¿Que hago?

:cheers: hola.
  Soy español y tengo un pequeño dilema. Hemos decidido ir a vivir, mi mujer, yo, y mis tres hijas, a Ecuador. Yo soy beneficiario de una pensión por incapacidad permanente en grado de total (quiere decir que no puedo trabajar en nada relacionado con mi profesión, conductor repartidor, pero si en otras profesiones) con una cuantía del 55% de la base de cotización de promedio en 10 años, la mitad de los cuales he sido autónomo(para el que no lo sepa la base de cotización de un autónomo esta muy por debajo del 70% del salario interprofesional). Las niñas, de 10 años la mayor, 7 años la mediana y 18 meses la pequeña, son españolas pero, por la madre, pueden obtener la doble nacionalidad. Mi mujer esta en espera de tener la resolución de la nacionalidad  española. Desde que decidimos ir a Ecuador hemos estado enviando dinero y hemos acumulado un pequeño capital para montar un comercio.
   Mi dilema es: ¿Que visado puedo solicitar?, ¿Se puede pedir un visado con diferentes causas sumadas?(Rentista 9I, trabajador por cuenta propia 9IV y amparo familiar  9VI)¿Puedo solicitarlo en el consulado de mi ciudad? , ¿tardan mucho en solicitarlo?( mi deseo es viajar antes del 15-12-2014 para poder pasar las navidades con la familia de mi mujer) y por ultimo, si mi intención es afincarme en el país ¿debo pagar billetes de ida y vuelta o puedo pagar solo ida?.
en espera de su respuesta un cordial saludo de su nuevo amigo :par::top:

antoniomorales escribió:

:cheers: hola.
  Soy español y tengo un pequeño dilema. Hemos decidido ir a vivir, mi mujer, yo, y mis tres hijas, a Ecuador. Yo soy beneficiario de una pensión por incapacidad permanente en grado de total (quiere decir que no puedo trabajar en nada relacionado con mi profesión, conductor repartidor, pero si en otras profesiones) con una cuantía del 55% de la base de cotización de promedio en 10 años, la mitad de los cuales he sido autónomo(para el que no lo sepa la base de cotización de un autónomo esta muy por debajo del 70% del salario interprofesional). Las niñas, de 10 años la mayor, 7 años la mediana y 18 meses la pequeña, son españolas pero, por la madre, pueden obtener la doble nacionalidad. Mi mujer esta en espera de tener la resolución de la nacionalidad  española. Desde que decidimos ir a Ecuador hemos estado enviando dinero y hemos acumulado un pequeño capital para montar un comercio.
   Mi dilema es: ¿Que visado puedo solicitar?, ¿Se puede pedir un visado con diferentes causas sumadas?(Rentista 9I, trabajador por cuenta propia 9IV y amparo familiar  9VI)¿Puedo solicitarlo en el consulado de mi ciudad? , ¿tardan mucho en solicitarlo?( mi deseo es viajar antes del 15-12-2014 para poder pasar las navidades con la familia de mi mujer) y por ultimo, si mi intención es afincarme en el país ¿debo pagar billetes de ida y vuelta o puedo pagar solo ida?.
en espera de su respuesta un cordial saludo de su nuevo amigo :par::top:


Hola:

De lo que usted dice, se entiende que usted está casado con una persona de nacionalidad ecuatoriana.

1.- Las visas de INMIGRANTE sólo se pueden solicitar en Ecuador, no en los Consulados. El motivo es que se trata de visas que requieren procedimientos previos que sólo pueden llevarse a cabo hallándose en territorio de Ecuador. Y cuando se trata de la de amparo familiar, deben estar dentro del Ecuador el amparado y el amparante.

2.- Si usted está casado con una ecuatoriana y es padre de menores ecuatorianas, le corresponde la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI.

3.- NO es posible solicitar las visas acumulando situaciones. Por eso mismo, hay una visa específica para cada situación concreta, porque se excluyen entre sí.

4.- Si usted lleva casado con su cónyuge ecuatoriana más de tres años, lo tiene más fácil: puede solicitar directamente la nacionalidad ecuatoriana por naturalización, en razón de matrimonio con persona de nacionalidad ecuatoriana. Pero, si se han casado fuera de Ecuador, deben primeramente solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador.

5.- Plazos: la concesión de visas, en general, tiene fijado un plazo de 15 días hábiles.

Usted puede entrar en Ecuador como turista y realizar sus gestiones, directamente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Un cordial saludo.

:one:thanks::happy: muchas gracias ha sido muy interesante y aclaratoria su respuesta pero no me contesta a una cuestión, que es mas que nada económica, no me dice nada de los billetes ni de la pensión ¿tengo que hacer yo transferencias, como hasta ahora, desde España a Ecuador? :sosad:  con la consiguiente comisión del banco :cool:  . He leído en algún sitio que hay un acuerdo bilateral entre nuestros dos países en cuestiones de sanidad :D .
salu2 amigo mio :top:

antoniomorales escribió:

:one:thanks::happy: muchas gracias ha sido muy interesante y aclaratoria su respuesta pero no me contesta a una cuestión, que es mas que nada económica, no me dice nada de los billetes ni de la pensión ¿tengo que hacer yo transferencias, como hasta ahora, desde España a Ecuador? :sosad:  con la consiguiente comisión del banco :cool:  . He leído en algún sitio que hay un acuerdo bilateral entre nuestros dos países en cuestiones de sanidad :D .
salu2 amigo mio :top:


Hola:

1.- No es necesario que compre billete de ida y vuelta. Basta con el de ida si no tiene pensado regresar en corto plazo.

2.- Si usted es perceptor de una prestación contributiva en España, puede seguirla cobrando, independientemente de que deje de vivir en España. La Seguridad Social de España ingresa la cuantía de las pensiones en las cuentas que los beneficiarios señalan, que pueden ser dentro de España o en bancos del extranjero.

3.- El Convenio de Seguridad Social entre España y Ecuador no se aplica a la atención sanitaria más que en casos en los que haya un desplazamiento temporal de quienes estén o hayan estado sujetos a la legislación de Seguridad Social de un Estado al territorio del otro o cuando hayan sido enviados a realizar trabajos en el otro Estado, hallándose sujetos a la legislación de Seguridad Social del Estado que los envía.

4.- Si quiere tener atención sanitaria en Ecuador, tiene las siguientes opciones:

A) Afiliarse voluntariamente al IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social).

B) Acudir a los ambulatorios y hospitales del Ministerio de Salud Pública.

C) Contratar un seguro privado, como ECUASANITAS o SALUD, que son las más conocidas y tienen buenos precios.

D) Ir a médicos y ambulatorios particulares (que puede resultar caro y por eso mismo es que es más conveniente contratar el ECUASANITAS o el SALUD).

La sanidad pública en Ecuador, bien sea el IESS o el Ministerio de Salud Pública, dejan mucho que desear en comparación con el tipo de atención al que se pudiera estar acostumbrado en Europa. No es que se trate de desacreditar a las instituciones públicas antes mencionadas, pero tienen un serio problema estructural que aunque se hace los esfuerzos por paliarlo, no puede dar resultados en poco tiempo, sobre todo porque el sector público, de suyo, tiene unas reglas de funcionamiento diferentes a las del sector privado: si en un hospital o clínica privado se necesita equipos de última tecnología, se los importa y listo; en cambio, en los públicos, es necesario determinar si existen las partidas presupuestarias asignadas por el Ministerio de Salud o por el IESS, según el caso, para la adquisición de esos equipos y luego, abrir el correspondiente procedimiento precontractual si el precio de los equipos lo requiere y seguir todo lo que exige el procedimiento de contratación pública, lo que significa algunos meses. Y algo similar, aunque con matizaciones, sucede en lo concerniente a importación de medicinas en el sector público o de los insumos necesarios para producirlas en Ecuador.

Un cordial saludo.