aproximadamente 29 EUR), pagadera con el código 01810 en el Banco de la Nación, mediante pagalo.pe, por Yape o en el POS de la propia oficina. No se requieren formularios en papel, fotografías físicas ni fotocopias; los datos biométricos se capturan en el acto. El pasaporte se entrega el mismo día, en aproximadamente dos horas.

Sobre el uso del pasaporte en Migraciones peruanas: Migraciones recomienda que los ciudadanos con múltiples nacionalidades usen siempre el pasaporte peruano para entrar y salir de Perú en cualquier punto migratorio del país. Entrar con un pasaporte extranjero genera estatus de turista y riesgo de sobreestancia.

Los ciudadanos peruanos de sexo masculino tienen la obligación de completar la inscripción militar entre los 17 y los 18 años. El registro es gratuito si se realiza a tiempo en una Oficina de Inscripción Militar del Ejército, la Marina o la Fuerza Aérea. Quienes no se inscriben en el plazo establecido deben abonar una penalidad de S/ 275 (aproximadamente 66 EUR) para regularizar su situación de omiso. Los que residan fuera del Perú al cumplir esa edad deben inscribirse en el consulado peruano de su país de residencia. El servicio militar en sí mismo es voluntario.

El sufragio obligatorio rige para todos los ciudadanos peruanos de 18 a 70 años, residan donde residan. Los que viven fuera del país votan en la oficina consular peruana correspondiente a la dirección registrada en su DNI. No votar sin causa justificada puede generar multas electorales.

En materia fiscal, la adquisición de la nacionalidad peruana no modifica por sí sola la situación tributaria. La condición de domiciliado o no domiciliado ante SUNAT se determina por la presencia física en el país: quien reside habitualmente en Perú tributa en Perú por sus rentas de fuente mundial; quien adquiere residencia en el extranjero y abandona el país tributa únicamente por rentas de fuente peruana. El estatus se determina al inicio del ejercicio fiscal y cambia con el retorno al país.

Perú no exige a los nuevos ciudadanos que notifiquen a su país de origen la adquisición de la nacionalidad peruana. No obstante, algunos países imponen esa obligación a sus nacionales. Comprueba con la embajada o la autoridad migratoria de tu país de origen si existe algún requisito de notificación; es tu responsabilidad, no una obligación peruana.

Por último, si con posterioridad a tu naturalización tienes hijos fuera de Perú, no olvides inscribirlos en el Registro de Nacimientos del consulado peruano más cercano cuanto antes. La inscripción es gratuita y les otorga la nacionalidad peruana desde el nacimiento, transmitiendo así el vínculo a la siguiente generación.

Preguntas frecuentes

La Superintendencia Nacional de Migraciones exige actualmente un mínimo de dos años consecutivos de residencia legal en Perú para presentar una solicitud de naturalización. Sin embargo, la Ley N° 32421, publicada el 15 de agosto de 2025, eleva este requisito a cinco años continuos e inmediatos de residencia migratoria una vez que entre en vigor su reglamento de implementación, fecha que no había sido publicada a mediados de 2026. Antes de planificar tu solicitud, verifica el requisito vigente directamente con Migraciones, ya que el marco aplicable puede haber cambiado.
No. Perú no exige que dispongas de la calidad migratoria permanente para solicitar la naturalización. Lo que se requiere es residencia legal continua durante el período establecido, acreditada con un carnet de extranjería vigente. Muchos extranjeros se naturalizan manteniendo una calidad migratoria de trabajador, inversionista o familiar residente sin haber tramitado previamente la residencia permanente.
Sí. Perú permite la doble o múltiple nacionalidad y no exige renunciar a la ciudadanía anterior como condición para naturalizarse. La nacionalidad peruana no se pierde por adquirir otra, y la renuncia a ella es siempre expresa y voluntaria. Ten en cuenta que las leyes de tu país de origen pueden establecer normas distintas; conviene verificarlo con la autoridad competente de ese país antes de iniciar el trámite.
Sí. Todos los solicitantes de naturalización deben superar un examen de evaluación interno administrado por Migraciones. La evaluación cubre historia del Perú, geografía, Constitución, cultura, actualidad e idioma. Este examen forma parte del procedimiento de naturalización y no requiere una certificación externa; el formato exacto, la nota mínima y las condiciones de repetición los establece Migraciones internamente.
No existe una prueba cívica separada. El examen de evaluación que administra Migraciones es un único examen combinado que incluye tanto los conocimientos cívicos (historia, geografía, Constitución, cultura y actualidad) como la evaluación del idioma. No se realiza en una institución externa ni en una fecha distinta a la del propio procedimiento de naturalización.
No. Los solicitantes deben acreditar que no tienen antecedentes penales, judiciales ni policiales en Perú ni en el extranjero, mediante una declaración jurada y la Ficha de Canje Internacional emitida por la OCN INTERPOL Lima, con una antigüedad no mayor a seis meses. La Ley N° 32421 también faculta al Estado para denegar la nacionalidad a quienes representen una amenaza para la integridad nacional o el orden interno, o cuando se detecten irregularidades documentales.
La tasa oficial de Migraciones para la naturalización por residencia es de 301,50 PEN (aproximadamente 78 EUR), pagadera con el código 07564 en el Banco de la Nación o mediante pagalo.pe. Para la nacionalidad por matrimonio, la tasa es de 204,40 PEN (aproximadamente 53 EUR). A esto se añade el DNI electrónico (30 PEN, aproximadamente 8 EUR) y el pasaporte electrónico (120,90 PEN, aproximadamente 29 EUR), más los costos variables de apostilla en el país de origen, traducción oficial y la Ficha de Canje Internacional en INTERPOL Lima.
Migraciones tiene un plazo máximo de 30 días hábiles para emitir su resolución desde la presentación de la solicitud, aunque este plazo puede suspenderse en determinadas etapas administrativas. Tras la aprobación, el solicitante espera la asignación de una ceremonia de nacionalización, que se celebra periódicamente en grupos a lo largo del año. El tiempo total realista desde la presentación hasta recibir el Título de la Nacionalidad Peruana oscila entre dos y cuatro meses, condicionado a que la documentación esté completa desde el inicio. Una vez en vigor la Ley N° 32421, el plazo máximo pasará a ser de 18 meses, prorrogables por seis meses adicionales para las verificaciones necesarias.
Los hijos nacidos en territorio peruano son peruanos por nacimiento de forma automática. Los nacidos en el extranjero de padre o madre peruano/a por nacimiento no adquieren la ciudadanía de forma automática: deben inscribirse en el Registro de Nacimientos del consulado peruano más cercano, trámite que es gratuito y puede realizarse a cualquier edad. Los adultos que nunca fueron inscritos pueden ejercer el derecho de opción tras cumplir 18 años, siempre que establezcan residencia en Perú. El derecho se extiende hasta la tercera generación, pero no más allá.
Sí, si al menos uno de tus progenitores es peruano/a por nacimiento. Los hijos y nietos de peruanos por nacimiento nacidos en el extranjero pueden inscribirse como nacionales peruanos en el consulado peruano de su país de residencia; este trámite es gratuito. El derecho no se extiende más allá de la tercera generación y no puede reclamarse a través de un progenitor que adquirió la nacionalidad peruana por naturalización, matrimonio u opción. Cada generación debe acreditar el vínculo mediante una cadena ininterrumpida de inscripciones consulares.
No. El matrimonio con un ciudadano peruano no otorga la nacionalidad ni la residencia de forma automática. Primero debes obtener la calidad migratoria de familiar residente ante Migraciones y, una vez acumulados al menos dos años de matrimonio civil y dos años de residencia continua en Perú bajo ese estatus, puedes presentar la solicitud de nacionalidad por matrimonio. La tasa es de 204,40 PEN (aproximadamente 53 EUR) y el plazo máximo de resolución es de 30 días hábiles. Si el vínculo matrimonial se disuelve antes de que se resuelva la solicitud, se pierde la elegibilidad.
La nacionalidad peruana no se revoca automáticamente por ningún motivo una vez concedida. Solo puede perderse mediante renuncia expresa, voluntaria y personal ante la autoridad peruana competente; los padres o tutores no pueden renunciar en nombre de menores de edad. La Ley N° 32421 contempla la denegación de solicitudes cuando el solicitante represente una amenaza para la integridad nacional o se detecte fraude documental, pero esto se aplica durante la fase de evaluación, no sobre una ciudadanía ya otorgada.
El pasaporte electrónico peruano, válido por diez años para adultos, se emite el mismo día en cualquier oficina de Migraciones, Migracentro o centro MAC, con un costo de 120,90 PEN (aproximadamente 29 EUR). La ciudadanía peruana también otorga libre circulación y derecho a vivir y trabajar en Bolivia, Colombia y Ecuador en el marco de la Comunidad Andina, así como el derecho incondicional de permanencia en Perú, protección consular en el exterior y la posibilidad de transmitir la nacionalidad a los hijos nacidos en el extranjero.
Sí, una vez que dispongas de DNI y estés inscrito en el padrón electoral. El voto en Perú es obligatorio para los ciudadanos de entre 18 y 70 años. Los ciudadanos residentes en el exterior votan en el consulado peruano correspondiente a la dirección registrada en su DNI. Ten en cuenta que el padrón electoral cierra con antelación a cada proceso electoral, por lo que quienes se naturalicen poco antes de los comicios pueden tener que esperar al siguiente ciclo.
Sí. La ceremonia de nacionalización es un requisito legal obligatorio: una vez que Migraciones aprueba la solicitud, notifica al interesado la fecha, hora y lugar de la ceremonia. En el acto, el solicitante presta juramento de lealtad a la Constitución Política del Perú, a las leyes del país y a los símbolos nacionales ante las autoridades de Migraciones, y recibe el Título de la Nacionalidad Peruana. Este título es imprescindible para tramitar el DNI en RENIEC; sin participar en la ceremonia, el proceso no puede completarse.
Migraciones notifica su resolución al correo electrónico registrado. Si el expediente presenta observaciones durante la revisión, el sistema electrónico lo comunica al solicitante y le concede un plazo para subsanar las deficiencias, lo que no equivale a una denegación formal. Ante un rechazo definitivo, el derecho administrativo peruano permite interponer un recurso de apelación y, de agotarse la vía administrativa, acudir a la vía judicial. En esta situación, contar con el apoyo de un abogado especializado en derecho migratorio es aconsejable.
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Veedushi Bissessur
Sobre el autor

Asistente editorial/Redactora de contenido en Expat.com. Tengo un profundo interés por las culturas y tradiciones extranjeras y espero escuchar tus experiencias en el extranjero.

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