Viajar a España desde uruguay

Hola quisiera saber qué necesito para viajar legalmente a España.

hola cmo stas..aqi algunas opciones bien explicadas
Las opciones son pocas y muchas al mismo tiempo. Para vivir legalmente en España básicamente se debe contar con dinero que nos permita vivir sin trabajar o invertir en algún tipo de negocio, o disponer de una oferta de empleo sólida. También podemos optar por soluciones más temporales que nos ofrezcan una primera aproximación con el país y mayor tiempo para encontrar alternativas más permanentes, como es el caso del visado de estudios. Si tenemos una pareja de la comunidad europea, otra opción es formalizar la relación para adquirir el derecho a vivir legalmente en el país. Por último, después de un determinado número de años viviendo en España y de contar con empleo o de tener un vínculo familiar en línea directa, también hay posibilidades de obtener la residencia:
Residencia no Lucrativa
Si disponemos de una buena cuantía de dinero, la residencia no lucrativa es una de las primeras opciones que deberíamos considerar. Este tipo de residencia nos da el derecho de vivir en España por un periodo superior a 90 días, sin desempeñar ninguna actividad remunerada. El principal requisito para optar por este tipo de visado es contar con los medios económicos o una fuente de ingresos equivalente a 2130 euros por mes.
Trabajar por cuenta ajena
Esta es una de las fórmulas más anheladas para ir a vivir a España de manera legal, pero también una de las más complejas, debido a que el requisito principal para obtener un visado de trabajo, es que el empleador interesado solicite una autorización de residencia por trabajo para nosotros y que se la concedan. Así que no basta con disponer de una empresa interesada en contratar nuestros servicios, además se necesita que en esa empresa estén dispuestos a realizar este trámite con las dificultades y gastos que puede generar. Para este tipo de visado es necesario estar en el país de origen, para realizar la solicitud desde el consulado. Si bien obtener un visado de trabajo no es tarea fácil, tampoco es imposible y muchos extranjeros llegan a España para fijar su residencia gracias a este tipo de autorización.
Me quiero ir a trabajar a España ¿cuáles son mis opciones?
Opciones de Visa de Residencia y trabajo
Ser un inversor, emprendedor, investigador, un trabajador que efectúe movimientos intraempresariales o un profesional altamente cualificado
Al igual que el visado por estancia no lucrativa, quien aspire a este tipo de visado debe contar con medios económicos o fuentes de ingresos equivalentes a 2130 euros por mes, además de acuerdo al perfil y a la actividad tendremos que presentar ciertos documentos que acrediten el motivo del viaje.
Requisitos para este tipo de visado
Reagrupación familiar en régimen comunitario
Si eres familiar en primer grado de consaguinidad o afinidad de un ciudadano comunitario como: cónyuge, pareja de hecho, hijo menor de 21 años o mayor a cargo, ascendiente a cargo, podrás optar por la residencia comunitaria, este derecho también se extiende a los hijos y padres del cónyuge o pareja de hecho del comunitario, en todos los casos el reagrupante debe disponer de los fondos suficientes para cubrir los gastos y la asistencia sanitaria privada para el familiar reagrupado, o contar con un trabajo que garantice este compromiso.
En el caso de familiares que sean de países a cuyos ciudadanos no se les exija visado para viajar a España, ellos pueden ingresar al territorio Schengen demostrando el vínculo y que viajan para reunirse con el ciudadano comunitario, a excepción de que viajen acompañados por el mismo, una vez en España y lo antes posible, se debe tramitar la tarjeta de residencia.
Cuando se trate de familiares originarios de países que no tienen acuerdos con el espacio Schengen y que necesitan visado, deben solicitar un visado de larga duración como familiares de comunitario.
Residencia para familiares de comunitario
Reagrupación familiar en régimen general
La reagrupación familiar en régimen general hace referencia al derecho que tienen los familiares directos y por afinidad de extranjeros residentes en España, cuando estos últimos han residido de forma legal durante un año y han obtenido la autorización para residir por lo menos otro año más. Por familiares directos se entiende: cónyuge, hijos propios o del cónyuge menores de 21 años o mayores a cargo, ascendientes mayores de 65 años a cargo o del cónyuge.
Si eres familiar de un extranjero residente en España y cumples con las condiciones mencionadas, el familiar que pretenda reagruparte debe solicitar para ti una autorización de Residencia temporal ante la oficina de extranjería, una vez obtenida esta autorización, antes de dos meses, debes acercarte al consulado de tu país y tramitar un visado de larga duración por reagrupación familiar en régimen general. Luego de aprobado el visado, podrás viajar a España y en el plazo máximo de un mes tendrás que solicitar tu tarjeta de identidad de extranjero.
Requisitos para la Autorización de Residencia temporal por Reagrupación Familiar
Residencia por estudios
Si obtienes un visado de estudios, tienes el derecho a residir en España por el tiempo que duren los mismos, además de ello, bajo ciertas condiciones y adelantando algunos trámites puedes trabajar de manera legal 20 horas por semana. Por otra parte, si logras residir durante 3 años puedes cambiar la situación de estancia por estudios a trabajo por cuenta ajena, desde luego cumpliendo algunos requisitos.
Arraigo social
Si llevas residiendo más de 3 años de manera continua en España, es decir sin haberte ausentado del país por más de 120 días en ese período, puedes optar por la residencia, siempre y cuando puedas demostrar arraigo social por vínculos familiares directos con españoles o extranjeros residentes legalmente  (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa), si no cuentas con un familiar directo puedes presentar un certificado de integración social emitido por la comunidad autónoma donde residas, además debes contar con un contrato de trabajo para un período mínimo de un año, entre otros requisitos. Este último requisito se puede obviar si dispones de los recursos suficientes o los puedes obtener gracias a una actividad por cuenta propia, si así lo sugiere el informe de integración emitido por la comunidad autónoma.
Arraigo Laboral
Cuando puedas demostrar que tienes una relación laboral mínima de 6 meses y que llevas dos años de estadía continuada en España, puedes regularizar tu situación. La estadía continuada quiere decir que no te hayas ausentado del país por más de 90 días en los últimos dos años.

Matrimonio o pareja de hecho
Finalmente, si tienes una relación estable con un ciudadano comunitario y éste tiene su residencia en España, si estás seguro de esa relación y estás dispuesto a dar un paso más allá, puedes formalizar la relación a través del matrimonio o inscribiendote como pareja de hecho. Al estar casado o ser pareja de hecho con un comunitario tienes el derecho a residir con él, a condición de que cuenten con los recursos suficientes y tengas la asistencia sanitaria cubierta o tu pareja disponga de un empleo que permita cubrir estos requisitos.
espero t sirva un saludo ;)

Muchas gracias. Te explico mi situación para que sea más clara. Tengo pensado ir a España alli vive un tío mío el tiene una empresa y quiere hacer una carta de trabajo para poder viajar y poder vivir allí. Quiero saber si con la carta de trabajo necesito sacar pasaje de ida y vuelta y  también me voy a quedar en su casa. El tiene que aclarar eso en la carta?

Te cuento un poko.si vos no tenés la nacionalidad de alguno de los países de la unión europea podés entrar como turista 90 días. en migraciones pueden pedirte un comprobante del hospedaje donde te kedaras y dinero suficiente para cubrir los gastos de tu estancia en el país (creo q son algo así kmo 65euros x día ) y un seguro de viajero x si tienes algún problema,o bien con una carta de invitación q te haga un ciudadano de allá básicamente el se estaría haciendo cargo de ti. ahora bien, si entendí bien tu situación lo q debrias hacer a mi entender es pedirle q te haga una carta de invitación para q puedas entrar al país y luego q te haga un contrato de trabajo (según entiendo la prioridad de trabajo la tienen los españoles así q el trabajo sale a público y sino se presenta ningún español a tomarlo puedes tomarlo tu o sea una extranjera ..luego de eso creo q podrías gestionar una tarjeta de residencia para poder estar trabajando legalmente en España...y según tu país de origen .si pasa un tiempo de q estes trabajando legalmente en España tienen derecho a gestionar la ciudadanía .según se no es fácil xq tienes muchas pruebas q pasar,pro q va no es imposible hay mucha gente q hizo haci y ya goza de su nacionalidad .espero poder hacer sido claro y no haberme equivocado en nada.si necesitas algo ya sabes escríbeme si ;)

olvidé decirte q si no eres ciudadana de alguno de los países de la unión europea,tienes q sacar el pasaje ida y vuelta es obligatorio, de esa forma el país q vicitas se evita gastos de pasaje x si en el peor de los casos te nieguen la entrada al país y te deportan de vuelta  ..segun entiendo sólo los ciudadanos pueden sacar el pasaje de ida ya q son europeos.y pueden kedarse si kieren ..de todas formas si sacas un pasaje de ida vale casi lo mismo q el otro y me algunos casos más caro.

Muchas gracias. Iré al consulado español para averiguar más sobre esto. Estoy un poco enredada con esto de la visa que no entiendo mucho y la residencia. Te agradezco mucho tu ayuda

si la verdad t entiendo no es fácil y más si estás desinformada .Pro lo mejor q puede hacer es buscar info en el consulado más cercano su tienes suerte t van a ayudar ..yo estaba y un poko estoy igual q tu. hace 2 años emprendi los preparativos y trámites pra todo esto, x suerte tengo doble nacionalidad,mis abuelos y mi mamá es española.x suerte he encontrado gente q m ha ayudado en este foro y kiero ayudar xq para eso estamos :)

Hola nick:

Veo que sabes bastante sobre el tema;
Yo tengo pensado viajar a España con mi novia (somos colombianos) este año, aya en España ya se encuentra mi cuñada que es colombiana y ya tiene la doble nacionalidad.
Queria  empaparme un poco sobre como trabajar. La idea es irme a vivir a Móstoles, aya vive mi cuñada y empezar a trabajar aya o donde resulte trabajo.
Cualquier ayuda tuya me sirviria bastante
Gracias

Mony1717 escribió:

Hola quisiera saber qué necesito para viajar legalmente a España.


¡Hola Mony1717!
Bienvenida a https://www.expat.com:)

Te invito a echarle un vistazo a la Guía del expatriado España, ahí encontrarás información sobre los visados, legalidades y todo lo necesario para tu expatriación.

Saludos,
Julieta
equipo https://www.expat.com

hola Juan sobre temas de trabajo no tengo experiencia Pro imagino q es buscar y tener suerte según entiendo

Hola soy uruguaya estoy en espera de mi jubilacion aquí, tengo 57 años. Quiero emigrar a España sin ciudadanía. ¿QUE POSIBILIDADES TENGO DE ENTRAR AL PAÍS? ¿QUE NECESITO? ¿PUEDEN INFORMARME? NICK 7397 O JULIETA?
POR FAVOR NADIE ME BRINDA INFORMACIÓN Y HE PREGUNTADO VARIAS VECES. GRACIAS

¡Hola LauraBG!

Te invito a echarle un vistazo a la Guía del Expatriado España, ahí encontrarás más información que te será útil para realizar tu proyecto de expatriación.

Saludos,
Julieta
equipo https://www.expat.com

hola Laura q tal .sucede q recién veo un poko tu mjs.he aki algunas opciones, son pocas y muchas al mismo tiempo. Para vivir legalmente en España básicamente se debe contar con dinero que nos permita vivir sin trabajar o invertir en algún tipo de negocio, o disponer de una oferta de empleo sólida. También podemos optar por soluciones más temporales que nos ofrezcan una primera aproximación con el país y mayor tiempo para encontrar alternativas más permanentes, como es el caso del visado de estudios. Si tenemos una pareja de la comunidad europea, otra opción es formalizar la relación para adquirir el derecho a vivir legalmente en el país. Por último, después de un determinado número de años viviendo en España y de contar con empleo o de tener un vínculo familiar en línea directa, también hay posibilidades de obtener la residencia:
Residencia no Lucrativa
Si disponemos de una buena cuantía de dinero, la residencia no lucrativa es una de las primeras opciones que deberíamos considerar. Este tipo de residencia nos da el derecho de vivir en España por un periodo superior a 90 días, sin desempeñar ninguna actividad remunerada. El principal requisito para optar por este tipo de visado es contar con los medios económicos o una fuente de ingresos equivalente a 2130 euros por mes.
Trabajar por cuenta ajena
Esta es una de las fórmulas más anheladas para ir a vivir a España de manera legal, pero también una de las más complejas, debido a que el requisito principal para obtener un visado de trabajo, es que el empleador interesado solicite una autorización de residencia por trabajo para nosotros y que se la concedan. Así que no basta con disponer de una empresa interesada en contratar nuestros servicios, además se necesita que en esa empresa estén dispuestos a realizar este trámite con las dificultades y gastos que puede generar. Para este tipo de visado es necesario estar en el país de origen, para realizar la solicitud desde el consulado. Si bien obtener un visado de trabajo no es tarea fácil, tampoco es imposible y muchos extranjeros llegan a España para fijar su residencia gracias a este tipo de autorización.
Me quiero ir a trabajar a España ¿cuáles son mis opciones?
Opciones de Visa de Residencia y trabajo
Ser un inversor, emprendedor, investigador, un trabajador que efectúe movimientos intraempresariales o un profesional altamente cualificado
Al igual que el visado por estancia no lucrativa, quien aspire a este tipo de visado debe contar con medios económicos o fuentes de ingresos equivalentes a 2130 euros por mes, además de acuerdo al perfil y a la actividad tendremos que presentar ciertos documentos que acrediten el motivo del viaje.
Requisitos para este tipo de visado
Reagrupación familiar en régimen comunitario
Si eres familiar en primer grado de consaguinidad o afinidad de un ciudadano comunitario como: cónyuge, pareja de hecho, hijo menor de 21 años o mayor a cargo, ascendiente a cargo, podrás optar por la residencia comunitaria, este derecho también se extiende a los hijos y padres del cónyuge o pareja de hecho del comunitario, en todos los casos el reagrupante debe disponer de los fondos suficientes para cubrir los gastos y la asistencia sanitaria privada para el familiar reagrupado, o contar con un trabajo que garantice este compromiso.
En el caso de familiares que sean de países a cuyos ciudadanos no se les exija visado para viajar a España, ellos pueden ingresar al territorio Schengen demostrando el vínculo y que viajan para reunirse con el ciudadano comunitario, a excepción de que viajen acompañados por el mismo, una vez en España y lo antes posible, se debe tramitar la tarjeta de residencia.
Cuando se trate de familiares originarios de países que no tienen acuerdos con el espacio Schengen y que necesitan visado, deben solicitar un visado de larga duración como familiares de comunitario.
Residencia para familiares de comunitario
Reagrupación familiar en régimen general
La reagrupación familiar en régimen general hace referencia al derecho que tienen los familiares directos y por afinidad de extranjeros residentes en España, cuando estos últimos han residido de forma legal durante un año y han obtenido la autorización para residir por lo menos otro año más. Por familiares directos se entiende: cónyuge, hijos propios o del cónyuge menores de 21 años o mayores a cargo, ascendientes mayores de 65 años a cargo o del cónyuge.
Si eres familiar de un extranjero residente en España y cumples con las condiciones mencionadas, el familiar que pretenda reagruparte debe solicitar para ti una autorización de Residencia temporal ante la oficina de extranjería, una vez obtenida esta autorización, antes de dos meses, debes acercarte al consulado de tu país y tramitar un visado de larga duración por reagrupación familiar en régimen general. Luego de aprobado el visado, podrás viajar a España y en el plazo máximo de un mes tendrás que solicitar tu tarjeta de identidad de extranjero.
Requisitos para la Autorización de Residencia temporal por Reagrupación Familiar
Residencia por estudios
Si obtienes un visado de estudios, tienes el derecho a residir en España por el tiempo que duren los mismos, además de ello, bajo ciertas condiciones y adelantando algunos trámites puedes trabajar de manera legal 20 horas por semana. Por otra parte, si logras residir durante 3 años puedes cambiar la situación de estancia por estudios a trabajo por cuenta ajena, desde luego cumpliendo algunos requisitos.
Arraigo social
Si llevas residiendo más de 3 años de manera continua en España, es decir sin haberte ausentado del país por más de 120 días en ese período, puedes optar por la residencia, siempre y cuando puedas demostrar arraigo social por vínculos familiares directos con españoles o extranjeros residentes legalmente  (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa), si no cuentas con un familiar directo puedes presentar un certificado de integración social emitido por la comunidad autónoma donde residas, además debes contar con un contrato de trabajo para un período mínimo de un año, entre otros requisitos. Este último requisito se puede obviar si dispones de los recursos suficientes o los puedes obtener gracias a una actividad por cuenta propia, si así lo sugiere el informe de integración emitido por la comunidad autónoma.
Arraigo Laboral
Cuando puedas demostrar que tienes una relación laboral mínima de 6 meses y que llevas dos años de estadía continuada en España, puedes regularizar tu situación. La estadía continuada quiere decir que no te hayas ausentado del país por más de 90 días en los últimos dos años.

Matrimonio o pareja de hecho
Finalmente, si tienes una relación estable con un ciudadano comunitario y éste tiene su residencia en España, si estás seguro de esa relación y estás dispuesto a dar un paso más allá, puedes formalizar la relación a través del matrimonio o inscribiendote como pareja de hecho. Al estar casado o ser pareja de hecho con un comunitario tienes el derecho a residir con él, a condición de que cuenten con los recursos suficientes y tengas la asistencia sanitaria cubierta o tu pareja disponga de un empleo que permita cubrir estos requisitos. cualquier cosa escríbenos
espero t sirva un saludo ;)

Gracias Julieta ya estuve leyendo algo. Como verás mi si tuacion es poquito diferente, no es mi intención trabajar, además ya no soy tan joven para lo laboral. Busco pueblos chicos y alquiler barato. Soy sola. Lo único es q quiero cerca del mar NO más inviernos tan fríos o húmedos. Me gusta mucho Málaga o Almería, pero siendo al Mediterráneo cualquiera. ¿puedes decirme como hago siendo indocumentada?
Gracias