Obtención de ciudadanía española a través de bisabuelos españoles

Buen día a todos, necesito que alguien por favor me aclare una duda con respecto si puedo obtener la ciudadanía española o no.

La situación es que mis bisabuelos fueron españoles que emigraron a Uruguay a principios del siglo XX. Mi abuela, nacida en Uruguay no creo que haya hecho ningún trámite de obtención de la ciudadanía que tenían sus padres españoles, y el caso es que no lo sé porque ella nunca habló del tema.

¿Su situación cómo quedaría? Ella falleció, y no sé si la ciudadanía española se obtiene inmediatamente después del nacimiento sin realizar ningún trámite o si ella tendría que haber hecho el trámite para que mi padre finalmente pueda tramitar la nacionalidad de origen para que posteriormente yo la pueda sacar.

¿Alguien me puede explicar este embrollo por favor? Muchas gracias.

Hola Iván. Te cuento mi experiencia porque es similar a la tuya. Pero, ojo, yo tramité la ciudadania en 2009, así que la info puede estar desactualizada. Al menos en 2009 NO era posible obtener la ciudadanía ESPAÑOLA por bisabuelos (sí la ITALIANA). Para obtener la ESPAÑOLA es necesario tener al menos un ABUELO español YYYY que el solicitante sea menor de 21 años (esa ley es conocida como "Ley de Nietos"). Entre 2008 y 2010 salió una nueva ley (la "Ley de Memoria Histórica", y yo la obtuve por esta vía),  válida sólo durante ese período y que permitía obtener la ciudadanía a personas de cualquier edad (se eliminaba el requisito de menor de 21) que tuvieran abuelo o incluso bisabuelo (no como en la Ley de Nietos, que es sólo hasta abuelos), y que pudiera demostrar que su abuelo (o bisabuelo) se había exiliado a causa de la Guerra Civil Española. En síntesis: que yo sepa, a menos que tengas un abuelo español y seas menor de 21 años, no podrías obtener la ciudadanía española. Pero ojo, lo que te comenté muestra que las leyes cambian y que hay que estar muy atento a si surge alguna posibilidad (como la "Ley de Memoria Histórica"). Quien te puede asesorar en si hay alguna nueva ley o modificación de la "Ley de Nietos" es el Consulado Español o un gestor de ciudadanías. Y si no... ¿no tenés algún ancestro italiano? (Los italianos dan la ciudadanía incluso si tu ancestro italiano era tu tattatatatatatataraabuelo.) Espero haber aclarado algo. Saludos!

Hola Ivan!
Yo estoy en un caso parecido. Actualmente está en congreso una propuesta de ley para su revisión. En esta propuesta, podrán obtener la nacionalidad los hijos y/o los nietos de Españoles de origen (nacidos en España). Si tu padre aun está vivo, él podrá reclamar nacionalidad española sin problemas, presentando la documentación que demuestre ser nieto de Español, una vez aprobada esta ley.
En tu caso, NO podrás reclamar nacionalidad pero sí puedes pedir "residencia" por arraigo familiar, la que te permitirá estar 1 año en España, trabajar y/o estudiar sin problemas y transcurrido ese año, ya podrás solicitar nacionalidad como Español, pero a diferencia de tu padre que será "Español de origen", tú serás Español por residencia.
Yo me he estado informando por la web, puedes revisar esto: [Enlace moderado]
Espero que te sirva la información!!!

Moderado por Alec hace 5 años
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Hola tengo una duda respecto a esto si alguien me puede responder (aún no se utilizar bien esta plataforma. Mis bisabuelos son españoles, se casaron en España y viajaron a Chile, tuvieron hijos(uno de los es mi Abuela), se supone que tengo familia en España pero no los conozco y que aun no viajo y deseo saber su puedo obtener la doble nacionalidad de alguna manera. Porque me quiero ir a estudiar de intercambio. Necesito la mayor cantidad de información posible gracias

Hola esto hay acerca de tu pregunta:


Los bisnietos de españoles nacidos en España pueden acceder a la nacionalidad española, siempre y cuando cumplan con DOS requisitos muy importantes:

1. Ser menor de edad. Si no eres menor de edad NO PUEDES optar por la nacionalidad española.

2. Y que alguno de los padres sea español. El padre del menor de edad debe haber optado por la nacionalidad de origen a través de la ley de memoria histórica. La ley de memoria histórica YA NO ESTÁ VIGENTE, si los nietos de españoles no optaron, ya no pueden hacerlo, por lo tanto los bisnietos no pueden acogerse.

DEBEN CUMPLIR CON AMBOS REQUISITOS.
De ser así un bisnieto puede optar a la «nacionalidad española no de origen» por estar bajo la patria potestad de un español.

No es necesario hacer cita, si el bisnieto es menor de 14 años, sólo deberán presentarse a firmar los padres. El menor no tiene que acudir.

El hijo deberá presentarse a ratificar en un periodo de no más de dos años a partir de la emancipación (mayoría de edad). Esto sería al cumplir los 18 años en la gran mayoría de países de latinoamérica.

Los bisnietos y nietos excluidos tienen esta otra opción y es acogerse al arraigo familiar si se encuentran en territorio español

Si no cumples con las dos condiciones anteriormente mencionadas NO HAY FORMA DE OPTAR A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR SER BISNIETO de español nacido en España.